Derechos reproductivos
Estos son los requisitos que deben cumplir los registros de objetores para garantizar la IVE pública
El presidente del Gobierno ha enviado una carta a los presidentes de cuatro comunidades autónomas para que creen un Registro de Objetores, requisito imprescindible para conocer cuántos profesionales disponibles hay en los hospitales públicos y poder así garantizar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en la Sanidad pública. La obligación de crear este registro quedó recogida en la Ley Orgánica 1/2023 por la que se modifica la Ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, es decir en la reforma de la ley del aborto. Aragón, Asturias, Baleares y Madrid son las comunidades que no han creado este documento y a las que apunta Sánchez en su carta. El Gobierno les da un plazo de tres meses antes de recurrir a la vía judicial.
“Me dirijo a ti con la intención de ayudar a superar los obstáculos que, por desgracia, siguen encontrando muchas mujeres de nuestro país que deciden ejercer su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo”, señala Pedro Sánchez en la carta. “Dicho registro es una herramienta indispensable para poder garantizar que exista un número suficiente de profesionales médicos que aseguren el acceso a este derecho en los hospitales públicos”. “En el caso de que, transcurridos tres meses desde la recepción de este requerimiento, no lo hubiera hecho, se activarán los mecanismos legales oportunos para exigir su cumplimiento”, avisa Sánchez.
Pedro Sánchez recuerda en una carta al socialista Adrián Barbón, presidente de Asturias, y a los populares Jorge Azcón, Marga Prohens e Isabel Díaz Ayuso, que presiden las comunidades de Aragón, Baleares y Madrid, que la creación del registro es de “obligado cumplimiento”
“El Gobierno de España seguirá empleando todos los medios a su alcance para asegurar que las mujeres que quieran ejercer libremente su derecho a la interrupción voluntaria del embarazo puedan hacerlo en la sanidad pública y con todas las garantías”, termina la carta.
Sánchez recuerda al socialista Adrián Barbón, presidente de Asturias, y a los populares Jorge Azcón, Marga Prohens e Isabel Díaz Ayuso, que presiden las comunidades de Aragón, Baleares y Madrid, que la creación del registro es de “obligado cumplimiento”. “El respeto al derecho a la objeción de conciencia no debe ser, en ningún caso, un impedimento para el acceso efectivo de las mujeres a la interrupción voluntaria del embarazo en el Sistema Nacional de Salud, sea cual sea su territorio”.
Este martes, la ministra de Sanidad, Monica García, presentaba el informeSituación del aborto en la sanidad pública, Evolución y medidas para la accesibilidad que constata la desigualdad territorial del acceso al aborto en el sistema público: Madrid y Andalucía, que agrupan el 50% de las 106.172 IVE que se realizaron en España en 2024, contabiliza menos de un 0,5% de procedimientos en la pública. Del otro lado estarían comunidades como Cantabria (88,5%), Galicia (77%), La Rioja (76,1%) y Navarra (74,8%), que están por encima del 70%.
Una semana, dos gestos
La carta del Gobierno se ha conocido este lunes, unos días después de que el Ayuntamiento de Madrid aprobara, con el apoyo del PP, una propuesta de Vox para informar a las mujeres del “trauma postaborto”. El texto de la propuesta hace afirmaciones sobre las consecuencias de este supuesto síndrome, una afirmaciones sin ningún respaldo científico: que la interrupción de embarazo puede provocar alcoholismo, pensamientos suicidas o un aumento del riesgo de sufrir cáncer.
Pese a que el alcalde de Madrid, José Luis Martínez Almeida, reconoció un día después que este supuesto síndrome “no es una categoría científica reconocida”, este mismo martes la vicealcaldesa de Madrid, Inmaculada Sanz, volvía a la carga al decir que sí hay unos “efectos de los que se quiere informar”. El Ayuntamiento no ha aclarado nada más sobre sus intenciones.
