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Leyes Mordaza
Dos años de Ley Mordaza: una máquina recaudatoria
La reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana cumple dos años el próximo 1 de julio. Hasta el pasado mes de diciembre, contó más de 285.000 sanciones.
Durante su primer año y medio en vigor –hasta diciembre de 2016–, la Ley de Seguridad Ciudadana ha demostrado ser una máquina de recaudar muy eficaz con 131 millones de euros en sanciones. La plataforma No Somos Delito destaca que la tercera infracción que más recauda sea por “desobediencia o resistencia a la autoridad” –10,156 millones de euros– y que el tercer motivo de sanción más frecuente sea por “faltas de respeto a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado” –22.627 sanciones–. “Esto supone un grave atentado contra la libertad de expresión, porque, como ya hemos podido observar, muchas de las denuncias interpuestas por faltas de respeto han sido tan absurdas como llevar una camiseta y las relacionadas con la desobediencia no son tal”, denuncian desde la plataforma. Critican que esta situación solo es posible por el trasfondo de la propia ley, en la que “se eliminan a los jueces y la administración pasa a ser juez y parte”. Y afirman que prueba de la “absurdez y ligereza con la que aplican, por ejemplo, el artículo relativo a la desobediencia” es la sanción interpuesta contra la periodista y escritora Cristina Fallarás. Ésta fue multada por una “infracción grave de desobediencia a la autoridad” durante una concentración de periodistas el 18 de mayo frente a la Embajada de México para protestar contra los asesinatos de informadores en el país latinoamericano.
“Habíamos pedido permiso para una concentración frente la Embajada de México contra los asesinatos de periodistas. Llegaron muchos cámaras y periodistas, y estábamos muy apretados”, relata la periodista. “Un coche de policía cortó la calzada de bajada de la Carrera de San Jerónimo para que se celebrase la manifestación, por lo que yo bajé a la calzada”, explica. En ese momento, uno de los policías se acercó a ella y exigió repetidamente que subiese de nuevo a la acera. Al tratar de explicar que no estaba interrumpiendo la circulación, ya que el coche de los agentes había cerrado el paso a la calle, y que había demasiadas personas ya en la acera, el agente le pidió la documentación. “Cuando me tomaron los datos ya sabía que me llegaría una multa, pero lo que no podía imaginar es que iba a ser de 600 euros, que no puedo pagar”, comenta preocupada.
La Rioja, líderes en sanciones por la Ley Mordaza
La Rioja, con 146 sanciones por cada diez mil habitantes, es la comunidad autónoma donde más denuncias relacionadas con la Ley de Seguridad Ciudadana se registraron desde su entrada en vigor hasta diciembre de 2016, según datos del Ministerio de Interior. En esta comunidad se registraron 253 denuncias por “faltas de respeto y consideración a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado”, recaudando 40.501 euros. Esta cifra supone un baremo de 8,03 sanciones por cada 10.000 habitantes, siendo la tercera comunidad donde más sanciones por población se registraron por este motivo, detrás de Aragón (11,03) y Andalucía (9,85).Otro de los motivos que pone en cabeza a La Rioja en este ránking son las sanciones interpuestas por “desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones” que suponen 4.368,55 euros por cada 10.000 habitantes, muy por encima de la media nacional que se sitúa en 2.181,44 euros.
Para Amnistía Internacional La Rioja estas cifras “confirman lo previsible: más poder para la policía, menos garantías para que la ciudadanía defienda sus derechos y un impacto negativo en el ejercicio de los derechos de reunión pacífica, información y expresión”. Y añaden que “deberíamos aprender de países como Holanda o Reino Unido, donde existen mecanismos independientes de investigación policial de esos abusos”.
Sanciones a periodistas
Una de las más conocidas es la interpuesta a la interpuesta a la periodista de Catalunya Radio Mercè Alcocer, por una “infracción grave de desobediencia a la autoridad” mientras cubría la salida de Jordi Pujol y Marta Ferrusola de la Audiencia Nacional. Pero han sido muchas más.El 3 de marzo de 2016, Axier López, fotógrafo y reportero de la revista Argia compartió en su cuenta de Twitter unas instantáneas de la detención en Eibar de la activista Naroa Ariznabarreta, que se había negado a personarse en la vista oral en la que se la juzgaba por un corte de autopista en el año 2007.
