Galicia
De 3.000 a 600.000 euros por regalar productos con el dibujo de la hoja de marihuana: la nueva ley de la Xunta
La Ley de protección de la salud de las personas menores y prevención de las conductas adictivas, aprobada por el Parlamento de Galicia el pasado 16 de diciembre con los votos del Partido Popular, se encuentra actualmente pendiente de publicación en el Diario Oficial de Galicia (DOG) para su entrada en vigor al cabo de dos meses. La normativa ha sido tramitada desoyendo las críticas tanto de la oposición como del Consejo Económico y Social de Galicia —órgano consultivo de la Xunta— que coincidieron en señalar la falta de concreción en el ámbito preventivo y su enfoque excesivamente punitivo y llamaron la atención sobre la desproporción de las sanciones establecidas.
El texto legal se centra en la regulación relativa a las bebidas alcohólicas, las bebidas energéticas, el cánnabis, el tabaco y los dispositivos susceptibles de liberación de nicotina (DSLN), como los cigarros electrónicos y los vapeadores, para los que se aplican las mismas restricciones que para el tabaco.
La norma distingue infracciones leves, graves y muy graves. Para las infracciones leves establece multas que van de los 200 a los 3.005,06 euros, para las graves de los 3.005,07 a los 15.025,30 euros y para las muy graves de los 15.025,31 a los 601.012,11 euros. La comisión de una infracción leve por una persona que hubiese sido sancionada por dos o más infracciones leves en el plazo de un año constituye una infracción grave, y la comisión de una infracción grave por una persona sancionada por otra infracción grave en los cinco años anteriores constituye una infracción muy grave.
Infracciones leves se consideran, entre otras, la posesión o consumo por parte de las personas menores de edad de bebidas alcohólicas y energéticas, tabaco o productos relacionados con el tabaco, así como de “cualquier otro producto que imite” el tabaco, “induzca a fumar o simule la conducta de fumar”, a excepción de cuando el transporte de estas sustancias se realice por motivos laborales. La venta, suministración o inducción al consumo de las mismas a menores de edad por parte de terceros se sanciona como infracción grave.
Constituye infracción leve el acceso a los establecimientos de hostelería y restauración por parte de personas menores de 16 años sin la compañía de adultas con responsabilidad legal sobre ellas —y es grave por parte del titular del establecimiento—. La misma consideración se le da al consumo de bebidas alcohólicas para mayores de edad en diversos lugares concretados por la ley, especialmente aquellos que alberguen actividades dirigidas a menores. Entre estos espacios se encuentran los recintos en los que se realicen actividades deportivas o la vía pública, parques, plazas y otros lugares de tránsito público. Sin embargo, se protege la hostelería permitiendo el consumo en las terrazas y espacios habilitados, siempre que se haga en horario diurno, es decir, de 9.00 a 22.00 horas.
El botellón, definido como consumo en grupo de bebidas alcohólicas en lugares públicos, forma parte del siguiente tramo de multas: las infracciones graves. Igual sanción conlleva el incumplimiento de las restricciones que establece la ley referentes a la publicidad y patrocinio del cannabis, lo que incluye la asociación del consumo de cannabis con “propiedades terapéuticas, efectos sedantes o estimulantes”, lo cual entra en contradicción con el consenso académico. Si bien el consumo de cannabis tiene consecuencias nocivas para la salud, sus propiedades terapéuticas cuentan con un respaldo científico sólido reconocido formalmente por la legislación española en el Real Decreto 903/2025.
También se clasifica como infracción grave la promoción del cannabis en medios a los que puedan tener acceso menores de edad, así como regalar o vender a la población, con independencia de su edad, cualquier tipo de merchandising —bolígrafos, mecheros, camisetas— con la imagen identificativa del cannabis. La sanción mínima para cualquiera de estas infracciones es de 3.000 euros, o de 15.000 en el caso de que el mismo sujeto haya cometido otra infracción grave en los cinco años anteriores, pudiendo alcanzar los 600.000 euros de multa.
El PP ignoró las indicaciones del Consejo Económico y Social
Previamente a su tramitación en el Parlamento, el anteproyecto de ley fue enviado, tal como resulta preceptivo, al Consejo Económico y Social (CES) para ser sometido a examen. Este órgano consultivo de la Xunta de Galicia emitió el pasado 11 de julio un rotundo informe, el dictamen 3/25, firmado por su presidente Manuel Pérez Álvarez y su secretario general Manuel Martínez Varela, ambos nombrados por Alfonso Rueda. Manuel Pérez, licenciado en Derecho, cuenta con una dilatada trayectoria en las filas del PP, como conselleiro de la Xunta (1990-1991), alcalde de Vigo (1995-1999) y eurodiputado (1999-2004).
