Represión
Las jóvenes multadas por pintar con tiza frases contra el cambio climático en Granada llevan su caso a los tribunales

Las tres sancionadas demandan al Ayuntamiento de Granada en un contencioso alegando la “desproporción” de la multa, que vulnera “el derecho a la libertad de expresión”, y solicitan su nulidad.
Pintadas tizas multa Granada
Una de las pintadas con tiza realizadas en Granada | Foto cedida por FFF Granada

@susanasarrion.bsky.social

13 may 2021 20:13

El 31 de julio de 2020, tres jóvenes recibieron una notificación del inicio del procedimiento administrativo sancionador por la Delegación de Medio Ambiente del Ayuntamiento de Granada en el que tramitaba la denuncia interpuesta por la Policía Local de Granada por “pintar en el suelo con frases reivindicativas contra el cambio climático”. La denuncia de la policía hacía referencia al 21 de mayo del año pasado, cuando jóvenes pertenecientes a organizaciones de movimientos ecologistas, Fridays For Future Granada y Extinction Rebellion Granada, realizaron una acción para “pedir justicia climática y social” con frases y dibujos pintados con tiza en diferentes calles y plazas de la capital en protesta por decreto-ley, convalidado en la Diputación Permanente del Parlamento andaluz el 2 de abril de 2020, que modificaba 27 normas y reducía controles en sectores tan sensibles como urbanismo, turismo, medio ambiente, comercios y medios de comunicación públicos.

Represión
Multadas con 2.700 euros por hacer pintadas con tiza en Granada

La reivindicación se hacía eco de una movilización estatal convocada por Fridays For Future para pedir justicia climática y social en una ciudad situada por el último Informe de Evaluación de la Calidad del Aire en España como zona negra de contaminación, solo superada por Madrid y Barcelona.

Las jóvenes presentaron alegaciones en recursos por la vía administrativa a las multas interpuestas con una cuantía total de 2.700€ defendiendo que estas frases reivindicativas habían sido pintadas con tiza, un material efímero que se borra con facilidad; y que su objetivo en todo momento había sido el de “Concienciar, criticar, señalar y proponer; sin destruir”. Sin embargo, como afirman en un comunicado emitido por las organizaciones Fridays for Future, Extinction Rebellion, Stop Represión y la Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (APDHA), “el Ayuntamiento finalmente ha propuesto multar con 750 euros a las tres jóvenes”.

La demanda por la vía del contencioso administrativo se apoya, entre otros motivos, en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que ya se ha pronunciado sancionando a distintos países por vulneración de derechos fundamentales

Los colectivos consideran que, a pesar de la reducción de la cuantía, “la sanción es desproporcionada” ya que “el objetivo de aquella actividad era concienciar a la ciudadanía de los efectos del cambio climático, sin afectar en ningún momento al orden público o producir deterioro alguno en el mobiliario urbano”. La demanda por la vía del contencioso administrativo se apoya, además de los motivos ya referidos, en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) que ya se ha pronunciado sancionando a distintos países por vulneración de derechos fundamentales. En este caso, alegan que la sanción del Ayuntamiento de Granada “vulnera el derecho a la libertad de expresión ya que la acción tenía como finalidad la crítica social y política y en ningún caso entrañaba violencia, peligro o desorden público”, por lo que consideran “incomprensible que el Ayuntamiento la mantenga” declara a El Salto Andalucía Francisco Fernández Caparrós de APDHA. “El medio utilizado para manifestar la libertad de expresión importa, no es lo mismo un medio violento que medios que no generan desórdenes públicos; el ejercicio de los derechos fundamentales pueden generar molestia o desagrado, pero deben ser asumidos en un estado democrático para que este siga siéndolo”, concluye Francisco. 

La Subdelegación de Gobierno les aplica la “Ley Mordaza”

El Ayuntamiento de Granada no ha sido la única institución que ha sancionado a las tres activistas ecologistas. Según las jóvenes el pasado mes de abril recibieron un expediente sancionador de la Subdelegación del Gobierno en Granada donde les reprocha un supuesto “incumplimiento de las limitaciones del estado de alarma” en el que proponen sancionar a cada una con 601 euros a cada una por hipotéticamente “desobedecer a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones”. Se trata, según señala su equipo jurídico, de una sanción regulada en el artículo 36.6 de la Ley de Seguridad Ciudadana, también conocida como “Ley Mordaza”.