Este hecho transformó a Axier López en el primer periodista español multado por la Ley Mordaza y llevó al parlamento de Gipuzkoa a negarse aplicar esta ley. El periodista recibió de la Delegación del Gobierno en Gipuzkoa la notificación de una sanción de 601 euros, por subir fotografías a una red social “sin autorización”.
A finales de abril de 2016, la periodista de Vice Esther Yáñez acudió a cubrir una cacerolada promovida por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) ante la sede del Partido Popular, en protesta por la negativa del PP a la ley catalana antidesahucios. “Estaba preparando un reportaje sobre el tema y fui a hacer producción y a conocer a las familias. Empecé a hacer fotos de los participantes y un policía vino y me pidió el teléfono. Quería ver las fotos. Le dije que no estaba fotografiando a los policías y que en la vía pública podía hacer las fotos que quisiera. Me pidió la documentación inmediatamente. Le pregunté por qué. Sin responder, me la volvió a pedir. Le dije que me parecía injusto que me pudiese identificar sin darme explicaciones de nada, cuando yo ni siquiera podía ver su número de placa, porque no lo llevaba”.
Dos meses después, Esther Yáñez fue oficialmente sancionada por supuesta desobediencia a la policía y por no querer identificarse. “Es completamente falso. Expliqué a ese policía quién era, y sí, le manifesté mi desacuerdo con su actitud, pero en ningún momento sobrepasé el perímetro de seguridad que nos impusieron y tampoco me negué a identificarme”, afirma la periodista.
Para la Plataforma en Defensa de la Libertad de Información (PDLI), el caso de Axier López pone de manifiesto que “la aplicación de esta ley es inconstitucional”. Así opinaba también la Defensora del Pueblo, quien afirmó que “no se hace ningún juicio de proporcionalidad, ni se motiva la constitucionalidad de la sanción impuesta, ni siguiera se considera que pueda existir una limitación o afectación de un derecho fundamental”. Respecto a los casos de Mercé Alcocer y Esther Yáñez, desde la PDLI consideran que “son ilustrativas de lo que venimos denunciando, que estas sanciones contra la libertad de información responden a un patrón: su ‘camuflaje’ bajo infracciones genéricas como faltas de respeto y consideración a miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o resistencia a la autoridad”.
También denuncian que las “trabas para informar cada vez son más numerosas: peticiones constantes de identificación por parte de las fuerzas de seguridad del Estado, multas y sanciones derivadas de la Ley de seguridad ciudadana o demandas constantes relacionadas con el derecho al honor (calumnia, injuria…). Y las consecuencias de todo esto son más cualitativas que cuantitativas, empezando por la autocensura y acabando por la merma de una sociedad democrática a base de socavar poco a poco un derecho fundamental como es el de la información”.
Sobre los datos de la cuantía de las multas afirman que “es importante tener en cuenta que indican el importe total de la sanción, pero no que la Administración haya ingresado esa cantidad, pues si se pagan en un plazo breve y voluntario queda reducida la cuantía a la mitad, lo que habrá favorecido que muchos afectados paguen sanciones injustas por lograr esa reducción”.
Libertad de Expresión
En este sentido son muchas las acusaciones que se han hecho de la interpretación que los cuerpos de seguridad hacen del artículo 37.4 –faltas de respeto y consideración a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado–. En esta línea, la plataforma No Somos Delito se plantea “¿Qué son faltas de respeto a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado?”. Según denuncian “el texto no da ninguna pauta de lo que puede o no considerarse una falta de respeto”. Para la plataforma esto permite un sin fin de “atrocidades” contra la libertad de expresión, como la que sufrió Xavier Casanovas.Casanovas fue multado en el aeropuerto barcelonés de El Prat cuando atravesaba el control de pasaportes por dirigirse en catalán al agente. Según explicó este viajero, le indicaron que la utilización de esta lengua era “una falta de respeto” y un ejemplo de “poca estima” a España. A pesar de la advertencia, el ciudadano siguió utilizando el catalán y le volvieron a indicar que se dirigiera a ellos en castellano. Posteriormente, en la notificación que recibió informándole de la sanción impuesta (601 euros), se explicaba que había cometido una infracción de tipo grave porque hizo “caso omiso de las órdenes dadas por los agentes actuantes y, de este modo, dificultó su labor policial y retrasó el flujo normal de pasajeros”.
También han llenado muchas portadas las sanciones a músicos y artistas por este mismo concepto. Uno de los últimos que se han dado a conocer es la sanción interpuesta contra el grupo Émbolo durante un concierto que este medio organizaba con motivo de las fiestas de San Isidro.
