Congreso de los Diputados
Despatologización trans y aborto en la pública: claves de las dos leyes que aprueba hoy el Congreso

La ley trans y LGTB y la reforma de la ley del aborto serán aprobadas de manera definitiva en el Pleno de este jueves en el Congreso. El Ministerio de Igualdad logra sacar adelante dos proyectos clave con el telón de fondo de la crisis de la ley del solo sí es sí.
Votación Ley Trans - 1
Colectivos de personas trans en las escaleras del Congreso el martes 18 de mayo durante una concentración para pedir avances en la tramitación de la ley. Dani Gago

El Pleno del Congreso aprobará este jueves de manera definitiva dos proyectos del Ministerio de Igualdad: la ley LGTB y trans y la reforma de la ley del aborto, que regresan del Senado, donde fueron debatidas el 1 de febrero e incorporaron algunas modificaciones.

El debate para su aprobación de estas dos leyes, dos de los grandes proyectos del Ministerio de Igualdad, llega en medio de la crisis de la ley del solo sí es sí y mientras los socios de Gobierno mantienen la tensión generada por la decisión del PSOE de presentar una propuesta de reforma a la ley del solo sí es sí por los efectos indeseados que se han producido tras su entrada en vigor y que han supuesto rebajas de penas a condenador por delitos contra la libertad sexual.

La Ley para la igualdad de las personas trans y la garantía de los derechos LGTBI sufrió en su paso por el Senado dos correcciones técnicas. En primer lugar, se reemplazó el término “procedimiento” por “proceso”. Además, se eliminó la referencia a la violencia intragénero que había quedado en una disposición final, ya que aunque en un primer borrador se abordaba este tipo de violencia, finalmente la idea desapareció del texto. Estas modificaciones de poco calado hicieron que el debate del Senado no sirviera para aprobar la norma de manera definitiva, algo que está previsto que ocurra en el Pleno del Congreso este jueves.

Por su parte, la Ley Orgánica de Salud sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo también se someterá hoy a votación del Pleno para su aprobación definitiva tras pasar por el Senado, donde también se incorporaron algunos cambios. El más significativo es una enmienda para blindar el aborto frente a iniciativas como la propuesta antiabortista de la Junta de Castilla y León y que se aprobó a propuesta del PSOE.

Así, el texto que vuelve del Senado recoge en su artículo 24 la responsabilidad institucional, de forma que las administraciones se abstengan de “cualquier acto que vulnere los derechos sexuales y reproductivos establecidos en esta ley orgánica”. Además, se deberá asegurar que “autoridades, personal funcionario, agentes e instituciones estatales y autonómicas, así como los demás actores que actúen en nombre de las anteriores se comporten de acuerdo con esta obligación”. Este cambio se introduce después de que en Castilla y León el PP y Vox aprobaran un pack de medidas antiabortistas, como obligar a ofrecer a las embarazadas que pretendan interrumpir su embarazo a escuchar el latido del feto. Finalmente, Moncloa reclamó al Gobierno de la Junta de Castilla y León que no aplicara ninguna iniciativa que vulnere la normativa sobre la interrupción voluntaria del embarazo y el gobierno autonómico se comprometió a acatar este requerimiento

La ley trans recoge el derecho de cualquier persona a partir de los 16 años a cambiar la mención registral al sexo y exige una autorización judicial para menores de 12 años

Una ley que pivota sobre la libre determinación de la identidad

La Ley para la igualdad de las personas trans y la garantía de los derechos LGTBI que será aprobada en el Pleno de este jueves tiene como eje vertebrador la autodeterminación de género, un aspecto que generó tensiones entre los dos partidos de la coalición de Gobierno y que finalmente se resolvió a favor de la propuesta del Ministerio de Igualdad y que mantuvo el pulso para que este asunto vertebrara la ley, ya que los colectivos que han impulsado esta norma lo entienden como eje de una mirada despatologizadora de la transexualidad. 

Cambio registral. Con esta ley, las personas mayores de 16 años podrán presentar la solicitud de cambio de sexo en el registro por sí mismas, sin presentar informes de ningún tipo, simplemente expresando esta voluntad en en térmite en el Registro Civil. Una de las claves del debate de esta ley estuvo en cómo recoger el derecho al cambio de la mención registral al sexo para personas trans menores de edad. Finalmente y a pesar de que en el último año se han conocido varios casos de niños, niñas y niñas que han podido hacer este cambio sin informes y acogiéndose a la argumentación de dos sentencias del Constitucional y el Supremos la ley recoge que las personas de 14 y 16 tendrán que hacer la solicitud asistidas por sus representantes legales, mientras que las personas menores de catorce años y mayores de doce necesitarán autorización judicial. Los menores de 12 años no podrán realizar el cambio registral, pero sí cambiar su nombre en el DNI y ser tratados por el nombre deseado.

