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Durante el confinamiento se redujo hasta en un 50% la contaminación del aire en Barcelona, según la Agència de Salut Pública de Barcelona. Foto: Jaume Quilez

Crónica desde Catalunya
Catalunya, arrastrada por la segunda ola

La segunda ola del covid-19 arrastra consigo los restos de la anterior y golpea más fuerte en aspectos como la desconfianza hacia la gestión de la Administración y el aumento del malestar social.

Hace un año hablábamos de ‘tsunami’ y ahora lo hacemos de ‘ola’, concretamente la de la covid-19, aunque por su magnitud seguramente no desmerecería el anterior sustantivo. Si bien la Comunidad Autónoma de Madrid (CAM) copó los titulares, los contagios en Cataluña no han parado de crecer a lo largo de las últimas semanas, lo que ha obligado a la Generalitat a adoptar nuevas restricciones a la movilidad. “Es necesario actuar hoy para evitar un nuevo confinamiento”, advirtió el 15 de octubre el presidente ‘de facto’ del gobierno catalán en funciones, Pere Aragonès (ERC).

Entre las medidas adoptadas se encuentra el cierre de bares, cafeterías y restaurantes durante 15 días —una medida cuyo impacto económico se ha valorado en 780 millones de euros—, la limitación de las reuniones a un máximo de seis personas o la limitación del aforo de ceremonias religiosas (Resolución SLT 2546/2020). El día 25 el Gobierno central decretó el estado de alarma y estableció la restricción de la movilidad nocturna entre las 23:00 y las 6:00 y entre comunidades autónomas durante quince días. En este caso, a diferencia del estado de alarma de marzo, el Gobierno central ha reconocido a los presidentes autonómicos el carácter de “autoridad competente delegada” en lo tocante “a los efectos del estado de alarma” (Real Decreto 960/2020, arts. 5, 6 y 2.2), tal y como se le había reclamado desde las autoridades autonómicas. Ese mismo día, el Gobierno catalán adelantó una hora el inicio de la restricción de la movilidad nocturna (Resolución SLT 2620/2020) y el día 29 restringía la movilidad entre municipios durante los fines de semana (Resolución SLT 2700/2020). En el momento de escribir estas líneas, la Consejería de Salud no ha descartado solicitar al Gobierno español el establecimiento de un confinamiento domiciliario.

Como en tantos otros sitios, esta segunda ola arrastra consigo los restos de la anterior y golpea más fuerte. Por empezar por algún sitio, en la desconfianza hacia la gestión de la Administración, cuya máxima expresión fue la denuncia de “incompetencia” de las autoridades sanitarias catalanas lanzada por el investigador especialista en enfermedades infecciosas Oriol Mitjà —asesor del Gobierno catalán durante la primera ola—, lo que abrió una agria polémica que todavía sigue.

El 16 de octubre, la presentadora de El matí de Catalunya Ràdio, Laura Rosel, afirmó, en un editorial radiofónico, que “suficientemente desconcertante es todo como para tener que escuchar a uno de los médicos de referencia de la pandemia cargarse la confianza en el Gobierno, sea del color que sea”. Las declaraciones de Rosel —realizadas el mismo día en que el Hospital de Vall d’Hebron de Barcelona se vio obligado a rechazar ingresos de emergencias médicas por el elevado número de pacientes con coronavirus— fueron duramente criticadas, por partidistas, en las redes sociales y la independencia de los medios de comunicación públicos volvió a ser puesta en solfa. Dos semanas después, Mitjà aseguró desde su cuenta en Twitter haber sido vetado en la reunión de expertos con el Gobierno catalán.

El 30 de octubre, una manifestación convocada por sectores afectados por las restricciones y jaleada por el diputado en el Congreso de Vox Ignacio Garriga, terminó en disturbios en el centro de la ciudad

Por continuar, el malestar social ha ido claramente en aumento. El día 16 representantes de la hostelería y el ocio nocturno se manifestaron en Barcelona contra las restricciones impuestas a sus negocios. El 26 hubo una manifestación contra el toque de queda convocada por la Candidatura d’Unitat Popular (CUP) y otras organizaciones de la izquierda independentista. Del grado de confusión de las reivindicaciones de la movilización —donde se mezclaba la justa denuncia de los recortes sociales de la última década con la mucho más cuestionable crítica de las restricciones a la movilidad para contener la expansión de la pandemia— da fe el que acabaran confluyendo en ella los anticapitalistas con elementos de extrema derecha y negacionistas sin mascarillas.

