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Leyes Mordaza
Reforma de la Ley Mordaza y cannabis: es urgente
Los partidos del Gobierno se han puesto de acuerdo para modificar la Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana 4/2015, también conocida como Ley Mordaza y que sustituyó a la Ley de Seguridad Ciudadana 1/92, denominada en su día como Ley Corcuera o Ley de la Patada en la Puerta.
Cualquier ley que restrinja derechos fundamentales, como la libertad o la intimidad, en aras de la protección de dos bienes jurídicos colectivos como la seguridad y el orden público hacen irremediablemente que estas leyes sean vistas por determinadas personas o colectivos como restrictivas, de lo que consideran sus más elementales derechos de la personalidad.
Sin embargo, la modificación de la ley de seguridad o ley mordaza ha encendido las alarmas en los cuerpos de policía, cuyos sindicatos se han manifestado el sábado 27 en Madrid con el lema No a la España insegura, pidiendo al Gobierno que no modifique ciertos aspectos de la ley que entienden vulneran su intimidad y ponen en peligro a sus familias así como otros artículos que consideran, convertirían al Reino de España en un Estado inseguro.
Que estas dos leyes sean dos de las más criticadas y controvertidas de la historia de la joven democracia española, hace que sea necesario realizar un repaso al contexto histórico anterior a la promulgación de estas normas, restrictivas de derechos fundamentales, para entender por qué es necesaria la modificación urgente de esta norma.
La Ley de 1992 vino en un momento en donde España vivía una crisis económica y social así como una crisis sanitaria generada por el virus del VIH y el consumo de heroína. Además, se vivió un boom en el ocio nocturno dimanante de la Ruta del Bakalao y que se extendió por toda España, exportando el fenómeno generado en los parkings de las discotecas de Valencia: el botellón. Aunque algún historiador sitúe el inicio del botellón en el parque del Principe de Cáceres, también es conocido que el auge de beber en la vía pública antes de entrar a las discotecas se generó en aparcamientos como el de la Sala Spook, en Valencia, según palabras del historiador Juan Carlos Usó. Y esto, posiblemente, por el aumento de los precios de las salas y las bebidas.
Ante estos acontecimientos, el partido socialista, con el Ministro del Interior José Luís Corcuera a la cabeza, redactó una ley de seguridad que permitía entrar en un domicilio sin orden judicial si se sospechaba que se traficaba con drogas. También instauró las famosas multas por tenencia o consumo de drogas que fueron consideradas por el movimiento cannabico y antiprohibicionista como un ataque directo a la libertad, intimidad y libre desarrollo de la personalidad.
En España se pasó de vivir en un país donde el consumo de drogas en la vía pública no era considerado delito a poder ser cacheado y sancionado por portar un gramo de cannabis en el bolso o bolsillo
Es decir, que en España se pasó de vivir en un país donde el consumo de drogas en la vía pública no era considerado delito a poder ser cacheado y sancionado por portar un gramo de cannabis en el bolso o bolsillo. Y esto con 50.000 pesetas de la época. Y, si estabas en tu casa consumiendo droga, a lo mejor podía entrar la policía a ver si estabas traficando. Este artículo se declaró inconstitucional por la estimación de un recurso presentado por el PP.
Hay que decir también que en Inglaterra se dictó una norma similar que reformó el Código Penal para luchar contra el fenómeno de las raves y las manifestaciones anti autovías y ecologistas (Public Justice and Order Act 1994). El fenómeno contracultural a erradicar no era español, sino que era europeo. Por otro lado, no todos los países europeos adoptaron estas políticas. De hecho, Portugal en 2001 despenalizó el consumo de todas las drogas pero no instauró un sistema recaudatorio de multas por tenencia y consumo que vulnera derechos fundamentales, sino que optó por la política de no poner multas e incitar al consumidor sorprendido en la vía pública a realizar una entrevista con psicólogo y trabajador social y así brindarle ayuda en caso de llevar un consumo problemático. Estableciéndose sanciones solo en el caso de los reincidentes que no quieran realizar la entrevista.
