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Madres protectoras
Una madre, condenada a tres años y medio por secuestrar a su propia hija, solicita su indulto

La Audiencia Provincial de Barcelona confirmó el pasado 18 de marzo la sentencia condenatoria para Jewel Lázaro impuesta por la Sección del Juzgado de lo Penal N.º 27 de Barcelona el 7 de julio de 2023 de tres años y un día de prisión, con la inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por tiempo de 7 años y 1 día respecto de su hija, y de un delito de abandono de familia en su modalidad de impago de pensiones tipificado y sancionado en el artículo 227.1 del Código Penal, a la pena de tres meses de prisión; así como a indemnizar a su ex pareja con 8.800 euros y al pago de la totalidad de las costas procesales, incluidas las de la acusación particular.
La defensa de Jewel, en el caso juzgado en Barcelona, donde residía el padre en el momento de los hechos, ha presentado recientemente una petición de indulto, otra de suspensión de la pena y un recurso de reforma por el que piden mantener en suspenso su entrada en prisión, prevista el pasado viernes 28 de marzo y que todavía no se ha ejecutado, hasta el pronunciamiento del Ministerio. En las tres peticiones se señala el arrepentimiento de Jewel y el hecho de que ahora es madre soltera de una bebé de nueve meses, además de otros factores.
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Jewel, natural de Seattle, conoce a su expareja en 2009 y en 2015 nace su hija en Irlanda, país del padre. La condena corresponde a una denuncia por sustracción de menores realizada por el padre de su hija. En abril de 2020, según consta en el escrito de petición de indulto, existió un episodio de tensión familiar y violencia en Barcelona, donde residían, que generó informes psicológicos, aportados en la petición “que avalan que la menor refirió a su madre instancias de maltrato, y que la Sra. Lázaro, como madre, obró pensando en el bienestar de la menor”.
Aunque la sentencia reconoce “hechos puntuales de comportamientos no muy adecuados del padre hacia la menor”, alega que “no pueden ser calificados de malos tratos físicos o psicológicos hacia la menor”
En la sentencia de condena a Jewel, sin embargo, no acoge esta alegación y aunque reconoce, “si bien existen hechos puntuales de comportamientos no muy adecuados del padre hacia la menor”, la sentencia alega que “no pueden ser calificados de malos tratos físicos o psicológicos hacia la menor ni pueden integrar un comportamiento agresivo del padre”. El escrito, al que ha tenido acceso este medio, alega que del informe psicológico aportado “no concluye de forma categórica una situación de peligro” por lo que “recomienda una exploración más amplia que incluya a todo el núcleo familiar y permita determinar o no la existencia de las situaciones descritas por la acusada y la menor”.
El informe psicológico aportado por los abogados de la defensa, incluidos en la petición de indulto hacen mención a que, “La menor explicó que estaba asustada porque su padre se la quería llevar, que su padre le hace daño y que ella intenta esconderse y se pone muy triste”. La menor detalló las zonas donde refiere haber sido golpeada: Cabeza y pecho. Su relato era rico en detalles y congruente con un estado emocional de clara afectación”. Los letrados afirman que con ellos “no tratamos de oponernos a la valoración probatoria alcanzada por la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº27 de Barcelona”, sino a entender una conducta que, “si bien no es ajustada a derecho, no es menos cierto que, es realizada por un motivo loable, una madre preocupada por lo que sucedía en el entorno familiar y decidida a proteger a su hija”.
Justificación del indulto
La petición de indulto para Jewel Beatriz Lázaro destaca que su conducta antijurídica “no respondió a un propósito criminal, sino a la necesidad de proteger a su hija en un contexto de violencia y tensión familiar, mostrando un profundo arrepentimiento. Su caso es similar a otros indultos concedidos en circunstancias análogas, como los de Juana Rivas Gómez y María Sevilla Sánchez”. Actualmente Jewel dice estar atravesando un infierno y “no tener contacto con su hija de diez años durante un año y casi diez meses”, ha declarado a este diario.