Para el CES es motivo de “preocupación la posible desproporción de las sanciones” previstas en la ley, especialmente la referida al botellón en menores de edad, puesto que conllevaría una multa nunca inferior a los 3.000 euros: “Parece, cuanto menos, excesiva si se atiende al perfil de las personas destinatarias”.
Este “modelo centrado de manera preferente en las infracciones y sanciones” que puede “estigmatizar comportamientos que no siempre implican una adicción”, a ojos del CES contrasta con un “desarrollo insuficiente” de las medidas preventivas: la ley “debería poner el acento en la prevención, en la educación y en la intervención precoz, especialmente en el caso de consumos incipientes, más que en la aplicación de medidas punitivas de alto impacto económico”. Por ejemplo, con respecto a las bebidas energéticas, el CES coincide en la aplicación de limitaciones, pero señala la falta de “trabajo educativo previo”: “Antes de optar por medidas de carácter prohibitivo, sería deseable reforzar las acciones de información, formación y sensibilización”. En este línea propositiva, el CES cree “imprescindible” que la educación para la salud ocupa un lugar central en el currículum.
El CES considera “fundamental” reforzar este “enfoque educativo y preventivo como eje prioritario” y, en este sentido, destaca la necesidad de “incrementar la dotación de recursos humanos y materiales en la Pediatría de Atención Primaria y en las Unidades de Salud Mental Infanto-Juvenil”. Para el CES “existe una clara necesidad de profesionales de la pediatría en los centros de salud”, lo que “adquiere una especial urgencia en el caso de las adicciones”, donde “la intervención precoz es vital para evitar daños irreparables” y “la demora agrava la situación, incrementando los riesgos y dificultando la recuperación”. Por este motivo, “no deberían existir listas de espera para menores que padecen problemas de adicción” y su salud mental “debe ser una prioridad clara e irrenunciable”.
El ente consultivo también reprende a la Xunta la insuficiencia de “profesionales de educación física en los centros educativos”, así como la “externalización sistemática a entidades sociales” y la “derivación de funciones a profesionales” que “se encuentran frecuentemente saturados o con equipos insuficientes”.
En la misma dirección, la norma fija para los ayuntamientos la potestad sancionadora sobre las infracciones leves y una serie de competencias de prevención, algunas específicas para los de más de 20.000 habitantes. El CES subraya que las competencias sanitarias, “incluida la prevención”, corresponden a la Xunta, mientras que los ayuntamientos “tienen funciones subsidiarias”, por lo que “no debe existir una obliga legal en este sentido”, e interpreta que la ley “pretende derivar hacia las administraciones locales competencias que, por su naturaleza, deberían mantener una orientación y gestión de carácter global”.
Yendo a lo concreto, la ley delega en los municipios y entidades sin ánimo de lucro la realización de acciones y campañas formativas e informativas frente al consumo de drogas y adicción a los juegos, pero se esperaría mayor eficacia de un diseño común confeccionado desde la Administración autonómica, con más facilidad para disponer de personal especializado. De igual modo, el CES opina que “cualquier proceso de asignación competencial debe ir necesariamente acompañado de la correspondiente dotación de recursos técnicos, humanos y económicos que garanticen su ejecución”. Y esto puede enmarcarse en uno de los puntos principales de la valoración que hace el CES: la “escasa concreción de medidas, de los recursos o de los protocolos necesarios” en lo relativo a la prevención.
Entre las numerosas advertencias del demoledor informe, también se encuentra la inseguridad jurídica para los empresarios que hagan publicidad de bebidas alcohólicas y energéticas o en relación a su colocación en los establecimientos comerciales. Para el CES es además reseñable la especificidad con la que se regula el cannabis en contraste con otras sustancias psicoactivas que propone incluir expresamente en la regulación.
El 28 de julio, apenas dos semanas después de la publicación del dictamen, el Consejo de la Xunta de Galicia aprobó el anteproyecto de ley sin modificaciones sustanciales. El texto, ya como proyecto de ley, sería presentado por Rueda al Parlamento en el mes de septiembre.
La oposición acusa al PP de pisar el acelerador como estrategia de marketing
La ley aprobada este mes fue anunciada por el entonces conselleiro de Sanidad, García Comesaña, el 24 de noviembre de 2020 en una intervención parlamentaria: “En esta legislatura traeremos a este Parlamento una nueva ley de prevención de adicciones en menores. Esta norma renovará la ley de prevención del alcohol en menores del año 2010 e incorporará medidas de prevención de otras adicciones entre la juventud”.
