Derecho a la vivienda
Airbnb y Ley de Vivienda, una relación singular

La articulación de Airbnb con una grieta de la Ley de la Vivienda nos muestra que esta plataforma es un actor que ordena las diferentes movilidades que transitan por la ciudad.
Concentración Ley de Vivienda PAH - 5
Protesta de la PAH frente al Congreso. David F. Sabadell

Antropólogo y profesor universitario

@antroperplejo


24 dic 2023 05:00

Ahora ya casi no nos acordamos, pero cuando el 14 de marzo de 2020, el Gobierno español decretó el estado de alarma para el conjunto del territorio con el objetivo de impedir la expansión y mejorar el control sobre el covid 19, una enormidad de procesos, relaciones, afectos y dinámicas se frenaron en seco. Aunque la sociedad en su conjunto venía desde hacía semanas mirando lo que ocurría en países como Italia, donde áreas completas comenzaban a notar las medidas de control, o incluso el confinamiento de ciudades como Wuhan, el impacto que supuso el encierro domiciliario y el paro de los principales sectores productivos tardaría todavía unas semanas en hacer evidente la magnitud de la situación.

Para el sector turístico, la cancelación el 12 de febrero de 2020 del Mobile World Congress (MWC) en Barcelona, después de la baja de empresas multinacionales de la categoría de LG, HMD, Sony, Ericsson y otras -bajo el argumento de proteger la seguridad de sus empleados y de los asistentes- ya había ofrecido algunas pistas, indicios, de lo que sucedería poco después. A partir de aquel momento, reservas de hoteles, vuelos, cruceros, celebraciones y un sin fin de eventos fueron cayendo uno tras otro. La mayoría de las empresas ofrecieron la posibilidad, ya en un principio, de canjear el importe por un bono de utilización posterior o la devolución misma del dinero. Otras, simplemente no supieron cómo actuar.

En lo que respecta a los principales actores vinculados a lo que el filósofo Nick Srnicek denomina capitalismo de plataforma, como Airbnb, y como no podía ser de otra manera, también se vieron enormemente afectados. Tal y como uno de los fundadores de esta empresa, Brian Chesky señalara en declaraciones a la BBC, “hemos tardado 12 años en construir el negocio [...] y perdimos casi todo en cuestión de semanas”. El covid 19 provocó que la empresa de San Francisco tuviera que emprender un recorte enorme de gastos, llegando a despedir a 1.900 personas, lo que suponía el 25% de sus empleados directos, y reducir, de manera muy significativa, las inversiones en marketing, ventas, etc. Sin embargo, e incluso ante tan negativas previsiones, la compañía recibió, a finales de abril de 2020, una inyección de más de 1.000 millones de dólares por parte de los fondos de inversión Silver Lake y Sixth Street Partners, algo que podría manifestar la confianza depositada desde determinados sectores económicos y financieros en el futuro de la plataforma. 

La crisis turística producida por la pandemia manifestó la capacidad de Airbnb de proponerse como un instrumento completo y flexible en la gestión de activos inmobiliarios

De este modo, como no tardaría tiempo en evidenciarse, la crisis turística producida por la pandemia manifestó la capacidad de Airbnb de proponerse no sólo como un simple intermediario dentro del alquiler de corta duración, sino como un instrumento completo y flexible en la gestión de activos inmobiliarios en el amplio y heterogéneo mercado del alquiler turístico. Las contingencias debidas al covid 19  sacaron a la luz una de las principales características que determinan su funcionamiento, aquel que podríamos denominar su modus colaborativo: la flexibilidad.

La drástica reducción de la demanda turística reveló, además de una contracción, una reconfiguración de la oferta del alquiler turístico, otorgando una inesperada centralidad a un segmento muy concreto de la demanda: el alquiler no residencial de larga duración, esto es, aquel tipo de alquiler que aun siendo utilizado por una o varias personas que han viajado a un destino distinto a su entorno habitual, tiene una duración de varias semanas o meses, muy por encima de la estancia media, y se encuentra asociado a razones no puramente vacacionales sino, más bien,a otras de tipo profesional o formativa. El efecto covid en este particular mercado fue confirmado por la misma Airbnb, la cual atribuyó a motivos relacionados con la crisis sanitaria más de la mitad de las estancias de larga duración comercializadas en su plataforma en el periodo comprendido entre agosto y noviembre de 2020.