Dos días después del pleno del Ayuntamiento de Madrid que aprobó la propuesta de Vox con los votos del PP para informar sobre el inexistente “trauma postaborto”, el Gobierno anunció su intención de llevar al Parlamento una propuesta para incluir el aborto en la Constitución
Dos días después del pleno que aprobó la propuesta de Vox con los votos del PP, el Gobierno anunció su intención de llevar al Parlamento una propuesta para incluir el aborto en la Constitución, tal y como hizo Francia en 2024. Lo hizo de manera personal Pedro Sánchez en su cuenta de X.
En su anunció, también anunció la intención del Gobierno de evitar que se proporcione “información engañosa o contraria a la ciencia sobre el aborto” a través de la reforma del Real Decreto 825/2010, en el que se regula la información que debe aportarse a las mujeres que quieren abortar desde las instituciones.
Un derecho individual que debe expresarse de forma proactiva
En diciembre del 2024 pasado, el Consejo Interterritorial de Salud aprobó un protocolo para el desarrollo de los registros. Este protocolo ahonda en el marco que estableció la reforma de la ley, y aclara, en los términos que establece el Comité de Bioética de España, que la objeción de conciencia sanitaria “la negativa de una persona a realizar ciertos actos o tomar parte en determinadas actividades, jurídicamente exigibles para el sujeto, para evitar una lesión grave de la propia conciencia” que deriva del derecho fundamental a la “libertad ideológica y religiosa”. Un derecho que es una decisión individual, dice el protocolo en consonancia con el texto de la ley, que en su preámbulo recogía el objetivo de configurar el derecho a la objeción de conciencia como un derecho individual ya que, aunque de facto lo es, interrumpir un embarazo en la Sanidad pública se encuentra con el muro de que no hay médicos que los practiquen.
Este protocolo era también un mandado de la ley y establece los requisitos que debe cumplir ese registro, que, una vez creado, será propiedad de cada comunidad autónoma. El documento especifica qué personal sanitario puede acogerse a la objeción de conciencia: aquellos profesionales que intervienen directamente en un proceso de interrupción voluntaria del embarazo, es decir, “aquellas que realicen actos necesarios y directos, anteriores o simultáneos, sin los cuales no fuese posible llevarla a cabo”. En esa lista entraría personal médico especialista en ginecología y obstetricia, anestesiología y reanimación y medicina familiar y comunitaria, profesionales de enfermería y matronas, no admitiéndose otro tipo de personal.
El procedimiento para solicitar la inclusión en el registro implica la inclusión proactiva del personal en el registro: será cada persona quien de forma individual realice la solicitud de inclusión
El procedimiento para solicitar la inclusión en el registro implica la inclusión proactiva del personal en el registro: será cada persona quien de forma individual realice la solicitud de inclusión en el registro a través de la sede electrónica de la comunidad que corresponda, y podrá modificar su decisión en cualquier momento, aunque también se concreta que, en caso de “objeción sobrevenida”, la objeción de conciencia deberá realizarse con la suficiente antelación para garantizar la prestación del servicio.
El protocolo también especifica que la objeción puede ser total o parcial, y alude a los supuestos de la ley, de modo que los profesionales podrán negarse a practicar interrupciones dentro de las primeras catorce semanas de gestación a petición de la mujer embarazada (las recogidas en el artículo 14), o bien alguno de los supuestos médicos del apartado 15: cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada, aquellos en los que existe riesgo de graves anomalías en el feto o cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida.
El protocolo también indica, tal y como hace el texto de la ley, que quienes se declaren personas objetoras de conciencia lo serán a los efectos de la práctica directa de la prestación de interrupción voluntaria del embarazo tanto en el ámbito de la sanidad pública como de la privada.
Este registro serviría no solo para organizar el servicio, sino que también se especifica en el texto de la ley que, en los casos en los que sea necesario formar un comité clínico para analizar alguno de los casos que requiere dictamen médico, ninguno de los miembros podrá formar parte del Registro de objetores ni haber formado parte en los últimos tres años.
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