Laboral
El Tribunal Supremo asesta un nuevo golpe a la contratación temporal

El Tribunal Supremo ha modificado su propia doctrina para concluir que no es lícito celebrar un contrato de obra y servicio o eventual cuya duración se vincule a la vigencia de una contrata. Un cambio de rumbo significativo que puede contribuir a paliar la escandalosa abusividad de algunas empresas a la hora de recurrir a las figuras de contratación temporal.
Nudos
20 ene 2021 13:12

Seguramente, a pocos escapa que la temporalidad es un mal endémico del entorno laboral español, donde la tasa de contratación sometida a plazo o condición de resolución se sitúa muy por encima de lo que lo hace en países de nuestro entorno. Para apreciar la magnitud del fenómeno, tan solo es necesario recordar que, según Eurostat, en el último trimestre del pasado año en España había más de 3.5 millones de personas con contrato temporal. Bastantes menos que los más de 4 millones que empezaron el año con un contrato de este tipo, en sintonía con lo sucedido en el conjunto de la Unión Europea, donde más del 80% de los empleos perdidos durante la pandemia correspondían a contratos temporales.

Esta singular preeminencia de la contratación temporal es fruto y resultado de muchos y variados factores. Existe una cultura empresarial especialmente proclive a acudir a los contratos de duración determinada tan arraigada que llega a empapar la forma de proceder de las propias administraciones públicas, donde la tasa de temporalidad es incluso más elevada que en el sector privado. Y esta tendencia socioempresarial, por llamarlo de algún modo, encuentra terreno abonado y fértil para los desmanes en una legislación excesivamente laxa y sin verdadero efecto disuasorio respecto a la temporalidad fraudulenta o abusiva. Es en este sentido que resulta remarcable el valor de la nueva doctrina del Tribunal Supremo, al expresar una vocación de contención de la temporalidad de la que, desgraciadamente, adolece en buena medida la normativa laboral vigente.

La forma común del contrato es de duración indefinida

Por más que la afirmación del ladillo pueda sonar a ironía para muchas personas, especialmente las más jóvenes, cuya vida laboral es una larga sucesión de contratos temporales, tanto la legislación española como la comunitaria definen por defecto el contrato de trabajo como celebrado por tiempo indefinido. Obviamente, eso no significa que sea inextinguible. Ni tan siquiera que no pueda ser resuelto con facilidad. Simplemente señala que en el momento de celebrarse el contrato no existe la certeza de cuándo será resuelto, bien sea por alcanzarse el momento de una hipotética expiración temporal o por concluir el servicio o la obra a prestar.

Por tanto, la contratación temporal siempre debiera tener carácter excepcional. Y eso no es un juicio de valor ni una opinión. Es sencillamente lo que marca con rotundidad la ley y lo que permite decir, con certeza, que la inmensa mayoría de los millones de contratos celebrados en España cada año están constituidos en fraude de ley y ocultan relaciones laborales de carácter indefinido.

Esta sencilla consideración es el hilo conductor sobre el que el Tribunal Supremo ha construido su análisis de la cuestión y ha fundamentado su importante cambio doctrinal puesto que,  desde principios de la década de los noventa y hasta ahora, admitía que la duración del contrato por obra o servicio podía establecerse en función de la duración de una contrata.

¿Y ello por qué? Pues, seguramente, debido a la proliferación y la creciente presencia de las empresas multiservicio en todos los campos productivos. Una tendencia en plena expansión que ha hecho de la subcontratación un modelo en boga, impulsado por la preeminencia que la última reforma laboral de 2012 otorgó a los convenios de empresa por delante de los convenios sectoriales. Para muchas empresas, la externalización de servicios o incluso la de la propia actividad principal ha supuesto la posibilidad de recurrir a trabajadores contratados por terceros y cubiertos por convenios habitualmente regresivos que establecen menores salarios y peores condiciones que las que hubieran sido de aplicación en caso de contratarlos directamente. Precisamente para eso se priorizaron los convenios de empresa, que nadie lo olvide.

