Libertad de expresión
El Supremo anula la condena a Teresa Rodríguez por vulnerar el honor de Utrera Molina

La líder de Adelante Andalucía reacciona a la sentencia con “sentimientos encontrados”. Los sitúa entre un “cierto alivio” por una sentencia judicial que “pone las cosas en su sitio” y la “preocupación” en que otras instancias judiciales hubieran previamente “homologado el derecho franquista al Estado de derecho democrático”.
Teresa Rodríguez
Teresa Rodríguez, en el Parlamento de Andalucía en 2018 Archivo El Salto
18 nov 2021 22:16

La sala de lo civil del Tribunal Supremo ha estimado el recurso interpuesto por Teresa Rodríguez y ha anulado una sentencia previa de la Audiencia Provincial de Madrid que la condenaba por vulneración del derecho al honor de Utrera Molina, ministro en los últimos años del franquismo, y a indemnizar a su familia con 5.000 euros. El Alto Tribunal considera que la parlamentaria andaluza expresó su opinión pero no atribuyó un delito de asesinato a Utrera Molina. Al conocer la sentencia revocatoria, Rodríguez ha afirmado que “reconoce lo que es obvio, que Utrera Molina tuvo una responsabilidad directa en la ejecución de Puig Antich que yo personalmente, y en el ejercicio de mi libertad de expresión, considero un asesinato”.

La sentencia anulada por el Supremo tiene su origen en un tuit publicado por Teresa Rodríguez el 2 de marzo de 2018 —44º aniversario de la ejecución de Salvador Puig Antich— en el que incluía entre los “responsables” del asesinato a Manuel Fraga y también a José Utrera Molina. 

La familia de Utrera Molina, fallecido en 2017, llevó a Rodríguez a los tribunales por ese tuit, acusándola de vulneración del derecho al honor y reclamando una indemnización de 10.000 euros. El juzgado nº 50 de Madrid y la Audiencia Provincial fallaron a favor de la familia del político franquista, indicando que la atribución de la responsabilidad del asesinato expresada en el contenido de dicho tuit no se circunscribía a la libre crítica. La indemnización a la familia quedó establecida finalmente en 5.000 euros. La diputada autonómica presentó entonces un recurso ante el Supremo.

La sentencia de la sala de lo civil del Tribunal Supremo conocida este jueves considera que “una opinión relacionada con una etapa histórica reciente y con las conductas políticas relacionadas con dicha etapa histórica supone, objetivamente, una contribución al debate político” y que el tuit de Rodríguez expresa “la opinión de la recurrente sobre la responsabilidad política del fallecido, en tanto que alto dirigente político e integrante del Consejo de Ministros que dio el «enterado» a la pena de muerte del Sr. Puig Antich, en la ejecución del condenado a muerte”. Además, destaca que Rodríguez no empleó expresiones insultantes ni denigrantes. Su condición de parlamentaria autonómica también ha sido contemplada en el fallo.

Teresa Rodríguez, con “sentimientos encontrados” tras conocer la sentencia

La líder de Adelante Andalucía ha reconocido recibir con “cierto alivio” que haya una “instancia judicial que pone las cosas en su sitio”, aunque también ha señalado su “preocupación” porque un tribunal “pone negro sobre blanco que otras instancias judiciales han homologado el derecho franquista al Estado de derecho y que demuestra hasta qué punto existen simpatías por el régimen franquista todavía en los tribunales”.

Además, ha mostrado su esperanza en que la sentencia del Supremo sirva para dar “seguridad” y “tranquilidad” a la ciudadanía en el ejercicio de la libertad de expresión y en “la crítica del franquismo y sus desmanes, sin la necesidad de tener que enfrentarse a abogados que forman parte de ese pasado reaccionario y que todavía operan en nuestro país, algunos con mucho poder”.

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