Política
El Congreso aprueba la ley que cambia el método de elección del Constitucional
La jornada del 15 de diciembre quedará marcada como uno de los días de mayor tensión de los distintos poderes que funcionan en el Estado español. La decisión del Tribunal Constitucional, a través de su presidente, Pedro González Trevijano, de convocar un pleno extraordinario que puede parar el desarrollo legislativo del Congreso de los Diputados no tiene precedentes en la democracia española. Nunca esta institución —que en este caso tiene el mandato caducado— ha intervenido antes de que se promulgue una ley en el Congreso de los Diputados, con mandato vigente emanado de las elecciones de noviembre de 2019.
Pasadas las 14:30, el Constitucional ha postergado su pleno para el lunes: habrá votación en el Congreso, pero previsiblemente no se habrá llevado a cabo el relevo de cargos en el Tribunal que precipita la ley. La propia nota del Constitucional indica que la posición de los cinco magistrados progresistas —de los diez que componen el pleno— ha sido clave para la suspensión. Estos cinco miembros han pedido tiempo para estudiar la complejidad del asunto.
El Congreso, a las 18:15 ha votado a favor de la reforma, si bien el PP se ha abstenido de votar. La ley, votada con la omisión de la bancada popular ha sido aprobada con 184 votos a favor, 64 votos en contra y una abstención.
La ofensiva política corre a cargo del PP. La derecha es minoría en el Congreso pero tiene mayor apoyo en los órganos judiciales —Consejo General del Poder Judicial y Tribunal Constitucional—, que siguen siendo de mayoría conservadora debido al bloqueo en el CGPJ, que lleva cuatro años con el mandato caducado. El Partido Popular planteó el recurso de amparo que pretende paralizar la reforma del poder judicial —bajo el epígrafe de reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso— que se vota hoy en el Congreso.
El Constitucional no debe decidir sobre el fondo de la cuestión —cómo se renuevan y votan los cargos designados para la alta magistratura— sino si es acorde a la letra de la Carta del 78 que la votación se realice a través de enmiendas (la 61 y la 62) y sin informes previos. Pero sí hay una cuestión de fondo, que es que mediante la aceptación de este recurso, el PP y la derecha en su sentido amplio evitaría la pérdida de su mayoría en el tribunal de garantías constitucionales.
Lo “inaudito” —en palabras de alguien poco sospechoso de izquierdista como Edmundo Bal (Ciudadanos)— es que el Constitucional haya aceptado discutir si se toman medidas cautelarísimas que lleven a la suspensión del pleno o al menos de la votación de las dos enmiendas que atañen a la composición y forma de Gobierno de los organismos judiciales. El propio PSOE reconoce que el debate de hoy, y la previsible adopción de las dos enmiendas, es susceptible de llegar al Tribunal Constitucional, pero la adopción de medidas cautelarísimas sería “un salto cualitativo que viene a confirmar el carácter antidemocrático de la derecha de este país”, en palabras del portavoz socialista, Patxi López. La postergación del pleno despeja la duda sobre cómo se iba a plantear la no votación de las enmiendas aprobadas previamente por la Comisión de Justicia del Congreso para su votación.
Los nombres clave: Trevijano y Arnaldo
A las 11:30h de la mañana del 15 de diciembre se esperaba la decisión del Constitucional, que puede cortocircuitar el debate en el Pleno del Congreso, previsto para la tarde de hoy. Entre las reformas legales destaca una: la modificación de los métodos para la renovación del Tribunal Constitucional. De ser aprobados —y al Gobierno de coalición le dan los números— la exigida renovación de la corte de garantías debería hacerse de manera inmediata. Eso conllevaría el cese de Pedro González Trevijano quien ha instigado el pleno que puede suspender la aprobación del paquete legislativo que se vota hoy en el Congreso.
Trevijano, que pertenece a la mayoría conservadora en el Tribunal Constitucional, tiene el mandato caducado desde el 12 de junio de 2022. Fue nombrado en 2013 por el ejecutivo de Mariano Rajoy. Por este motivo, también el día 15, PSOE y Unidas Podemos han entregado un auto de recusación —que incluye también al magistrado Antonio Narváez— que ha retrasado dos horas el pleno en el que se discute el recurso. Además, Podemos ha pedido en repetidas ocasiones la recusación de otro de los magistrados, Enrique Arnaldo, por su parcialidad. Arnaldo es el ponente del recurso lanzado por el PP y ha sido magistrado “de guardia” de la organización FAES, ligada a Génova.
La clave de esta jornada de tensión es la no renovación del Consejo General del Poder Judicial, paralizada por la minoría política de derechas desde 2018. Los sucesivos intentos para llegar a un acuerdo por parte del Gobierno de Pedro Sánchez han sido torpedeados por el Partido Popular. La última vez fue a finales de octubre, cuando Alberto Núñez Feijóo, instado a ello por la derecha mediática y por su compañera de partido, Isabel Díaz Ayuso, rechazó in extremis el pacto para la renovación del CGPJ. El 7 de diciembre, Feijóo aseguró que se ha propuesto “proteger el poder judicial” para evitar la intención del Gobierno de “controlar la justicia y politizarla”. Esta misma mañana, el líder popular ha pedido en el programa de Ana Rosa (Mediaset) que el Constitucional impida la votación de esta tarde.
Por la mañana, los letrados del Constitucional han emitido un informe en el que aconseja al Tribunal dirigido por González Trevijano que rechace la adopción de medidas cautelares que solicitan PP y Vox. El pleno del Constitucional está en estos momentos compuesto por diez magistrados, cinco de los cuales son conservadores y cinco son progresistas. Pero, en el previsible caso de empate, el voto de González Trevijano vale doble. Es decir, de seguir adelante con el órdago, el Constitucional podría establecer medidas para que el voto en sede popular sea suspendido.
