Cuando el calor mata en el trabajo: la ley existe, pero sigue sin proteger a quienes trabajan al sol

Los sindicatos CCOO, CGT y SAT denuncian que la aplicación sigue siendo insuficiente, que la inspección no llega a todas las empresas y que los trabajadores continúan enfrentándose al miedo a perder el empleo si deciden parar.
Galería Calor Madrid - 6
Un repartidor de plataforma se refresca en medio de su jornada laboral David F. Sabadell

Mientras buena parte del país vuelve a encadenar jornadas de temperaturas extremas, los sindicatos alertan de que el calor continúa siendo un riesgo laboral infravalorado. A la espera de que se esclarezcan las causas del fallecimiento de un trabajador en una obra de Sevilla hace apenas unos días —un caso que todavía se investiga para determinar si guarda relación con un golpe de calor—, las organizaciones sindicales insisten en que las muertes y enfermedades provocadas por las altas temperaturas no pueden seguir tratándose como hechos inevitables.

“Estamos pidiendo que, cuando se registren fallecimientos asociados a las olas de calor, se diferencie entre la población general y los casos laborales. Es necesario investigar si la persona estaba trabajando y si existe relación con las altas temperaturas”, explica Rubén Pinel, adjunto a la Secretaría de Salud Laboral y Medio Ambiente de CCOO. A su juicio, conocer cuántas personas mueren mientras desempeñan su trabajo es imprescindible para dimensionar un problema que continúa parcialmente oculto en las estadísticas.

Sobre el papel, España cuenta con un marco normativo que obliga a proteger a las personas trabajadoras frente al estrés térmico. La base legal se encuentra en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 486/1997, que regula las condiciones de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Tras la muerte de varios trabajadores durante el verano de 2022, el Gobierno aprobó el Real Decreto-ley 4/2023, que reforzó las obligaciones empresariales cuando se producen fenómenos meteorológicos adversos.

La norma establece que, cuando existan avisos meteorológicos de nivel naranja o rojo y los trabajos al aire libre no puedan desarrollarse de forma segura, las empresas deben adaptar las condiciones laborales o, si el riesgo no puede eliminarse, suspender la actividad sin que ello suponga una pérdida salarial para la plantilla. Entre las medidas preventivas figuran la modificación de horarios para evitar las horas centrales del día, la reducción de la exposición al sol, pausas más frecuentes, acceso permanente a agua potable, zonas de sombra o espacios climatizados y equipos de protección adecuados.

La reciente modificación del artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores obliga a todas las empresas a tener un protocolos frente a fenómenos meteorológicos adversos.

Además, la reciente modificación del artículo 85.1 del Estatuto de los Trabajadores incorpora la obligación de negociar protocolos empresariales frente a fenómenos meteorológicos adversos, una herramienta que los sindicatos consideran clave para anticiparse a episodios cada vez más frecuentes como consecuencia del cambio climático.

“La normativa está bien, pero somos conscientes de que muchas empresas no tienen una práctica ágil a la hora de implantarla”, afirma Pinel y explica que la Inspección de Trabajo ya está exigiendo a las empresas la elaboración de estos protocolos, que deberían contemplar medidas concretas como la adaptación de horarios, el suministro de equipos de protección, recursos de hidratación o la reorganización de las tareas.

El representante de CCOO considera, además, que el Ministerio de Trabajo mantiene paralizado desde hace más de un año el reglamento sobre cambio climático que debía desarrollar estos protocolos con mayor detalle y facilitar su aplicación en función de los distintos sistemas de alerta existentes. “No siempre está claro cuándo deben activarse las medidas”, señala. Como ejemplo, cita las diferencias entre los criterios utilizados por el Ministerio de Sanidad y la Agencia Estatal de Meteorología para emitir alertas por calor, una disparidad que, a su juicio, genera inseguridad en las empresas y dificulta la prevención. Y es que Sanidad tiene en cuenta más parámetros para lanzar una alerta por calor.

