Extremadura
David Sánchez y Miguel Ángel Gallardo, condenados por prevaricación por la Audiencia Provincial
La resolución de uno de los procesos judiciales de mayor trascendencia en la región ya es pública. Este 14 de julio, la Audiencia de Badajoz ha condenado a las 11 personas que se sentaron en el banquillo a penas de inhabilitación especial para empleo o cargo público y para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo, imponiéndoles además el pago de la mitad de las costas procesales. La sentencia de la sección penal, que consta de 377 páginas, condena a David Sánchez —hermano del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez— a nueve años de inhabilitación por prevaricación administrativa. Por su parte, el expresidente de la corporación provincial y exlíder de los socialistas extremeños, Miguel Ángel Gallardo, ha sido condenado a 18 años de inhabilitación al ser considerado autor de dos delitos de prevaricación. El fallo dictado por la judicatura pacense adquiere una especial relevancia al determinar la culpabilidad de la plantilla institucional en contra del criterio explícito del ministerio público.
La causa penal tiene su origen en mayo de 2024, cuando la titular del Juzgado de Instrucción número tres de Badajoz, la jueza Beatriz Biedma, abrió una investigación a raíz de una denuncia formulada por la organización Manos Limpias, basada en recortes de prensa. Inicialmente, las acusaciones populares imputaban al músico presuntos delitos de malversación y fraude fiscal, sosteniendo de forma infundada que residía en Portugal para eludir impuestos y que poseía un patrimonio injustificado de 1,4 millones de euros. Estas pesquisas patrimoniales y fiscales fueron archivadas por completo durante la instrucción al demostrarse su falsedad, quedando el proceso ceñido exclusivamente al ámbito de la contratación laboral.
El tribunal descarta el tráfico de influencias
Para armar el caso de prevaricación, las acusaciones populares —lideradas por colectivos de la órbita conservadora como Hazte Oír y Abogados Cristianos— se apoyaron de manera prioritaria en un informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil. Sin embargo, las conclusiones de dicho informe policial chocaron frontalmente durante las siete sesiones del juicio oral con el testimonio de 53 personas, entre peritos, integrantes del personal técnico de la diputación y los propios agentes del instituto armado. La inmensa mayoría de las declaraciones ratificaron que el trabajo diario del músico en la provincia era real, desacreditando la tesis policial que cuestionaba sus funciones.
El tribunal sentenciador, compuesto por la magistrada Dolores Fernández y los magistrados José Antonio Patrocinio y Emilio Serrano —este último ponente de la resolución—, ha considerado probado que la plaza de coordinador de actividades de los conservatorios fue diseñada de forma arbitraria para que la ocupara Sánchez. No obstante, el fallo descarta la existencia de tráfico de influencias. La sala expone que no consta que persona alguna ejerciera presión sobre los cargos de la diputación para lograr dicha contratación debido a su parentesco familiar, lo que de facto anula la línea argumental de la acusación. Además, el fallo impone la misma pena de inhabilitación a las otras nueve personas juzgadas —que formaban parte del personal técnico y administrativo de la corporación pacense— por su implicación en las anomalías de los expedientes, al tiempo que declara prescrito el delito de aceptación de nombramiento ilegal atribuido al hermano del presidente.
La resolución judicial secunda de este modo los cargos sostenidos por las acusaciones populares y se aparta del criterio de la fiscal Begoña García Boró, quien a lo largo del procedimiento penal defendió la absolución de todo el grupo encausado al considerar que los expedientes de empleo público se ajustaban a la legalidad.
Reacciones y valoraciones políticas
Las reacciones ante el dictamen judicial se han sucedido con rapidez en redes sociales y a través de los medios de comunicación. Por parte del Ejecutivo central, la portavoz de la Moncloa, Elma Saiz, ha trasladado en una comparecencia celebrada este 14 de julio la confianza del gabinete en “la justicia”, manifestando asimismo el convencimiento de “que en instancias superiores se constate la inocencia de David Sánchez”. “Es en lo que creemos”, ha zanjado la responsable gubernamental.
En una línea similar, el ministro de Transportes, Óscar Puente, ha manifestado que la sanción al músico busca de forma exclusiva desgastar y tumbar al Gobierno ante la impotencia de la oposición conservadora para ganar en las urnas. Desde las fuerzas parlamentarias que sostienen al bloque de investidura, el portavoz adjunto de Sumar, Alberto Ibáñez, ha tildado la inhabilitación de desproporción total, advirtiendo que este tipo de fallos suponen un aviso de peligro y erosionan las garantías en el estado de derecho. Gabriel Rufián, a la salida del Congreso, ha dicho que la sentencia “es una sobrada importante. Luego viene también Begoña Gómez, que será condenada por la cara. Me parece que si eres realmente patriota te tiene que parecer mal que los jueces persigan a la gente por la cara”. Asimismo, el portavoz socialista en el Congreso, Patxi López, ha denunciado que la acción de la judicatura no se ha dirigido contra un empleado público ordinario, sino que instrumentaliza el parentesco familiar, escenificando el triunfo provisional de las tácticas de la extrema derecha.
Por último, el coordinador federal Antonio Maíllo (IU) ha calificado la condena de ser “un disparate, una auténtica barbaridad y un nuevo descrédito para el poder judicial de nuestro país. ¿Alguien duda todavía? Urge avanzar en la democratización del Estado. Aceleremos: ellos no se van a detener”.
Las defensas recurrirán ante el TSJEx
Al no tratarse de una sentencia firme, los equipos jurídicos ya preparan los correspondientes recursos de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) y, de ser necesario, ante el Tribunal Supremo. La dirección letrada de Gallardo insistirá en la legitimidad de las decisiones organizativas del departamento de cultura, argumentando que respondían a un plan de descentralización de las actividades culturales de la provincia y no a un trato de favor predeterminado.
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