12:17
El CGPJ mueve ficha
El Consejo General del Poder Judicial ha anunciado que celebrará un Pleno extraordinario el próximo día 20 para debatir la designación de magistrados del Tribunal Constitucional. Tras un largo tira y afloja, el presidente del CGPJ tras la dimisión de Carlos Lesmes el 9 de octubre, Rafael Mozo ha programado el pleno, en el que presumiblemente debe cumplirse otro de los deseos de la minoría política conservadora.
A saber, si sale aprobada hoy la reforma legislativa planteada por PSOE y Unidas Podemos, el método de elección de los miembros del Constitucional, que debe sancionar el CGPJ, permitiría una renovación de los dos cargos que han quedado vacantes en ese Tribunal que modificaría la mayoría conservadora por una progresista. Con el adelanto propuesto por Mozo, y si se mantiene vigente el actual modelo de elección, saldrían adelante las propuestas de la mayoría conservadora en el Consejo: César Tolosa y Pablo María Lucas Murillo serían los elegidos. Este último en lugar del magistrado por el que apuestan los progresistas: José Manuel Bandrés.
12:23
El recurso de Podemos ha parado el inicio del pleno
Algo está cambiando en la distribución de cine de animación japonesa en España, pero aún queda mucho camino por recorrer. El éxito de Your Name ha abierto la puerta a nuevos estrenos, y a un cambio sustancial en el modelo y la gestión de estos lanzamientos.
El 7 de abril de 2017 se estrenaba en cines españoles una película llamada Your Name, dirigida por un tal Makoto Shinkai. No era un estreno al uso: solo iba a proyectarse durante ese fin de semana en un número limitado de salas (69) frente a los estrenos “grandes” tradicionales que se proyectan durante la semana entera en un número de salas que oscila entre las 300 y las 400.
Esos tres días le sirvieron a Your Name para alcanzar el 10ª lugar en la taquilla, todo un éxito porque esta película es de esa animación japonesa muchas veces denostada, toda una rareza en los cines españoles que se llenan de producciones estadounidenses de escasa calidad con ingentes campañas de publicidad –recordemos, por ejemplo, la nefasta The Emoji Movie, estrenada pocos meses después en casi 400 salas–.
La cinta de Makoto Shinkai no es –ni mucho menos– el primer anime que pisa los cines de nuestro país, pero sí es la que ha cambiado un poco el concepto de estrenar películas de animación japonesa en salas comerciales, gracias principalmente al compromiso de la distribuidora Selecta Visión, impulsora de la mayoría de estos estrenos, a los que poco a poco se suman otras compañías.Your Name logró en total 328.000 euros gracias a los casi 54.000 espectadores que acudieron a verla. Son cifras muy lejanas a los blockbuster americanos, pero un rayo de esperanza para una subcultura que pretende dejar de estar oculta para sacar la cabeza y conseguir el reconocimiento que empieza a merecer en consonancia con la calidad audiovisual que atesoran muchas de sus obras, menospreciadas sistemáticamente por pertenecer a una técnica –la animación– y a un país –Japón–, una combinación siempre acompañada del recelo y de los estigmas que aún se arrastran desde los años 90 como animación rara, barata, violenta y sexualizada. Your Name no es nada de eso y, no olvidemos, venía de batir récords de recaudación aupados especialmente por el mercado asiático, como es obvio.
Antes, una franquicia mítica también demostró un fuerte poder de convocatoria que cimentó la idea de que había sitio para el anime en nuestros cines. Hablo de Dragon Ball, cuya película Battle of Gods alcanzó los 347.000 euros recaudados y fue vista por 56.491 espectadores en el año 2014. En 2015 se repitió experiencia con La resurrección de F, que tuvo destacables datos con 211.000 euros y 33.547 espectadores.
El anime ha sido, hasta hace poco, sinónimo de salas vacías
Desde hace varios años ya se estaba viendo que el anime tenía tirón –más allá de las franquicias Pokémon, Doraemon o Shin-chan, que venían impulsadas por la televisión–, pero no ante un público muy mayoritario: una película de animación japonesa podía llenar cines, pero no con la pauta marcada de estrenar un viernes y mantenerse en cartel hasta el viernes siguiente en tres o cuatro horarios distintos al día. Pocos cines apostaban por eso, porque era sinónimo de salas vacías y, finalmente, de no confianza por parte del exhibidor. Muchos seguían prefiriendo proyectar películas de Disney estrenadas muchos meses antes, que un nuevo largometraje anime.
Las películas del reconocido Studio Ghibli abrieron el camino y fueron las únicas que, por sí mismas, encontraron –no sin dificultades– un hueco en las carteleras españolas desde el premio Óscar logrado por El viaje de Chihiro, de Hayao Miyazaki. Este film recaudó en España unos notables 1.100.000 euros, con 241.465 espectadores. Hablamos del año 2002, antes ya se había hecho un intento amplio con el estreno de La Princesa Mononoke en el año 1999, que se saldó con 604.000 euros recaudados y 159.253 espectadores.A pesar de que luego vinieron otras –casi siempre de Hayao Miyazaki– con estrenos relativamente amplios –alrededor de las 150 salas– como El castillo ambulante (612.000 euros y 122.000 espectadores en el año 2006), Ponyo en el acantilado (504.000 euros y 91.024 espectadores en el año 2009), Arrietty y el mundo de los diminutos (391.000 euros y 65.140 espectadores en el año 2011), el declive de las cifras y el cambio de distribución terminaron hundiendo la propuesta, que aún así ha seguido llegando a nuestros cines hasta la fecha con El viento se levanta (367.000 euros y 60.019 espectadores en el año 2014), El recuerdo de Marnie (51.000 euros y 8.365 espectadores) y El cuento de la Princesa Kaguya (53.000 euros y 9.098 espectadores en el año 2016), las dos últimas con una gestión muy discutible por parte de Vértigo Films, que las estrenó a la vez obstaculizándose mutuamente, y desapareciendo de las carteleras en apenas cuatro días al coincidir con días festivos y tener cifras de asistencia muy pobres, también derivadas de sus desastrosos horarios.
