Dos años a la espera de reparación tras sufrir lesbofobia en un registro en Galicia

Un funcionario de un registro de Pontevedra se negó a inscribir al hijo de Antía y su pareja. Un error de redacción en la ley trans está detrás de los argumentos que el funcionario esgrime para defender su actuación. Ellas han pedido al Ministerio de Justicia que repare el daño causado, pero siguen sin respuesta.
11 jun 2025 08:00

“No me vais a decir que no, pero sois una familia anormal”. Son las palabras que un funcionario de un registro civil de la provincia de Pontevedra utilizó para responder a una pareja de dos mujeres cuando fueron a inscribir al hijo de ambas, en junio de 2023, según recoge la queja presentada por la pareja.

El niño había nacido el sábado y, tras recibir el alta, el lunes acudieron al registro de su localidad, un municipio de menos de 10.000 habitantes de la provincia de Pontevedra. Allí se dieron de bruces con una persona que dijo ser “quien más sabe de Registro Civil” y que les ofreció tres opciones: que la madre gestante inscribiera al niño para iniciar luego un proceso de adopción —que podría o no ser aceptado, les advirtió—, que se casaran en los próximos días y la madre no gestante aceptara a la criatura como hijo previo al matrimonio, o casarse al día siguiente e inscribir al niño.

Ninguna de las opciones se ajustaba a sus deseos ni a lo que dice la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, que modificó la ley de registro civil para permitir la filiación no matrimonial en parejas de mujeres lesbianas, puesto que, hasta entonces, solo se preveía la matrimonial. 

“Yo me quedé en shock, rota por dentro”, dice Antía, una de las madres de la criatura, a El Salto. Tras este encontronazo en el registro, la pareja tenía cita con la matrona, a quien informaron de lo ocurrido. Ella les recomendó acudir al Centro de Información de la Mujer. La pareja habló también con la alcaldesa del municipio al tiempo que contactaba con la asociación Nos Mesmas, que se ofreció asesorarlas y les facilitó un argumentario con el que acudir de nuevo al registro. “Teníamos argumentos para volver, pero yo no me sentía preparada, estaba con una cesárea que se me complicó, psicológicamente no podía”, dice Antía.

Después de que un registro de un municipio de Pontevedra se negara a filiar al hijo de Antía y su pareja por no estar casadas, ellas acudieron a Vigo, donde no hubo ningún impedimento 

Por eso decidieron acudir a inscribir a su hijo al registro de Vigo, localidad en cuyo hospital había nacido el bebé. Allí, el trato fue “exquisito” y, dice Antía, hasta les pidieron perdón por no tener actualizados los documentos, donde seguía poniendo “padre” y “madre” en el lugar donde debía poner “progenitor 1” y “progenitor 2”.

Con el apoyo de Nos Mesmas, decidieron poner una queja en la Dirección Xeral de Xustiza, en julio de 2023. En la queja, se expone cómo el funcionario les indicó que “de ninguna manera podemos registrar un bebé siendo dos mujeres y sin estar casadas” y cómo, ante tales afirmaciones, ambas le hicieron saber que el derecho las asistía. Entonces, cuenta Antía, el mismo funcionario les dice que, de haberse producido el embarazo mediante el método ROPA (Recepción de Óvulos de la Pareja), sí podría inscribirlo —algo que no contempla la Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y LGTBI y que tampoco se menciona en la Ley de Reproducción Humana Asistida—. No contento con eso, el funcionario del registro también les aseguró que el niño no podía llevar primero el apellido de la madre no gestante, tal y como ellas habían decidido. 

En la queja, alegan que este trato supone una práctica discriminatoria según en el artículo 14 de la Constitución Española —el que proclama la igualdad—, algo que atribuyen a “una clara conducta homofóbica con objeto de impedir la inscripción del hijo común recién nacido”. 

“El denunciado, de forma consciente y deliberada no aplicó la normativa vigente que permite a inscripción de menores entre parejas de mujeres, sin requerir que la madre no gestante adopte recién nacido o requerir el matrimonio de ambas mujeres, negándose los derechos de ambas denunciantes y la igualdad de derechos de la familia LGTBI constituída por las denunciantes y su hijo”, recoge el escrito.

Un error que deja indefensas a las madres lesbianas

El funcionario denunciado respondió a esta queja en un escrito en el que reconoce que se negó a inscribir al bebé. Pero “salvo a miña negativa a inscribir, o resto é unha sucesión de medias verdades ou directamente falsidades”, responde. El hombre señalado en la queja argumentó que de ninguna forma incurrió en una inaplicación de la ley y añadió, que, de existir discriminación, esta tendría su origen en la ley y no en su actuación.

“O meu razoamento foi que non, que lle podía dar a negativa por escrito e que a menos que o meu superior mo ordenase, non podía proceder á inscrición, pois a redacción da lei non o permite”. Sobre por qué en Vigo se procedió a la inscripción sin problema, asegura en su respuesta que “non me corresponde cualificar as inscricións doutros rexistros”.

