Laboral
Nissan o la subcontratación como tragedia

El conflicto laboral, económico y social generado por el anuncio por parte parte de Nissan del cierre de sus plantas en Barcelona, no ha concluido con el acuerdo alcanzado entre los representantes de la plantilla y la dirección de la multinacional japonesa que, entre otras cosas, prevé evitar los “despidos traumáticos” hasta diciembre de 2021. Junta a las 2500 personas empleadas por la propia Nissan, conviven 14000 trabajadores y trabajadoras pertenecientes a diferentes contratas y subcontratas bajo amenaza de perder sus empleos sin acceso a las beneficiosas condiciones acordadas en Nissan ni posibilidades de participar en los prometidos procesos de reindustrialización.

Nissan subcontratación
22 sep 2020 17:37

A principios del pasado mes de agosto, la representación sindical de las plantas de Nissan en Barcelona y la dirección de la multinacional alcanzaban un acuerdo en relación al anuncio de cierre por el cual se establecían las condiciones de las extinciones de contratos que afectaran a la plantilla. El acuerdo, que prorrogaba la actividad de las factorías hasta diciembre de 2021 y fijaba elevadas indemnizaciones así como facilidades para acceder de forma anticipada a la jubilación para los trabajadores de mayor edad, fue aprobado en votación por la plantilla reunida en asamblea y celebrado efusivamente por las administraciones, tanto catalanas como estatales, que se habían volcado en su consecución. Unas administraciones que participaron activamente en la negociación del acuerdo realizando tareas de mediación y presionando a las partes para facilitar la consecución de un pacto que, entre otras cosas, ofrece garantías a una parte de los empleados de Nissan de mantenimiento de sus puestos de trabajo con la llegada de un nuevo inversor que impulse un proceso de reindustrialización.

Hasta aquí, todo parecería más o menos normal y quizás lo único que pudiera parecer reprochable en la forma de proceder de las administraciones implicadas fuera que no actuaran con la misma determinación en otros despidos colectivos menos sujetos al escrutinio de la opinión pública y los focos mediáticos. Pero, en realidad, hay mucho más que reprochar.


El acuerdo suscrito en Nissan limita sus efectos a la plantilla de 2500 trabajadores directamente contratados por la empresa nipona. En cambio, no dedica ni una sola linea, ni la menor mención, a las más de 1400 personas en plantilla de diferentes contratas y subcontratas que diariamente trabajaban en Nissan y hacían posible la fabricación de sus vehículos. Un colectivo en el que se incluyen los más de 300 trabajadores de Acciona, responsable de la logística en las plantas y la mayor de las contratas que operan en Nissan, que con asesoramiento de Colectivo Ronda interpusieron el pasado mes de julio una demanda por cesión ilegal de trabajadores en la que reclaman que se reconozca que su verdadera ocupadora es la propia Nissan y que Acciona limitaba sus funciones a la mera provisión de mano de obra, sin dirigir ni diseñar la prestación de servicio.

“Invisibles” se llaman a sí mismos estos trabajadores subcontratados que, de media, hace 12 años que trabajan al servicio de Nissan y que, en algunos casos, lo hacen desde hace más de 20 años. Un largo periodo de tiempo viendo cómo va cambiando el nombre de la empresa que supuestamente les emplea y figura en sus nóminas y contratos al ritmo de la sucesión de los contratos mercantiles. “Invisibles” porque después de tanto tiempo, a la hora de perder sus empleos no les corresponden los derechos que sí tienen sus compañeros. Lo mismo que sucedía mientras trabajaban. Tampoco entonces les correspondían ni los mismos salarios ni las mismas condiciones. Y es precisamente para ello que se creó el mecanismo de la subcontratación.


Un mecanismo empobrecedor de las condiciones laborales



La subcontratación consiste, básicamente, en que una empresa tome la decisión de no realizar por sus propios medios técnicos y humanos ciertas actividades que le son necesarias y contrate a una empresa externa para que las lleve a cabo.