Los estrenos técnicos y limitados pero suficientemente repartidos son los que han abierto una nueva vía. Primero fueron tímidas incursiones de películas que aparecían una semana en cines pequeños, o pases especiales en cadenas de cines concretas. Esto hizo ver que había un negocio incipiente: películas de gran popularidad en Japón llenaban cines españoles en pases limitados, pero no era posible trasladar ese éxito a los pases “normales” de los cines comerciales.
¿Cuál era la solución? El punto intermedio: llegar a los cines comerciales, a las grandes carteleras, pero de manera limitada para concentrar su público potencial y, en función del éxito, ampliar las sesiones. Esta es la tendencia actual, la que está permitiendo ver en pantalla grande en muchas ciudades españolas algunos de los éxitos del anime que antes solo nos podíamos conformar con ver en nuestra casa en las ediciones Blu-ray / DVD que nos llegaban con bastante retraso respecto a su estreno original.
Así, en 2016 pudimos ver por primera vez en la gran pantalla una película de Mamoru Hosoda –El niño y la bestia–, director que venía precedido de películas anime muy populares que nunca habían alcanzado el estreno en cines en España, como La chica que saltaba a través del tiempo, Summer Wars o Wolf Children, todas ellas éxitos en el mercado del cine en casa.
Ahora vemos en salas lo que antes solo podíamos ver en el DVD de nuestra casa
Cabría preguntarse también el porqué sigue habiendo tanto prejuicio hacia el anime. Cuando una película anime está en unos multicines en igualdad de condiciones con otras de grandes compañías estadounidenses, ante la duda, el espectador medio va a la estadounidense casi en el 100% de los casos. El marketing tiene mucho que ver, pero también el desconocimiento. Películas que son absolutos éxitos en Japón y a las que avala la crítica –nominaciones al Óscar incluidas–, pasan totalmente desapercibidas –cuando no son unos fracasos de taquilla, directamente–. A la película japonesa solo va el que la conoce previamente, el beneficio de la duda nunca cae de su lado para el espectador casual, y eso sigue siendo un gran problema que los cambios generacionales van limando poco a poco, pero del que aún queda mucho camino por recorrer para que, al menos, la balanza se equilibre un poco.En cualquier caso, por delante tenemos estrenos en los mismos términos que Your Name, como Ancien y el mundo mágico (20 de octubre) de Kenji Kamiyama, A Silent Voice. Una voz silenciosa(16 de marzo de 2018) de Naoko Yamada, o Fireworks (30 de abril de 2018), de Nobuyuki Takeuchi, sin olvidar franquicias como Pokémon: ¡Te elijo a ti! (3 de noviembre) o Yo-Kai Watch. La película (10 de noviembre). Y vendrán más.
Probablemente estamos ante la primera generación de personas ya adultas que han crecido con el anime siendo conscientes de ello, y entendiéndolo como una expresión cultural diferente y con muchas complejidades que no tiene la mayor parte de la animación occidental. Entendiendo que la animación no es solo para niños, sino que la hay para distintos tipos de público y ninguna es rechazable solo por su origen, o por el prejuicio de que los mal llamados “dibujos animados” tienen que ser de una forma determinada. Se nos abre así un pequeño horizonte esperanzador para los seguidores de este tipo de cine, que buscamos también disfrutar de estas obras en pantalla grande. Y, por qué no, para que los que nunca se han molestado en ver anime entren en un cine y descubran algo que les sorprenda y, quizás, les maraville.
12:45
Si todo va según lo previsto
En caso de que el Tribunal Constitucional asuma que no tiene sentido adoptar las medidas cautelarísimas de suspensión del debate sobre las enmiendas legislativas, tal y como han dicho los letrados de la institución, el Pleno discutirá la proposición de ley esta tarde, cuando termine el pleno comenzado a las 9h.
El menú es la discusión de la “Proposición de Ley Orgánica de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso”, presentada el pasado 17 de noviembre y publicado en el Boletín de las Cortes Generales.
Esta proposición incluye la reforma de los delitos de malversación y sedición, además de una batería de medidas como consecuencia de la reforma del delito de desórdenes.
12:54
Un Tribunal “fuera del sistema”
El exletrado del Tribunal Constitucional de España, Joaquín Urías, ha intervenido en el programa de TV3 Els Matins para defender que está convencido de que el Tribunal Constitucional no va a paralizar el pleno del Congreso. De hacerlo ya no se trataría de que el órgano de garantías pierda prestigio, sino que, a juicio de Urías “dejaría de ser un Tribunal Constitucional y se convierte en un actor político que ya no sirve para la función que tiene que es vigilar que se cumpla la Constitución”. De ser así, el organismo se colocaría “fuera del sistema” en palabras de este catedrático de derecho constitucional.
13:08
Comienza el pleno del Constitucional
Informa el periodista Ernesto Ekaizer de que el ponente sobre el recurso del PP ha solicitado un informe a su letrado sobre la suspensión cautelar de la tramitación de las reformas en el Congreso. Se trata de un segundo informe, ya que los letrados del Constitucional ya han recomendado que no se tramite la suspensión. El informe solicitado por Enrique Arnaldo, el magistrado vinculado al PP que ejerce de ponente en el Constitucional, es (sorpresa) favorable a que se tomen las medidas cautelares.
El pleno del Constitucional ha comenzado a las 13h, después de que el presidente de la corte examinara los autos de recusación enviados por Unidas Podemos.