Crisis económica
Cómo protestar contra las medidas restrictivas sin que te llamen negacionista

El movimiento por la vivienda de Catalunya ha articulado el primer discurso contra las medidas restrictivas capaz de aglutinar malestar social y responder colectivamente a él con la mascarilla puesta, culminando unas protestas callejeras que empezaron en Bilbao convocadas por la ultraderecha y que se replicaron en todo el Estado.


El 30 de octubre, una manifestación convocada por sectores afectados por las restricciones y jaleada por el diputado en el Congreso de Vox Ignacio Garriga, terminó en disturbios en el centro de la ciudad, el saqueo de dos tiendas de deportes y una docena de detenidos y una veintena de heridos, según datos oficiales. Al día siguiente, centenares de personas se manifestaron frente a la catedral de Barcelona en protesta por el desalojo de la Casa Buenos Aires (un centro social ocupado en Vallvidrera), en un ambiente tenso y ante un amplio despliegue de la Guardia Urbana y los Mossos d’Esquadra, aumentando la presión no sólo sobre la Generalitat, sino también sobre el Ayuntamiento de Barcelona. Según la última encuesta del Centre d’Estudis d’Opinió (CEO), cuyos resultados se hicieron públicos el día 23, la valoración de la Gestión del Gobierno catalán en los últimos meses ha caído, en una escala de 1 a 10, del 4’07 al 3’88.

Estancamiento político

Si en lo social la situación catalana se deteriora, en lo político puede decirse que se estanca y que los acontecimientos políticos se producen más por inercia que obedeciendo a planes y programas políticos. Las encuestas de intención de voto siguen sin experimentar cambios. Una estimación realizada por el gabinete Key Data para el diario Público a comienzos de mes daba la victoria a ERC en las cuatro circunscripciones catalanas, con 37 diputados, al tiempo que relegaba a Junts per Catalunya (JxCat) a segunda fuerza (31), mientras que la CUP-Crida Constituent obtendría siete escaños.

En una eventual votación sobre la independencia de Cataluña, el “sí” recortaría distancias (45,5%) y quedaría menos de un punto por debajo del “no” (46,3%)

En otras palabras, el independentismo seguiría siendo mayoritario en la cámara, pero quedaría por debajo del 50% de los votos (obtendría un 48,6), que los independentistas, sobre todo los juntaires, se han marcado como meta para emprender medidas más decididas encaminadas a conseguir la independencia. Según ese mismo sondeo, el Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC) subiría hasta los 25 diputados, mientras que Ciudadanos (Cs) perdería más de la mitad de sus escaños y se quedaría con quince, yendo sus votos al Partido Popular (PP) —que pasaría de cuatro a siete diputados— y a Vox, que irrumpiría con cuatro parlamentarios. Catalunya en Comú Podem (CECP) sumaría únicamente un diputado a los ocho que tiene en la actualidad. Días después, otra encuesta de intención de voto, ésta del CEO, confirmaría la tendencia, dando una ventaja de cuatro diputados a ERC sobre JxCat (35-36 frente a 31-32), que acusaría el zarpazo de sus ya varias escisiones. Como en el caso de la estimación para Público, el independentismo no alcanzaría el 50% de los votos, quedándose en el 48%.

En una eventual votación sobre la independencia de Cataluña, el “sí” recortaría distancias (45,5%) y quedaría menos de un punto por debajo del “no” (46,3%), sin que ninguna de las opciones consiga el 50%. Con ello, la carta de las elecciones plebiscitarias correría el riesgo de desgastarse.

Aunque, según ambas encuestas, sería matemáticamente posible un tripartito entre ERC, el PSC y CECP, las diferencias entre formaciones siguen siendo todavía demasiadas, lo que dejaría como única opción de gobierno una coalición entre ERC y JxCat, tolerada o apoyada por la CUP-CC, aunque algunos de sectores más posibilistas de esta última no excluyen incluso entrar en el ejecutivo.

Después de que, a finales de octubre, David Fernàndez renunciase a encabezar la lista de la CUP-CC para las elecciones del próximo 14 de febrero al Parlament, la organización estudia que repitan o bien el último cabeza de lista, Carles Riera —que ya manifestó su disponibilidad, en una entrevista concedida a Catalunya Ràdio—, o la exdiputada Eulàlia Reguant.