En 23 años de Ley Corcuera se fueron imponiendo cada vez más multas por consumo y en su mayoría por tenencia de drogas sin ostentación, llegando en el último año de aplicación a más de 400.000 sanciones
Sin embargo, en España, en 23 años de Ley Corcuera se fueron imponiendo cada vez más multas por consumo y en su mayoría por tenencia de drogas sin ostentación, llegando en el último año de aplicación a más de 400.000 sanciones, el 84% de las impuestas en base a esta ley.
En 2015 después de unos años de crisis económica donde se organizaron manifestaciones contra los recortes en sanidad, educación y servicios sociales, el Gobierno del Partido Popular, con el Ministro del Interior Jorge Fernández Díaz a la cabeza, decidió dar una vuelta a la ley, subiendo el mínimo de las infracciones graves a 601 euros y estableciendo unos tramos, en donde, en casos de reincidencia u otra circunstancia agravante, se elevaría la sanción a 10.401 euros.
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El cannabis: pena, castigo y gasto público
La lucha contra el tráfico de cannabis, posesión y consumo se lleva cada año alrededor de 4.200 millones de euros de las arcas públicas, según se deduce de las detenciones, decomisos, sanciones y otras actuaciones policiales, además de la actividad judicial.
Teniendo en cuenta que el 75% de las sanciones son por tenencia de drogas y que la persona usuaria suele hacerlo todos los días o fines de semana, era fácil prever cuales podían ser las fatales consecuencias de una interpretación estricta de esa norma para este colectivo.
La nueva ley de Seguridad también prohibía las manifestaciones no autorizadas y responsabilizaba de los daños en las mismas a los convocantes de estas. A pesar de haberse presentado recursos ante el Tribunal Constitucional para intentar anular artículos de la ley, solo se declaró inconstitucional la prohibición de filmar o fotografiar a policías en el ejercicio de sus funciones.
La gran promesa electoral del PSOE para modificar la Ley Mordaza se ha hecho de rogar. Aunque ya se realizó la ponencia previa en la Comisión de Interior donde los diferentes expertos criticaron las violaciones de derechos fundamentales que suponía la ley, y de que ya se llegara a un acuerdo previo entre los distintos grupos parlamentarios, la convocatoria de elecciones hizo que todo el trabajo se detuviera. Después llegó la pandemia y la ley de seguridad se convirtió en la herramienta perfecta para un país sumido en una crisis social y sanitaria que recordemos es la razón por la que se suelen promulgar este tipo de leyes, digamos, desproporcionadas.
Las sanciones de esta ley han supuesto que personas sin recursos tengan que soportar no poder pagar la multa reducida a 300 euros por pronto pago por no contar con ingresos económicos y luego ver embargadas sus cuentas con 750 euros que suman el recargo de apremio y los intereses a los 601 euros de la sanción.
Pero los grandes sancionados por esta norma han sido las personas de ciudades como Yecla, Mallorca o Granada donde se ha podido comprobar que se ha interpretado la ley a rajatabla y se han impuestos sanciones por reincidencia en la tenencia de cannabis por la cuantía de 10.401 euros, que si aplicamos el 20% de recargo de apremio e intereses suman 13.000 euros, existiendo personas con seis multas y cantidades embargadas de 74.000 euros. Simplemente por llevar una china de hachís o un cogollo de cannabis en el bolsillo o sus partes íntimas.
Que no piense el lector que la persona que cuenta con más de seis multas es un despistado que no guarda con cuidado la marihuana. Esta persona tuvo una discusión con unos agentes en un cacheo cuando era aún menor de edad. Desde ese día lo pararon y cachearon muchísimas veces. Algunas de ellas delante de sus padres. Ahora mismo tiene estrés postraumático y alopecia causada por la imposición desproporcionada de multas y por ver embargados de por vida todas sus cuentas y sueldos. Persona normal, trabajadora, con mujer y una hija.