Acceder a las garantías de la legislación europea


Además de las evidentes consecuencias en términos de pauperización de las relaciones laborales, esta dinámica supone que son cientos de miles los trabajadores empleados por estas empresas multiservicios cuya práctica labora está permanentemente ligada a contratas y, por tanto, condenados a una eterna temporalidad sin posibilidad de solución. Es decir, si a una persona la contrata, por ejemplo, Acciona Facility Services, la división del grupo empresarial Acciona dedicada a ofrecer servicios logísticos, su trabajo siempre se desarrollará en el marco de una contrata dado que su empresa no tiene otra razón de ser que ejecutar las tareas que le son encomendadas a través de contratas y subcontratas. Por tanto, encadenaría una y otra vez contratos temporales de duración coincidente con el del la contrata, a pesar de que la legislación impide la excesiva concatenación de contratos temporales y fija límites en el tiempo a la duración máxima de una relación eventual o por obra y servicio. 


El Tribunal Supremo, a través de la sentencia de la que ha sido ponente la magistrada María Lourdes Arastey Sahún, razona con buen criterio que esta realidad tan cotidiana en el mercado laboral español resulta incompatible con la normativa comunitaria que señala la temporalidad como excepción reglada y el trabajo por tiempo indefinido como norma habitual. Así, la resolución recoge que “en [las] empresas, en las que el grueso de la actividad económica reposa exclusivamente sobre personas contratadas de forma temporal, desaparece el marco ordinario de condiciones de trabajo que sería, hipotéticamente, el que habría de partir de la regla de las relaciones laborales indefinidas”.

Duro golpe, pero todavía insuficiente


El Tribunal Supremo sentencia que no cabe establecer un mecanismo de automatización generalizada de la temporalidad en aquellas empresas dedicadas a prestar servicios a terceros. Y no cabe duda que el alcance de esta resolución es importante y supone un punto de inflexión en la regularización de la subcontratación. Pero por sí misma, la sentencia es insuficiente para acotar la temporalidad. A la práctica, la mayoría de las extinciones que deriven de la finalización de una contrata tan solo pasarán de ser indemnizadas a razón de 12 días de salario por año trabajado a serlo con 20 si la finalización o el despido es procedente y 33 si se considera improcedente. Positivo, por supuesto, pero escasamente disuasorio para las empresas.

Tal y como hemos venido defendiendo en numerosas ocasiones, si se quiere desactivar los efectos perniciosos de la subcontratación y la intervención de las empresas multiservicio es necesario actuar a través de reformas legislativas ambiciosas que realmente protejan a trabajadores y trabajadoras. Y ello pasa por establecer la prohibición de la subcontratación de la propia actividad o, al menos, fijar la obligatoriedad de que en este supuesto de externalización de la propia actividad siga resultando de aplicación el convenio que rija en la empresa principal.

Así mismo, es necesario y urgente reforzar los mecanismos de subrogación y sucesión para evitar que con cada renovación de una contrata se produzca una verdadera competición entre las empresas candidatas a ejecutarla por realizar la oferta que conlleve menor coste puesto que esta reducción de costes se traslada indefectiblemente al salario de las plantillas. De este modo, con cada renovación se producen supuestos de sustitución de personas con indemnizaciones mínimas por empleados con menor sueldo de la nueva contrata mientras se mantienen inalteradas las necesidades. Una verdadera y dramática espiral de precariedad que se ha convertido en el signo de nuestros tiempos.

Arquivado en: Laboral
Sobre o blog
Este es un blog elaborado por la cooperativa jurídica Colectivo Ronda. Más de 45 años defendiendo los derechos de la ciudadanía, especialmente en temas de Laboral y de Seguridad Social. Aquí intentaremos dar algunas claves de la actualidad que más nos afecta.
Ver todas as entradas
Informar de un error
Es necesario tener cuenta y acceder a ella para poder hacer envíos. Regístrate. Entra na túa conta.

Relacionadas

Ayuntamiento de Madrid
Huelga de basuras Huelga indefinida de basuras en Madrid desde el 21 de abril tras romperse las negociaciones
Los representantes sindicales fuerzan el paro para obligar a las empresas subcontratadas por el Ayuntamiento a escuchar sus propuestas. El Ayuntamiento fija servicios mínimos del 50 %.
Laboral
Laboral El sindicato ELA alerta sobre la salud mental de las trabajadoras en intervención social
“Somos un instrumento de contención porque tratamos con población muy dañada, estamos en mitad del sándwich”, explica la educadora social Vanesa Núñez Moran.
Opinión
Opinión Sindicalismo que gana: la clave no es la unidad, sino organizar a las mayorías
Mientras el anarcosindicalismo debate estructuras, las plantillas siguen desmovilizadas. La verdadera batalla es organizar a las mayorías. Sin victorias concretas, incluso el modelo más puro es papel mojado.
#80576
21/1/2021 21:42

RBU costeada al 100% por empresarios y autónomos de jaguar y cortijo, que contraten temporal o en precario. Siguiente problema.

