El cuerpo fuera del comercio, salvo en el mercado reproductivo

El Convenio de Oviedo prohíbe lucrarse con el cuerpo humano. En la reproducción asistida, ese principio se cumple sobre el papel mientras bancos y clínicas convierten células en beneficio.
Rafael Trinchant
13 jul 2026 14:26 | Actualizado: 14 jul 2026 08:53

Hay una idea antigua en el derecho: el cuerpo humano y sus partes son res extra commercium, cosas que están fuera del comercio. No se compran ni se venden. No es una abstracción académica. El Convenio de Oviedo, firmado en 1997 y en vigor en España desde 2000, lo dice sin rodeos en su artículo 21: "El cuerpo humano y sus partes, como tales, no deberán ser objeto de lucro". Por eso la donación de gametos se admite solo como un acto altruista, gratuito y desinteresado, nunca como una venta.

No es una rareza del derecho europeo. La Asociación Médica Mundial sostiene lo mismo en su resolución sobre la no comercialización del material reproductivo humano: considera inapropiado ofrecer beneficios económicos para fomentar la donación de óvulos, semen y embriones. La propia asociación admite, además, que esta industria está poco regulada y que el valor de mercado de este material puede ser muy lucrativo, lo que enfrenta el interés económico con la ética profesional.

El problema es que, sobre el terreno, la reproducción asistida funciona como una industria. España es líder europeo y el negocio mueve alrededor de 900 millones de euros al año. Las clínicas y los bancos de gametos no se comportan como servicios guiados por el altruismo, sino como empresas que buscan rentabilidad. La ley no habla de pago, sino de compensación, pero el efecto es parecido: sin dinero de por medio, el material escasea. Existen estudios sobre las motivaciones de las donantes de óvulos que sugieren que junto al incentivo económico aparece el altruismo, pero como un relato construido por las clínicas y los formularios de consentimiento para que la donación no se perciba como lo que también es, un intercambio.

Lo revelador es la plusvalía que esas empresas han encontrado en unas simples células. Los estudios antropológicos describen el semen y los óvulos vendidos con etiquetas de calidad, pedigrí y exclusividad: se resaltan atributos biológicos, se aplican técnicas de marketing y hasta se humanizan las imágenes de las células para que la clientela las perciba como algo único.

El filósofo del derecho Marc-Abraham Puig Hernández ha descrito bien la contradicción, en lo que llama la perversión moral del principio de no lucro. Ocurre en dos tiempos. Primero, el dinero desplaza el valor propio de aquello que se intercambia: es la vieja crítica a la mercantilización del cuerpo. Pero luego pasa algo más sutil: el propio mercado recupera los valores que había desplazado, sobre todo el altruismo, y los usa para revestir el negocio de un aire admirable. Se cobra por el biomaterial, pero se presenta como un gesto generoso. La moral acaba al servicio del mercado.

A esa contradicción se suma un agujero legal. En un trabajo posterior, el mismo autor muestra que el principio de no lucro solo obliga en el momento de la donación, pero ni la normativa española ni la europea lo extienden a la exportación y la distribución posterior de los óvulos. Y no es un detalle menor: cerca de la mitad de los ovocitos que circulan por Europa proceden de España. Una vez donados de forma teóricamente altruista, entran en un circuito comercial que la ley deja de vigilar.

Esa circulación es, en principio, lo que empezará a vigilarse. En agosto de 2027 será aplicable el nuevo reglamento europeo de sustancias de origen humano, conocido como SoHO, que sustituirá a las viejas directivas sobre sangre, tejidos y células, incluidas las reproductivas. Crea un sistema común de trazabilidad y de supervisión del movimiento transfronterizo, de modo que los óvulos que hoy cruzan fronteras con escaso control quedarán, al menos sobre el papel, bajo un mismo paraguas.

Conviene, aun así, no esperar del SoHO lo que no trae. Reafirma la donación voluntaria y no remunerada, pero mantiene la lógica de la compensación: cada país fija una cantidad para el donante siempre que sea "financieramente neutra", esto es, que no le suponga ni ganancia ni pérdida. Vigilará mejor por dónde circulan las células, pero no toca el fondo que denuncian los estudios: que esa compensación funciona, de hecho, como un pago.

Y ese pago no recae sobre cualquiera. La socióloga Sara Lafuente ha mostrado cómo la donación de óvulos, pieza clave del mercado español, se apoya en la desigualdad: dona sobre todo quien más necesita el dinero. La "neutralidad" de la compensación es, además, relativa y con nula homogeneidad en Europa. Bulgaria, por ejemplo, paga el equivalente a once semanas de salario mínimo; España, entre 800 y 1.200 euros, cantidad que se puede acercar a una mensualidad. Cuando la cifra pesa tanto, mujeres de países con rentas más bajas —muchas de Europa del Este o migrantes en situación precaria— se convierten en donantes preferentes o cruzan fronteras para donar allí donde más se paga. En el otro extremo están quienes quieren ser madres o padres, vulnerables y esperanzados, para quienes la reproducción asistida es a la vez una oportunidad médica y un gasto considerable. El principio de no lucro existía, entre otras cosas, para protegerlas a todas.

El Convenio de Oviedo acertó al colocar el cuerpo fuera del comercio. Lo que falta no es el principio, sino su cumplimiento. Mientras la compensación siga funcionando como pago encubierto y la industria pueda revestir la venta con el lenguaje del don, el no lucro será una declaración solemne sin efectos reales. Defenderlo en serio implica nombrar el mercado por su nombre y ponerle límites que de verdad se apliquen.

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