“A medida que el evento avanzaba, pudimos ver desde el escenario a un grupo de policías poniéndose cada vez más nerviosos. Al terminar y dirigirnos a los camerinos, nos encontramos a una veintena de agentes de la policía local mirándonos con actitud totalmente amenazadora e intimidatoria. Una vez en los camerinos, la coordinadora del evento nos comunica que a la policía no les ha gustado la actuación e incluso les han dicho: ‘No queremos otros titiriteros’ y nos advierte que están muy cabreados, que tengamos cuidado y que temen por la continuidad del festival.”
Unas horas más tarde Daniel, cantante del grupo, se dirigió de nuevo a los camerinos y seis policías en uniforme de paisano le arrinconaron y le pidieron identificarse. Es entonces cuando le comunican que va a ser denunciado por las “ofensas a la autoridad” en determinadas partes del espectáculo.
Pero las sanciones por faltas de respeto no se reducen solo al mundo “real”. También han llegado al virtual. Uno de los casos que a más gente ha afectado tuvo lugar en noviembre de 2016, cuando un usuario de Facebook colgó un vídeo donde un agente de la policía nacional de Santiago de Compostela perseguía, sin demasiado éxito, a un hombre sin camisa por las calles de la ciudad. Este vídeo se hizo viral y el agente implicado en la persecución terminó multando a la mayoría de usuarios que comentaron el vídeo, lo marcaron como “me gusta” o lo compartieron en su cuenta.
Devoluciones en Caliente y derechos de las personas migrantes
La gran olvidada para muchos medios de comunicación es la “disposición adicional décima”, más conocida por legalizar las “devoluciones en caliente”, o, como la Coordinadora de ONG´s las denomina, “devoluciones sumarias”. Esta disposición, que fue agregada en último momento a la ley, fue la primera en entrar en vigor; tan solo un día después de la aprobación del texto en el Congreso.Recientemente el Centre per la defensa del drets humans Iridia, en colaboración con NovAct y Fotomovimiento, ha publicado su informe anual sobre la situación de los derechos humanos en la frontera sur. En él, se pone de manifiesto la “inexistencia de datos oficiales derivados de los protocolos de actuación de las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado”. “No se realiza ningún tipo de registro de las personas que son devueltas en caliente, ni partes de lesiones…”. En este aspecto coincide el colectivo SOS Racismo, que considera que “la ausencia de datos y la opacidad hacen sospechar del porqué no dejan trabajar ni a periodistas, ni a las organizaciones de derechos humanos.” Del mismo modo, recuerdan que la situación no ha cambiado en nada porque “lo único que ha hecho la reforma de la ley es legalizar una práctica que era y sigue siendo habitual”.
Iridia pone de manifiesto que, “cuando se salta la valla, se hace porque no hay otro medio de poder solicitar asilo”. Actualmente hay dos vías para solicitar el asilo en la frontera sur: en las oficinas de asilo –inauguradas en el año 2015– o en un Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI). No obstante, desde Iridia ponen de manifiesto que, “para poder acceder a estas oficinas, tienes que pasar por los puestos regulares, donde las fuerzas regulares marroquíes no dejan que se acerque ninguna persona procedente de los países del África negra, y para poder entrar en el CETI, tienen que hacerlo a través de la valla”.
Por su parte, la Caravana Abriendo Fronteras, que el año pasado se dirigió a Grecia para denunciar las situaciones que sufren allí las personas que buscan asilo, se dirigirá este año a la frontera sur para denunciar que, “en nuestro Estado, se comenten violaciones sobre los derechos fundamentales de las personas de forma constante y reiterada”. Desde la plataforma consideran que “las devoluciones en caliente, permiten que muchas personas que deberían estar protegidas por el Estado, por tener el derecho de asilo y/o refugio, sean devueltas a Marruecos; donde por todas y todos es conocido que no garantizan los mínimos derechos a estas personas, que en ocasiones sufren violencia por parte de la Policía Marroquí”. En esta ocasión, la caravana recorrerá a partir del 15 de Julio los centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche, Algeciras, Isla de la Palomas, y también el CETI de Melilla y la propia valla.
