Justicia
Para qué sirve denunciar a un fallecido: preguntas y respuestas sobre la denuncia contra Adolfo Suárez
El 9 de diciembre de 2025, una mujer interpuso una denuncia contra el expresidente Adolfo Suárez González en la sede de la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) de Madrid. En el escrito, al que ha tenido acceso a este medio, la mujer relata varios episodios ocurridos entre 1983 y 1985, que empezaron cuando ella tenía 17 años y él 50.
La mujer pide que se investigue lo ocurrido como un posible delito de agresión sexual, ya que él habría utilizado su evidente posición de poder para someterla durante varios años. La mujer también relata cómo estos hechos han tenido consecuencias en su salud y que han impactado en ella hasta el día de hoy, algo que prueba su acreditación como víctima de violencia de género en la Comunidad de Madrid y su historial terapéutico.
Suárez fue el primer presidente desde la restauración de la democracia, cargo al que accedió después de otro periodo como presidente designado por el jefe de Estado, Juan Carlos I. Las elecciones de 1982 dieron la mayoría al PSOE y después de eso Suárez ocupó un escaño como diputado hasta 1991 y su figura se recuperó tardíamente, cuando su ciclo político ya había terminado. En 2014, tras su fallecimiento, el aeropuerto de Barajas, en Madrid, fue nombrado como Aeropuerto Internacional Adolfo Suárez en su honor.
Responsabilidad tras el fallecimiento
La denuncia que fue interpuesta el 9 de diciembre de 2025 en la sede de la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) de Madrid, una unidad de la Policía Nacional especializada en la prevención y la investigación de las infracciones penales sobre violencia de género, doméstica y sexual. La UFAM cuenta con personal especializado en violencias machistas. Su cometido en este caso es el de recoger la denuncia y hacerla llegar a un juzgado. Deberá también hacer una serie de diligencias previas antes de enviarla.
El escrito de denuncia debe ser enviado a un juzgado del Partido Judicial de Madrid y, en concreto, a un Juzgado de Violencia sobre la Mujer, ya que en la Comunidad de Madrid todos los casos de violencia sexuales recaen en estos juzgados desde octubre de 2025. Será un juez o jueza quien decida si se tramita la denuncia o no.
La responsabilidad penal se extingue con el fallecimiento de la persona denunciada, pero no así la civil, que puede ser reclamada por la víctima a los familiares
Preguntada por el sentido que pueda tener la denuncia contra una persona fallecida, la jurista María Naredo explica: “Las víctimas de delitos tienen todo el derecho a interponer una denuncia, a contar su relato por el cauce más oficial que hay en nuestro Estado de Derecho, que es por la interposición de una denuncia ante una comisaría o ante el juzgado”. Ahora bien, la experta señala que la responsabilidad penal del sujeto se extingue con el fallecimiento. Cuando hay una causa abierta y se produceel fallecimiento del investigado, se archiva la causa contra él; si el fallecido estaba condenado, se extingue la pena.En este caso, ya que la causa no ha sido abierta, el recorrido penal es inviable.
Sin embargo, pese a esa extinción de la responsabilidad penal, sí subsiste la responsabilidad civil y puede ser reclamada por la víctima. Puede hacer ante los familiares del denunciado, ya que esta responsabilidad “se hereda”. De abrirse un proceso, explica Naredo, se debe tener en cuenta también que la denunciante menciona a otras dos personas en su escrito: un secretario, ya fallecido, y una secretarias de Suárez. Sería una eventual investigación, de abrirse un proceso, la que podría determinar una hipotética responsabilidad.
En el caso de que se pudiese abrir un proceso judicial y de que en ese proceso judicial se estableciese algún tipo de responsabilidad civil, esto podría dar lugar a algún tipo de indemnización. Pero la reparación, dice Naredo, va mucho más allá.
Reparar no es solo indemnizar
Más allá de que exista o no proceso y posible sentencia, el caso abre otras posibilidades de reparación, explica la experta jurista, especializada también en violencia sexuales. Y es que la mujer, tal y como ha podido comprobar El Salto, tiene en su haber una acreditación como víctima de violencia de género expedida por la Comunidad de Madrid en base a un informe de un servicio público. Además, puede probar un largo historial de tratamiento terapéutico que acredita que ha sufrido daños.
La Ley Orgánica de Garantía integral de la Libertad Sexual contiene un título completo sobre reparación. Ahí establece, en primer lugar, una serie de indicaciones para valorar la indemnización por daños y perjuicios materiales y morales que pudiera corresponder a una víctima de violencia sexual de acuerdo con las leyes penales sobre la responsabilidad civil, es decir, da las guías para calcular la indemnización derivada de una sentencia judicial.
Y va más allá, estableciendo el derecho a recibir reparación mediante las medidas necesarias para su completa recuperación física, psíquica y social. También hay medidas dereparación simbólica, que “incluirá, por parte de los poderes públicos, el reconocimiento de la violencia y declaraciones institucionales que restablezcan la dignidad y reputación de las víctimas siempre desde un enfoque reparador integral transformador”, recoge el texto.
Naredo subraya cómo el mero hecho de hacer pública la denuncia puede producir un efecto reparador a través de los medios de comunicación. Pero debe ir más allá en implicar al Estado y la sociedad
En este sentido, la mujer ha sido clara al señalar el daño causado por los homenajes a Suárez y, en concreto el impacto que tuvo en ella el nombramiento del aeropuerto de Madrid como Adolfo Suárez. “Es importante acoger esas demandas que tiene la víctima y que tienen que ver con la memoria de un país, que debe ser matizada y corregida”, dice Naredo.
Por otra parte, Naredo subraya cómo el mero hecho de hacer pública la denuncia puede producir un efecto reparador a través de los medios de comunicación. Pero debe ir más allá: “Es importante entender que no solo los medios de comunicación, sino también el Estado y la sociedad tienen que contribuir a esa difusión de la verdad”.
Una conversación social
Preguntada por el impacto que la ley del sí es sí el debate que suscitó haya podido tener en el contexto actual, Naredo explica que, en su opinión, la ley fue una contribución a un debate social que ya se estaba dando y que provocó un cambio de mentalidad en la concepto de la violencia sexual. Elementos como el concepto de víctimas o de consentimiento que podían ya estar latentes fueron “catapultados” al debate público por este proceso, expresa.
“Muchas víctimas a partir de ahí pudieron retratarse y estén ahora mismo siendo acompañadas como nunca imaginaron que lo iban a ser”, valora. En su escrito de denuncia, la denunciante asegura que no había podido “poner nombre a lo que le había pasado”. “La sociedad de ahora ya no es la sociedad de entonces, donde el contexto era de silencio de estigmatización de las víctimas de violencias sexuales”.
El jueves, tras conocerse la denuncia, Sumar pidió que se investigara mientras que Podemos fue más contundente al dar plena credibilidad a la denuncia y pedir la retirada de los homenajes a Adolfo Suárez.
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