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Hemeroteca Diagonal
Los abogados que no amaban a las mujeres
La Asociación Española de Abogados Cristianos se formó en 2008 con el objetivo de llevar a la justicia “los valores cristianos”. Para ello han emprendido más de 20 casos judiciales sólo en el último año, muchos de ellos en el marco del artículo 525 del Código Penal y dirigidos contra mujeres que reclamaban el respeto a los derechos sexuales y reproductivos.
La presión que la jerarquía eclesiástica ejerce sobre los ámbitos político, jurídico y social no es un asunto del pasado. Numerosas agrupaciones de ideología ultracatólica y en contra de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres forman parte de este lobby, que se apoya e identifica con sectores de la derecha.
La Asociación Española de Abogados Cristianos (AEAC) es uno de estos grupos. Como ellos mismos proclaman, su objetivo es “promover los valores cristianos en el ámbito jurídico”.
Sus ejes fundamentales son la oposición al aborto, el rechazo a todo modelo de familia que no se ajuste al tradicional y la persecución de cualquier manifestación que desafíe al discurso religioso. Junto a esta, otras plataformas como HazteOir.org o Derecho a Vivir llevan a cabo denuncias similares mediante peticiones de apoyo ciudadano en las que emplean términos como “sacrilegio” o “blasfemia” para referirse a todo lo que vaya en contra de lo que consideran la “libertad religiosa”.
El caso más reciente lo refleja la admisión por parte del Ministerio de Interior del recurso de reposición que la AEAC interpuso contra la declaración de utilidad pública de la Federación de Planificación Familiar Estatal (FPFE). La FPFE es una organización sin ánimo de lucro integrada por una amplia variedad de asociaciones e individuos que abogan por el libre ejercicio de los derechos de salud sexual y reproductiva.
Su presidente, Luis Enrique Sánchez, explica a Diagonal que la declaración de utilidad pública fue emitida hace dos años y fue reconocida por el Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad o el Instituto de la Mujer tras un largo proceso de verificación de la transparencia y la autenticidad de sus cuentas. “Sin embargo, al día siguiente de su publicación en el BOE, la Asociación de Abogados Cristianos recurrió y el Ministerio de Interior lo aceptó y nos retiró la declaración de utilidad pública”, continua Sánchez.
“Más que la defensa de un sentimiento cristiano, hay un sentimiento inquisidor y de castigo”Para la FPFE, el repentino cambio de postura del Ministerio a raíz de la petición de los abogados es lo más llamativo del caso: “Pensamos que ha habido presiones políticas de los Abogados Cristianos que han podido condicionar la decisión del Ministerio. Desde hace más de un año han estado criminalizando nuestra labor, lo que ha generado el cultivo para que Interior nos retirara la declaración. Hacemos una labor social muy importante que no cubren otras instituciones, y esta decisión dificulta nuestro trabajo y reconocimiento”. Sánchez asegura que seguirán recurriendo a los tribunales y agradecen el apoyo de muchas asociaciones, sindicatos y partidos políticos que se han posicionado en su lado.
Derechos sexuales
La actual persecución de los derechos de salud sexual y reproductiva de las mujeres por parte del sector conservador y católico de la sociedad española, cuya manifestación más clara es la oposición al aborto, es un reflejo de la influencia que el lobby eclesiástico sigue ejerciendo.“El movimiento ultracatólico encuentra en el aborto su principal eje de ataque. La lucha contra este derecho y en general contra los derechos fundamentales de las mujeres es una lucha a la que estructuralmente y a nivel internacional los sectores ultracatólicos dedican muchos recursos y energías. Si la defensa del aborto es uno de los principales pilares de la lucha del movimiento feminista actual, no es porque sí”, asegura a Diagonal Silvia Aldavert, del Observatori de Drets Sexuals i Reproductius de Barcelona. “La Iglesia y el patriarcado se retroalimentan porque son dos estructuras de poder muy fuertes que se manifiestan mediante el control de la reproducción y la autonomía sexual de las mujeres”.
