La ley marca permisos retribuidos para situaciones como el apagón eléctrico

El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.3, protege a la plantilla cuando no es posible llegar a su puesto de trabajo o desarrollar con normalidad su tarea en situaciones como no tener electricidad durante horas.
Apagón 28A - 26
Álvaro Minguito Operarios tratan de abrir un cierre eléctrico en una tienda de Madrid

Al igual que ocurrió con las lluvias torrenciales de marzo y con los atropellos que se produjeron con la catástrofe de la Dana, el Ministerio de Trabajo ha querido recordar nada más recuperarse la electricidad que la ley protege a los trabajadores y trabajadoras que no han podido acudir a su puesto o han tenido que marcharse antes de finalizar su jornada. 

Se trata del artículo 37.3 del Estatuto de los Trabajadores, que establece en su apartado 'g' que la persona trabajadora podrá ausentarse hasta cuatro días “por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo”. De hecho concreta que el trabajo puede realizarse a distancia siempre que “el estado de las redes de comunicación permita su desarrollo, la empresa podrá establecerlo, observando el resto de las obligaciones formales y materiales recogidas en la Ley 10/2021, de 9 de julio, de trabajo a distancia, y, en particular, el suministro de medios, equipos y herramientas adecuados”. 


Este no ha sido el caso en este 28 de abril, donde además del colapso del transporte ha habido un apagón general de internet y las telecomunicaciones. Por eso, desde el Ministerio de Trabajo destacan tres situaciones que contempla la ley y que deja sin posibilidad de represalias por no haber asistido al trabajo hoy o no haber completado la jornada. 

“El Gobierno quiere transmitir tranquilidad a los trabajadores y trabajadoras de nuestro país”, especificaban en el comunicado y aseguraban que “van a tener protegidos todos sus derechos laborales, incluidas sus retribuciones, a través de los permisos y derechos garantizados y reconocidos en el Estatuto de los Trabajadores”. Estos supuestos eran no poder acudir al centro por dificultades en el transporte, no poder acceder al puesto de trabajo y no poder trabajar en el puesto por “problemas derivados del corte de suministro o problemas relacionados con la conectividad”. 

“Frente a las dificultades para trabajar por el contexto actual, ningún trabajador o trabajadora quedará desprotegido”, han asegurado desde la cartera de Yolanda Díaz.

Energía
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Pedro Sánchez explica que se produjo una “pérdida” del 60% de la electricidad a las 12:33h: “15 gigavatios se han perdido súbitamente del sistema en apenas 5 segundos. Aproximadamente el 60% del sistema eléctrico”.
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