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La Manada
Condenado el autor del ‘Tour de la Manada’ por atentar contra la integridad moral de la víctima
La jueza descarta el delito de odio y condena al autor de la web a un año y medio de prisión. El procesado también tendrá que indemnizar a la víctima con 15.000 euros por el daño moral causado.
La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona ha condenado a un año y medio de prisión a un vecino de Madrid de 39 años que creó en diciembre de 2018 una página web de un denominado ‘Tour de la Manada’, en el que se publicitaba un recorrido por las calles de la capital navarra que transitaron los condenados por la violación grupal perpetrada en los sanfermines de 2016 por la que sus autores han sido condenados a nueve años de prisión.
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, la jueza avala así el criterio de la acusación particular y —en contra del criterio del Ministerio Fiscal, que había reclamado la absolución— considera al procesado, R. S. M. M. autor de un delito contra la integridad moral. El procesado tendrá que indemnizar a la víctima con 15.000 euros por el daño moral causado.
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En la sentencia, que puede ser recurrida ante la Audiencia de Navarra, la juez destaca que la creación de la web, que se llevó a cabo entre los días 3 y 5 de diciembre de 2018, agravó el trastorno de estrés postraumático crónico que la víctima padece como consecuencia de los hechos sufridos el 7 de julio de 2016. La magistrada, explica el TSJN, argumenta que a raíz del visionado de la web, los síntomas de la perjudicada se exacerbaron, por lo que la mujer requirió de nuevo de la ingesta de medicamentos, de modo que hasta aproximadamente el mes de mayo de este año no ha podido recuperar “una cierta normalidad, que había alcanzado previamente a la apertura de la página”.
En el juicio, celebrado el pasado 26 de noviembre, la acusación particular acusó al inculpado de sendos delitos contra la integridad moral y odio, por los que solicitó 2 años de prisión, y un año, 3 meses y un día de cárcel y una multa de 4.050 euros, respectivamente, así como una indemnización de 20.000 euros por el daño moral.
EL MINISTERIO FISCAL PEDÍA LA ABSOLUCIÓN
Por su parte, al igual que el Ministerio Fiscal, la defensa reclamó la absolución. Subsidiariamente, en el caso de que fuera condenado, abogó por la estimación de la atenuante de reparación del daño por haber ingresado 300 euros en el Juzgado de Instrucción número 4 de Pamplona, el órgano judicial que llevó la investigación, cuyo titular procesó al inculpado por este delito al apreciar indicios de un delito contra la integridad moral.
La juez de lo Penal explica al respecto que el delito contra la integridad moral sanciona “al que infligiera a otra persona un trato degradante, menoscabando gravemente su integridad moral”. Para la magistrada, de la lectura de la página web creada por el acusado “cabe concluir que sin duda cosificaba la figura de la víctima de un grave delito contra la libertad sexual”.
La lectura de la página web creada por el acusado “cabe concluir que sin duda cosificaba la figura de la víctima de un grave delito contra la libertad sexual”
La simple lectura de la página, prosigue la juez, lleva a la clara conclusión de que el delito del que fue víctima “se convirtió por parte del autor ahora acusado en un ‘jolgorio’, en una ironía, lo que constituyó un sufrimiento adicional importantísimo” para la joven.
“No se trata, como pretendió el letrado de la defensa, de buscar en la web expresiones concretas de carácter vejatorio, o referencias individualizadas a la víctima, se trata de una página web en su conjunto que recoge como tour turístico (no informativo) lo que fue un drama para la víctima”, asegura la magistrada, que reitera que la denunciante “vio expuesto su sufrimiento, minimizado, banalizado y utilizado, en aras de una presunta crítica, en un claro desprecio a su dignidad”.
La Manada
La Manada: una visión desde el antipunitivismo
Pedir más castigo, incluso castigo sin control, extender la sanción a familias y amigos, es sin duda promover lo punitivo, es alimentar al enorme sistema penal-patriarcal que ya tenemos.
En el juicio, la denunciante explicó con claridad que el contenido de la web no le pareció una broma en general, sino que pensó que se reían de ella. Manifestó que le avergonzó el planteamiento, la idea en sí misma, que hubiera personas que pudieran pasearse por el lugar en el que fue objeto de la agresión.
La jueza, sin embargo, no considera que los hechos puedan ser susceptibles de un delito de odio, que sanciona a los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o asociaciones, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias.
“Soy consciente de que la web en su conjunto es una impresentable valoración de un delito de agresión sexual, que constituye una falta de respeto a las víctimas de los mismos, e insisto que en concreto atenta contra la dignidad de la perjudicada en este supuesto, pero la exigencia legal requiere una provocación concreta a la comisión de un delito determinado, que entiendo no concurre en este supuesto”, argumenta la magistrada para descartar la existencia del delito de odio imputado.
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Habéis pecado esta vez de lo mismo que criticamos de otros muchos medios. Soy suscriptor vuestro pero al conocer de primera mano este caso tengo que deciros que la habeis cagado. Si no teneis medios ni tiempo para elaborar vuestra propia noticia y contrastar la información es preferible que no escribais nada antes que coger la nota de las agencias y copiarla.
Os estáis colando: https://www.homovelamine.com/analizamos-un-caso-practico-de-desinformacion-el-tour-de-la-manada/?fbclid=IwAR3ZeVGAz3ZOWxXscv5jtFxcRwW0_ZbQMRziaH6r2FKWBh821goIStFRbyc
Sólo dos cosas: Por una parte, el colectivo Homo Velamine, autor de la página, juega a llevar la realidad informativa hasta sus propios límites para que despertar el pensamiento crítico. Así, os recomiendo que hagáis un repaso por sus anteriores acciones para ver su recorrido. Lo segundo, en ningún caso, y conozco bién al condenado, se articula sobre la realidad esta condena, que parece parte del circo. Creo que la jueza y la abogada deberían ingresar ipso facto en Homo Velamine y coordinar una nueva oleada de acciones ultrarracionales.
Por otra parte, a l*s autor*s del artículo, joer, currároslo un poco, no hace falta copiar todo lo que dice la agencia EFE parafraseando algunas líneas. Podrías incluso documentaros. Os dejo un enlace para ir empezando, por si os animáis ;)
https://www.homovelamine.com/reactivo-tras-la-sentencia-condenatoria-del-tour-de-la-manada/?fbclid=IwAR1LJNEHeNWHNfz8heBt1ET9x_QLCcN1ZOjLpeIzgQgiws4X5yDOAsjYtns
si mato a un falangista, 2 años, si hago un tour sobre La Manada, 9 años... menudo cachondeo
Cahcondeo los de la manada y tú. A parte de que no sabes leer. 9 años es una metira tuya, le han caido 1 y medio. Y matar a un falangista en defensa propia no debería costar ni 1 día.
Esta sentencia confirma que la justicia es patriarcal...perdón, es la costumbre
En este caso no estáis dando toda la información. La web del "Tour de la Manada" se hizo precisamente para señalar cómo tratan los medios de información este tipo de casos y cómo expanden noticias falsas. El artículo original en el que se explica esto, y que fue publicado hace mucho tiempo, se puede leer aquí: https://www.homovelamine.com/tour-la-manada-el-dia-que-los-medios-de-comunicacion-se-retrataron-a-si-mismos/
Guay, pero si tu acción a quién afecta es a la víctima, al resto de medios ni les afecta y los lectores ni se enteran, es que se trata de una pua mierda de acción.
resulta que los mierdas somos todos, eso es lo único que saco en claro de este asunto