Cuando el Ayuntamiento de Yecla empezó a imponer masivamente este tipo de sanciones, se llevaron algunas de ellas a los tribunales. Diez de estas sanciones se han anulado porque la mayoría de los juzgados de lo contencioso administrativo de Murcia consideran que los entes municipales no son competentes para imponer sanciones por consumo o tenencia de drogas.
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El combustible verde de una economía oculta
La industria del cannabis legal no para de avanzar en todo el planeta. Mientras que España, con el clima, tejido, conocimiento y mercado perfecto, se queda atrás en una carrera que podría aportar enormes beneficios y puestos de trabajo.
Esto provocó que se presentaran solicitudes de revisión extraordinaria de actos administrativos firmes para hacer valer la causa de nulidad de pleno derecho obtenida en sentencia: la incompetencia manifiesta del órgano sancionador. Tres juzgados ya han considerado que no existe causa de nulidad alegable por recurso extraordinario porque los sancionados deberían haber ejercitado sus recursos ordinarios, por lo que el Ayuntamiento de Yecla no va a quedar obligado a devolver el dinero de estas multas a todas luces desproporcionadas y que han traumatizado a muchas personas usuarias de cannabis.
Y esta decisión se toma porque la falta de competencia no es clara, patente e incontrovertida. De hecho, el magistrado del juzgado número uno cambió su propio criterio y a pesar de dictar una sentencia anulando la sanción por falta de competencia municipal, más tarde cambió de tesis y avaló la actuación municipal por entender que la materia consumo o tenencia de drogas no solo afecta a la seguridad colectiva sino también a la salubridad pública.
No obstante este magistrado anuló una sanción de 10.401 euros recurrida en tiempo y forma porque a pesar de que, según su criterio, sí que existe competencia municipal, los agentes no redactaron en el acta de denuncia las sospechas que los hicieron interceptar el coche e incautar un cigarrillo con, al parecer, marihuana. Ya que esto supone una intromisión en el derecho a la intimidad y libre desarrollo de la personalidad del sancionado, derechos que también son ostentados dentro de un vehículo. Además se anuló la sanción porque no estaba determinado el porcentaje de THC, por lo que no se podía asegurar que la sustancia fuera toxica.
Estos dos argumentos tienen un calado importante ya que la policía no suele establecer en el acta cuales han sido las sospechas que los hacen cachear a unas persona si y a otras no. De hecho, normalmente aluden a la expresión pre fabricada: hizo un gesto extraño metiéndose la mano al bolsillo del pantalón.
Desde los laboratorios oficiales nunca se determina el porcentaje de THC porque por protocolo no están obligados a hacerlo
Por otro lado, desde los laboratorios oficiales nunca se determina el porcentaje de THC porque por protocolo no están obligados a hacerlo. Por lo que muchos consumidores de flores de CBD con consciencia de la legalidad de esta sustancia se asombran cuando ven que se instruyen procedimientos sancionadores por flores compradas en un estanco u otro establecimiento abierto al público.
En cuanto al primer motivo, el sancionado era un español de origen magrebí que denunciaba que lo suelen cachear normalmente cuando camina tranquilamente por la calle o va con el coche. Hay que tener en cuenta que a pesar de que el 11% de la población española consuma cannabis habitualmente, la policía siempre suele parar a determinados colectivos estigmatizados como inmigrantes, gitanos, quinquis, hippies, punks, ravers, etc.
Estos motivos son los que han conducido al Gobierno a imponer la obligación de redactar un acta con un informe detallado, lógico y razonable de la intervención que se lleva a cabo, no ostentando presunción de veracidad un informe sin suficientes datos o no razonado. Esto trata de evitar los cacheos selectivos que se han llevado a cabo hasta ahora.
En la práctica esta ley ha sido un instrumento muy peligroso, permite identificaciones discriminatorias al aplicar de esta manera una norma que debería ser llevada a cabo en casos de sancionar la tenencia de drogas en controles totalmente aleatorios, parecidos a los de la luz verde o roja de los aeropuertos. Y no utilizada para identificar a personas por su origen racial, su vestimenta, estilo de vida, orientación sexual o cualquier otro arquetipo especialmente perseguido por esta norma. Y esto porque el 20% de la población consume una u otra droga ilegal con habitualidad o sin ella.
