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Proyecto Castor
El Constitucional declara nula la indemnización que concedió el PP a Florentino Pérez por el Proyecto Castor
La indemnización de 1.351 millones que se le pagó a la empresa por renunciar al almacén de gas, tras provocar más de mil temblores, ha sido declarada nula.
El Tribunal Constitucional ha declarado nula, por unanimidad, la indemnización de 1.351 millones de euros que se le pagó a la empresa Escal UGS, de Florentino Pérez, tras renunciar a la explotación de gas en las costas del norte de Castellón, conocida como el Proyecto Castor. El Tribunal estima que no se dieron razones de urgencia y necesidad que la Constitución exige al Poder Ejecutivo para legislar por decreto ley el pago de la indemnización, tal y como se hizo en este caso en octubre de 2014.
El proyecto Castor es un almacén geológico de gas. Un antiguo yacimiento de petróleo que, una vez vaciado, se utilizó para depositar gas. Este gran agujero en la tierra se encuentra a 22 kilómetros mar adentro en la costa del norte de Castellón. En octubre de 2013, más de 1.000 temblores se sintieron en una zona que nunca había sido considera sísmica. Al producirse los terremotos, fue paralizado. Pero los inversores y la empresa de Florentino Pérez, no solo no respondieron por lo daños ocasionados por los terremotos, sino que fueron indemnizados por ello.
La indemnización de 1.351 millones se pagó en un tiempo récord de 30 días y por decreto ley
En octubre de 2014, justo un año después de los temblores, el Gobierno del Partido Popular aprobaba el Real Decreto Ley 13/2014 por el que se aceptaba la renuncia del megaproyecto y se indemnizaba a ESCAL UGS con 1.351 millones de euros, para que la empresa pudiera devolver el dinero a los inversores que habían adquirido bonos emitidos mediante una operación en Luxemburgo. La millonaria indemnización fue pagada en un tiempo récord de 30 días.
La Generalitat, el Parlamento de Cataluña y el Grupo Parlamentario Socialista en el Congreso habían presentado varios recursos contra el real decreto-ley con el que el Gobierno acordó la “hibernación” del Castor. El Constitucional ahora les da la razón y señala que en lo que se refiere al pago de la indemnización y al cargo de la misma a Enagás Transporte, son incostitucionales y nulos.
A esta cifra, también se le debe sumar los 15,7 millones de euros anuales que cuesta el mantenimiento del Castor, que fue denunciado por el grupo parlamentario de Unidos Podemos, tras destapar el coste mediante una pregunta parlamentaria realizada por el coportavoz de EQUO y diputado, Juan López de Uralde, contestada a principios de noviembre.
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Un momento porque la noticia es incompleta. El Tribunal Constitucional estima los recursos sólo parcialmente (por defecto de forma = Usar un Decreto/Ley urgente, sin cuestionar el fondo = El pago de la indemnización) y declara nula la indemnización.
Pero el Gobierno del PP de M. Rajoy dice:
El Gobierno defiende el pago de la indemnización de 1.350 millones a las empresas promotoras del proyecto del almacén de gas Castor, entre las que se encuentra el grupo ACS presidido por Florentino Pérez, pese a su anulación por parte del Tribunal Constitucional (TC). El Ministerio de Energía asegura que la sentencia no declara “indebido” el pago realizado, sino que lo que cuestiona es el “vehículo normativo empleado”, un decreto ley, por lo que da a entender que no reclamará a las compañías, al menos de momento, el reingreso de la compensación ya abonada.
“No concluye en ningún caso que se hubiera producido un pago indebido al titular del almacenamiento sino que considera que hubiera bastado con que la decisión se hubiera aprobado mediante el procedimiento legislativo ordinario de urgencia en vez del Real Decreto-ley”, sostiene en un comunicado.
En la sentencia, el TC considera que no concurría una “situación de extraordinaria y urgente necesidad” que justificara aprobar un decreto ley para “atribuir nuevas obligaciones de pago al sistema gasista”. Estima parcialmente los recursos presentados por el Parlamento, el gobierno catalán y el grupo del PSC en el Congreso y acuerda declarar “inconstitucionales y nulos” los artículos del decreto que establecían una indemnización por la suspensión de la actividad del almacén, situado frente a las costas de Castellón, tras los seísmos registrados en la zona.
Fuentes de Energía han asegurado a EL BOLETÍN que “no se puede hacer una valoración” sebra la sentencia del TC tan rápido e insisten en que se estudiará en profundidad para adoptar las medidas oportunas. Insisten en que lo que cuestiona el Constitucional “no es el fondo sino la forma”.
“Dicha sentencia no declara la inconstitucionalidad total del texto del Real Decreto-ley 13/2014, sino que estima únicamente los recursos interpuestos sobre los artículos referidos a la solución financiera adoptada por un motivo formal”, asegura la cartera que dirige Álvaro Nadal, en la nota remitida a los medios, y añade que “el Tribunal Constitucional no se opone a dicho esquema financiero, sino que cuestiona el instrumento utilizado para su aprobación, por considerar que, con referencia a los preceptos anulados, no se cumplían los presupuestos de extraordinaria y urgente necesidad que se exige para la aprobación de un Real Decreto-ley”.
El Gobierno abonó la indemnización hace tres, a través del operador del mercado Enagás, a la concesionaria Escal UGS, participada en un 66,7% por el grupo ACS. El coste se tradujo en una deuda del sistema gasista que superará los 4.700 millones una vez sumados los intereses, y que están pagando los consumidores en su recibo del gas.
No has entendido su comentario. Al revés: está criticando la injusticia.
No que va... Sólo querúa explicar que faltaba información y que la "fiesta" la vamos a pagar tú y yo y tod@s las que usamos gas, otra vez... Nada más, y nada menos
Disculpas si no he sabido explicarme correctamente
Supongo que en menos de un mes Florentino y los suyos devolverán el dinero íntegramente, no?
Esos, eso... ¿Dónde está la fecha de devolución?. Además, tengo entendido que ahora el Tribunal Constitucional es responsable del cumplimiento de sus sentencias.
P.D.: Es necesario recordar que en el marco del perverso CETA esta sentencia quizá no se hubiera producido, porque un tribunal ISDS (Industrial-state dispute settlement) no entiende de soberanías ni constituciones.
Han cantado ceta! dosmilmillooooooooneeeeeeeeessssssss de €uros!
En el hipotético caso de exigir la devolución del dinero, que no se va a dar, la empresa Escal es la que tendría que hacerlo y evidentemente se declararía inmediatamente en concurso de acreedores por insolvencia ante la exigencia de devolución. El mafioso Pérez siempre saldrá indemne.