Cuidados
Familias monomarentales esperan que el Constitucional corrija el palo del Supremo a sus permisos para cuidar

Familias de un solo progenitor luchan en los juzgados por la suma de permisos del segundo progenitor para equiparar a sus hijos e hijas en tiempo de cuidados con los de las familias biparentales. El Supremo frenó su estrategia, pero hay una vía abierta en el Constitucional mientras el INSS ha empezado a reclamar la devolución de dinero a algunas madres que lograron una resolución favorable.
Conciliación familiar laboral
Algunas familias monomarentales deben afrontar el pago de cuotas de la INSS que percibieron al ganar el un juzgado el permiso del segundo progenitor. David F. Sabadell
Modificado el 28 de Junio
26 jun 2024 06:00

La Seguridad Social ha empezado a reclamar a familias monomarentales las cantidades correspondientes a las prestaciones por nacimiento del segundo progenitor que recibieron después de diferentes procesos judiciales que reconocieron la discriminación que suponía para ellas y sus bebés contar con la mitad del tiempo de cuidados que las familias con dos progenitores. “Es un mazazo”, explica Alazne Páramo, portavoz de Madres Solteras Por Elección (MSPE), asociación que lleva peleando en los juzgados desde que en enero de 2019 —cuando comenzó el proceso gradual de equiparación de permisos del segundo progenitor a 16 semanas— y políticamente desde que en 2018 Podemos presentó su proyecto de permisos iguales e intransferibles por la suma de los permisos de ambos progenitores en aquellas familias encabezadas por una persona.

Según explica Páramo, la Seguridad Social se está dirigiendo a las demandantes habían obtenido la prestación por medio de medidas cautelares, pero la reclamación hasta donde saben no se está produciendo en el resto de los casos, según lo que les han transmitido sus socias. Además, la carta del INSS especifica que, de no hacer el pago en el plazo determinado, se cobrará un recargo del 50%: “Si nuestras economías ya son muy ajustadas, que de repente tengamos que hacer estos desembolsos es penoso”, dice Páramo.

El Supremo rechazó el año pasado que las familias monomarentales tuvieran derecho a disfrutar de las semanas de permiso por nacimiento que corresponderían al segundo progenitor

El Supremo rechazó el año pasado que las familias monomarentales tuvieran derecho a disfrutar de las semanas de permiso por nacimiento que corresponderían al segundo progenitor. Lo hizo en una sentencia del 2 de marzo de 2023. La sala de lo social del Supremo entendió que debe ser el legislador el que cambie la norma y no el Tribunal Supremo el que establezca el derecho a la acumulación de permisos a través de una sentencia y que, de validar la acumulación de permisos, estaría creando de facto una prestación nueva.

Después de este pronunciamiento, siguieron otros en el mismo sentido. Sin embargo, lamenta la portavoz de MSPE, el asunto no está cerrado y el INSS ha empezado a reclamar la devolución de las prestaciones sin tener en cuenta que el Constitucional ha admitido varios recursos de amparo a trámite.

El papel del Constitucional

El Tribunal Constitucional debe pronunciarse sobre al menos tres recursos de amparo, según los datos que conoce MSPE. El dato, valora MSPE, es relevante ya que menos un 2% de los recursos de amparo son admitidos. La Memoria de 2022 refleja que el Constitucional recibió 8.528 recursos de amparo, 158 más que el año anterior, aunque solo admitió a trámite 159 (12 en pleno y 147 repartidas entre las dos salas que componen la corte de garantías), es decir, un 1,8%.