13:51
Las enmiendas 61 y 62
El pleno del Constitucional discute sobre dos enmiendas planteadas en la proposición de ley orgánica de reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso. Son la 61 y la 62, planteadas por los Grupo Parlamentario Socialista y el Grupo Parlamentario Confederal de Unidas Podemos.
La 61 atañe a la Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Cambia el procedimiento actual, que requiere de una mayoría de tres quintos para la elección por uno de simple mayoría, además, introduce que solo se pueda votar a una de las candidatas a ocupar el cargo vacante, para evitar las duplas y dificultar la estrategia de la mayoría actual en el Constitucional: “Cada vocal podrá votar a un solo candidato o candidata, resultando elegidos los dos Magistrados o Magistradas que hayan obtenido un mayor número de votos”, explica la enmienda.
La 62 complementa a esta, como explica en su exposición “habiendo transcurrido más de tres meses desde el vencimiento del mandato de los cuatro miembros del Tribunal Constitucional que deben ser renovados por el Gobierno y por el Consejo General del Poder Judicial, sin que este último haya realizado su preceptiva designación, se pone de manifiesto que si uno de estos dos órganos no cumple la obligación constitucional de designar en tiempo a los dos Magistrados o Magistradas que le corresponden, impide, injustificadamente, que el otro órgano competente cumpla con su deber constitucional de renovar dos miembros del Tribunal Constitucional”. Es una enmienda que favorece el nombramiento por parte del Gobierno de sus dos representantes en el Constitucional aunque no se haya producido el quórum para la elección entre los magistrados.
14:45
Habrá votación en el Congreso: el Constitucional decidirá el lunes
El pleno del Tribunal Constitucional ha decidido aplazar hasta el próximo lunes las deliberaciones sobre la propuesta del PP para suspender de urgencia la tramitación de la reforma con la que el Gobierno pretende desbloquear la renovación del propio tribunal de garantías.
Este aplazamiento supone que los diputados podrán votar en el Congreso esta misma tarde, como estaba previsto, la reforma legal promovida por el Gobierno para renovar el Tribunal Constitucional.
El escrito presentado por cinco magistrados progresistas ha sido definitivo para la suspensión: “Las magistradas y los magistrados que suscriben le solicitan que aplace el Pleno convocado para las 12:00 horas de hoy por el tiempo indispensable que nos permita el estudio completo del asunto, a la vista del volumen de la documentación aportada, de la complejidad de la cuestión que plantea el recurso y la relevancia de la decisión, y de los escritos que han sido presentados a lo largo de esta mañana. Lo que nos imposibilita, en consecuencia poder participar en la deliberación y votación. En Madrid, a quince de diciembre de dos mil veintidós. Firmado por: D. Juan Antonio Xiol Ríos, D. Cándido Conde-Pumpido Tourón, Dª María Luisa Balaguer Callejón, D. Ramón Sáez Valcárcel y Dª Inmaculada Montalbán Huertas”.
15:21
Comienza el Pleno
A las 15:20 y marcado por la decisión del Constitucional de postergar el pleno hasta el lunes, ha dado comienzo el pleno en el Congreso que debe votar el dictamen de la Proposición de Ley Orgánica que, si se aprueban las enmiendas 61 y 62, modificará el sistema de elección de los organismos judiciales.
El pleno, presidido por Meritxell Batet, ha comenzado con interlocuciones de Vox, Ciudadanos y Partido Popular para posponer la celebración del pleno. Iván Espinosa de los Monteros, Inés Arrimadas y Cuca Gamarra han denunciado que las enmiendas afectan a leyes orgánicas y han pedido que se suspenda la sesión. “No hay razón y no hay obstáculo para continuar con el proceso legislativo”, ha declarado Batet, que ha descartado también que la reconsideración solicitada por Ciudadanos tenga capacidad para la suspensión del pleno.
15:43
El voto clave en el Senado
Aunque el Congreso apruebe hoy las enmiendas en discordia y la ley propuesta por el Gobierno de Coalición, la reunión del Constitucional del día 19 de diciembre aun puede suspender la votación. Es así porque la norma que salga hoy del Congreso debe ser ratificada el próximo jueves 22 de diciembre, en el Senado. El mandato de renovación de los organismos judiciales que incluye la ley no será efectivo hasta que el Boletín Oficial del Estado sancione la nueva ley.
17:06
A la espera de la votación
“No puedes ser lo que no puedes ver”, asegura una máxima de la activista Marian Wright Edelman (1939). Este es el lema del documental Miss Escaparate, y con él iniciamos una reflexión sobre la imaginería que representa a la mujer en la publicidad. Con este texto se pretende subrayar el mensaje implícito en el mediometraje: las jóvenes deseamos tener modelos positivos de mujer y necesitamos que los medios de comunicación se hagan responsables de proporcionarnos y no descuidar dichos modelos.
Se adora a la mujer de la publicidad que va semidesnuda pero luego se acosa a la que amamanta a su hijo en público o a la que decide taparse el pelo con un hijab
La mujer se presenta en la publicidad como producto o como productora; como objeto de deseo o como madre encargada de la crianza de los hijos, ejerciendo un rol tradicional o siendo cosificada a través del ideal de belleza.
Es cierto que ha cambiado el tratamiento del cuerpo femenino en la publicidad a lo largo de este siglo, también es cierto que con él vino un cambio en los valores sociales aumentando la violencia de género, esto se puede comprender con lo que denominamos “cultura de la violación”.