La petición presenta el cumplimiento por parte de Jewel de los requisitos para que le sea concedido como que se trata de un caso de delincuencia primaria, es decir que, “salvo el presente caso, no cuenta con antecedentes penales ni ha sido objeto de sanciones administrativas o problemas de orden público”. Otro de los requisitos para ser indultada es la muestra de compromiso absoluto en los pagos judiciales correspondientes, que en su caso ya han sido realizados, y los de la responsabilidad civil, que están a la espera del trámite burocrático correspondiente.
En cuanto a la condición de inexistencia de riesgo para terceros es donde la petición del equipo jurídico de Jewel es más fehaciente, alegando que tuvo una segunda hija de tan sólo 9 meses de edad, con la que ejerce de madre soltera sus deberes de guardia y custodia, que necesita de cuidados y atención plena por parte de su madre. En este sentido, la petición de indulto apela al interés superior del menor, que según la norma jurídica en nuestro país, “exige una valoración ponderada de las consecuencias de la ejecución de la pena, y en este caso, resulta evidente que la reclusión de la madre afectaría de forma directa, negativa e irreparable a su hija, que se vería privada definitivamente de la figura materna”, esgrimen los abogados.
Respecto al ámbito social, económico y laboral, la petición de indulto defiende que Lázaro es una de las mejores estudiantes del programa de formación a distancia de Servicios Sociales y Humanos en Edmonds College, en Washington, EE. UU., y a nivel laboral, desempeña un papel activo en organizaciones de apoyo a víctimas de violencia doméstica como la ‘Narkis International Child Abduction Initiative', “siendo una ciudadana norteamericana que cuenta con múltiples informes sobre su honestidad cívica en ese país”.
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El escrito de petición de indulto, hace referencia a la tutela judicial efectiva que exige que las penas se apliquen con proporcionalidad, atendiendo no solo a la naturaleza del delito, sino a la evolución personal de quien lo cometió y apunta que en este caso la entrada en prisión de Jewel sería contraproducente “cuando ha logrado estabilidad después de un periodo de adversidad, dejando a una menor, que no tiene ni un año de edad, sin su imagen, apoyo y unión materna”. También considera el indulto justificado plenamente, “de conformidad con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que establece que la ejecución de las penas debe permitir la reinserción del condenado”.
A la petición de indulto al Ministerio de Justicia le acompañan más de 2.000 firmas ciudadanas recabadas en la plataforma Change.org que alega “un uso indebido del Convenio de La Haya para ordenar la devolución de la menor a España, a pesar de los graves riesgos para la protección del menor. A continuación, el padre presentó cargos penales en España, a pesar de los acuerdos de EEUU de que si se devolvía a la menor, se le protegería”.
“No soy una criminal, no he cometido un delito. Creí que estaba haciendo lo correcto, volví a mi casa en Estados Unidos con mi familia y mi hija cuando la policía me dijo que podía salir de casa de mi expareja"
Jewel ha respondido a este medio explicando que tenía 19 años cuando conoció al padre de su hija “Y no entendí durante muchos años el tipo de abuso en una relación donde menospreciaba y criticaba cada cosa que yo hacía insultándome”. Cuenta que el nivel de control llegó a la manipulación de otras personas e instituciones para ponerlas en su contra, “cada vez que recibía algún apoyo se ponía en contacto con ellos, incluso con mis abogados, les envió cartas a todos y cada uno, para amenazarles y que no me ayudaran”.
En declaraciones a este medio, Jewel asegura que no está tratando de eludir la ley, “no soy una criminal, no he cometido un delito. Creí que estaba haciendo lo correcto, volví a mi casa en Estados Unidos con mi familia y mi hija cuando la policía me dijo que podía salir de casa de mi expareja después de la pandemia durante mis vacaciones permitidas por el tribunal en EEUU y él lo sabía. No hay ninguna razón por la que deba tener una condena para ir a prisión durante tres años por eso. Es una locura”.