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Identidad y menores Infancias trans: “Existimos y desde que decimos quiénes somos se nos tiene que respetar”
Registros de Ourense, Tenerife y Valencia han consagrado la rectificación de la mención al sexo a personas menores sin informes utilizando jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Supremo. El interés superior del menor y el respeto a su desarrollo y a su intimidad laten en las argumentaciones de estos autos. Varios niñas, niños y niñes piden que se les escuche: no solo existen, sino que sus vidas son ejemplo de valentía y fortaleza. Lo cuentan en sus palabras.

Intersexualidad. Sobre las personas intersexuales, la ley prohíbe todas aquellas prácticas de modificación genital en personas menores de 12 años, “salvo en los casos en que las indicaciones médicas exijan lo contrario en aras de proteger la salud de la persona”. En el caso de personas menores entre 12 y 16 años, solo se permitirán dichas prácticas a solicitud de la persona menor siempre que, por su edad y madurez, pueda consentir de manera informada a la realización de dichas prácticas. La ley recoge su derecho a recibir una atención integral y adecuada a sus necesidades y también se consagra la posibilidad de  inscribir el nacimiento de las personas intersexuales con la mención del sexo figure en blanco por el plazo máximo de un año. 

Filiación de hijos y reproducción asistida. Otra de las demandas a las que la ley da respuesta es la de las parejas de mujeres, que solo podía registrar a los hijos si estaban casadas. La norma recoge el derecho de filiación de los hijos sin exigir el requisito del matrimonio. Además, el texto recoge la garantía de mujeres lesbianas, mujeres bisexuales y mujeres sin pareja en condiciones de igualdad con el resto de mujeres a las técnicas de reproducción asistida, y también a personas trans con capacidad de gestar.

La ley reconoce medidas específicas en el ámbito laboral, de la salud y educativo e incluye un capítulo de infracciones y sanciones.

Aborto en la pública salud menstrual

Por otra parte, una de los principales medidas que introduce la reforma de la Ley Orgánica de Salud sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo es el blindaje a la Interupción Voluntaria del Embarazo en centros de titularidad pública

Objeción de conciencia. Hasta ahora y más de doce años después de la entrada en vigor de la ley del aborto, la esta prestación pública se garantiza sobre todo a través de conciertos con clínicas. Para impulsar que la prestación se garantice en la privada, la reforma de la ley regula la objeción de conciencia de manera similar a como lo hace la ley de muerte digna, es decir, creando registros de personal objetor a partir de los cuales garantizar que existe personal no objetor en todos los centros hospitalarios.

Las mujeres de 16 y 17 años no necesitarán el consentimiento de sus tutores legales para acceder a la interrupción voluntaria del embarazo y se introducen varias medidas de salud menstrual

IVE con 16 y 17 años. Otra de las claves es que las mujeres de 16 y 17 años no necesitarán el consentimiento de sus tutores legales para acceder a la interrupción, como ocurre ahora debido a la modificación introducida en 2015 por el Gobierno de Mariano Rajoy. También se elimina el periodo de reflexión de tres días que ahora es obligatorio.

Anticoncepción. Garantizar la administración de la píldora del día después en centros de salud y su disponibilidad en todas las farmacias así como medidas para hacer a los hombres corresponsables de la anticoncepción, dando acceso a anticonceptivos masculinos, son otros de los contenidos de la ley que se aprueba este jueves.

Salud menstrual. Otra de las medidas novedosas es la inclusión del derecho a la salud menstrual, que aborda diferentes medidas como la administración de productos de gestión menstrual de forma gratuita en centros públicos o la creación de una baja menstrual en el caso de reglas dolorosas.

La explotación reproductiva o la esterilización forzosa también se abordan en el texto.

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Bajada del IVA de los productos de higiene menstrual o divulgación sobre alternativas ecológicas o son algunas de las iniciativas que podrían concretarse en medidas en los próximos meses.

Las renuncias

Tanto la ley trans como la reforma de la ley del aborto han dejado en el camino propuestas que sí han contemplado en algún momento del proceso. Colectivos de personas LGTBIQ+ pidieron durante el proceso de tramitación que no se dejara atrás a personas trans no binarias, menores de 14 años y migrantes, como se ha hecho en otros países.

Por su parte, el Ministerio de Igualdad quiso en principio incluir la violencia obstétrica en la reforma de la ley del aborto, una idea que impulsó el Instituto de las Mujeres con una serie de debates. La propuesta propició una fuerte rechazo de los estamentos médicos y finalmente no fue incluida, optando por introducir medidas para mejorar y ampliar el acompañamiento al embarazo y al parto pero evitando cualquier alusión a ese tipo de violencia.

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