Laboral
Un juzgado de Bilbao obliga a la Seguridad Social a pagar la prestación por lactancia a una trabajadora monomarental
El Juzgado de lo Social nº2 de Bilbao ha obligado a la Seguridad Social a conceder la prestación económica por lactancia a una familia monomarental. Desde marzo de 2019, la legislación reconoce que si ambos progenitores se reducen media hora de trabajo cada día desde que el bebé tiene nueves meses hasta que cumpla el año, uno de los dos progenitores puede recibir una prestación económica del 100% de la base reguladora, en proporción a esa reducción (media hora). Pero la redacción del artículo 183 de la ley exige que ambos progenitores reduzcan su jornada en media hora, discriminando a las familias monomarentales.
En una sentencia “pionera”, indica el sindicato ELA, su afiliada ha conseguido que la Justicia reconozca que “denegar la prestación a la familia monomarental conculca el derecho de los menores que tengan un solo progenitor a recibir el mismo cuidado y atención que los hijos de familias biparentales, y quiebra el principio de igualdad”.
Los servicios jurídicos del sindicato explican que la sentencia sigue la doctrina del Tribunal Superior del País Vasco del 6 de octubre de 2020 y la del 8 de febrero de 2022, ambas ganadas por ELA. En esta, “se declaraba que en una familia monomarental, denegar a la trabajadora el derecho a la prestación de las semanas adicionales del segundo progenitor (semanas que le corresponden por nacimiento y cuidado de hijo o hija) discrimina al o la menor y, de forma indirecta, a la mujer”.
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