Archivan la querella contra María, la policía infiltrada en Girona

La Audiencia de Girona considera que la agente que aparece en el documental “Infiltrats” accedió con “consentimiento” a la información que recababa.
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La Directa La infiltrada Maria IT en la manifestación en solidaridad con los encausados ​​por el corte de las vías del AVE

La querella presentada por las víctimas del espionaje policial realizado al movimiento independentista catalán, así como al movimiento por los derechos de la vivienda, realizado por la agente de la policía bajo la identidad falsa de Maria Perelló, ha sido archivada por la sección tercera de la Audiencia de Girona. El juez, de esta forma, sigue la misma senda que ya establecieron la Audiencia de Barcelona y la de València, y considera que no hay delito en la actuación de la agente.

Su razonamiento concluye que la policía infiltrada accedió a información, documentos y locales con “consentimiento”, obviando el mecanismo de los engaños y que formaba parte de una cadena jerárquica de la Comisaría General de Información. La demanda fue presentada hace más de dos años por el activista Òscar Campos y cinco entidades de Girona y Salt contra la infiltrada Maria Perelló Amengual –nombre ficticio– y sus superiores jerárquicos.

El juez comparte la posición de la fiscalía y coincide el Ministerio del Interior, a pesar de reconocer que la figura del agente de inteligencia no existe en el marco legal español

El juez comparte la posición de la fiscalía y coincide con los postulados del Ministerio del Interior, a pesar de haber reconocido que la figura del agente de inteligencia —esgrimida para infiltrar los policías sin autorización judicial— no existe en el marco legal español. En el documento de nueve páginas se acuerda rechazar el recurso de apelación presentado contra el archivo provisional del juzgado de instrucción, y se hace con el argumento que “la relación sentimental es consentida durante su vigencia (aunque ahora se pretenda ‘viciada’), entre el querellante Òscar Campos y la querellada”.

Para el abogado Benet Salellas, el argumentario empleado supone dar “un cheque en blanco a la vulneración de derechos fundamentales, no se puede entender que hay consentimiento cuando tú no sabes qué consientes”.

En este caso, la querella también iba dirigida contra los superiores jerárquicos de la policía infiltrada, respecto a los cuales la interlocutoria pasa de puntillas. “La policía tiene que tener unos controles y aquí el que se plantea es que la policía haga lo que quiera sin ningún control. A qué policía le interesará someterse a la fiscalización de un juez si en definitiva lo que dicen los jueces es que si el investigado consiente ser investigado, mediante un engaño, no hace falta supervisión judicial”, se pregunta. “Cuando hay invasiones de espacios de intimidad, de domicilios, que afectan colectivos sociales y políticos, es inconcebible el muro de encubrimiento que se está haciendo desde los tribunales”, concluye.

En cuanto al acceso a cuentas de WhatsApp, Telegram, la intranet o la clave de la sede de Òmnium Cultural a Girona, que también eran hechos querellados, el tribunal se acoge al mismo argumento: “la participación y legitimación de acceso de la querellada a las entidades, y la concesión de autorización de acceso a los registros de estas se basó en su condición de pareja del señor Campos”. Además, el juez Ballarín exculpa la infiltrada de la Comisaría General de Información diciendo que “incluso fue fundadora del Sindicato de Vivienda de Girona”. El redactado es ambiguo y no se aclara si el tribunal considera que la infiltrada trabajaba o no a las órdenes de unos superiores jerárquicos, a pesar de que se reconoce que su función principal era “la captación de información de interés para la orden y la seguridad pública”.

Sobre la similitud en la argumentación de la querella con los casos de espionaje de las escuchas del CESID y del software Pegasus, el tribunal dice que sería equiparable si hubiera “interceptación de las comunicaciones” y, según su criterio, este no sería el caso. Un hecho que contradice el mismo texto de la sentencia, ya que el mismo juez da por hecho que Maria Perelló accedió a correos electrónicos, mensajería instantánea, documentos personales, bases de datos y otro tipo de documentación interna perteneciente a los colectivos espiados.

Por todo ello, en la parte dispositiva, desestima el recurso de apelación y aboca el caso a acudir a las instancias superiores, en este caso el Tribunal Constitucional y posteriormente al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. En la actualidad ya son cuatro los procedimientos judiciales contra policías infiltrados que se han archivado, sumándose al de Maria Perelló los casos de Daniel Hernàndez y Marc Hernàndez en Barcelona y el de Ramon Martínez en València. El pasado 4 de diciembre se presentó una nueva querella contra Joan Llobet, el agente infiltrado a las organizaciones de la Esquerra Independentista y movimientos sociales de Lleida, todavía a la espera de la admisión a trámite.

Represión
Presentan una querella por tortura contra Ramón, policía infiltrado en València
La demanda interpuesta por dos víctimas del espionaje que mantuvieron relaciones afectivas con el infiltrado, apunta también a los superiores jerárquicos del funcionario.
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