Disturbios Barcelona noviembre 2020 - 1
Manifestación contra el estado de alarma en noviembre de 2020. Victor Serri

En el caso de ERC, algunos medios siguen especulando con la posibilidad de que el candidato sea el presidente del partido, Oriol Junqueras, en caso de que Gobierno central le concediera el indulto que actualmente está en trámite. No obstante, se trata de una hipótesis harto improbable, tal y como advertía el 2 de noviembre el propio Junqueras, en una entrevista concedida a RAC1, en que calificaba de “atrevido” el “pensar que estaremos en casa antes de Navidad”, si bien atribuía dicha improbabilidad tanto a la falta de voluntad del Gobierno para concederlo como a la del TS para tolerarlo. Por ello, todo sigue apuntando a Aragonès como candidato a la presidencia de la Generalitat. En este sentido, la secretaria del partido, Marta Rovira, actualmente exiliada en Suiza, en una entrevista publicada el 22 de octubre por ‘Nació Digital’, descartó su participación en las listas, alegando que “el país necesita a gente sobre el terreno”.

JxCat, por su parte, trata de impedir que le adelante su competidor directo. El 23 de octubre se reveló una carta conjunta del presidente y del secretario general del partido, Carles Puigdemont y Jordi Sànchez, a varios alcaldes del Partit Demòcrata Europeu Català (PDeCAT), en que, en un intento de reforzar la estructura territorial de JxCat, les invitaban a unirse a su formación, presentada como “el carril central del independentismo”. Estos esfuerzos podrían llegar a verse anulados por una serie de acontecimientos recientes, el primero de los cuales son las declaraciones del extesorero de Convergència Democràtica de Catalunya (CDC), Daniel Osàcar, quien el 20 de octubre, en el marco del proceso por financiación ilegal de la formación, declaró que el último presidente de ésta, Artur Mas, estaba al corriente de dichas irregularidades, en contra de lo que siempre ha sostenido en público.

Con todo, Osàcar, que cumple en la actualidad condena por el ‘caso Palau’, precisó que quien controlaba este sistema de blanqueo era el exgerente del partido y exconsejero de la Generalitat Germà Gordó. Aunque JxCat se ha desvinculado del PDeCAT —como sus propios dirigentes se encargan de repetir cada vez que se les presenta la oportunidad— y este caso debería salpicar en propiedad más a los segundos que a los primeros, en el imaginario popular sigue vinculándose a JxCat con CDC por el pasado de la mayoría de sus militantes y cargos.

Seis días después, el 26 de octubre, JxCat suspendía de militancia a su portavoz en el Parlament, Eduard Pujol, por denuncias de acoso sexual. Éste, a su vez, renunció al acta de diputado y abandonó su escaño “por motivos personales”. Poco después, la periodista Núria Casas denunciaba públicamente el acoso sexual de que había sido objeto por parte Pujol, director de la cadena de radio RAC1 entre 2012 y 2017, cuando fichó por JxCat.

Por si todo eso fuera poco, el 28 de octubre el semanario ‘La Directa’ publicaba una investigación que revelaba que al menos once direcciones de correo electrónico vinculadas sobre todo a organizaciones de la izquierda independentista habían sido suplantadas con el objetivo de extraer información. Dos de las IP de los más de sesenta correos enviados a La Forja, Arran, Endavant, la CUP, el digital ‘Vilaweb’, el Ateneo La Base y el Sindicat de Llogateres, corresponden a los Mossos d’Esquadra y al Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CTTI) de la Generalitat, que depende de la Consejería de Políticas Digitales y Administraciones Públicas, cuyo titular, Jordi Puigneró, se perfilaba como candidato de JxCat de cara a las próximas elecciones.

Al día siguiente, el grupo de JxCat se partía definitivamente en dos el Congreso de los Diputados: mientras los cuatro diputados de JxCat se abstenían en la prórroga del estado de alarma declarado el día 25, los cuatro diputados del PDeCAT votaban a favor.

El TSJC deroga la inviolabilidad parlamentaria

El 19 de octubre el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) dictaba la sentencia del juicio a los exmiembros de la Mesa del Parlament por la coalición Junts pel Sí (JxSí), Anna Simó (ERC), Ramona Barrufet (CDC), Lluís Corominas (CDC), Lluís Guinó (CDC) y a la expresidenta del grupo parlamentario de la CUP-CC, Mireia Boya, por la presentación y admisión a trámite de diversas proposiciones de ley y de resoluciones durante la XI legislatura para dar cauce al proceso soberanista, lo que, a juicio de las acusaciones, había sido prohibido por el Tribunal Constitucional (TC) y constituiría un comportamiento típico del delito de desobediencia del artículo 410 del Código Penal (STJC 10/2020). El tribunal, en general, hizo suya la posición de las acusaciones, salvo en el caso de Boya, cuya absolución, no obstante, no fundamentó en la inviolabilidad parlamentaria, sino en que no había sido requerida individualmente a abstenerse de realizar actos que supusieran eludir las suspensiones del TC de anteriores decisiones del Parlament (FJ 3.1.3).