El hecho de admitir el recurso muestra que hay base y que el tema es de interés constitucional, valora Lourdes Ruiz, abogada del bufete que ha diseñado la estrategia ante el Tribunal Constitucional, que se basa en pedir amparo por el artículo 14, es decir, el que dictamina la igualdad y la no discriminación. Lo primero cuando se interpone un recurso de amparo al Constitucional, explica la abogada, es establecer qué derecho fundamental se ha vulnerado, y el artículo 14 es el derecho fundamental amparable que se vulnera de forma clara, aunque debe ponerse en relación con otros preceptos constitucionales, como los artículos 39 y 9.2, ya que, el tema está relacionado con el deber constitucional de los padres a cuidar a los niños y niñas y con el principio rector de la política social, que establece que los poderes públicos tienen que proteger a las familias. “Y familias, en términos constitucionales, no son solo aquellas en las que hay un padre y una madre, el Tribunal Constitucional ya dejó claro en el año 2012 que las familias son muy diversas, incluyendo las monoparentales”, argumenta Ruiz.

El Tribunal Constitucional debe pronunciarse sobre al menos tres recursos de amparo donde las demandantes argumentan que se vulnera el artículo 14 de la Constitución, relativo a la igualdad y no discriminación

“Además, hay una realidad social detrás de las familias monoparentales, que es que la mayoría están conformadas por madres”, explica, de forma que se produce una discriminación indirecta hacia las mujeres. Y es que más del 80% de las familias encabezadas por un solo progenitor son “monomarentales”.

Sobre el papel de los derechos de los niños y niñas y el interés superior del menor, Ruiz explica que ella misma y la Unidad Especializada en Derechos Fundamentalesde su despacho entienden que, aunque sea evidente que el interés del menor está en juego y también se produce desigualdad para las y los menores, entendieron que lo adecuado a nivel procesal era argumentar la desigualdad de las mujeres que, en el libre desarrollo de su personalidad, han decidido formar una familia monomarental y que tienen desventajas con respecto a las familias biparentales, ya que ellas eran la parte que había promovido, primero, la reclamacion administrativa, luego el procedimiento judicial.

Aunque la equiparación de permisos a 16 semanas para ambos progenitores, que se implantó de forma progresiva desde enero de 2021, buscaba la corresponsabilidad de forma aparentemente neutral, en su aplicación la norma supone una discriminación para las familias monoparentales, que en su generalidad, están formadas por madres, interpreta Ruiz. Sobre la posibilidad de que estos recursos de amparo prosperen después de los pronunciamientos del Supremo, es tajante: “Creo que tenemos toda, toda la razón, el argumentario de los recursos de amparo está integramente fundamentado en la doctrina constitucional”.

La ley de familias

El 29 de noviembre de 2022, el Consejo de Ministros aprobaba el Anteproyecto de la Ley Orgánica Integral contra la Trata y la Explotación de Seres Humanos. Ese mismo día, estaba previsto que el Consejo de Ministros diera luz verde también a la Ley de Familias, pero este proyecto tuvo que esperar… una vez más. 

El Ministerio de Derechos Sociales, dirigido entonces por Ione Belarra, decía que la ley estaba redactada y lista para ser elevada al Consejo de Ministros desde hacía casi un año, es decir, desde el último trimestre de 2021. En la negociación de esta ley se había acordado una renta crianza de 100 euros por hijo y la acumulación del permiso del segundo progenitor —con la posibilidad de transferirlo a familiares de hasta segundo grado—, entre otras medidas. Unidas Podemos renunció finalmente a la inclusión de la acumulación de permisos. Lo hizo, explicaba, para intentar desbloquear la tramitación de esta ley. 

En junio de 2024, la ley de familias sigue esperando a pesar de que el texto está listo desde finales de 2021 y la acumulación de permisos ha quedado fuera del texto

En junio de 2024, la ley de familias sigue esperando y la acumulación de permisos ha quedado fuera del texto. Sin embargo, MSPE sigue pensando que esta es la vía para conseguir que sus hijos e hijas tengan derecho al mismo tiempo de cuidados que quienes nacen en familias con dos progenitores. 

El texto se encuentra en este momento en periodo de enmiendas. “Sigue prorrogándose el plazo para que los grupos presenten sus enmiendas y hemos tenido reuniones con los grupos políticos para que recojan las nuestras y se planteen en el debate parlamentario“, dice Alazne Páramo. “Esta ley sería una muy buena ocasión para corregir esta discriminación”.

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