Pese a que el espíritu de la ley trans y LGTBI es permitir la filiación en condiciones de igualdad, el texto remite a una ley de 2006 que vincula este derecho al matrimonio

Lo que permitió esta actuación del funcionario es un error en la redacción de la ley LGTBI y trans. El problema es que se da una incoherencia: el espíritu de la ley es permitir la filiación de hijos nacidos en parejas de dos mujeres en igualdad de condiciones que las parejas heterosexuales, tal y como recoge de forma explícita en su preámbulo. Para ello, la Ley 4/2023 modificó el Código Civil para facilitar el acceso igualitario a la filiación, pero el artículo 44 de la Ley del Registro Civil continúa remitiendo a la Ley de Reproducción Asistida de 2006, que vincula este derecho al matrimonio. “Esta falta de armonización jurídica perpetúa inseguridades jurídicas y desigualdades, especialmente para parejas no casadas”, alertaba a finales del año pasado la Federación Estatal de Lesbianas, Gais, Trans, Bisexuales, Intersexuales y más (FELGTBI+).

Paula Iglesias, presidenta de esta organización, explica a El Salto que esta situación “genera inseguridad para la familia que se encuentra con esta situación y que quizás no conoce que efectivamente ese requisito se ha eliminado por la ley”. “La inseguridad jurídica y legal que supone de repente pensar que no puedes filiar a tu hijo, además con el contexto sociopolítico que estamos viviendo genera mucha inseguridad en estas familias y también por supuesto una desigualdad”, explica Iglesias. Al final, lamenta, se da una arbitrariedad en la que depende del funcionario que te toque que se aplique o no la ley.

Por eso, la FELGTBI+ comunicó al Ministerio de Igualdad en diciembre este error, que Igualdad se comprometió a enmendar. Preguntado en marzo de este año por el recorrido de este compromiso, Igualdad no dio ninguna respuesta a este medio. Preguntado de nuevo a comienzos de junio, tampoco ha respondido.

Petición de responsabilidad al Ministerio de Justicia

“Todo esto me afectó a nivel emocional y psicológico, afectó a la lactancia, mi hijo perdió mucho peso, me encontraba en una vulnerabilidad absoluta”, dice Antía. Pero esto no solo le afectó a ella sino que esta madre cree que las consecuencias alcanzaron también al recién nacido: “Mi hijo perdió mucho peso hasta el punto de diagnosticarle desnutrición por parte de la pediatra que lo atendió”. 

“Al final, nos casamos por el niño para evitar cuestionamientos, y para ello tuvimos que ir a junto de esa persona a pedir que iniciara los procesos de matrimonio”. “Este hombre ha tenido opciones para rectificar y no lo ha hecho”. Por eso, tras recibir la respuesta que despachaba su queja, Antía y su pareja decidieron acudir a pedir responsabilidades Ministerio de Justicia, de quien dependen los registros.

La Reclamación por responsabilidad patrimonial consiste en solicitar una indemnización por un daño que sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos. Esta queja se interpuso en junio de 2024. La abogada de Nos Mesmas Irene A. Francés explica que en ella se pide una reparación por daños al entender que hay una vulneración de derechos fundamentales —en concreto, del artículo 14 de la Constitución— y un incumplimiento de una ley en vigor. Además, piden medidas contra el funcionario por entender que se trata de una falta grave.

La abogada entiende además que Antía y su pareja se han visto perjudicadas por estrategias de dilación. “O que nos dixo a Dirección Xeral de zustiza foi que os feitos poderían dar lugar a unha infracción cualificada como leve, pero acordan o prazo de arquivo das dilixencias informativas, por superar un prazo de prescrición. É dicir, cualifican a infracción como leve. Se cualificasen a infracción como grave, non concorrería este prazo de prescrición. Presentamos un recurso potestativo de reposición en marzo de 2024. Este recurso potestativo se interpuso contra la resolución que acordó el archivo de las diligencias informativas tras la denuncia presentada por la pareja contra el funcionario que negó la filiación no matrimonial y que solicitaba la investigación de los hechos para, en su caso, la apertura de expediente disciplinario.

Irene A. Francés, abogada de Nos Memas: “É unha discriminación institucional total, é LGTBfobia. Temos unhas leis que dan dereitos, pero que non se queren aplicar por parte de una institución pública”

Además de este procedimiento, se inició una queja ante el Ministerio de Justicia, donde se interpuso una solicitud de reclamación de responsabilidad patrimonial por estos hechos.

“Hai unha vulneración do arquivo 14 da Constitución porque non se permitiu filiarlle as mesmas condicións que a unha parella heterosexual, aínda que a lei o permite. É unha discriminación institucional total, é LGTBfobia. Temos unhas leis que dan dereitos, pero que non se queren aplicar por parte de una institución pública”, razona.

“O dano moral neste caso, é o impacto, un sufrimento psíquico ou espiritual, que desencadea a conduta discriminatoria” , dice Irene A. Francés, que forma parte del programa de Nós Mesmas + visibles -violencia, de empoderamento para loitar contra a violencia contra as mulleres LBT e persoas non binarias cofinanciado por la Unión Europea y EuroCentralAsian Lesbian* Community.

La abogada también señala los impedimentos que se están dando para pedir un reconocimiento del daño, ya que una solicitud que debía haber sido resuelta en seis meses no había tenido respuesta en la fecha del 10 de junio, mientras se terminaba de escribir este texto, y cuando ha pasado casi un año de su presentación y dos de los hechos que la motivaron.

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