La Audiencia de Valencia confirma la imputación a Argüeso en el juicio de la dana

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial concluye que la resolución de la instructora “no es irrazonable ni arbitraria”, ratificando la imputación del ex secretario autonómico de Emergencias.
Emilio Argüeso
Emilio Argüeso, secretario autonómico de Seguridad y Emergencias y Director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado la decisión de la jueza Ruiz Tobarra de investigar al ex secretario autonómico de Emergencias de la Generalitat Emilio Argüeso en la causa que se sigue por los 228 fallecimientos y las lesiones causados por la dana del 29 de octubre del pasado año.

El Tribunal ha desestimado así el recurso de apelación presentado por este investigado contra el auto del pasado 10 de marzo por el que la instructora acordó la declaración como investigados tanto de Argüeso como de la que fuera consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas. La Audiencia Provincial considera que la decisión de la jueza “no es irrazonable ni arbitraria teniendo en cuenta cuál es el objeto de la investigación”.

Los seis magistrados que integran la Sección Segunda de la institución recuerdan que el nivel  de los elementos incriminatorios exigibles en las resoluciones “varía según las distintas fases del proceso” y la llamada a declarar como investigado “debe situarse en ese momento inicial”.

La Sala repasa la Ley 4/17 de la Generalitat por la que se crea de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (AVSRE) y el Decreto 122/2017, por el que se aprueba el reglamento orgánico y funcional de ese órgano. Y concluye tras su análisis de esta legislación: “Entendemos que  no es irrazonable ni arbitraria a partir de lo expuesto (teniendo en cuenta cuál es el objeto de la investigación) la decisión de la jueza de tomar declaración como investigado al recurrente”.

“Ello sin perjuicio de que la posición de garantía no es una ‘foto fija’, sino que debe encuadrarse en el marco del proceso decisional objeto de investigación y, por lo tanto, se deberá estar a su resultado”, precisa a continuación el Tribunal. Igualmente, argumenta que para la toma de declaración del investigado “tampoco es necesario” que se haya determinado la totalidad de las muertes objeto de la investigación, en respuesta a otro de los argumentos expuestos en el recurso de apelación.

Los magistrados advierten no obstante de que, aun teniendo en cuenta la fase procesal en la que se halla la causa, la investigación “no debe limitarse a identificar que se ha infringido un deber especial y relatar un conjunto de fallecimientos”, sino que “debe verificarse si es posible establecer  que la ejecución de la conducta (cuya omisión se atribuye) habría interrumpido el nexo causal” y el resultado que se achaca a esa omisión “no se habría producido”.

Octava manifestación para pedir la dimisión de Mazón

En la tarde de este domingo 29 de junio, coincidiendo con los ocho meses desde la fatídica fecha de la dana, las calles de València han acogido una nueva marcha para exigir al president de la Generalitat que abandone su cargo. Unas quince mil personas, según los organizadores, encabezados por las asociaciones de víctimas, marcharon entre gritos de “Mazón dimisión” y “el president, a Picassent”.

Los manifestantes han recordado los problemas que continúan sin resolverser en la zona más afectada, como los problemas de vivienda, ya que cientos de víctimas todavía no han podido recuperar la normalidad en sus domicilios. Ni tampoco en sus escuelas, ya que la Federación de Ampas (Fampa-Valencia) denuncia que aún hay 8 centros por derruir y 7 más donde se debe reconstruir parte de la infraestructura. En muchos centros, la vuelta a la “normalidad” ha supuesto la instalación de barracones en los antiguos patios.
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