La mayoría de las mujeres han vivido acoso callejero o han escuchado un chiste sobre labores del hogar que no les hacía mucha gracia, otras han sido asesinadas o mutiladas por el simple hecho de nacer mujeres. La publicidad, los medios de comunicación, los videojuegos, las películas o las series son difusores de este mensaje y de los valores en los que está bañado; convirtiéndose en responsables directos de la educación de millones de niños y niñas, que podrían llegar a ser víctimas. Este documental podría estar algo desfasado, pues no muestra dos modelos de mujer que están en pleno auge. Estos son:
- Por un lado, el arquetipo de la mujer poderosa y triunfadora. La publicidad bebe de la cultura popular y de unos años a esta parte se ha adoptado y adaptado la Tercera Ola feminista a la moda para venderse como tendencia.
Todo empezó con unas cazadoras de mensaje libertario en uno de los desfiles que la casa de alta costura Chanel presentó en el año 2014; fueron trendsetters o pioneros y para la temporada 2016 El Corte Inglés, Zara y H&M ya avalaban el feminismo como “moda”. De esta forma, vemos que los anuncios igualan a mujeres corrientes y cantantes Pop empoderándose con una sudadera rosa que pone “Feminist” y maquillándose con contouring de efecto natural. ¿Pintarnos como Kim Kardashian y llevar una prenda que te etiqueta como feminista, sin leer o comprender lo que esto conlleva, es empoderamiento femenino? Es posible que una persona se sienta poderosa con una grumosa máscara de pestañas y un pintalabios rojo mate; aunque no es tan probable que una gran mayoría de quienes se maquillan lo entiendan así.
A la mujer que tiene el poder generalmente se le dibuja pensando y actuando como un hombre. Comportarse como él es tomar el control y ser imponente, eso da miedo. Lo cierto es que los medios de comunicación obtienen dinero de la publicidad, ya que los programas dependen de ella, por eso apoyan el argumento de “quemar a la bruja” con mala publicidad. Si pensamos en puestos de poder, pensamos en políticos, una esfera en la que somos una terrible minoría. Ejemplos de mujeres masculinizadas por la prensa americana y española son Hilary Clinton o Susana Díaz.
Ejemplos de mujeres sexualizadas son Sarah Palin, Inés Arrimadas o Irene Montero; incluso se llegó a dudar de las credenciales de las tres, insinuando que habían llegado allí por acostarse con miembros del partido. Y a todas se las machacó por su estilo y dudaron de ellas como profesionales al llevar tal o cual vestido. La prensa debería apoyar a estas mujeres, no etiquetar, simplificar y polarizar la visión del público que no quiere entender que no somos tan esquemáticas como los personajes de película. Nuestro carácter tiene textura porque nuestro pasado tiene una historia que contar, jamás tendremos legitimidad política si no tenemos representación cuantitativa en los foros públicos, ya que no podemos compartir nuestra percepción, enfoque y experiencia. Y los medios y la publicidad son conscientes de ello.
- Por otro lado, está el modelo de la superwoman, pensado especialmente para las madres. Este arquetipo es imposible de sostener y es muy probable que gran parte de esta generación se sienta frustrada con su trabajo, su aspecto o su forma de vivir la maternidad. Una superwoman tiene un trabajo atractivo, un par de hijos, un hogar bien cuidado, de estilo nórdico, y un cuerpo trabajado que indique una vida sexual regular, ya que es reproductivamente activa. Este ideal también tiene defectos, pero sobre todo exigentes desafíos. La superwoman tiene una edad de entre 30 y 50 años, hija del baby boom español –que se desarrolló 12 años más tarde respecto a la media de países, de 1958 a 1977–, pertenece a la generación que fue criada con el ideal de que la felicidad se encuentra en el núcleo familiar estable.
Por ello debe conciliar la vida familiar con la laboral, llegando a sacrificar una posición de éxito, ya que no puede competir con el marido porque los hijos necesitan más a su madre. Desde la televisión también se fomenta esta apreciación en el arquetipo superwoman: cuando hay mujeres en el poder son brujas que sacrifican la familia, el amor y los hijos, mujeres malas que no son de fiar y mucho menos para otras mujeres. Además, debe mantenerse guapa, elegante y joven; yendo al gimnasio y puede que al quirófano de vez en cuando, manteniendo siempre su feminidad.
Las jóvenes deseamos tener modelos positivos de mujer y necesitamos que los medios de comunicación se hagan responsables de proporcionarnos y no descuidar dichos modelos
Algo alarmante de la publicidad es que no hay mucha diferencia cuando la mujer es objeto y sujeto, es decir, cuando se le quiere vender un producto –por ejemplo, un anuncio de ropa- o cuando ella parece ser el producto -anuncio de coche, donde la mujer es el trofeo a conquistar-. Nuestros deseos o necesidades quedan completamente en segundo plano. El mensaje que se trasmite es de absoluta cosificación. ¿Cómo vamos a desarrollarnos cuando las estadísticas están en nuestra contra? ¿Cómo, si los abusos están bien vistos desde el cine, el porno e incluso la música? Es imposible ser emocional y sexualmente sana y realizada en nuestra cultura. En la publicidad no se plasma a una mujer real con deseos reales, sino que está ideada para cumplir las fantasías del hombre: siempre a medio vestir, deseable, con los labios entreabiertos, el culo respingón y la piel tan suave como la de un bebé, porque es tan inocente como él. Estos ejemplos ponen en marcha una búsqueda extrema de la belleza que no tiene final y que puede causar depresión, trastornos de alimentación, inseguridad, falta de autoestima y ambición o descenso de las habilidades cognitivas. Al ser nativos digitales y teniendo en cuenta que la personalidad se desarrolla hasta los 20 años es imposible huir de esta fantasía cultural. Pero fingir que debemos y podemos cumplir con el ideal nos está haciendo daño como sociedad. Y esta herida está tan arraigada que, leyendo el siguiente ejemplo, puede que no salte la alarma sobre el tabú que se hace del cuerpo femenino en comparación con el masculino.