1
0
Sobre o blog
Este es un blog elaborado por la cooperativa jurídica Colectivo Ronda. Más de 45 años defendiendo los derechos de la ciudadanía, especialmente en temas de Laboral y de Seguridad Social. Aquí intentaremos dar algunas claves de la actualidad que más nos afecta.
Ver todas as entradas
Palestina
Genocidio Israel sigue atacando hospitales, la ONU habla del peor momento en los 18 meses de asedio
No hay tregua en Gaza, donde Israel ha recrudecido las matanzas y sigue sin permitir el acceso de alimentos y productos de primera necesidad. La ONU denuncia asimismo el asesinato de más de 70 civiles en Líbano.
Grecia
Grecia Frontex pone de nuevo la mirada en Grecia
En enero de 2025 el Tribunal Europeo de Derechos Humanos acusó a las autoridades griegas de llevar a cabo devoluciones forzadas de manera sistemática.
Crisis climática
Balance climático El Mediterráneo se consolida como zona especialmente vulnerable al cambio climático
Las víctimas de la dana suponen dos tercios de las muertes por fenómenos extremos en Europa en 2024, según un informe conjunto de Copernicus y la Organización Meteorológica Mundial que hace un balance climático del continente el pasado año.
Opinión
Opinión La coherencia de las políticas de Trump
No se pueden entender los aranceles de Trump sin su lucha por el control de los recursos minerales, sin Groenlandia, Ucrania o la República Democrática de Congo.

Últimas

Barcelona
Barcelona Activistas de los derechos humanos piden la retención de un barco dispuesto para armar a Israel
La naviera Maersk está transportando estos días componentes para los cazas F-35. El Estatuto de Roma sobre genocidio contempla acciones legales contra las empresas que favorecen las masacres.
Partidos políticos
CIS de abril La ultraderecha recorta votos al PP arrastrada por el efecto Trump
El barómetro de abril vuelve a situar al PSOE como fuerza más votada. La izquierda española sigue su contienda por todo lo bajo.
El Salto n.78
El Salto 78 Nueva revista, viejas injusticias: hablemos de Violencia Institucional
En el último número de la revista de El Salto dedicamos la portada y nuestro “Panorama” a una de las violencias que sufren las mujeres solo por el hecho de serlo, la que aún a día de hoy emana de un sistema irracional y patriarcal.
Comunidad de Madrid
Educación El Gobierno de Ayuso deberá pagar 1.000 euros a una profesora por el exceso de horas lectivas
Según CCOO, hasta 6.500 profesoras y profesoras se podrán acoger a esta sentencia que supone una penalización a la Comunidad de Madrid por el exceso de horas extras que realiza el profesorado.

Recomendadas

Comunidad de Madrid
Memoria histórica Contra la basura y el olvido: tras la pista de los cuerpos y de la memoria de los brigadistas internacionales
El Salto acompaña a un contingente internacional de políticos, políticas y activistas en una ruta en memoria de los brigadistas internacionales que acudieron a luchar a España contra el fascismo, en un ejercicio inspirador para el presente.
Poesía
Culturas Joan Brossa, el mago que jugó con la poesía para reinventar el poder de la palabra
Casi inabarcable, la producción creativa de Joan Brossa se expandió a lo largo —durante medio siglo XX— y a lo ancho —de sonetos a piezas teatrales, pasando por carteles o poemas objeto— para tender puentes entre el arte, la política y el humor.
República del Sudán
Sudán Cara a. Un Sudán en guerra
Se cumplen dos años de una guerra que ya deja más de 13 millones de personas desplazadas y más de ocho millones de sudaneses al borde de la inanición.
Galicia
Galicia La TVG se gasta 839.772 euros en un programa de Miguel Lago y deja de emitir nuevas entregas tras hundirse en audiencia
El programa ‘O novo rei da comedia’ apenas llegó a los 36.000 espectadores de media en su estreno y cayó en picado en su hasta ahora última emisión al 3,4% de cuota de pantalla en una cadena que tuvo de cuota media en marzo un 8,1%.