Mientras ese desarrollo normativo no llega, el sindicato reclama que las empresas actúen de forma preventiva, sin esperar a que los termómetros alcancen los 40 grados. “Los protocolos deberían prever descansos adicionales, cambios en los ritmos de trabajo o modificaciones de jornada antes de llegar a situaciones extremas”, sostiene. Uno de los ejemplos que menciona CCOO es Andalucía, donde el convenio colectivo de la construcción obliga desde hace años a modificar los horarios entre los meses de mayo y septiembre para evitar trabajar durante las horas de mayor calor. En el resto de comunidades autónomas esa obligación convencional no existe de forma generalizada, lo que provoca respuestas muy desiguales dependiendo del territorio y del sector.

El Ayuntamiento de Madrid impuso protocolos a sus subcontratas tras el accidente mortal en limpieza de 2022

“Ahora mismo no debería haber nadie trabajando en el exterior a la una del mediodía”, resume Pinel, que explica que el sindicato está realizando revisiones específicas en obras de Andalucía y Madrid para comprobar el cumplimiento de las medidas preventivas. También recuerda que administraciones como el Ayuntamiento de Madrid tienen la obligación de exigir a sus empresas contratistas y subcontratistas procedimientos de trabajo seguros frente a las altas temperaturas. Todo ello después del accidente mortal en la limpieza y otros tantos registrados. 

Más allá de los horarios, CCOO plantea introducir nuevas medidas organizativas. Uno de los cambios que propone consiste en evitar que las personas trabajen aisladas cuando existe riesgo de golpe de calor. “No se puede estar trabajando solo en un día como hoy”, sostiene Pinel, que reclama la incorporación expresa en la normativa preventiva de la figura de una personal que coordine y controle cómo están los trabajadores que hacen labores individuales. 

“En grandes obras ya existen responsables que conocen en todo momento dónde se encuentra cada empleado”, explica el representante sindical de CCOO.

El dirigente sindical recuerda que varios accidentes mortales registrados en los últimos años no fueron detectados hasta horas después, cuando el trabajador no regresó a casa o nadie advirtió su ausencia. “En grandes obras ya existen responsables que conocen en todo momento dónde se encuentra cada empleado”, explica el representante sindical de CCOO que plantea extender mecanismos similares a otros sectores especialmente expuestos.

El secretario general de CGT, Miguel Fadrique, recuerda que la legislación ya reconoce el derecho a detener su actividad cuando consideran que existe un riesgo grave para su salud.  El artículo 21 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales permite interrumpir la actividad cuando exista un riesgo grave e inminente para la seguridad o la salud de las personas trabajadoras. Además, el propio Estatuto de los Trabajadores contempla que tanto individualmente como a través de la representación sindical pueda paralizarse el trabajo mientras persista ese peligro.

“Si las empresas cumpliesen la legislación vigente, los riesgos laborales de cualquier tipo se reducirían de una manera notable”, indican desde CGT.

“Si las empresas cumpliesen la legislación vigente y las administraciones se encargaran realmente de que esta se cumpliera, los riesgos laborales de cualquier tipo se reducirían de una manera notable”, afirma. Aunque reconoce que toda ley es mejorable y que el riesgo cero no existe, sostiene que la prioridad debería ser reforzar la vigilancia y sancionar con contundencia a quienes incumplen las obligaciones preventivas. El dirigente insiste en que toda la plantilla debería conocer que tiene derecho a detener su actividad cuando exista un riesgo inminente. "Por encima de la producción o de cualquier trabajo está la salud y la vida”.

Desde el Sindicato Andaluz de Trabajadoras y Trabajadores (SAT), su portavoz nacional, Óscar Reina, comparte el diagnóstico, aunque pone el acento en la distancia entre lo que establece la normativa y la realidad cotidiana de los centros de trabajo. A su juicio, uno de los principales problemas es la falta de información que llega directamente a quienes trabajan en el campo, la construcción, la limpieza o cualquier otra actividad expuesta al calor. Según explica, muchas personas desconocen qué obligaciones tiene la empresa o qué derechos pueden ejercer cuando consideran que su salud está en peligro.

Reina considera además que la legislación mantiene cierta ambigüedad sobre cómo debe actuar un trabajador cuando las condiciones dejan de ser seguras, lo que provoca que muchos opten por continuar trabajando por miedo a represalias o a perder el empleo. Por ello reclama un papel mucho más activo de la Inspección de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y de las administraciones autonómicas tanto en las labores de información como en la vigilancia del cumplimiento de la normativa.

