Archivada la causa contra ocho activistas por pedir al festival Rototom que no contratara a Matisyahu

La Audiencia de València pone punto y final a un procedimiento en el cual por primera vez se pretendía condenar a defensores de los Derechos Humanos aplicándoles la legislación contra los delitos de odio.
Rueda de prensa Rototom Matisyahu
Rueda de prensa de la campaña Defendemos los derechos humanos, de apoyo a las encausadas, en febrero de 2017. Foto: Lluïso Llorens / La Directa
18 ene 2021 13:30

Casi cinco años y medio después de la actuación del cantante de reggae Matisyahu en el festival de música Rototom Sunsplash de Benicàssim (Plana Alta), la causa contra ocho activistas que solicitaron a la organización la suspensión del concierto ha quedado definitivamente archivada. En una sentencia interlocutoria resuelta el 11 de enero, la sección tercera de la Audiencia de València ha estimado los recursos de apelación presentados por la defensa de las acusadas, que previamente ya habían recibido el apoyo de la fiscalía. Esta decisión implica el sobreseimiento de las diligencias previas en manos del Juzgado de Instrucción 19 de València y no es susceptible de recurso ordinario, a pesar de que la acusación todavía tiene una última opción remota de pedir la nulidad de esta interlocutoria y ampararse en el Tribunal Constitucional.

Las ocho activistas estaban siendo investigadas a raíz de una querella criminal presentada por el presidente de la asociación Comité Legal para la Lucha contra la Discriminación, Abel Isaac de Bedoya Piquer, en la que se les imputaba la comisión de los delitos de coacciones, amenazas y un delito cometido en ocasión del ejercicio de derechos fundamentales y de las libertades públicas, lo que popularmente se conoce como un delito de incitación al odio contemplado en el artículo 510 del Código Penal español. Es destacable que ni el cantante ni la propia organización presentaron ninguna denuncia por unos hechos que se remontan al agosto de 2015, cuando se lanzó una campaña pública para exigir al Festival Rototom que no incorporara en el cartel a un artista que había mostrado su apoyo al ejército de Israel después de operaciones sangrientas como la del asalto a la Flotilla de la Libertad.

La abogada Laia Serra asegura que esta interlocutoria es “una victoria porque más allá del caso concreto, detrás de este procedimiento había una finalidad política”

Prevalece la libertad de expresión

A pesar de la insistencia de esta acusación popular contra los activistas defensores de los Derechos Humanos, la Audiencia de València cree que “los hechos que se consideran supuestamente delictivos se reducen a la atribución al citado músico de un presunto posicionamiento respecto a la política del gobierno de Israel, no por su condición de judío, su religión o cualquier otra circunstancia”. En una interlocutoria basada en la jurisprudencia tanto de los tribunales españoles Supremo y Constitucional como el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, las magistradas califican de “ajenos al contenido del artículo 510 del Código Penal aquellos actos que tiendan a que una determinada persona se manifieste en contra de una política concreta de un determinado país”, al mismo tiempo que cierran filas con “la prevalencia de la libertad de expresión, a pesar de que las frases sean reprobables”.

Este era el principal argumento que defendía la exitosa campaña de apoyo a las encausadas, por la libertad de expresión y contra la criminalización de la solidaridad con Palestina, defendamos los Derechos Humanos, que recogió la adhesión de 1.450 personas a título individual y más de 250 organizaciones y entidades, algunas de las cuales formadas por jueces antisionistas. Paralelamente, la defensa jurídica de las activistas ha estado colegiada entre diferentes abogadas, que se han centrado en la defensa del respeto al pluralismo político y en la tolerancia ante la crítica expresada por sus clientes, que suscitó un notable debate público pero que no evitó la actuación del cantante de reggae.

En declaraciones a La Directa, Laia Serra, una de las letradas de las activistas, asegura que esta interlocutoria es “una victoria porque más allá del caso concreto, detrás de este procedimiento había una finalidad política”. Serra apunta a una estrategia legal consistente en impugnar, por una parte, todas las mociones de los ayuntamientos en apoyo a la campaña internacional por el Boicot, las Sanciones y las Desinversiones (BDS) en el Estado de Israel y, por otra parte, intentar convertir las críticas a las políticas de Israel contra la población palestina en un discurso de incitación al odio. ES por eso que la abogada valora esta decisión como “un precedente que va mucho más  allá del caso concreto y que permite, faculta y protege la crítica política ante las acciones del Estado de Israel en este caso, pero de todos los estados en general”. Y concluye que “era muy importante como se resolvía este caso por las repercusiones legales que podía tener respecto a la libertad de expresión y la crítica política en general”. 

El BDS como herramienta de solidaridad

Por su parte, las ocho encausadas han hecho público un comunicado de valoración donde destacan que “la justicia avala el BDS como herramienta de solidaridad con Palestina y ampara el boicto dentro del ejercicio del derecho a la libertad de expresión”, en referencia a la sentencia del TEDH del 11 de junio de 2020 —citada por la Audiencia de València en esta resolución– mediante la cual se anuló la condena de un tribunal francés a unos activistas del BDS por una campaña de boicot a productos importados de Israel, estableciendo que “el boicot es una forma de expresar opiniones de protesta”, amparada por el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos. 

A continuación, agradecen todo el apoyo recibido y se enorgullecen de que, “durante más de cuatro años, han intentado agotarnos y desactivarnos, pero no solo no lo han conseguido, sino que este proceso nos ha unido y hecho más fuertes en la convicción de la lucha por los derechos del pueblo palestino y por el BDS, nos ha dado más energía para seguir trabajando en la denuncia del apartheid israelí a Palestina”. Finalmente, han convocado una rueda de prensa para ofrecer más detalles del caso martes 19 de enero a las 11.30 h en la plaza de Benimaclet (València) donde hablarán las encausadas, una representación del equipo de abogadas y una miembro de BDS País Valencià.

Artículo original
Artículo original publicado en La Directa. 
Represión
Ocho activistas a juicio por el boicot a Matisyahu

Las activistas, que se enfrentan a cuatro años de prisión, se han acogido a su derecho a no declarar ante la querella que las acusa de incitación al odio y coacciones por una campaña por redes que se llevó a cabo en el verano de 2015, a partir de la cual se pretendía evitar la actuación del cantante prosionista Matisyahu en el festival Rototom. Según la defensa de las encausadas, la querella que plantea la acusación forma parte de una estrategia de instrumentalización de la justicia para silenciar las críticas ‘pacíficas’ a la política de apartheid del Estado de Israel.

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