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Crisis climática
Un tribunal de EE UU falla contra la industria fósil y reconoce el derecho a un medio ambiente limpio
Coordinador de Clima y Medio Ambiente en El Salto. @PabloRCebo pablo.rivas@elsaltodiario.com
Sentencia histórica en los Estados Unidos de América. Por primera vez, un juzgado ha declarado inconstitucional una ley debido a una cuestión relativa a la crisis climática. La jueza de distrito Kathy Seeley ha dado la razón a un grupo de 16 jóvenes activistas climáticos que alegaban que las políticas a favor de los combustibles fósiles del Gobierno del Estado de Montana contribuyen al cambio climático y, por ende, vulneran su derecho a un medioambiente “limpio y saludable”. Dicho derecho está recogido expresamente en la Constitución de Montana.
La sentencia del caso, pionero en Estados Unidos y conocido como Held v. Montana, dictamina que los derechos de los jóvenes demandantes —cuya edad oscila entre los cinco y los 22 años— han sido violados por la Ley de Política Ambiental de Montana. En concreto, el fallo se refiere a los artículos del citado ordenamiento jurídico que impiden al Estado considerar los impactos climáticos de las prospecciones y proyectos relativos a combustibles fósiles a la hora de dar los permisos para que estas puedan desarrollarse.
Salud mental y física
El gabinete jurídico de la ONG Our Children’s Trust fue quien presentó la demanda en nombre de los 16 jóvenes en respuesta a que el poder legislativo del Estado de Montana ilegalizase “que se tuviera en cuenta la crisis climática en las decisiones relativas a la minería de carbón y otros proyectos”, señalan desde Amnistía Internacional (AI). El tribunal declaró que dicha prohibición “violaba los derechos de la parte demandante, que sufría un daño grave en su salud mental y física debido al cambio climático y a la contaminación del aire”.
La jueza Kathy Seeley también resolvió que una ley que prohibía que las agencias gubernamentales estadounidenses tuvieran en cuenta las consecuencias para el clima a la hora de decidir si permitían o no un proyecto energético “significaba que Montana estaba contribuyendo a la crisis climática”, añaden desde AI, organización que califica de “histórica” la sentencia.
Held v. Montana es el primer juicio protagonizado por jóvenes activistas climáticos en el país norteamericano, pero sus efectos podrían ir mucho más allá de ese litigio. Como ha señalado la fundadora y abogada de Our Childresn’s Trust, Julia Olson, la sentencia podría tener efectos jurídicos en decenas de demandas interpuestas en EE UU contra la continua extracción de petróleo, gas fósil y carbón.
“A medida que los incendios se propagan en el oeste, alimentados por la contaminación por combustibles fósiles, el fallo de hoy en Montana es un cambio de juego que marca un punto de inflexión en los esfuerzos de esta generación para salvar el planeta de los efectos devastadores del caos climático causado por el ser humano”, señaló la propia Olson tras conocerse el fallo.
En España, no
La resolución de Held v. Montana supone un nuevo triunfo del activismo climático en los conocidos como ‘litigios estratégicos climáticos’, procesos judiciales que pretenden llevar la crisis climática a tribunales de todo el mundo. Si bien la sentencia estadounidense se alinea con otras similares acaecidas en Australia, Asia y Europa, en España el conocido como Juicio por el Clima se ha puesto, por el momento, en contra de las organizaciones demandantes: Ecologistas en Acción, Greenpeace, Oxfam Intermón, Fridays For Future y la Coordinadora de Organizaciones para el Desarrollo.
En dicho litigio, el Tribunal Supremo dictaminó el 24 de julio que el Gobierno no tiene por qué cumplir con los compromisos adquiridos en materia climática, al echar por tierra el recurso planteado por los cinco colectivos contra el actual Plan Nacional de Energía y Clima 2021-30, la hoja de ruta que establece la reducción de gases de efecto invernadero en España. Este apunta a una reducción del 23% de las emisiones para el año 2030 con respecto a 1990 —con una propuesta sobre la mesa para ampliar al 32%—, pero las organizaciones demandantes abogan porque esta tasa no sea inferior al 55%, como se ha comprometido la UE y pide el Acuerdo de París (acuerdo, por otra parte, obsoleto dado el ritmo creciente de emisiones en los últimos años).
El Supremo, sin embargo, consideró que el compromiso europeo es de reducir sus emisiones un 55% en 2030 es real, pero en conjunto, con lo que en España el esfuerzo podría ser menor si en el global de los 27 las cuentas climáticas cuadran.
Desde la parte demandante ya han adelantado que el proceso no ha terminado y continuarán con el proceso legal. “No nos vamos a quedar de brazos cruzados. Estamos estudiando estrategias legales para ver cómo continuamos”, señala a El Salto Irene Rubiera, de Ecologistas en Acción. Rubiera recuerda que hay varios juicios con una base similar a la planteada en España que podrían crear jurisprudencia en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Se trata del llevado a cabo por seis jóvenes portugueses, que acusan a 33 países —España incluida— de poner en peligro su futuro por no actuar contra la crisis climática, y del abierto en Suiza por KlimaSeniorinnen (Mujeres Mayores por la Protección del Clima), organización que ha denunciado al Estado suizo por sus políticas climáticas al considerar que estas han vulnerado el derecho a la vida y a su salud. De resolverse a favor de las organizaciones y activistas climáticas, el Juicio por el Clima podría ponerse en contra del Gobierno en España.