Hace unos meses, abriendo Twitter, se veían fotos que advertían de la importancia de la prevención del cáncer de mama. Se puede detectar fácilmente mediante autoexámenes en casa, por ello había fotografías y vídeos explicativos. En otras redes como Instagram o Facebook, enseñar el pezón femenino no está permitido, por tanto se prohibía la difusión de instrucciones sanitarias. Recientemente apareció una noticia donde se mostraban los pechos de un hombre, uno estaba más desarrollado que el otro por una enfermedad y el algoritmo lo había pixelado porque parecía de una mujer. Es decir, se adora a la mujer de la publicidad que va semidesnuda pero luego se acosa a la que amamanta a su hijo en público o a la que decide taparse el pelo con un hijab.
¿No molesta el ideal pero aterra la mujer real? Si la realidad impone porque no se comprende, porque es más sencillo desear a la chica rubia que siempre matan primero en las películas de miedo antes que a una persona de verdad; las mujeres estamos dispuestas a alzar nuestra voz para contar nuestras historias desde nuestro punto de vista. Lo único que exigimos a cambio es que los medios y la publicidad hagan un ejercicio de responsabilidad social con la imagen pública que se proyecta de la mujer.
Texto: Alba Puerto | Ilustración: SrPotatus
17:51
Precedentes
Los diputados independentistas han recordado en sede parlamentario los precedentes en los que el Tribunal Constitucional ha impedido la votación en la sede parlamentaria de la Generalitat acuerdos destinados a la proclamación de la independencia. El expresident Carles Puigdemont (2016-2017) ha escrito en su Twitter: “Lo que ahora quiere hacer el TC es lo mismo que hizo para dar un golpe de estado contra las instituciones legítimas y democráticas de Catalunya. Y algunos de los que ahora lloran, entonces lo aplaudían. Las advertencias estaban allí, y de hace años. Ignorarlo es mala fe o ciego nacionalista”.
El Constitucional impidió en octubre de 2017 la celebración de un pleno para “valorar los resultados del 1 de octubre” a raíz de un recurso de amparo de los diputados socialistas. La entonces presidenta de la cámara, Carme Forcadell, condenada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por un delito de desobediencia en 2018 y un año después por delitos de sedición y malversación de caudales públicos en 2019 por el Supremo —los dos delitos que hoy puede modificar el Congreso—, convocó otro pleno con un encabezado distinto que llevó al mismo resultado que el Constitucional trató de impedir. En mayo de 2019, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dio la razón al Constitucional español consideró justificada la paralización del Pleno.
18:18
Otros precedentes
La derecha ha criticado en el Congreso, y es el motivo de su recurso, el modo en que se ha tramitado la ley, muy especialmente las enmiendas 61 y 62. El diputado de Unidas Podemos Jaume Asens ha enumerado en su alocución varias de las leyes orgánicas que fueron aprobadas con trámite de urgencia y lectura única. Entre ellas, el diputado de Unidas Podemos señala la Ley de reforma del Tribunal Constitucional realizada en 2015 —para dar potestad al alto tribunal para suspender a cargos políticos de signo independentista—, la Ley orgánica de reforma del Código Penal, también del mismo año y con la que se modificaron delitos relacionados con terrorismo y que introducía la figura de “adiestramiento pasivo”, castigando la visita a páfginas web relacionadas con grupos considerados terroristas, y se ampliaba la pena para delitos de enaltecimiento. Asens recuerda que el gobierno de Mariano Rajoy también aprobó por trámite de urgencia y con única lectura la reforma del Poder Judicial que en 2014 prácticamente eliminó de nuestro ordenamiento el principio de justicia universal. “Hasta ustedes reformaron la Constitución en un día, y nos dieron un día para alegar; no nos hablen ustedes de vulneración de derechos”, ha afirmado Asens.
18:20
Votaciones: el PP no emite voto
A las 18:15 se ha reanudado la sesión con las votaciones de la Ley y los cambios legislativos. La Proposición de Ley Orgánica de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso. La ley, votada con la ausencia de la bancada popular ha sido aprobada con 184 votos a favor, 64 votos en contra y una abstención. Cuca Gamarra (PP) ha pedido la palabra para explicar que el PP no ha votado “ya que esta votación no debería haberse producido en los términos que se ha producido”.
18:47
Resumen: lo que ha aprobado el Congreso
Estados Unidos prestó apoyo al Gobierno indonesio durante los asesinatos en masa que los militares y paramilitares anticomunistas de este país realizaron entre 1965 y 1966. Es lo que afirman nuevos archivos desclasificados recientemente por la embajada estadounidenses en Yakarta, según los cuales los funcionarios de esta apoyaron la narrativa del Gobierno indonesio, lo que envalentonó al Ejército para perpetrar los asesinatos.
En los dos años mencionados, entre 500.000 y un millón de personas murieron en el país asiático como parte de una campaña anticomunista dirigida por el jefe del Ejército, el general Suharto.
Según los documentos, Estados Unidos, metido entonces de lleno en la Guerra Fría contra el bloque soviético, respaldó las atrocidades de los militares, que culparon a los comunistas de un golpe de Estado fallido de 1965 contra el presidente Sukarno y asesinaron a toda persona sospechosa de ser comunista, así como a estudiantes e integrantes de sindicatos.
“Estados Unidos seguía lo que estaba sucediendo muy de cerca, y si no fuera por su apoyo, podría argumentar que el Ejército nunca habría sentido la confianza para tomar el poder”, ha explicado John Roosa, autor de Pretexto para un asesinato en masa, en una entrevista realizada por el New York Times.
En un cable secreto enviado desde la embajada a Washington DC en noviembre de 1965, un funcionario detalló los esfuerzos en las provincias para reprimir a los presuntos miembros del Partido Comunista de Indonesia (PKI) y las ejecuciones de prisioneros como medio para controlar la población de las prisiones.