La sentencia se enmarca en la línea jurisprudencial propia de los regímenes de democracia militante que han ido construyendo en el marco del ‘procés’ el TC, el Tribunal Supremo (TS) y el propio TSJC. Huelga decir que la propia causa carecía de fundamento jurídico alguno, por cuanto los actos enjuiciados se encuentran protegidos por la institución de la inviolabilidad parlamentaria, que implica la irresponsabilidad penal de los miembros de las cámaras legislativas por el ejercicio de sus funciones parlamentarias. Para justificar la vulneración de dicho principio, el tribunal arguye que la inviolabilidad parlamentaria no rige “cuando el diputado actúa fuera o al margen del ejercicio de las competencias y de las funciones que le pudieran corresponder como parlamentario” (FJ 1.3.2).

La inviolabilidad, pues, en las particulares y creativas interpretaciones de los distintos operadores jurídicos españoles, es una institución voluble

La baja calidad técnica de la argumentación del tribunal es francamente preocupante, ya que confunde causa de inconstitucionalidad con causa de responsabilidad penal. El que una asamblea legislativa apruebe normas reguladoras de materias sobre las que carece de competencia es causa de inconstitucionalidad y de nulidad de lo aprobado, pero no entraña responsabilidad penal alguna de los legisladores inconstitucionales ni de los miembros del órgano de gobierno de la cámara que ha decidido dar curso a las normas o resoluciones inconstitucionales. Lo contrario implicaría conferir carácter penal a las sentencias del TC sobre conflictos de competencias. La inviolabilidad parlamentaria no protege a lo aprobado por los legisladores de posteriores derogaciones por parte de tribunales de garantías, pero sí a los propios legisladores de toda responsabilidad penal por el hecho de elaborarlo, presentarlo y aprobarlo. Ésa es precisamente la función de la inviolabilidad parlamentaria: proteger a los miembros de las cámaras legislativas por el ejercicio de sus actividades parlamentarias de la persecución judicial a instancias de otros poderes del Estado que pretendan camuflar su desacuerdo con lo aprobado por los legisladores con la atribución de carácter delictivo a dicha actividad. Y ello es así por la sencilla razón de que es imposible cometer delitos en el ejercicio de la función parlamentaria.

Por lo demás, la tesis de que la institución de la inviolabilidad no ampara la comisión de hechos delictivos no la comparte la Fiscalía del TS respecto al exjefe del Estado Juan Carlos de Borbón, que sostiene que, a pesar de que sus investigaciones sobre algunas de las acciones del llamado ‘rey honorífico’ “justificarían un juicio penal, y eventualmente, una sentencia condenatoria”, su inviolabilidad lo impediría, según informaba el digital ‘El Confidencial’ el pasado día 30. La inviolabilidad, pues, en las particulares y creativas interpretaciones de los distintos operadores jurídicos españoles, es una institución voluble, que oscila entre la ausencia de contenido y el alcance universal, incluso para actos puramente privados y totalmente ajenos a la función representativa de su titular.

Volviendo a la sentencia del TSJC, acaso sea ilustrativo de su rigor y seriedad jurídicos el dramatismo retórico del magistrado ponente, Carlos Ramos, en cuya opinión los hechos juzgados, por su “gravedad”, produjeron “efectos” en “las bases mismas de nuestro sistema constitucional” (FJ 6.4). Desde el punto de vista político —el elefante blanco de esta causa en que el ponente insiste que no debemos pensar—, acaso el tribunal nos revele una honda verdad sobre la crisis de legitimación que padece el régimen de la monarquía reinstaurada en Cataluña, tan profunda que la mera admisión a trámite de iniciativas parlamentarias puede hacer que se tambalee. Quizás no sea ocioso apuntar que el nombre del presidente del tribunal, Jesús María Barrientos, ha sonado entre los candidatos que los vocales del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) nombrados por las Cortes a propuesta el PP querrían en la Sala Segunda del TS. Por otra parte, esta sentencia es una muestra más de la arbitrariedad e imprevisibilidad de los órganos superiores del poder judicial español en otro sentido no menor: por los mismos hechos la expresidenta del Parlament Carme Forcadell ha sido condenada por el TS a once años y medio de cárcel e inhabilitación para el ejercicio de cargos y empleos públicos (por un delito de “sedición”), mientras que a los miembros de la Mesa juzgados en el TSJC se les han impuesto penas no privativas de libertad, por “desobediencia”: multa de 30.000 euros e inhabilitación especial para el ejercicio de cargos electivos y de funciones de gobierno o administración durante un año y ocho meses.

