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Cooperativismo
La vía cooperativa y el apoyo mutuo
Cuando en las Facultades de Derecho se abordan las asignaturas de Derecho Mercantil, no se menciona a las cooperativas. El Derecho Societario se refiere únicamente a sociedades civiles, limitadas y sobre todo, anónimas. Incluso las sociedades comanditarias encuentran alguna mención en los manuales. Sin embargo, de sociedades cooperativas y laborales, nada de nada. Y no digamos ya de empresas de inserción, cofradías de pescadores, fundaciones, asociaciones, mutualidades u otros formatos.
La economía social se excluye, por la vía de hecho, de la mayor parte de planes oficiales de estudios jurídicos. Y es así como se omite una realidad socioeconómica que agrupa a más de cuarenta mil entidades y genera empleos directos e indirectos para más de dos millones de personas en el Estado, según datos de la Conderación Empresarial de Economía Social CEPES.
Pero aún más relevante que lo cuantitativo es lo cualitativo. La economía social no solo crea y distribuye riqueza y promociona el desarrollo económico entre amplios y muy diversos grupos sociales, sino que también supone un ejercicio de democracia directa a través de la participación y como una de las formas más avanzadas de organización de la sociedad civil. Es quizá una de las experiencias más cercanas de democracia económica.
Y pese a todo ello, observamos cómo, incluso las dinámicas de gestión de bienes públicos y comunes, resultan cada vez estar más atravesadas por criterios de gestión capitalista en lugar de por fórmulas que apuesten por mecanismos de gestión compartida basada en las lógicas del bien común. A las cooperativas de servicios públicos, pese a existir, no se las espera. Impera lo privado en detrimento de lo público y comunitario.
Frente a todo ello, el cooperativismo y la economía social siguen ofreciendo un interesante espacio de cooperación, reciprocidad y apoyo mutuo. La participación en dinámicas de construcción colectiva no solo es viable económicamente sino que puede resultar muy enriquecedoras en el plano personal, tanto a nivel individual como colectivo.
En este último terreno, el colectivo, podemos situar las fórmulas clásicas a través de las que la economía social deja ver su impacto positivo en la sociedad:
- Vía precios, ofreciendo bienes y servicios en condiciones más ventajosas para sus asociados y demostrando a través de esta fórmula como se puede ser competente a la vez que “competitivo”.
- Vía intereses, remunerando el capital social que se aporta. La responsabilidad compartida y mancomunada o el auge de las experiencias de financias éticas son quizá uno de los más interesantes “casos de éxito” vividos en los últimos años en el seno de la economía social.
- Vía retornos, porque las entidades de economía social no tienen “ánimo de pérdidas” ni tienen por qué ser entidades exclusivamente benéficas, sino que permiten distribuir beneficios entre quienes comparten una actividad cooperativa. Ahora bien, que esos retornos respondan a otras lógicas como la educativa o la cultural no solo las hace más digna sino que pone en valor la necesidad social de priorizar tales cuestiones.
En suma, que desde quienes tenemos vocación de transformación social, debemos prestar cada vez más atención al fenómeno cooperativo, apostar por la economía social en cada espacio donde sea posible la implantación o extensión de experiencias vinculadas a la misma y sobre todo, tener presente que se trata de un mecanismo útil para superar tanto los entornos hostiles como la competencia autodestructiva. En eso estamos.