En enero de 2021 el PP solicitó por el procedimiento de urgencia que el Parlamento instase a la Xunta a remitirle “a lo largo del año 2021” un proyecto de ley de prevención de las adicciones en menores. Sin embargo, el proceso se estancó y la normativa todavía se encontraba en la fase de anteproyecto al término de la legislatura en el 2024.
“Le recuerdo que estamos al final del año 2025” — afeó la portavoz del BNG Montserrat Prado en el mes de octubre al actual conselleiro de Sanidad, Gómez Caamaño, a propósito de esta ley—, “y resulta que entra en el Parlamento y el Partido Popular pone el acelerador”. Prado criticó que “llevan desde el año 2021, pero resulta que luego en la sede donde se legisla” desde el PP “convocan de urgencia una mesa para que pueda venir ya a este pleno con la intención de que se apruebe de inmediato”, es decir, “que sea un mero trámite”. Según su valoración, la intención sería obtener “un titular: que somos los primeros”. En el turno de palabra anterior, el conselleiro había defendido que la ley convertiría a Galicia en “la primera Comunidad Autónoma de España que prohíbe la venta, consumo y tenencia de bebidas energéticas por parte de menores en lugares públicos” y también en “la primera Comunidad que equipara legalmente el vapeo al tabaco”.
Espinosa Mangana, portavoz del PSdeG-PSOE, valoró que el texto estaba “poco trabajado” a raíz de la “carrera” de la Xunta “para que la ley esté aprobada antes de que se apruebe por parte del Gobierno de España la que se está tramitando en estos momentos”, en alusión al proyecto de ley para la prevención del consumo de bebidas alcohólicas en menores, aprobado en marzo. Además, el Gobierno central aprobó en septiembre un anteproyecto de ley sobre el tabaco que también prevé las mismas restricciones al consumo de vapeadores que al del tabaco, y Asturias pisa los talones a Galicia con el proyecto de ley aprobado en octubre para prohibir las bebidas energéticas a menores de 16 años.
Por celeridad o por desinterés en las críticas recibidas, el PP desestimó la práctica totalidad de propuestas de mejora de la oposición. El BNG echó en falta que en “una ley de protección de la salud de los menores” no haya “ni una mención a la salud reproductiva y sexual”. La ley, que mientras protege el consumo en las terrazas lo que ofrece a una persona sin hogar que beba en la calle son multas de hasta 15.000 euros, fue reprobada por Espinosa por obviar el “contexto socioeconómico”, en vez de “combatir las causas estructurales que favorecen las adicciones: la pobreza, el desempleo, la falta de oportunidades educativas y la mercantilización del ocio”.
A este respecto, Ojea Bouzo, parlamentario de Democracia Ourensana, cuestionó “cuál es la diferencia real que puede percibir un adolescente entre que se estén consumiendo bebidas alcohólicas en una terraza y que se estén consumiendo en un banco que está a dos metros”, o dicho de otro modo, que la barrera entre lo prohibido y lo permitido sea estar “sentado en una terraza que paga una tasa”.
Todas las fuerzas de la oposición rechazaron la delegación de competencias de la Xunta a los ayuntamientos recogida en la ley, especialmente en materia preventiva, sin asignación presupuestaria estipulada: “La Xunta invita y el resto paga”, en palabras de Montserrat Prado.
El BNG tildó de “esperpento” la atribución a los municipios de “medidas en el ámbito educativo” tales como “acciones de formación y sensibilización dirigidas al personal docente”. Democracia Ourensana sostiene que las campañas de concienciación debe asumirlas la Xunta y que resulta problemático que las inspecciones sobre los locales recaigan en los ayuntamientos porque en aquellos de menor tamaño la objetividad puede verse comprometida. Sobre las sanciones, el PSdeG indicó que, pese a atribuírseles a las entidades municipales, en muchos casos acabará recorriéndose a la Policía Nacional y la Guardia Civil porque la mayoría de ayuntamientos carecen de Policía Local. Según la última memoria de Coordinación de las Policías Locales, del año 2024, 176 de los 313 municipios gallegos carecen de este cuerpo de seguridad.
La falta de desarrollo y concreción de las medidas preventivas despertó el escepticismo de la oposición sobre su aplicación práctica y sobre las intenciones de la Xunta de llevarlas a cabo. Para el PSdeG, “corre el riesgo de convertirse en simple propaganda”. Una propaganda que el PP ha vertebrado sobre las prohibiciones que establece la nueva regulación —bebidas energéticas, vapeadores—, lo que sitúa a su eje sancionador como claro sospechoso de ser el principal objetivo perseguido por el PP con la promulgación de esta ley: “Las adicciones deben ser tratadas como una cuestión de salud pública y no como un delito”.
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