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Opinión
Inmatriculaciones: al pueblo lo que es del pueblo
Las recientes informaciones ofrecidas por el Gobierno en torno a las inmatriculaciones realizadas por la Iglesia Católica han vuelto a poner la lupa sobre las apropiaciones por parte de las elites eclesiásticas de propiedades que no les pertenecían, y que en muchas ocasiones, son titularidad del colectivo, titularidad del pueblo.
Concretamente, el documento enviado a las Cortes Generales recoge un listado con 34.961 bienes inmatriculados por la Iglesia católica a su nombre entre 1998 y 2015, de las cuales 88 corresponden a Euskadi. Sin embargo, un informe remitido por el Gobierno vasco en 2016 a este respecto, fijaba en 530 (442 más) las fincas captadas desde 1978 hasta 2015. Unas cifras discrepantes que sólo dejan patente una cosa: son la punta de iceberg. Una gota en el mar.
Y es que la jerarquía católica ha utilizado dos normas franquistas que no fueron modificadas con la entrada en vigor de la Constitución de 1978, para proceder a la inmatriculación de bienes en los diferentes Registros de la Propiedad. Por un lado, el artículo 206 de la Ley hipotecaria de 1946 que equiparaba a la Iglesia católica con una administración pública a la hora de inscribir bienes de dominio público en el registro de la propiedad por primera vez (inmatriculación) sin tener que aportar ningún título de propiedad.
El artículo 206 de la Ley hipotecaria de 1946 equiparaba a la Iglesia católica con una administración pública a la hora de inscribir bienes de dominio público en el registro de la propiedad sin tener que aportar ningún título de propiedad
Además, el artículo 304 del Reglamento Hipotecario equiparaba a los diocesanos (obispos y arzobispos) con notarios, capaces de inscribir bienes a su nombre mediante un propio auto-certificado de dominio sin títulos reconocidos de propiedad y sin publicidad. Dicho en plata: la Iglesia era la única justificante necesaria para decir que algo era suyo, sin más documentación que lo respaldara.
Posteriormente mediante el Real Decreto 1867/1998, se introdujo una reforma del Reglamento Hipotecario permitiendo inscribir a su nombre las iglesias destinadas al culto y que hasta entonces tenían el carácter de bienes de dominio público: como lo son los caminos, puentes o ríos, es decir, de la ciudadanía.
La ley 13/2015 modificó la Ley Hipotecaria en junio del 2015 y con ello se dio por finalizada la potestad y privilegio inmatriculador de la Iglesia católica.
En 1946 se puso en marcha por primera vez la potestad para la Iglesia de inmatricular bienes inmuebles y solares a su nombre, una potestad que no se anuló hasta 2015
Desde 1946
Sin embargo, desde el fatídico año de 1946 en el que se puso en marcha por primera vez la potestad para la Iglesia de inmatricular bienes inmuebles y solares a su nombre, hasta el año 2015 dónde se anuló esa potestad, son desconocidas el número de propiedades que la iglesia en sus distintas formas (parroquias, obispado, ordenes, etc…) ha hecho suyas. El listado remitido por el Gobierno solo recoge algunas desde 1998 a 2015. El Gobierno vasco analizó en su informe lo sucedido entre 1978 y 2015. Pero, ¿Y previamente? Previamente el resto del iceberg.
Y es que en 1946, en pleno franquismo y doctrina del Nacional-Catolicismo, el dictador buscaba una legitimad internacional que le fue en buena parte granjeada por la cercanía del Papa Pio XII. Un régimen al que las elites eclesiásticas paseaban bajo palio, legitimaban, colaboraban y ensalzaban. Y eso tenía un precio. Un precio que el régimen franquista abonaba con privilegios, entre los que se encontraba el poder quedarse con aquellos bienes inmuebles y solares que a las elites eclesiásticas les viniera en gana. En muchos casos, propiedades que tradicionalmente habían pertenecido al pueblo, a la comunidad. En otros, propiedades que habían pertenecido a personas o colectivos republicanos o que se habían opuesto al golpe de Estado de 1936. Fue un ajuste de cuentas con beneficios para las elites eclesiásticas.
Y hoy, en pleno 2021 es tiempo de hacer memoria, y proceder también en ello relativo a las inmatriculaciones indebidas de la iglesia católica a hacer un ejercicio de verdad, justicia y reparación a aquellas personas, entidades o comunidades a los que la iglesia usurpó sus propiedades en base a 2 normas franquistas.
Por eso, algunos ayuntamientos como el de Bilbao debatirán en el próximo pleno de marzo la investigación de esas inmatriculaciones desde 1946. Para esclarecer y arrojar luz sobre la totalidad de las propiedades, su origen, y dar la oportunidad de que sus legítimos propietarios, aquellos a los que la iglesia con la connivencia del franquismo arrebató su propiedad, puedan por fin ver cómo se sabe la verdad, se hace justicia y se procede a la reparación.