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Sindicatos
CC OO, UGT y CREEX reciben más de dos millones de euros sin convocatoria pública en Extremadura
Los presupuestos extremeños de 2018 aumentan las subvenciones a las centrales sindicales y patronales mayoritarias. La mayor parte de estas son subvenciones se conceden sin concurrencia competitiva.
En conjunto, las tres organizaciones mayoritarias en el ámbito sindical y patronal en Extremadura —CC OO, UGT y CREEX— suman la cantidad de 2.040.383 euros de dinero procedente de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, adjudicado de manera directa, sin contar con el resto de subvenciones que reciben de diferentes administraciones públicas.
En concreto, en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2018, la partida presupuestaria por "participación institucional" asciende a 183.402 euros para UGT, CC OO y CREEX (en conjunto 550.206 euros), mientras que en 2017 la subvención a cada organización citada por este concepto fue de 153.402 euros. Así mismo, por "fomento de la prevención de riesgos laborales" se les adjudican 161.500 euros para cada organización, una cifra considerablemente superior a los 150.000 euros de 2017.
Por otra parte, las subvenciones por "promoción y difusión del Plan de Empleo", "actuaciones de promoción turística" y "oficinas de igualdad" se mantienen como en 2017, esto es de 263.559, 10.000 y 75.000 euros, respectivamente, a cada una de estas organizaciones, respectivamente, salvo en en materia de "oficinas de igualdad", en la que se le conceden a CREEX 35.000 euros.
SUBVENCIONES a dedo
Con carácter general, la normativa de subvenciones afirma que la concesión de ayudas ha de hacerse mediante procedimientos de concurrencia competitiva, es decir, mediante la comparación y evaluación de todas las solicitudes presentadas por todas las organizaciones o personas que así lo deseen.El Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad de estas partidas de gastos de las leyes de presupuestos que destinaban subvenciones exclusivamente a los sindicatos más representativos para la realización de diversas actividades sindicales
Entre las subvenciones que pueden concederse de forma directa se encuentran las nominativas y aquellas otras concedidas de forma excepcional por razones que dificulten su convocatoria pública, regulándose en Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura para supuestos tasados, concretos y excepcionales.
Las partidas presupuestarias anteriormente citadas constituyen subvenciones nominativas para los sindicatos UGT y CC OO y la patronal CREEX. Sin embargo, la doctrina académica y profesional ha criticado las subvenciones nominativas y directas, porque estas prácticas excluyen la concurrencia pública, que es un principio general que debería presidir el otorgamiento de las subvenciones.
En este sentido, la Sindicatura de Cuentas de Cataluña, en su Informe sobre las subvenciones sindicales, concluye con una dura crítica al procedimiento de concesión directa, que fundamenta en su carácter excepcional y que, por lo tanto, “puede atentar contra el principio de igualdad y contra el derecho a la libertad sindical, dado que no se da concurrencia al resto de organizaciones sindicales”.
Para ello, se apoya en la sentencia del Tribunal Constitucional del 14 de febrero de 1985, dictada en el marco de un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Defensor del Pueblo contra una Ley de Presupuestos Generales del Estado que preveía de forma nominativa el otorgamiento de subvenciones a las centrales sindicales más representativas.
El informe recuerda que estas subvenciones se están otorgando anualmente y que, en consecuencia, podrían gestionarse mediante una convocatoria pública anual, abriendo la posibilidad de participar al resto de organizaciones sindicales, pasando, por tanto, del procedimiento de subvención nominativa a la concurrencia competitiva.
De igual modo, la inclusión de ayudas directas previstas en los presupuestos de la Generalitat valenciana de 2018 a sindicatos y organizaciones empresariales desató una fuerte polémica y terremoto político en dicha comunidad autónoma.
FINANCIACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES SINDICALES Y PATRONALES VÍA SUBVENCIONES
Dejando aparte otras vías de financiación, como las procedentes de las cuotas de los afiliados y afiliadas, la financiación pública directa sindical se articula mediante subvenciones previstas en las leyes de presupuestos de las diferentes administraciones públicas.En principio, estas subvenciones estaban sólo previstas para las organizaciones sindicales más representativas, pero el Alto Tribunal declaró la inconstitucionalidad de estas partidas de gastos basadas exclusivamente en criterios dudosos de representatividad, lo que contribuía, en la práctica, a la merma de la pluralidad en la representación sindical y a una —cada vez mayor— desigual concurrencia competitiva.