"Tanto en las provincias como en Yakarta continuó la represión de la PKI, con el principal problema de cómo alimentar y dónde alojar a los prisioneros", escribió un consejero de asuntos políticos entonces. "Muchas provincias parecen enfrentar con éxito este problema ejecutando a sus prisioneros PKI, o matándolos antes de ser capturados", continuaba.
De acuerdo con algunos de los 39 cables publicados por el Archivo de Seguridad Nacional el pasado martes, Washington también retuvo la ayuda de Indonesia hasta que Sukarno fuera retirado del poder, y fomentó la subida de su sucesor, el dictador militar Suharto, quien había ordenado los asesinatos en masa. "Un cambio fantástico", ironiza Roosa.
Tras la publicación de los documentos, Human Rights Watch ha exigido una investigación completa de la participación de Estados Unidos en los asesinatos. "Estos documentos recientemente publicados dejan claro que los funcionarios de EE UU tenían un conocimiento detallado de los asesinatos en masa en Indonesia en 1965-66", ha asegurado Phelim Kine, director adjunto de la ONG en Asia. "El Gobierno de los EE UU tiene que liberar los documentos restantes, no solo por el registro histórico de una de las peores atrocidades del siglo XX, sino como un paso largamente retrasado para lograr la reparación a las víctimas", ha señalado Kine.
20:00, Valencia
Plaza abarrotada
La marcha de Valencia ha llegado sobre las ocho de esta tarde al punto final, la Plaça de la Mare de Déu, que está abarrotada. Leen el manifiesto mientras miles es gritan “luego diréis que somos 5 o 6”. Informa Sergio Aires Machado.

22:00, Granada
Trabajadoras sexuales por primera vez en el 8M
A estas alturas del caso Juana Rivas, seguramente sepas que ella se maquilla y que le gusta salir de fiesta. También la habrás visto sonriendo en la playa junto a su expareja y cortando viñas en el negocio que ambos tenían en Italia. Habrás leído en los comentarios de algún medio que “secuestró” a sus hijos, y puede que, incluso, en alguna sobremesa alguien haya vuelto a poner junto al café las denuncias falsas, el síndrome de alienación parental y el primo lejano de nosequién que, pobre, pasó una noche en el calabozo por culpa de su mujer.
“Cada vez que hay una situación como la de Juana Rivas, en la que hay un eco mediático y se lanzan mensajes contradictorios, las víctimas se atrincheran en su privacidad y no quieren llevar su situación a los juzgados”, alerta Montse Linares, abogada y vocal de la Subcomisión de Violencia de Género del Consejo General de la Abogacía Española. “Esto es muy peligroso, no ya a nivel judicial sino para la seguridad de las víctimas; hay que tener cuidado con todo lo que se transmite, porque la conciencia social en materia de violencia es la que hace que avancemos o que retrocedamos”, advierte.
Sobre el caso de Juana Rivas, Linares asegura que no se ha tratado la cuestión de fondo de la violencia de género. Y, efectivamente, no se ha hecho. Entre otras cosas, porque lo que se ha dirimido hasta ahora no es la denuncia por violencia de género de la mujer de Maracena, sino que se ha hecho cumplir la resolución [de un juzgado italiano] que obligaba a la entrega de los menores. “Es cierto que podrían haberse tomado medidas cautelares en virtud de la querella [por violencia de género] de Juana Rivas, pero también lo es que existía un resolución que establece una guarda y custodia a través del padre y lo que se hace es pedir la ejecución de esta sentencia a través del convenio de La Haya: eso es lo que hace España”, explica Amalia Fernández, presidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis.
Mensajes contradictorios
Mercedes Hernández, experta en violencia de género, llama a reflexionar sobre lo que creemos y lo que ponemos en duda. “Cuando elegimos qué creer, es decir, cuando realizamos un juicio de credibilidad, nos asimos a aquello que conocemos previamente y movilizamos así ese material disponible para traducir en términos de verdadero o falso lo que estamos escuchando”, dice.
En esta búsqueda, llama la atención sobre la doble vara de medir que ha utilizado para valorar los testimonios: “Pese a estar condenado por violencia de género, a Francesco Arcuri le han creído y no solo deja de ser un maltratador sino que, por arte de birlibirloque, se convierte en un buen padre; mientras que la señora Rivas se ha dibujado como una secuestradora de menores, una mala madre. ¿Y de qué se ha alimentado el imaginario de mala madre? De estereotipos de género”, zanja.
¿Se cuestiona la credibilidad de las víctimas que denuncian violencia de género? “Siempre”, dice Hernández, que es también directora de Mujeres de Guatemala, organización que hace unos meses lanzó la campaña "Yo te creo" para concienciar sobre los estereotipos que merman la credibilidad de las víctimas en los casos de agresiones sexuales.
Hernández recuerda que los estereotipos de género son origen y consecuencia de estas violencias, y que están instalados en todas las fases del proceso de investigación y juicio. “Así lo denuncian las numerosas sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y, especialmente, de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Y así lo recogen los diferentes instrumentos internacionales, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) o el Convenio de Estambul de 2011, en el ámbito del Consejo de Europa”.
El caso de Rivas tiene similitud también con el de Isabel Monrós, la valenciana que a principios de 2013 se atrincheró en la vivienda de su familia en Alboraya
Pero no se trata solo de Juana Rivas. María Salmerón, indultada hasta cuatro veces de una condena de prisión tras negarse a cumplir el régimen de visitas de su hija con su padre maltratador, o Susana Guerrero, por citar dos casos recientes, también han tenido que enfrentarse a la barrera de su credibilidad. Pese a este cuestionamiento de la credibilidad de las mujeres, el último informe de la Fiscalía vuelve a confirmar que las denuncias falsas son insignificantes: un 0,0079%. En concreto, 164 de las 913.118 causas interpuestas entre 2009 y 2015, “un número suficientemente elocuente para rebatir las voces que se alzan en torno a la prevalencia de ‘denuncias falsas’ en esta materia”, dice el documento de la Fiscalía.