La intromisión de la Iglesia
La AEAC fue también el grupo que llevó a juicio a cuatro mujeres que sacaron en procesión el paso llamado Santísimo Coño Insumiso durante la manifestación del 1 de mayo de 2014 en Sevilla. Se amparaban en el artículo 525 del Código Penal, en el que se recoge como delito la ofensa a los sentimientos religiosos; y en el 510, que reconoce el delito de provocación al odio por motivos referentes a la religión.“Muchos de los delitos que contempla el Código Penal están inspirados en los dogmas [de la Iglesia]”La Cooperativa Jurídica Jarsia, dirigida por Luis de los Santos y Pastora Filigrana, consiguió recientemente el archivo del caso por el que la AEAC pedía hasta cuatro años de cárcel a las activistas.
“Para la AEAC, el simple hecho de portar una vagina por las calles suponía una actitud activa de ofensa para las personas que participaban hacia la Iglesia Católica, sin tener en cuenta el contexto en que se realizó e incluso el nombre de la convocatoria, la Procesión del Santísimo Coño Insumiso y del Santo Entierro de los Derechos Sociolaborales, que ya de por sí enunciaba el sentido político”, afirma Luis de los Santos.
“Sacar la vagina es una forma de apropiarnos de nuestro coño, del placer y del erotismo. Es una representación simbólica sobre nuestro derecho a decidir. Respetamos las creencias religiosas y tal vez estemos inventando formas que no son estéticamente positivas para ellos, pero nos duelen los asesinatos, las violaciones, la explotación sexual, la prostitución y la precariedad”, manifestaba Antonia Ávalos, portavoz de las imputadas, durante el juicio.
Otro de los colectivos que está en continuo enfrentamiento con el sector ultracatólico y la institución eclesiástica es Femen. La oposición al cristianismo y a la religión en general es uno de sus principales ejes de protesta, y lo llevan a menudo a la práctica mediante acciones reivindicativas en las que muestran sus torsos desnudos en lugares o contextos sagrados para el cristianismo, como su irrupción en la catedral de la Almudena de Madrid para defender el aborto.
Sus actividades han supuesto en la mayoría de las ocasiones la denuncia por parte de los Abogados Cristianos, que han declarado públicamente su intención de perseguir todas las acciones “delictivas” de esta organización e instado a las Fuerzas de Seguridad del Estado a proteger a los cristianos y sus templos frente a ellas. Similar es el caso por el que el Centro Jurídico Tomás Moro persiguió a Rita Maestre, portavoz del Ayuntamiento de Madrid, para la que pedían un año de prisión por su protesta en la capilla de la Complutense en 2011 y que se resolvió con una multa de más de 4000 euros.
Igual de ilustrativa es la polémica en torno a la versión feminista del Padre Nuestro que la escritora Dolors Miquels recitó durante la ceremonia de los premios Ciutat de Barcelona el pasado mes de febrero. Su Mare Nostra, dedicado a la defensa de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, se interpretó también como una violación a la libertad religiosa proclamada por los grupos ultracatólicos.
A pesar de no contener ningún mensaje explícito contra la Iglesia ni la religión, el líder del PP en Cataluña Alberto Fernández Díaz declaró su intención de acudir a las vías penales por una actuación que consideraba ofensiva contra el cristianismo, y la Asociación de Abogados Cristianos no tardó en denunciar a la alcaldesa Ada Colau por permitir el acto.
“Detrás de estas actividades, más que la defensa de un sentimiento cristiano hay un sentimiento inquisidor y de castigo”, señala Luis de los Santos. En relación con la presencia de esta protección penal, el abogado opina que “la Iglesia es un sujeto privilegiado que está enraizado en toda la arquitectura jurídica del Estado español, y muchos de los delitos que contempla el Código Penal están inspirados en sus dogmas”.
En opinión de Silvia Aldavert, el hecho de que el artículo 525 del CP sea, a menudo, utilizado para atacar contra la defensa de los derechos fundamentales de las mujeres pone en evidencia la necesidad de revisarlo. “Los sentimientos religiosos de unas personas no pueden impedir que se ejerzan los derechos fundamentales de otras. El Estado debería cumplir con la obligación de garantizarlos”, concluye.
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