Han pasado, sin embargo, más de tres años y la dirección anunciada por la plataforma sigue vigente. Tanto, que la reciente aprobación de la Ley por el Derecho a la Vivienda, la cual dejó de lado la cuestión de los apartamentos turísticos y los alquileres denominados de temporada, ya está siendo revisada con el objetivo de una posible revisión debido a los efectos que, sobre el mercado inmobiliario, está generando el paso de los alquileres tradicionales a aquellos destinados a arrendamientos temporales, hasta un 35% más caros que los destinados a un uso no temporal.

La articulación de Airbnb con esta grieta de la Ley de la Vivienda nos muestra que, más que un simple operador turístico, esta plataforma es un actor que ordena las diferentes movilidades que transitan por la ciudad. Pero para hacer esto necesita, precisamente, de procesos de reconfiguración legal que, por activa o por pasiva, le sirvan de cauce y que reflejen adaptaciones en las normas preexistentes en pro de la uniformidad, esto es, su homogenización con el objetivo de eliminar barreras legales a ésta y otras empresas con modelos de negocio similares, y la eliminación de controles por parte de las autoridades.

Cabe mencionar que el turismo urbano se ha convertido en uno de los principales elementos dinamizadores de las economías locales durante las tres últimas décadas convirtiendo, algunas capitales, en auténticas ciudades turísticas. La presencia de Airbnb, desde su fundación en 2008 en la ciudad estadounidense de San Francisco, ha determinado muchas de las dinámicas económicas, políticas y jurídicas de las ciudades de todo el mundo.

A nivel normativo, es posible evidenciar una cierta tensión en la forma de afrontar la actividad del capitalismo de Plataforma centrado en el alojamiento turístico entre diferentes administraciones y territorios. Así, tenemos los ejemplos recientes de ciudades como Nueva York, en el sentido de limitar la oferta de vivienda destinada a alquileres de corta duración potenciando, de forma indirecta, su salto al mercado más tradicional. Pero también la reciente convalidación y reforma del Decreto-ley de medidas urgentes sobre el régimen urbanístico de las viviendas de uso turístico, que ha relajado la propuesta inicial de limitar drásticamente el acceso al mercado de este tipo de viviendas debido a la presión de grupos políticos como el Partit dels Socialistes de Catalunya (PSC). Por tanto, los procesos de reconfiguración de los marcos normativos referidos al alojamiento turístico mediado por plataformas que afectan a la ciudad siguen inconclusos e indefinidos. Estos poderosos actores económicos actúan así porque se lo facilitamos.

Es precisamente esta indefinición la que permite la normalización del uso de Airbnb dentro del mercado del alojamiento turístico de corta duración ha generado una demanda muy familiarizada y fidelizada con la plataforma que ahora puede proponerse como una forma válida en el proceso de búsqueda de alojamiento para estancias más larga asociadas también con experiencias de carácter profesional o educativo. El carácter global de Airbnb permite a sus usuarios acudir a esta plataforma con el objetivo de buscar soluciones habitacionales prácticamente desde cualquier lugar del mundo, mientras que, en la actualidad, el grueso del mercado del alquiler no estrictamente turístico es intermediado por operadores de ámbito local o nacional. Al respecto, la figura del hogar compartido, o cohousing, podría ser una forma cada vez más frecuente de encontrar un primer alojamiento por parte de poblaciones móviles con estancias de media o larga duración.

De este modo, Airbnb se aparecería ya no solo como una herramienta si no como un agente global que facilita el tránsito por la ciudad de diferentes poblaciones móviles con estancias de duración variable, incluyendo, quizás de manera significativa, aquellos que recurren a la plataforma para encontrar un primer amarre en el territorio en el que tienen ya previsto asentarse de una forma más estable. La plataforma sería, así, una primera puerta para el ingreso a la ciudad de un abanico amplio de poblaciones móviles, algo que se produce porque poderosos y no tan poderosos actores se benefician de marcos normativos que no acaban de poner negro sobre blanco que la vivienda es un derecho más que un activo financiero.

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