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Cannabis
El partido cannábico Luz Verde gana la batalla: seguirá siendo legal
La Audiencia Nacional ha dado por concluido el proceso por el que el Ministerio de Justicia pretendía ilegalizar al partido cannábico Luz Verde bajo el argumento de no tener actividad. Lo ha hecho mediante un auto, con fecha del 21 de marzo, en el que ordena el archivo.
El ministerio que dirige Fernando Grande-Marlaska llevó en febrero ante la Audiencia Nacional para su ilegalización al partido cannábico Luz Verde por errores de forma en sus estatutos, aplicando un artículo introducido en la Ley de Partidos Políticos por el Gobierno de Rajoy dirigido a formaciones políticas sin actividad, a pesar de que la actividad de este grupo político, heredero del navarro RCN-NOK y conocido como tal desde julio de 2021, es conocida por impulsar la ILP para la regulación de los clubes de cannabis que fue aprobada por el Parlamento navarro en 2014 y, tres años después, anulada por el Tribunal Constitucional. Está presidido por la activista cannábica Fernanda de la Figuera, conocida como la abuela de la marihuana, que en 2019 fue condenada a nueve meses de cárcel por cultivar marihuana medicinal.
Legalización del cannabis
Por errores de forma Interior intenta ilegalizar el partido cannábico Luz Verde
En octubre de 2021, la Subsecretaría General de Política Interior y Procesos Electorales del Ministerio de Interior comunicó a los responsables del partido la obligación de modificar los estatutos legales aprobados en julio de ese año, en la asamblea en la que el partido navarro se convirtió en Luz Verde, para poder ser incluido en el Registro de Partidos Políticos. Un mes después de la notificación, el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo número 5 de la Audiencia Nacional abrIó un procedimiento abreviado contra Luz Verde con el Ministerio del Interior como acusación, a través de la Abogacía del Estado, con un informe de Fiscalía que apoya la ilegalización de la formación política. Le aplicaban el artículo 12 bis de la Ley de Partidos Políticos, introducido en 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy.
“Te comunicas con ellos, te dicen que te falta una cosa, se te va pasando el plazo y, cuando se pasa el plazo, te dicen que te van a disolver por estar inactivo, pero la ley dice expresamente que va dirigida a partidos inactivos, no a partidos con defectos en su estatutos”, explicaba entonces a El Salto Chema Sofer, abogado del partido Luz Verde, en relación a la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo, de control de la actividad económico-financiera de los Partidos Políticos, con la que se introdujo el artículo 12 bis a la Ley de Partidos Políticos.
El auto emitido ahora por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo número 5 de la Audiencia Nacional, al que ha tenido acceso El Salto, confirma un auto anterior, emitido el 21 de febrero, por el que se ordenaba el cierre del proceso después de que el propio Ministerio de Interior haya pedido el archivo de la causa “por satisfacción extraprocesal” ya que, el 4 de febrero desde el partido cannábico ya había presentado un acta notarial ante el Registro de Partidos Políticos que demostraba que ya se habían subsanado los defectos formales de sus estatutos en una asamblea general celebrado por Luz Verde el 23 de diciembre.