En septiembre, la Delegación del Gobierno en Andalucía informaba de que una mujer sobre la que pesaba una orden de entrega de sus hijas de 7 y 5 años desde el 14 de agosto se había presentado en el juzgado de Archidona de manera voluntaria. Dos meses antes, Carmen había denunciado en el mismo juzgado a su exmarido, de nacionalidad griega, por violencia machista.
El caso de Rivas tiene similitud también con el de Isabel Monrós, la valenciana que a principios de 2013 se atrincheró en la vivienda de su familia en Alboraya. Monrós quería evitar la vuelta a México con su exmarido (ambos de nacionalidad española y con residencia en México hasta su separación) de sus tres hijos. En este caso, un juzgado de Moncada ejecutó la resolución judicial que ordenaba la entrega al padre de los tres menores de doble nacionalidad. Tras reconocer un juzgado la custodia de Monrós, ésta se trasladó a México para poder estar con sus hijos.
Poco después era conocido el caso de la madrileña Helena de Pedro. Helena abandonó Portugal a finales de 2009 y en octubre de 2010 su pareja incoó un procedimiento de divorcio, así como las medidas provisionales respecto a los hijos. Un juez portugués le concedió al padre la custodia (de manera provisional) a finales de 2011 (sin oír a la madre) y, con esa decisión, él volvió a acudir al Juzgado 25 que ordenó la ejecución de la resolución del juzgado portugués.
La abogada Montse Linares enfatiza que el Derecho en España es garantista con las personas investigadas: “Tiene que ser así, porque a nadie se le puede condenar sin una prueba de cargo contundente y obtenida lícitamente”. En ese sentido, en un proceso penal de violencia de género la víctima tiene el papel de acusación particular y el agresor es acusado, “y como tal tiene un estatuto que lo protege, es más, tiene derecho a mentir en su defensa, y a no declarar”.
De ahí que se produzca una situación en la que, mientras que el investigado tiene derecho a mentir en su defensa, la principal prueba que aporta la víctima es su testimonio en un delito que, recuerda la abogada, por definición se comete en la intimidad, por lo que la mayor prueba con la que se cuenta es la declaración de la víctima.
¿Se cree menos a la víctima? “Yo sí noto que se la escucha con recelo, sobre todo en la instrucción, para ver dónde está mintiendo”, continúa Linares. “Y tú no puedes interrogar a una víctima de violencia que ha puesto una denuncia el día anterior viendo dónde se va a contradecir, porque lo va a hacer seguro. Por supuesto, porque está en un momento de shock y tendrá incoherencias. Pero como juez, fiscal, abogado especializado en violencia tienes que saber que está en el ciclo en el que está, y tienes que interpretar que esos vacíos son fruto de la situación anímica de la víctima”.
Formación específica
De ahí la insistencia que han hecho diferentes organismos en las últimas semanas en la necesidad de que las personas que atienden a las víctimas de violencia de género estén especializadas en la materia, como ya esboza la Ley Integral contra la Violencia de Género y recoge el reciente Pacto de Estado: “Necesitamos que los equipos tengan claro de qué estamos hablando: qué es una situación de violencia, los ciclos de la violencia, en qué ciclo está la mujer cuando denuncia, en qué ciclo están cuando declaran”.
Porque “las leyes se modifican y las conductas de los agresores también; los agresores aprenden”, reflexiona Montse Linares, curtida como abogada en violencia de género. “Cuando yo empecé a trabajar hace muchos años, me iba a los juzgados con una víctima con señales de violencia física, porque a los agresores no les daba miedo dar un golpe. Pero han aprendido a no dejar señales y las agresiones hoy son más verbales y psicológicas. Con lo cual me encuentro con que ahora tengo una víctima destrozada, deshecha psicológicamente, con trastornos de los que no se va a recuperar... Pero eso no se ve”.
En la misma línea, Mercedes Hernández insiste en que es crucial comprender lo que implica la violencia en la vida de las mujeres. “Es casi una ecuación matemática: si los operadores jurídicos no están formados en estas cuestiones, no podrán dictar decisiones justas ni evitar los estereotipos de género, aunque estén proscritos por ley”.
Los casos de Rivas y Palomino tienen similitudes también con el de Isabel Monrós, la valenciana que a principios de 2013 se atrincheró en la vivienda de su familia en Alboraya. Monrós quería evitar la vuelta a México con su exmarido (ambos de nacionalidad española y con residencia en México hasta su separación) de sus tres hijos. En este caso, un juzgado de Moncada ejecutó la resolución judicial que ordenaba la entrega al padre de los tres menores de doble nacionalidad. Tras reconocer un juzgado la custodia de Monrós, ésta se trasladó a México para poder estar con sus hijos.
Poco después era conocido el caso de la madrileña Helena de Pedro. Helena abandonó Portugal a finales de 2009 y en octubre de 2010 su pareja incoó un procedimiento de divorcio, así como las medidas provisionales respecto a los hijos. Un juez portugués le concedió al padre la custodia (de manera provisional) a finales de 2011 (sin oír a la madre) y, con esa decisión, él volvió a acudir al Juzgado 25 que ordenó la ejecución de la resolución del juzgado portugués.
Relacionadas
Para comentar en este artículo tienes que estar registrado. Si ya tienes una cuenta, inicia sesión. Si todavía no la tienes, puedes crear una aquí en dos minutos sin coste ni números de cuenta.
Si eres socio/a puedes comentar sin moderación previa y valorar comentarios. El resto de comentarios son moderados y aprobados por la Redacción de El Salto. Para comentar sin moderación, ¡suscríbete!