Otra muestra de las mencionadas arbitrariedad e imprevisibilidad la encontramos en que, acaso disgustado por la absolución de la presidenta del grupo parlamentario de la CUP-CC, el magistrado instructor de la causa, Pablo Llarena, de la Sala Segunda del TS, se ha negado a inhibirse en los tribunales sitos en Cataluña respecto a la otra encausada de ese grupo parlamentario, su portavoz parlamentaria Anna Gabriel, actualmente exiliada en Suiza.

Mirlos blancos en la Audiencia Nacional

Muy distinta ha sido la sentencia de la Audiencia Nacional (AN), dictada el día 21, sobre el juicio a Josep Lluís Trapero, exmayor de los Mossos d’Esquadra (ME), Cèsar Puig, exsecretario de Interior de la Generalitat, Pere Soler, exdirector de los ME, y Teresa Laplana, intendente y responsable del operativo de seguridad en el edificio de la Secretaría General de la Vicepresidencia y de Economía y Hacienda en Barcelona durante el registro judicial del 20 de septiembre de 2017 (SAN 20/2020). No invitaba al optimismo el hecho de que el órgano juzgador no fuera el juez predeterminado por la ley (la propia AN había rechazado ser competente para conocer del delito de rebelión, por el que inicialmente se acusaba a Trapero, Puig, Soler y Laplana, tal y como estableció en su Auto de 2 de diciembre de 2008), sino el tribunal político por antonomasia del Reino de España y sucesor directo del Tribunal de Orden Público (TOP) franquista.

No en vano, fue una de sus magistradas, Carmen Lamela (que el PP, a través de sus vocales afines en el CGPJ, ya ha logrado ascender a la Sala Segunda del TS), quien primero envió a la cárcel al presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, al expresidente de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez y a ocho exconsejeros del Gobierno de Carles Puigdemont. No obstante, apuntaba en sentido inverso el nombre del ponente, Ramón Sáez Valcárcel, uno de los escasos magistrados de ese tribunal con una concepción democrática del derecho penal, como acredita la celebrada absolución en primera instancia, también redactada por él, de la mayoría de encausados por las protestas ante el Parlament en junio de 2011 (SAN 31/2014, de 7 de julio).

El contraste con la sentencia del TSJC no se da sólo en el contenido y en la concepción penal de los ponentes de cada una y en la fundamentación del fallo, sino también en el propio estilo, ya que la embriaguez retórica y una sintaxis caracterizada por oraciones interminables plagadas de digresiones contrasta con la sobriedad y precisión de la prosa de Sáez Valcárcel. En cuanto al contenido, hay que destacar la crítica demoledora de la lógica expositiva del teniente coronel de la Guardia Civil (GC) Daniel Baena en sus informes, de la que el magistrado ponente se limita a constatar que “incurre en una suerte de petición de principio, un modo de argumentar que parece alejado de los parámetros del razonamiento probatorio indiciario, en la medida que lejos de inferir a partir de hechos o circunstancias que funcionen como premisas, con la finalidad de adquirir conocimiento verdadero sobre el hecho en disputa, se parte de lo que se supone cierto, que se asume en tal concepto, aunque sea el objeto a probar, la conclusión a la que se quiere llegar” (FJ B.1.1.6).

La mayoría del tribunal concluye que “la actuación de los Mossos d’Esquadra no puede calificarse como de colaboración, ni siquiera por omisión, con quienes desobedecían las resoluciones judiciales y pretendían que no se cumplieran”

Por el contrario, la mayoría del tribunal no considera probado que ninguno de los acusados hubiera “tratado de impedir o dificultar el cumplimiento de las resoluciones” del TC, del TSJC “o de la Fiscalía Superior de la Comunidad Autónoma” ni que se hubiera “puesto de acuerdo con quienes lideraban el proceso independentista” o hubiera “apoyado sus actos propiciando la pasividad de la policía autonómica” (hecho probado 13). Tampoco considera probado que Trapero “informara a los dirigentes del ‘procés’ de las investigaciones policiales y judiciales que estaban llevando a cabo” (HP 11) ni que él “o la Prefectura de Mossos d’Esquadra dieran instrucciones para que se siguiera o vigilara los movimientos de otros cuerpos policiales ni para que se obstaculizara su actividad” (HP 6.9). Antes bien, la mayoría del tribunal califica de “prudente y proporcionada” la actuación de la policía autonómica durante la concentración de protesta del 20 de septiembre de 2017 (FJ B.1.2.1.1), de la que constata que “se desarrolló sin incidentes violentos importantes durante la mañana y la tarde” (HP 5.2.1.4) y por la que el TS ha condenado por “sedición” a Cuixart y Sànchez.