Por lo tanto parece que todas estas injusticias que han tenido que resolverse en tribunales con sentencias que avalan los derechos fundamentales vulnerados, se van a convertir en Ley.
El PSOE ha considerado disminuir la sanción por la tenencia de drogas que pasaría a leve, sin embargo. Esto supondría que todas estas sanciones de hasta 10.401 euros por tenencia pasarían a estar entre los 100 y los 600 euros reducidos a la mitad por pronto pago y tasados de acuerdo a la capacidad económica del sancionado, por lo que una persona sin recursos pagaría unos 50 euros por portar una china de hachís sin ostentación, siendo más elevada si se posee más cantidad, ya que hasta los 100 gramos de cannabis o 25 de hachís no se consideran indicios de tráfico de drogas.
Unidas Podemos propone sancionar únicamente la tenencia de las drogas que causan un grave daño a la salud, quedando así el cannabis fuera de las multas por tenencia
Dejar fuera el cannabis
Unidas Podemos propone sancionar únicamente la tenencia de las drogas que causan un grave daño a la salud, quedando así el cannabis fuera de las multas por tenencia. Esta medida ha sido ya criticada por las asociaciones de policías que consideran que se perdería el carácter disuasorio de la ley. Lo cierto es que el Estado español debería de fijarse en el vecino Portugal y establecer la misma política en estos casos, conduciendo los mismos mediante la intervención socio educativa y psicológica de las personas que hayan desarrollado un consumo problemático.
El consumo en la vía pública seguirá siendo considerado infracción grave y supondrá sanciones de 601 euros como sucede actualmente. El Observatorio Europeo del Consumo y Cultivo de Cannabis, OECCC, ha señalado en su comunicado sobre Cannabis y Ley Mordaza que “se aplican sobre todo a personas usuarias de cannabis, que de ninguna manera ponen en peligro la seguridad ciudadana por la mera tenencia de cantidades ínfimas de cannabis”.
Parece que el PSOE no está dispuesto a eliminar de la ley la prohibición de cultivar algunas plantas para autoconsumo si son visibles por terceros. Pero Podemos y el bloque de izquierdas han realizado enmiendas para intentar que tener unas plantas en el balcón de casa no sea sancionable.
Mirando al planeta es fácil prever que el cannabis va a ser normalizado dentro de muy poco y Alemania está dispuesta a regular y exportar su regulación al resto de Europa, por lo que no parece adecuado considerar que la existencia de unas plantas que se ven en un terreno o balcón privado suponen un riesgo alto para la seguridad colectiva, ni que este argumento sirva para anular tu libertad de poder cultivar tu medicina o tu planta favorita.
Todas estos cambios están siendo especialmente criticados por las asociaciones de policía que han convocado diferentes manifestaciones para atacar las modificaciones aquí analizadas
La ley también permitirá las concentraciones de protesta espontaneas sin comunicación previa cuando por motivos de urgencia y opinión pública sean necesarias, algo que fue la bandera de los movimientos activistas por los derechos fundamentales y que le dio a la ley el apodo de Mordaza. En casos de identificación de una persona o traslado a dependencias policiales, el tiempo máximo de retención será de dos horas y la policía estará obligada a conducir al identificado al lugar de donde se lo llevaron. Esto evita que por policías se utilice este tiempo máximo como castigo a determinadas personas con las que han tenido una discusión o sienten aversión.
Todas estos cambios están siendo especialmente criticados por las asociaciones de policía que han convocado diferentes manifestaciones para atacar las modificaciones aquí analizadas. Pero lo cierto es que esta reforma es necesaria para acabar con un sistema de identificaciones, cacheos, registros y sanciones que no solo han sido desproporcionados, sino que perjudican gravemente a ciertos individuos o colectivos.