Los derechos de las trans migrantes

La Ley Trans establece que si una persona trans extranjera ha obtenido el reconocimiento de su reasignación y el cambio de nombre en su país, debe poder actualizar su documentación española. Pero el Ministerio del Interior no está aplicando correctamente esta norma

Abogada. Observatorio del Racismo Institucional RAIN, Comisión Legal Sol.

Profesora Titular de Derecho internacional privado en la Universidad Complutense de Madrid
1 jun 2026 18:39

Cristina está inquieta. Recorre con la mirada el ancho pasillo, que es también sala de espera. Siente algo de alivio cuando termina recuento: solo hay siete personas, todas mujeres. Pero ninguna hace el menor ruido. Y Cristina sabe que su médica se ha jubilado, que le han asignado una nueva, y que puede ocurrir. La puerta de la consulta se abre, y sale una pareja de ancianos. Se oye alto y claro el siguiente nombre: Francisco Javier Quispe. Ha ocurrido. Las mujeres cruzan miradas de extrañeza. Cristina se levanta y entra en la consulta, apresurada.

Cristina es peruana. Lleva varios años viviendo en España. Tiene una autorización de residencia permanente, y un documento español que la identifica con un nombre que ya no es el suyo, y que choca con la realidad. La realidad de su foto en ese trozo de plástico, la realidad en todo fuera de él. Y Cristina tiene suerte, porque trabaja en una multinacional en la que pudo realizar su transición y mantener el empleo; porque allí nadie se dirige a ella por su deadname, aunque sus nóminas tengan que llevarlo. Tiene suerte,porque vive con su pareja, que es español y el titular del contrato de alquiler. Ella esquivó el trago de enviar su documentación al casero para que después el piso ya no estuviera disponible, como les ha ocurrido a dos amigas trans. Pero la mentira del NIE se manifiesta dolorosamente en muchos otros momentos: al abrir una cuenta bancaria, cada vez que compra un billete de tren o de avión y luego tiene que mostrar su documento en una puerta de embarque, cuando se aloja en un hotel, cuando se apunta en el gimnasio, cuando tiene que dar su tarjeta sanitaria en una farmacia donde no la conocen.

Cristina solicitó hace meses al Ministerio del Interior que emitiera sus documentos con su nombre elegido, el que se corresponde con su identidad de género. Pero el Ministerio ha denegado su solicitud, alegando que la identidad que tienen que reflejar sus documentos es la que indica su pasaporte. El tema está ya en los tribunales.

Cristina no pide nada raro. Solo que se aplique la Ley 4/2023, conocida como Ley trans. Esta norma garantiza el derecho a la autodeterminación de la identidad de género, situando a nuestro país entre los que atienden a los estándares internacionales de protección de los derechos humanos y cumplen con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. La Ley trans no solo posibilita el cambio de sexo y nombre a las personas de nacionalidad española. También recoge que las personas extranjeras que, como Cristina, acreditan que no pueden realizar el cambio correspondiente en un país de origen, pueden solicitar que la documentación española refleje correctamente su identidad. La real. Y la Ley trans también establece que si la persona trans ha obtenido el reconocimiento de su reasignación y el cambio de nombre en su país, debe poder actualizar su documentación española, y ordena al Gobierno desarrollar en el plazo de un año el correspondiente procedimiento. Pero el Gobierno no lo ha hecho, y el Ministerio del Interior, bien lo sabe Cristina, no está aplicando correctamente la Ley.

Es urgente que se aprueben normas que desarrollen correctamente la Ley. Normas como las que ha elaborado un grupo de juristas que imparten docencia e investigan en la Universidad pública y que han querido poner sus conocimientos al servicio de la sociedad. El 19 de mayo, activistas de la Federación Plataforma Trans enviaron al Presidente del Gobierno estas normas. Y hace unos días la trasladaron a los grupos parlamentarios, para que apoyen un PNL, que es una proposición no de ley por la que se invita al Gobierno a que actúe, y que las apruebe sin más dilaciones. Cristina tiene derecho a que nadie se dirija a ella con un nombre que no le corresponde. Tiene derecho a que se reconozca su identidad. Y el Estado español tiene que garantizarlo. Lo dice la Constitución, lo corrobora la Ley. Que se vean vulnerados los derechos, ya no solo de Cristina, sino también de miles de personas extranjeras que residen en España, es una mancha para el Estado de Derecho que no debemos ignorar.

Sobre o blog
Este es un blog coordinado por la cooperativa jurídica madrileña Red Jurídica, con colaboraciones ocasionales de profesionales del mundo jurídico de distintas partes del Estado, en el que intentamos explicar, desde una perspectiva crítica, la actualidad jurídica
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