Autonomía del trabajador para protegerse

Otra de las propuestas planteadas por CCOO pasa por conceder mayor margen de actuación a los propios trabajadores dentro de los protocolos preventivos. Pinel pone como ejemplo el caso de un barrendero que pudiera modificar temporalmente su recorrido para aprovechar las zonas de sombra sin necesidad de solicitar autorización expresa cada vez. Esa autonomía permitiría adaptar de forma inmediata la organización del trabajo a las condiciones reales de temperatura y evitaría conflictos cuando la prioridad sea proteger la salud.

Con el aumento de las temperaturas extremas, la Inspección de Trabajo ha reforzado este verano su campaña específica sobre riesgos derivados del cambio climático, dirigida especialmente a sectores como la construcción, la agricultura, la limpieza viaria, la recogida de residuos, la logística o el reparto. El objetivo es comprobar que las empresas realizan evaluaciones de riesgo, disponen de protocolos frente a fenómenos meteorológicos adversos y aplican medidas preventivas eficaces cuando se activan las alertas por calor.

“La reticencia de la empresa respecto a la prevención, sobre todo en lo referente al calor, fue uno de los motivos que nos impulsó a convocar la huelga", explica el comité de empresa de Aixa–Can Mansana.

Un buen ejemplo de cómo esta teoría es difícil de ver en la práctica para muchos trabajadores está en el sector de la construcción, la hostelería y todos aquellos que trabajan en el exterior. Como es el caso de los arqueólogos. Es la experiencia de la plantilla de Aixa–Can Mansana. Irene Duaigües, miembro del comité de huelga de los trabajadores, explica que el conflicto laboral que mantienen con apoyo del sindicato CNT también incluye las reclamación de mayor protección contra el calor. “Actualmente desconocemos si la empresa ha tomado nuevas medidas porque llevamos más de diez meses de huelga. Precisamente la reticencia y el desentendimiento de la empresa respecto a la prevención, sobre todo en lo referente al calor, fue uno de los motivos que nos impulsó a convocarla”, señala.

Según relata, durante el verano de 2025 la empresa únicamente adelantó el horario de trabajo, estableció diez minutos de pausa en las horas centrales del día y repartió gorros de paja. El resto de medidas preventivas —como garantizar agua potable, facilitar crema solar, instalar puntos de sombra o disponer de casetas de obra climatizadas— llegaron únicamente tras la presión ejercida por la sección sindical y las denuncias presentadas ante la Inspección de Trabajo por incumplimiento de la normativa.

Para Duaigües, todavía queda mucho margen de mejora. Reclama la instalación de puntos de sombra permanentes y carpas en las zonas de excavación, neveras para conservar el agua fría y la comida, casetas climatizadas, reducción de la jornada durante las olas de calor extremo y una adaptación real de los horarios, las tareas y los descansos en función de las condiciones meteorológicas.

Las organizaciones sindicales coinciden en que el aumento de las olas de calor asociado al cambio climático obliga a replantear la organización del trabajo en numerosos sectores

Respecto a la actuación cuando la empresa incumple sus obligaciones, recuerda que la legislación establece mecanismos para exigir el cumplimiento de las medidas preventivas. “Existe la figura del recurso preventivo, que debe velar porque los planes de prevención se apliquen correctamente. Si la empresa no cumple, el trabajador puede dirigirse a esa persona y, cuando existe representación sindical, acudir también al delegado de prevención. Si aun así persisten los incumplimientos, queda la vía de la Inspección de Trabajo”. Sin embargo, advierte de que, en demasiadas ocasiones, la realidad es que algunas empresas siguen considerando estas medidas como un coste prescindible, pese a que constituyen una obligación legal destinada a proteger la salud de la plantilla.

Las organizaciones sindicales coinciden en que el aumento de las olas de calor asociado al cambio climático obliga a replantear la organización del trabajo en numerosos sectores. Para ellas, el debate ya no consiste únicamente en aprobar nuevas normas, sino en conseguir que las existentes se cumplan de forma efectiva y que ninguna persona tenga que elegir entre conservar su empleo o proteger su salud. Porque, recuerdan, un golpe de calor durante la jornada laboral no es una fatalidad inevitable: cuando la prevención falla, también falla el sistema de protección del trabajo.

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