En realidad, de los fundamentos jurídicos de la sentencia se deduce el papel de cooperación de Sànchez con los ME en lo tocante a facilitar la entrada y salida de los detenidos y la comisión judicial durante los registros (FFJJ B.1.2.1.3.5-3.7). Sobre la actuación de los Mossos respecto al referéndum de autodeterminación, el ponente constata que “39 centros, que habían sido previamente visitados por agentes de Mossos d’Esquadra no se constituyeron como colegios” y, durante la jornada del 1 de octubre, en “24 locales, la acción de las patrullas a aquella primera hora logró que no se abrieran como centros de votación”, mientras que la “acción de los equipos de orden público de Mossos d’Esquadra a lo largo de la jornada puso fin a la actividad de votación en 110 colegios”.

“Decomisaron 423 urnas, 90.700 papeletas de votación, 64.800 sobres, documentos de censo electoral, un teléfono móvil, 4 ordenadores, diversa documentación de constitución de locales, secciones y mesas, propaganda electoral y otros efectos” (HP 6.6). Por ello, la mayoría del tribunal concluye que “la actuación de los Mossos d’Esquadra no puede calificarse como de colaboración, ni siquiera por omisión, con quienes desobedecían las resoluciones judiciales y pretendían que no se cumplieran” (FJ B.1.2.1.4). Así, deduce que “no hay elemento incriminatorio alguno que revele un acuerdo entre los acusados para constituirse en instrumento del proceso independentista y poner el aparato policial dependiente de la Generalitat a su servicio, ni tampoco entre los acusados, o alguno de ellos, y las personas condenadas en el juicio ante el Tribunal Supremo como coautores del delito de sedición o con otros organizadores de la preparación y ejecución del referéndum” (FJ B.1.1.3). De modo que absuelve a todos los acusados de todos los cargos.

Junqueras calificó de “absolutamente ridículo” pensar que Rusia quisiese enviar 10.000 soldados a un estado que es miembro de la OTAN, cruzando todo el continente con sus equipos y vehículos

Mención aparte merece el voto particular emitido por la presidenta del tribunal, Concepción Espejel, casada con un coronel de la Guardia Civil y apartada del ‘caso Gürtel’ por su proximidad al PP y que sus vocales afines del CGPJ ya han intentado ascender a la Sala Segunda del TS. En un texto de una extensión que más que cuadriplica al de la sentencia y compuesto mediante la técnica del copia y pega de informes de la Guardia Civil, Espejel pretendía fundamentar una condena nada menos que por “sedición”. Ante la solidez de la sentencia, empero, el pastiche de la presidenta es tan inane que ni siquiera la Fiscalía lo ha considerado útil para fundamentar un recurso ante la Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional y ha desistido de recurrirla. Si esta sentencia deja seriamente tocadas las premisas que sostienen la condena de Sànchez y Cuixart por el TS, no digamos la del exconsejero de Interior, Joaquim Forn, cuya condena por “sedición” se basaba en el comportamiento de los Mossos d'Esquadra por el que su cúpula ha sido ahora absuelta.

La “injerencia rusa” otra vez

En su obsesión por mantener a EEUU y la Unión Europea en la posición española en lo tocante a la cuestión catalana, el sector más zafio del ‘deep state’ ha reincidido en el supuesto apoyo ruso al independentismo. El día 28 la Guardia Civil detenía a 21 empresarios, en el marco de una supuesta investigación que abarcaba una abigarrada mezcolanza de posibles delitos que iban desde “malversación de caudales públicos”, “blanqueo de capitales”, “prevaricación” y “tráfico de influencias” hasta “desórdenes públicos” (Autos de 27 de octubre). En uno de los Autos en que el magistrado del Juzgado de Instrucción número 1 de Barcelona Joaquín Aguirre autorizaba los registros de los despachos de las personas investigados y, en algún caso, su propio domicilio, éste escribía, negro sobre blanco, como “indicio de criminalidad” (RJ 2) que la GC había accedido a una conversación en que el exsecretario de Relaciones Internacionales de CDC Víctor Terradellas informaba a Xavier Vendrell, exconsejero de Gobernación de ERC con el presidente Pasqual Maragall (PSC), de que había estado en contacto con “un grupo de Rusia” cuyo jefe “había ofrecido el 24.10.2017 a Carles PUIGDEMONT contar con diez mil soldados y pagar toda la deuda catalana” (Auto de 27 de octubre; las mayúsculas y la negrita son del original).

