Opinión
¿Qué hay de nuevo en la autodeterminación de género?
La identidad de género es un concepto que aparece en las políticas de protección antidiscriminatorias de organismos internacionales como la ONU, el Consejo de Europa, o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y la autodeterminación de género ya está asentada en el sistema legislativo español desde hace no pocos años. Entonces, ¿cuál es el escándalo ahora?
Sorprende, y mucho, la polémica que se ha generado en algunos sectores de la sociedad —simpatizantes de HazteOír.org por un lado, y feministas TERF por otro, formando una pinza inédita— en torno al derecho de las personas a poder autodeterminar o autodefinir su género. Quien no esté bien informado puede pensar que se trata de una excentricidad que alguien ha inventado recientemente.
Sin embargo, la realidad es que la autodeterminación de género ya está asentada en el sistema legislativo español desde hace no pocos años. Y sorprende todavía más que el fuego de la polémica se haya encendido desde un argumentario interno del PSOE, puesto que se trata del partido que puede presumir, y con razón, de haber promovido, impulsado o apoyado toda la legislación al respecto que ya aporta dignidad a miles de personas trans en nuestro país.
La identidad de género es un concepto que aparece en las políticas de protección antidiscriminatorias de organismos internacionales como la ONU (incluido el Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer, CEDAW), el Consejo de Europa, o el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, entre otros, además de estar recogido en el Convenio de Estambul sobre violencia contra las mujeres y, por supuesto, en los Principios de Yogyakarta, considerados como la carta fundacional de los derechos LGTBI.
La famosa Ley 3/2007 de 15 de marzo, conocida precisamente como Ley de Identidad de Género, es uno de los logros que más prestigio dieron al Gobierno Zapatero y que, junto con el matrimonio igualitario, situaron a España como líder mundial de la legislación protectora de derechos humanos. Esta ley, precisamente, lo que viene a sancionar es el derecho de la ciudadanía a vivir según su identidad de género sentida, y no según el sexo que se le asigna al nacer en atención a sus genitales externos. Es decir, permite a las personas transexuales vivir con dignidad, con respeto a su propia imagen y a su intimidad.
La ley era tan necesaria que incluso en 2019 el Tribunal Constitucional vino a enmendarle la plana y declaró inconstitucional el artículo que excluía a las personas menores de edad, por privarlas de un derecho constitucional.
Entonces, ¿cuál es el escándalo ahora? ¿Por qué despierta recelos en estos dos sectores tan supuestamente opuestos de la sociedad? El inexplicable motivo es que existe la voluntad política en este Gobierno (con pacto firmado de por medio) de mejorar la ley en el sentido de hacer merecedoras de este derecho también a personas no españolas y, además, permitirles acceder a él sin necesidad de un diagnóstico médico.
El diagnóstico médico ha quedado trasnochado desde el momento en que la Organización Mundial de la Salud ha retirado la transexualidad de su catálogo de patologías
Diagnóstico médico que ha humillado a muchas de las personas que han accedido a esta ley para cambiar el registro de su sexo y adquirir un nombre acorde con su verdadera identidad. Diagnóstico médico que ha expulsado a otras tantas de poder ejercer su derecho precisamente para no pasar por esa humillación. Y diagnóstico médico que ha quedado trasnochado desde el momento en que la Organización Mundial de la Salud ha retirado la transexualidad de su catálogo de patologías ICD-11.
¿Tiene algún sentido que la ley española exija un diagnóstico médico de una circunstancia que no es considerada enfermedad por la comunidad científica? La respuesta no puede ser sino negativa.
Por si fuera poco, ocho comunidades autónomas ya han legislado, desde 2014, leyes integrales de transexualidad y/o de igualdad LGTBI en las que se reconoce la autodeterminación de género para todos los ámbitos de la vida de las personas… excepto la mención registral del sexo, que es competencia estatal. En España, pues, ya más de 30 millones de personas gozan de ese derecho a la autodeterminación (aprobado, por cierto, con una sorprendente unanimidad en los diferentes parlamentos), aunque de forma incompleta. Es decir, complicando la vida a la minoría de personas que quieren acogerse a él.
Todavía hay más motivos para la sorpresa, puesto que la reforma de la 3/2007 ya fue planteada en 2017 precisamente por el PSOE, pactada en Comisión y si no llegó a aprobarse fue únicamente por el adelanto electoral. La ley 3/2007 se articuló de manera patologizante y, por tanto, sería necesario superarla ¿Qué motivo habría ahora, pues, para no apoyar el derecho de autodeterminación no patologizante que ya contó con un amplio consenso en la XII legislatura?
Tomando en cuenta todos estos factores, y por resumir, al Gobierno de España no le queda sino legislar los plenos derechos de la población trans por diversos e inapelables motivos, como son seguir las recomendaciones internacionales de las instituciones protectoras de los derechos humanos, ajustar la legislación a los criterios de la comunidad científica e igualar el disfrute de derechos entre todos los territorios. Además, debe cumplir el artículo 9.2 de la Constitución, que le obliga a remover los obstáculos que impiden el ejercicio real de las libertades y derechos a toda la población y respetar el pacto de Gobierno firmado por las dos formaciones políticas que lo componen.
los poderes públicos no están para elucubrar teorías filosóficas ni antropológicas, sino para solucionar problemas reales a personas reales
El tema, como se ve, es mucho más sencillo de lo que a veces se quiere hacer ver. Más allá de intereses espurios que quieren convencernos de todos los desastres que provocará la necesaria reforma —qué lejos quedan, por cierto, los augurios de los daños sociales y la destrucción del concepto de familia que iba a provocar el matrimonio igualitario—. Si esos desastres no han sucedido ya en España, ni en los cada vez más numerosos países que reconocen el derecho a la autodeterminación, ¿qué motivos hay para pensar que facilitar la vida a unos pocos millares de personas puede ser la causa de tamaños desastres? Habrá que buscar, pues, las razones de toda esta disputa ideológica en otros lugares.
Por el momento, baste recordar que los poderes públicos no están para elucubrar teorías filosóficas ni antropológicas, sino para solucionar problemas reales a personas reales. Y los hombres y mujeres transexuales son reales y con problemas —no pocos— más que reales.
Ley Trans
Confluencia Trans exige una ley estatal que garantice la autodeterminación de género
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