Sería más razonable que la propia administración se encargase de la formación, y no se proceda a privatizar y externalizar a través de sindicatos y empresarios que a su vez subcontratan en numerosas academias y centros de formación
Las subvenciones a las organizaciones sindicales se encuadran en diversos conceptos. El principal proviene de la cuota de participación institucional, derivado del criterio de medición de la representatividad sindical a través de las elecciones sindicales, conforme a lo establecido en los artículos 6 y 7 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
Se trata de las subvenciones procedentes de las distintas administraciones públicas dirigidas a sufragar los gastos de las organizaciones sindicales y empresariales por su participación y asistencia a los diversos organismos y consejos en los que estos tienen cabida.
Otra de ellas son las subvenciones dirigidas a la formación de los trabajadores y trabajadoras. Es una de las vías indirectas de financiación de los sindicatos y asociaciones patronales que sin duda más polémica y críticas ha desatado, y que ha dado lugar a sonadas irregularidades.
Una parte considerable del total destinado a formación de las personas trabajadoras se financia con la cantidad destinada a este concepto que se le detrae mensualmente de su nómina. Según las grandes centrales sindicales y patronales, es lógico que puedan participar sindicatos y asociaciones empresariales en la formación de los asalariados. Pero, para otros sectores y sindicatos, sería más razonable que la propia administración se encargase de esta formación, y no se proceda a privatizar y externalizar a través de sindicatos y empresarios que a su vez subcontratan en numerosas academias y centros de formación.
En las subvenciones para la formación recientemente se eliminaron las subvenciones nominativas a los sindicatos mayoritarios, pues la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Cuarta) de la Audiencia Nacional dictó una serie de sentencias en las que se declara la vulneración de los principios de igualdad y libertad sindical, consagrados en los artículos 14 y 28 de la Constitución, y la nulidad del término “más representativos” para poder promover planes formativos y acceder a las subvenciones oportunas.
Si las subvenciones a los sindicatos se convierten en su principal fuente de financiación, ello conlleva un evidente riesgo de institucionalización del sindicalismo y la perdida de su autonomía y carácter reivindicativo
Además, otras partidas proceden de las subvenciones para la realización de proyectos y actividades sociales. Al igual que con los cursos de formación, en diversas materias, la Administración externaliza servicios de su competencia, optando también a ellos para su gestión las organizaciones sindicales y patronales. Un buen ejemplo de estas son las subvenciones a los sindicatos y asociación patronal mayoritaria en los Presupuestos Generales de Extremadura para promoción turística, oficinas de igualdad, promoción y difusión del Plan de Empleo o fomento de la prevención de riesgos laborales.
Mientras que algunas voces del ámbito sindical defienden la implicación de los sindicatos en otros ámbitos diferentes a su objetivo fundamental de defensa de las personas trabajadoras, otras critican que gracias a estas fuentes de financiación puedan inmiscuirse en las funciones más propias de la Administración o de los asociaciones específicas en la materia.
Por último, desde las centrales sindicales menos mayoritarias, se pone el acento en que si las subvenciones a los sindicatos se convierten en su principal fuente de financiación, ello conlleva un evidente riesgo de institucionalización del sindicalismo, con el peligro añadido de la perdida de su autonomía y carácter reivindicativo.
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A través de los términos "sindicatos más representativos" se constituye el entramado de cooptación institucional del precario movimiento obrero de la Transición. Se cumple de nuevo la vieja formula de López Petit: "Nunca pensamos que nuestra derrota iba a tener la forma de una victoria". buen y necesario artículo. Felicidades.
O sea que la formación en manos de sindicatos ¿Existe algun estudio de su eficacia?y empresarios ¿Donde, en las empresas? Sería bueno que los parad@s se expresaran y cualquiera que haya recibido formación. Yo creia que los sindicatos tenían otras funciones.
Los cursos de formación son la quintaesencia de la democrática y sacrosanta España. Son el comedero de los pesebreros & CIA, son una basura pergeñada para justificar su robo, son, para el desempleado de turno una estafa engañabobos que ni forma ni reforma, ni ofrece salidas reales. Son además una coacción para el parado con prestaciones y un maquillaje de las estadísticas del empleo.
es escandaloso, y ya no solo eso, sino que encima otras subvenciones como la de difusión del Plan de Empleo, es decir, quitando pasta para contratar a desempleados. Y otras subvenciones como promoción turística por estos sindicatos es de coña, no saben que excusa buscarse ya para mantener toda esta estrucutra de liberados
Con este pastizal que se llevan a dedo CCOO y UGT no es de extrañar que después estén domesticados y sean tan compracientes con la Junta de Extremadura