En lineas generales, es una práctica perfectamente legal sujeta al cumplimiento de determinados requisitos y que comporta una serie de obligaciones de la empresa que contrata, denominada “principal”, respecto a la empresa que ejecuta el servicio y su personal, incluida la responsabilidad solidaria de ambas frente a incumplimientos en materia salarial o relacionados con la seguridad y la prevención, por ejemplo. Pero la sujección a la legalidad no puede impedirnos observar el perverso mecanismo que opera tras el recurso a la subcontratación en un número creciente de casos, especialmente cuando no parecen evidentes las razones técnicas u organizativas que lo justifiquen.

¿Por qué para Nissan era conveniente que el servicio logístico de sus plantas en Barcelona lo prestara el personal de Acciona? Pues porque durante años, los empleados que realizaban esas funciones han estado cobrando mucho menos de lo que les hubiera correspondido de haber sido contratados por la propia Nissan. Y no tan sólo hablamos de salario y retribución. Hablamos del conjunto de las condiciones laborales de aplicación como consecuencia del hecho que estos empleados no se encuentran al amparo del convenio colectivo de Nissan sino que el convenio de aplicación acostumbra a ser, según la contrata y el caso, o bien sectorial o el de la propia empresa contratista que siempre, invariablemente, es un convenio regresivo respecto al de empresas como Nissan.

En pocas ocasiones se subcontrata pensando en una mejor prestación del servicio o en respuesta a necesidades técnicas u organizativas. Se subcontrata para ahorrar costes, abonar salarios más bajos y privar a parte de los trabajadores de los beneficios que puedan haberse conseguido a través de la negociación colectiva.

Lo que se está viviendo en Nissan es paradigmático de una situación que cada vez afecta a más y más trabajadores y trabajadoras en todos los sectores, convertidos también involuntariamente en “invisibles”, reducidos a la condición de recurso de usar y tirar del que es fácil y barato (sobre todo barato) desprenderse a la menor ocasión, sin aceptar obligaciones ni responsabilidades.


Los límites de la subcontratación: la cesión ilegal de mano de obra


Sin embargo, los invisibles también se revelan y pueden exigir dejar de serlo. Como adelantábamos al principio del artículo, más de 300 empleados de Acciona en Nissan así lo han hecho. Demandan que se les reconozca sus derechos y haber sido víctimas durante años de una situación de cesión ilegal de trabajadores. Es decir, que Nissan era en realidad su empleadora y quien organizaba en todos sus aspectos relevantes el trabajo que Acciona desarrollaba en las plantas, limitándose ésta a actuar como proveedora de mano de obra. Una forma de proceder prescrita por la legislación vigente precisamente para impedir que la subcontratación sea una simple cortina de humo para ocultar la realidad. Las únicas empresas autorizadas para ceder mano de obra a terceros son las de Trabajo Temporal (ETT) a través de los contratos de puesta a disposición de sus empleados. Y Acciona no es una ETT; ni lo son muchas de las empresas multiservicio que actúan como tales.

El conflicto de la plantilla de Acciona en Nissan ha puesto sobre la mesa con crudeza el perjuicio que para muchos trabajadores y trabajadoras representa la subcontratación. Y es por ello que debemos valorar y aplaudir la voluntad de estos trabajadores y trabajadoras de plantar cara y no rendirse ante la pérdida de derechos. Quizás muchos no lo saben, pero su lucha es también la de cientos de miles de personas empleadas en contratas y subcontratas.

Arquivado en: Subcontratas Laboral
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Este es un blog elaborado por la cooperativa jurídica Colectivo Ronda. Más de 45 años defendiendo los derechos de la ciudadanía, especialmente en temas de Laboral y de Seguridad Social. Aquí intentaremos dar algunas claves de la actualidad que más nos afecta.
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