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El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al BBVA a devolver a uno de sus cliente los 4.768 euros que se ha estimado que la entidad le había cobrado “de más” durante la vida del préstamo hipotecario que el denunciante firmó en 2003.
El órgano judicial declara “indebida” la aplicación al préstamo de un límite a la baja en el tipo de interés que pagaba el cliente, una cláusula suelo, del 3,50% y no sólo exige la devolución de las sumas cobradas de forma indebida, sino que condena a pagar las costas al BBVA “con expresa declaración de temeridad y mala fe”. Por lo que la entidad bancaria deberá pagar los honorario del abogado del cliente que denunció.
A pesar de que en el transcurso del pleito, el BBVA reconoció el hecho de la demanda, -discrepando únicamente sobre las cantidad que le reclamaba la parte actora- el magistrado Juan Avello comienza la fundamentación de su fallo señalando “la gravedad” de la actuación por parte de la demanda: “No se trata de un supuesto dudoso en el que debe analizarse la doble transparencia de la denominada cláusula suelo, sino de un grave incumplimiento contractual”, y sentencia explicando que “se aplica una cláusula que no estaba pactadas, y ello con grave perjuicio del consumidor”.
El juez entiende que procede la condena en costas por temeridad y mala fe a la entidad crediticia “no sólo por su actuación procesal, sino preprocesal, obligando a la parte actora a acudir a los tribunales, con el lógico quebranto” para ésta, y subraya que su proceder supuso “un ataque frontal a los valores éticos de honradez y lealtad”.
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Si en lugar de en España, este proceso se hubiera seguido en EE.UU., el perjudicado habría salido suficientemente compensado por la cuantiosa indemnización por daños y perjuicios, cantidad lo suficientemente abultada para que el consumidor tenga justa recompensa por las molestias y el valor de litigar contra un gigante y lo suficientemente abultada como para que el banco se lo piense antes de abusar de sus clientes.
En España lo único a lo que se puede aspirar es a recuperar el dinero por lo que las grandes compañías (eléctricas, bancos, constructoras, telecos) y las AA.PP. (cobros indebidos de impuestos multas de ayuntamientos principalmente) se apropian a diario de pequeñas sumas sabiendo que los clientes no van a molestarse en soportar un procedimiento judicial.
¡POR UNA INDEMNIZACIÓN JUSTA A FAVOR DE LOS CONSUMIDORES YA!
Ni importante sentencia ni leches. Importante sentencia es si le imponen una multa millonaría que se haga pensar muy mucho aplicar estas técnicas. Así lo único que consiguen es que por 1 que denuncie y les toque pagar haya 20 que no lo hagan y salen ganando de sobra.
interesante también el debate y los comentarios que se están generando sobre esta noticia aquí:
https://www.elsaltodiario.com/bbva/condenan-clausula-suelo-cobrar-de-mas-hipoteca
perdón, quería decir aquí, ahora en portada: https://www.meneame.net/
Pues lo celebro, poco a poco se va poniendo en su sitio a este atajo de ladrones que es la banca y llena sus conswjos de administracion para devolver favores,enhorabuena para el afectado yo tambien gane a La Caixa en un juicio por practicamente lo m8smo dwspues de 27 años de cliente, no se casan con nadie apuñalan al que pueden.