El único motivo para dedicar atención a una afirmación tan descabellada es que figura en un auto judicial. En la mencionada entrevista con RAC1, Junqueras calificó de “absolutamente ridículo” pensar que Rusia quisiese enviar 10.000 soldados a un estado que es miembro de la OTAN, cruzando todo el continente con sus equipos y vehículos. Por otra parte, ¿dónde se habría alojado tamaña cantidad de soldados? Junqueras recordó que las “prioridades a nivel internacional” tanto de ERC como JxCat “son evidentes” —las juventudes de este último partido, por ejemplo, siguen pidiendo el ingreso de una eventual Cataluña independiente en la OTAN— e insistió en que “con algunos Estados no tendremos este tipo de vínculos”. Además, señaló que “ni Terradellas ni Madí ni Vendrell formaban parte del Gobierno de Cataluña”.

La Guardia Civil pretende camuflar el carácter político de la investigación añadiendo un sinfín de delitos de corrupción

La embajada rusa en España sustituyó el sibilino lenguaje diplomático por la sátira e informó en un tuit de que la información era “incompleta” y había que “añadir dos ceros al número de soldados”, que iban a ser enviados en aviones “ensamblados en Cataluña durante la Guerra Civil”. No andaba desencaminada la embajada al aludir al conflicto de 1936, toda vez que la Guardia Civil ha denominado la operación ‘Volhov’, en referencia a una batalla de octubre de 1941 en que participó la División Azul. Igualmente revela la concepción del derecho penal del autor del informe (que algunas fuentes atribuyen al ya mencionado Daniel Baena) el que alegue como “indicios de criminalidad” un tuit con el lema ‘Sit and Talk’ o que tal investigado haya ejercido tareas de “dirección y participación directa” en el Tsunami Democràtic, sin especificar siquiera hecho delictivo concreto alguno. Aunque acaso considera que el Código Penal aplicable es el de 1973.

Más allá de la referencia a la siempre conveniente “injerencia rusa” —que permite eludir responsabilidades propias y atribuir el origen de un conflicto a un agente externo—, la Guardia Civil pretende camuflar el carácter político de la investigación añadiendo un sinfín de delitos de corrupción. Sobre el magistrado que da crédito a tan peregrinas especulaciones, baste decir que, con motivo de la instrucción de un sumario sobre un supuesto caso de narcotráfico, fue acusado por el delegado de la Fiscalía Anticorrupción en Cataluña, Emilio Sánchez Ulled, de actuar a partir “elucubraciones” con “poca o nula base”. Así, en la misma línea de verosimilitud que los 10.000 soldados rusos, Aguirre consideraba constitutivo del delito de soborno el regalar una caja de donuts. En este caso el magistrado tampoco ha conseguido sumar a la Fiscalía a sus elucubraciones conspirativas, que no solicitó medidas cautelares contra ninguno de los detenidos.

Por ese mismo motivo cabe dudar del impacto que puedan tener las conversaciones reproducidas en los diversos autos, que muestran nuevamente el paradójico mal estado de las relaciones entre JxCat y ERC —paradójico porque están obligados a entenderse—, la desorientación de los principales líderes catalanes —“nadie tiene ni puñetera idea de cómo materializar la independencia”, en palabras atribuidas a David Madí, exdirector de campaña de CDC— y su tacticismo —“había que hacer presidente a Pedro Sánchez, aunque fuese gratis, y si los suyos [de Puigdemont] lo saben, lo matan”, según lo que el autor del informe policial pone en boca de Vendrell—. ‘Nihil novum sub sole’, en cualquier caso.

Sabido es que el expresidente Artur Mas trufaba sus discursos de metáforas marineras. Metáforas entonces inocuas, pero que hoy, tras el ‘tsunami’ y en plena ‘segunda ola’, adquieren connotaciones más profundas. Todo sea no terminar como la balsa de la Medusa.

