Educación pública
La Generalitat incumple la adopción de medidas en materia de estrés térmico en centros educativos
El pasado mes de junio, la organización anarcosindicalista CGT presentó ante la Inspección de Trabajo una nueva tanda de denuncias por el estrés térmico al que se ven sometidas las trabajadoras y usuarias de los centros educativos públicos del País Valencià. Las actuaciones de la Inspección, en este caso de la provincia de Alacant, han sido claras y contundentes al respecto y determinan que, de los 17 centros inspeccionados, sólo tres cuentan con una evaluación inicial de riesgos y ninguno de ellos cuenta con la obligada evaluación del estrés térmico al que están sometidos los trabajadores y trabajadoras.
De este modo, queda patente el incumplimiento por parte de la Administración del artículo 16 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre de prevención de riesgos laborales. Las palabras textuales del informe son tan rotundas como demoledoras “Esta obligación de evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva, se incumple por la administración objeto de actuación”.
“La respuesta de la Dirección Territorial de Educación a la Inspección de Trabajo ha sido, una vez más, la de echar balones fuera, alegando que los documentos requeridos obran en poder del INVASSAT, a pesar de que la responsabilidad de garantizar la seguridad de los trabajadores y trabajadoras y de cumplir las obligaciones preventivas es de la Generalitat, que es la entidad empleadora” explican desde CGT.
La consecuencia directa de que la Generalitat no haya previsto una evaluación inicial de riesgos es que “de ningún modo la Administración va a poder identificar el riesgo de exposición a temperaturas elevadas a la que estamos sometidos los trabajadores y el alumnado de nuestros centros. Sin una evaluación inicial no se puede detectar el problema ni actuar en consecuencia con medidas efectivas para subsanarlo. Así vemos como se destinan partidas dinerarias insuficientes y sin una evaluación previa de necesidades para la climatización de los centros educativos, que suponen un parche a un problema generalizado dentro de la red de centros públicos del País Valencià”, afirman desde CGT.
Con respecto a las condiciones ambientales de los lugares de trabajo, la legislación (Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, Anexo III) señala que no pueden suponer un riesgo para la seguridad y salud de los trabajadores y trabajadoras. Requeridos a la Generalitat valenciana, por parte de la Inspección los documentos pertinentes, la autoridad laboral concluye una vez más: “los protocolos aportados por la Generalitat Valenciana no suponen ni un diagnóstico de situación adecuado para conocer la situación de riesgo existente en los centros educativos ni, por lo tanto, una garantía de la efectividad de sus medidas.”
“Los protocolos aportados por la Generalitat Valenciana no suponen ni un diagnóstico de situación adecuado para conocer la situación de riesgo existente en los centros educativos ni, por lo tanto, una garantía de la efectividad de sus medidas”, concluye la Inspección
El informe de Inspección de Trabajo concluye con dos requerimientos a la Administración como son la adopción de medidas urgentes para garantizar que se respetan las condiciones ambientales mínimas incluidas en el Anexo III del Real Decreto 486/1997 con fecha de obligado cumplimiento el inicio del curso escolar 2026-2027 y la realización de una evaluación inicial de riesgos para los centros que no la disponen, así como una evaluación específica de las condiciones ambientales del centro de trabajo en un plazo de 4 meses.
Desde CGT Ensenyament afirman que el resultado de esta inspección es un paso más para forzar a la Administración a que cumpla con las leyes, pero por otro “resulta vergonzoso que la propia administración incumpla la legislación vigente y que se le haya de forzar mediante inspecciones a tener en cuenta la seguridad y la salud de trabajadoras y del alumnado de la educación pública”, lamentan.
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