El colectivo SOS Racismo añade que esta ley no solo vulnera los derechos de las personas migrantes en la frontera, sino que recuerda cómo “son perseguidas por el resto del territorio”. Para este colectivo en algunas disposiciones se regula para evitar las redadas racistas, “pero, al no existir protocolos ni haber ningún registro de ningún tipo, la realidad es que se siguen produciendo permitiendo la impunidad”. Y añaden: “Si de verdad quisieran acabar con las redadas racistas crearían un protocolo donde se recoja un registro sobre las identificaciones y cacheos que realizan, así como los motivos de los mismos”. Del mismo modo recuerdan como “el miedo que generan con las redadas racistas” hacen que los propios afectados no denuncien la vulneración de sus derechos. “En una persona con la nacionalidad, negarse a identificarse en estos supuestos puede conllevar una sanción administrativa. En el caso de una persona migrante, con o sin permiso de residencia, puede suponer la expulsión o que se les deniegue el permiso de residencia”.
La guerra de las camisetas
Uno de los casos más polémicos que ha tenido esta ley fue el de Belén Lobeto. Una joven madrileña que, al volver a su casa, fue identificada y propuesta para sanción por el ya mencionado artículo 37.4 aludiendo a que el mensaje de su bolso –A.C.A.B: All Cats Are Beautiful– era una falta de respeto a los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado. En esta ocasión, y como consecuencia de la polémica que se generó por el “abuso de poder” que suponía, fue retirada, aunque sin consecuencias para los agentes. No obstante han sido muchos los casos recogidos por motivos similares: una prenda de vestir.A la luz de estos casos, y tras registro en una pequeña tienda del barrio madrileño de Vallecas –donde incautaron 50 camisetas y 40 sudaderas–, el fotógrafo Santi Ochoa organizó la exposición “La Guerra de las Camisetas”.
“Las camisetas son una forma de expresión personal y de los movimientos sociales, más libre y auténtica que las utilizadas por la industria cultural. Reflejan a toda una sociedad en una época determinada; son pura sociología”, afirmaba su autor. En ella recogía 81 fotografías de camisetas con mensajes críticos y satíricos dirigidos a las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado.
Multas que no se ajustan a la ley sancionadora
De los aspectos más criticados de la ley por las principales organizaciones en defensa de los derechos humanos es la discrecionalidad sancionadora de esta reforma. Para la Asociación Libre de Abogados (ALA), los estándares para sancionar han disminuido. “No solo las garantías legales del procedimiento sancionador han disminuido, empezando por el principio de veracidad de los agentes, que contamina desde el primer momento cualquier procedimiento, sino los mismos estándares de percepción de las infracciones”, apuntan. Critican que al desaparecer los jueces del procedimiento sancionador “se cercenan las garantías democráticas, de separación de poderes y el derecho de defensa” y añaden que “un juez jamás consideraría que el solo hecho de portar una pancarta o corear un lema te convierte en organizador de una concentración no comunicada, pero la policía sí. O que mover unos contenedores en una manifestación es una perturbación grave de la seguridad ciudadana, pero la policía sí.”Para ALA es la ausencia de un juez lo que permite a la reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana ser tan efectiva: “La policía sanciona por actos que un juez jamás sancionaría, de ahí que se hayan disparado las sanciones por grabar a policías en el ejercicio de sus funciones, los casos en que se obliga a ciudadanas a borrar sus grabaciones bajo amenaza de sanción o detención o las sanciones por faltas faltas de respeto a la autoridad en caso de no estar de acuerdo con los agentes y tener discusiones. Son sanciones que no existen en la Ley de Seguridad Ciudadana, pero como es la policía quien primero interpreta la ley y quien después la aplica, lo hace siempre en beneficio propio”.
Y advierten: “Es fundamental evitar que estos estándares sigan reduciéndose, pues cada vez que se reducen, el nuevo límite del que partimos es aún más estrecho y no podemos permitirnos interpretaciones cada vez más restrictivas cuando ejercemos derechos fundamentales”. Para ello, animan a que los ciudadanos recurran sus multas cuando estas sanciones no sean ciertas, y así, “aunque sea al final del procedimiento, se consolide una jurisprudencia y unas buenas prácticas avaladas por los jueces para obligar a las autoridades a pensárselo dos veces antes de multar tan alegremente”. Otros colectivos como No Somos Delito consideran que otro de los motivos es “el propio desconocimiento de la ley por parte de la sociedad, que al desconocer el texto, no conoce sus derechos y permite que los agentes apliquen la ley sin ajustarse a la misma”. Desde ALA recuerdan que hacer fotos a los agentes en el ejercicio de sus funciones no es en sí mismo sancionable, “será únicamente sancionable cuando se pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación”.