Respecto a las alegaciones presentadas en abril ante la Subdelegación del Gobierno en Granada, los colectivos ecologistas y de defensa de los derechos humanos señalaron que estas tres sanciones eran “completamente contrarias al criterio recogido por la Abogacía del Estado, el Defensor del Pueblo o muchas otras sentencias que han declarado nulos de pleno derecho procedimientos sancionadores de este tipo». En este sentido, se alegó que de acuerdo con una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 3 de Oviedo, de 9 de noviembre, al formular una denuncia como la que ha dado lugar a estos expedientes «se evidencia el más absoluto desprecio por los derechos fundamentales».

Los colectivos reiteran la desproporción de las sanciones que pretenden producir el efecto de desalentar la movilización ciudadana contra la crisis climática, transmiten su preocupación y desconcierto por esta doble sanción por pintar con tiza en la calle utilizando la Ley Mordaza, que “castiga con especial dureza la movilización social” y sostienen que “tanto el Ayuntamiento como la Subdelegación deberían hacer todo lo posible por reducir los niveles de contaminación de Granada en lugar de dedicar sus recursos a multar a quienes pedimos justicia climática”.

La Subdelegación de Gobierno explica que ha aplicado la cuantía mínima en estos casos, cuya sanción oscila entre 601 y 30.000€

Por su parte, la Subdelegación de Gobierno ha contestado a este diario puntualizando que el procedimiento administrativo se tuvo que iniciar como marca la ley ante la denuncia de la Policía Local de Granada; que el acto de desobediencia al que hacen referencia las sanciones son “de las limitaciones de la libertad de circulación acordadas por la autoridad competente durante la vigencia del estado de alarma”. Donde también se ha contemplado un “incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que establecía que durante la vigencia del estado de alarma las personas únicamente podían circular por las vías o espacios de uso público para la realización de actividades esenciales, que debían realizarse individualmente, salvo que se acompañara a personas con discapacidad, menores o mayores, u otra causa justificada”. Indican que en la fecha de los hechos, Granada se encontraba todavía en la fase 1 de la desescalada, “cuando solo se permitían las salidas reguladas por grupos de personas según edades/actividad y horario y los hechos de las pintadas se constatan a las 22:35 de la noche, en grupo, sin que se estuviera realizando una actividad justificada (eran pintadas en la calle) y sin que la Policía local dependiente del Ayuntamiento de Granada consignara en el acta que el motivo fuera una protesta o el ejercicio de un derecho reconocido, solo indicando que se realizaban pintadas sobre el cambio climático”. Sobre la desproporcionalidad de la sanción, la Subdelegación del Gobierno argumenta que “se ajusta a la normativa existente que, en el caso al que se refiere, contempla sanciones de entre 601 y 30.000 €, habiéndose graduado en su cuantía mínima, en aplicación de los criterios recogidos en el artículo 33 de LSC, con atención a la injerencia mínima y a la responsabilidad”.

Ante las preguntas remitidas por este medio el miércoles al mediodía, el Ayuntamiento de Granada no ha respondido a este medio sobre la cuestión de la demanda por las multas por pintar con tiza en suelo urbano.

La multa de David Peña 'Puño', un profesor de Madrid sancionado por pintar junto a sus alumnos en una plaza

El ilustrador y profesor David Peña ‘Puño’ fue detenido por la Policía Local de Madrid en 2014 acusado de “apropiación indebida del espacio público” por pintar con tizas el suelo de la Plaza de María Soledad Torres Acosta en Madrid en una práctica con sus alumnos de Técnicas de Expresión Gráfica del IED. En ese momento se inició una campaña en Twitter #FreePuño que inundó las redes sociales de mensajes de solidaridad y defensa de la libertad de expresión, que consiguieron neutralizar la multa. 

En el caso actual granadino las redes sociales también están ofreciendo una vía de comunicación donde colectivos y ciudadanía comparten mensajes. La campaña #Legalizalatiza pide la nulidad de las sanciones y recoge iniciativas solidarias como la versión de la mítica canción “Corazón de tiza” de Radio Futura dedicada por el grupo “El Capitán Posteriori y los Medallitas" al caso de las pintadas por el cambio climático.

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