Código Penal
UP y PSOE pactan enmiendas a la reforma del Código Penal para no criminalizar la protesta pacífica

Jaume Asens anuncia en rueda de prensa enmiendas al artículo 557 b, que castiga las protestas en locales privados o públicos, para no criminalzarlas cuando no haya violencia o intimidación. El texto de las enmiendas aún no se ha hecho público.
9 dic 2022 12:02

Es uno de los puntos más polémicos de la propuesta de reforma del Código Penal presentada por PSOE, Unidas Podemos y ERC: el nuevo artículo 577 bis sobre desórdenes públicos —antes 557 ter—, que castiga las protestas realizadas en locales como sedes bancarias, podría suponer un aumento de la criminalización de este tipo de protestas, según han denunciado en las últimas semanas organizaciones sociales y juristas. Hoy, el presidente del grupo confederal de Unidas Podemos y de los comunes en el Congreso de los Diputados, Jaume Asens, ha anunciado que su partido y PSOE han acordado cambios en el texto de este artículo en su propuesta de reforma del Código Penal para “garantizar que ese artículo no pueda utilizarse para perseguir acciones de protesta cuando no se utilice violencia o intimidación”.

El artículo 557 ter del Código Penal actual, introducido por el Partido Popular en 2015, castiga con de tres a seis meses de cárcel o multa de seis a doce meses a los que ocupen establecimientos privados o públicos sin permiso del titular. Fue un artículo que aludía claramente a las protestas realizadas por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) y otros colectivos por el derecho a la vivienda.

Hasta ahora, el Código Penal incluye en su artículo 577 ter el castigo con penas de tres a seis meses de cárcel o multa de seis a doce meses a los que ocupen establecimientos privados o públicos, sin permiso de su titular. El artículo, que ahora pasa a ser el 557 bis, en sustitución del listado de agravantes que ahora se eliminan del delito de desórdenes, mantiene la misma pena para el mismo tipo de protesta, pero añadiendo como requisito que estas se cometan sin violencia o intimidación. Abre así la puerta a que, si se interpreta que ha habido violencia o intimidación, las ocupaciones de establecimientos pasen a ser penadas con hasta tres años de prisión. “Es un artículo que aprobó el Partido Popular en 2015 para perseguir las acciones de protesta del 15M tras la crisis de 2008”, ha señalado Asens hoy en rueda de prensa. “Nosotros nos opusimos a ese artículo en su día, algunos desde las calles, otros desde el congreso, IU e Iniciativa per Catalunya votaron en contra, pero también votó en contra el PSOE”, añade tras resaltar que es un artículo que “fue concebido para contener la protesta social”. 

“Pasas de un tipo penal que daba cierto margen para discutir y permitía que las conductas más leves quedaran fuera a otro que castiga la protesta sin violencia e intimidación”, apuntaba el abogado Benet Salellas.

Sin embargo, en la propuesta de reforma del Código Penal que, además de eliminar el delito de sedición reforma el delito de desórdenes públicos, este artículo, que pasaría a ser el 557 bis, sufre un cambio que podría aumentar más la criminalización de este tipo de protestas. Añade que se castigarán con penas de tres a seis meses de cárcel este tipo de acciones “cuando se cometan sin violencia o intimidación”, abriendo la puerta que este tipo de acciones se castigue con hasta tres años de cárcel cuando se considere que ha habido violencia sobre las cosas o personas o intimidación, y que se castigue con esta pena reducida cuando se considere que hayan sido pacíficas. “El hecho de que ahora ya se especifique que es sin violencia ni intimidación deja más claro el tipo penal y por lo tanto será muchísimo más fácil de aplicar en caso de protestas relacionadas con el derecho a la vivienda”, explicaba  a El Salto la abogada Anäis Franquesa, de Iridia, poco después de que se hiciera pública la propuesta de reforma. “Pasas de un tipo penal que daba cierto margen para discutir y permitía que las conductas más leves quedaran fuera a otro que castiga la protesta sin violencia e intimidación”, apuntaba, por su parte, el abogado Benet Salellas.

Las críticas han sido escuchadas por el gobierno de coalición, que, en boca de Asens, ha afirmado hoy que han llegado a un acuerdo “para que ese artículo no sirva de excusa para perseguir la protesta pacífica”, aunque, por lo pronto, no se ha hecho público el texto concreto de la enmienda a este artículo.

“Nosotros defendemos que ese artículo debería desaparecer del Código Penal, pero de momento lo que hemos logrado en las conversaciones que hemos mantenido con el PSOE es hacer un retoque para garantizar que ese artículo no pueda utilizarse para perseguir acciones de protesta cuando no se utilice violencia o intimidación”, concluye Asens.

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