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#73898
9/11/2020 14:43

La sentencias son el ejemplo de un sistema judicial politizado y podrido, el independentismo sigue sin ser mayoría en la sociedad catalana, el nivel político en Catalunya es desastroso, a la par con el nivel del resto del Estado. Y ahora podemos empezar a hablar de pagar el piso, ir al médico, reducir la mierda que respiramos, contener los desahucios...Catalunya vive sepultada en la mierda propia y ajena tanto tiempo que hasta la CUP solo sirve para votar junto a VOX en el congreso y ya ni nos parece ni raro.

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#73830
8/11/2020 12:30

Un artículo desafortunado, que vuelve al monotema una y otra vez sobre el mamoneo político (50%, 45%,... ¿y qué?) en vez de recoger la saturación en urgencias, la ausencia de PCR en los colegios, la desaparición de los CAP y de la primaria, la falta de profesionales en el campo sanitario y en la educación... Vaya, yo espera más detrás del titular de esta noticia. Cuando ensenyament prefiere meter profesores sin preparación pedagógica a hacerlo con profesores de otras comunidades preparados pero no catalanohablantes, dejan claro qué entiende por educación pública. Cuando sufres un corte y no puedes dirigirte al CAP y una vez que consigues que te atiendan, te dicen que les mandes una foto y te lo arregles tú mismo en casa, dejan claro que entienden por sanidad pública.
El deterioro en las competencias autonómicas asumidas por un govern peligrosamene incompetente tiene consecuencias graves en las clases populares. Y es aquí donde un periodismo crítico debería hacer su trabajo, no recortando y pegando titulares y encuestas de otros medios sobre temas que ya aburren hasta las piedras.

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Cuando se cumple el 30º aniversario de la tragedia en Ruanda, llega a las pantallas ‘Hate Songs’, que se estrena el viernes 19 de abril, una metaficción que transcurre en los estudios de la emisora controlada por los hutus.
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Laboral CC OO, UGT y USO rechazan firmar el convenio de Decathlon al no incluir la cláusula de garantía salarial
Decathlon ha firmado el acuerdo con el sindicato mayoritario, SGICD, auspiciado por la propia empresa. El convenio para 2024-26 incluye un incremento salarial del 15%, que recupera la pérdida del 12% de los dos anteriores.
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Italia El gobierno Meloni allana el camino a los antiabortistas
La Cámara de Diputados italiana ha aprobado por amplia mayoría una ley que permite a las organizaciones anti-elección entrar a los centros de asesoramiento público donde acuden mujeres que están pensando en interrumpir su embarazo.

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A Catapulta A Catapulta recibe o presidente da AELG, Cesáreo Sánchez
O poeta e presidente da Asociación de Escritoras e Escritores en Lingua Galega conversa con Samuel L. París no episodio 12 do programa.
Violencia policial
Violencia institucional Iridia consigue reabrir judicialmente el caso de una muerte por pistola taser policial
Es uno de los 56 casos en los que ha litigado la entidad de derechos humanos en 2023 y en los que hay un total de 156 agentes o funcionarios encausados.
Genocidio
Rumbo a Gaza La Flotilla de la Libertad se prepara para zarpar hacia Gaza
Un carguero con 5.500 toneladas de ayuda humanitaria y tres barcos más cargados con cientos de personas, entre ellas observadores de los derechos humanos, personal médico, periodistas y políticos —incluida Ada Colau—, integrarán la Flotilla.
Personas sin hogar
Personas sin hogar “Una noche por todas sus noches” en protesta por las personas sin hogar en Granada
El cierre de un centro de acogida nocturno en el centro de la ciudad, que acogía a más de 50 personas, ha agravado la ya precaria situación de acogida de las personas sin hogar
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Elecciones vascas EH Bildu se abre a un pacto abertzale en campaña electoral que no convence al PNV
Los ofrecimientos de la izquierda abertzale han sido constantes estas dos semanas y, frente a ello, los jeltzales han mantenido una postura beligerante. En la práctica, ambos partidos se han entendido en distintas materias.
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Los audios del PNV Las presiones de Unai Rementeria a un alcalde: “Le tienes que exigir que se pringue"
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Opinión ¿Qué Europa queremos hoy?
Los resultados de las próximas elecciones europeas pueden derivar en un importante punto de inflexión para la razón de ser de la Unión Europea.
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Revista 74 Cuando los algoritmos te explotan: no te pierdas el número de primavera de la revista de El Salto
De cómo los algoritmos y la IA gestionan el trabajo de cientos de millones de personas con ritmos y condiciones del siglo XIX, y de mucho más, hablamos en nuestro número de primavera. Ya disponible para socias y en los puntos de venta habituales.

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