Cárceles
El aislamiento en prisiones: cuando los más vulnerables son los más castigados
El régimen de aislamiento es una realidad que afecta a una gran cantidad de reclusos. Según datos de Civio, entre 2020 y junio de 2025, se han producido más de 88.200 sanciones de aislamiento en celda durante este periodo de cinco años y medio. Pero el aislamiento no es solo una sanción. Existen varias tipologías de aislamiento que se pueden dar en prisión.
En primer lugar, destaca el artículo 42 de la Ley Orgánica General Penitenciaria. Es la aplicación del aislamiento como sanción. Para faltas graves, esta medida tiene una duración de cinco días (de lunes a viernes). Para faltas muy graves, la sanción puede tener una duración de 6 a 14 días. No obstante, aunque la ONU indica que la sanción de aislamiento no puede superar los 15 días, la legislación española permite una acumulación de estas sanciones que alcance hasta los 42 días. En esos casos, tras alcanzar los 14 días de sanción, se debe producir un descanso para el recluso en la aplicación de este castigo.
“Estás 14 días, te sacan un día y te llevan a otro departamento. Y ya, a las 8 de la mañana, vuelves otra vez a aislamiento”, afirma Víctor Peco, un recluso que ha permanecido 30 años en prisión
Sin embargo, el Comité contra la Tortura de la ONU y varios reclusos advierten que esos descansos no se producen con total rigurosidad. “Estás 14 días, te sacan un día y te llevan a otro departamento. Y ya, a las 8 de la mañana, vuelves otra vez a aislamiento. Esto lo pueden hacer hasta tres veces y llegar a los 42 días”, afirma Víctor Peco, un recluso que ha permanecido 30 años en prisión. Incluso, Naciones Unidas sostuvo en un informe de 2023 que ese día o días de descanso se puede ver sustituido con más horas de patio.
También existe el aislamiento del artículo 75 del Reglamento Penitenciario. Está vinculado a las esperas por los traslados de una prisión a otra y a la seguridad de los reclusos. “Puedes estar en un artículo 75 del Reglamento Penitenciario porque tú lo pides, porque el director estima que hay un problema de seguridad, o estás esperando a un traslado”, explica Ana Gordaliza, educadora social en el Centro Penitenciario Madrid III. En 2025, el Ministerio del Interior ha aplicado este artículo 4.405 veces. Aunque las mujeres solo representan el 7,1% de la población penitenciaria, el 28,28% de las afectadas por este tipo de aislamiento en 2025 son reclusas.
Finalmente, está el régimen de primer grado, que cuenta con un módulo propio y cuya duración es indefinida. “Ahí, puedes estar bastante tiempo. Las revisiones en primer grado se realizan cada tres meses. Pero, si tienes sanciones o no acabas de progresar, ahí puedes tener una vida”, recalca Ana Gordaliza. Dentro de este régimen, existen dos modalidades: artículo 91.2 del Reglamento Penitenciario y artículo 91.3.
Según Ana Gordaliza, “en el 91.2, puedes realizar algunas actividades comunes. Los internos pueden salir a enfermería, a comunicar al locutorio, pero ellos están en un régimen cerrado. El más restrictivo es el 91.3, en donde pasas mucho tiempo en la celda, sales con muy poca gente (una o dos personas) a los paseos y ya no tienes esas actividades comunes”. Durante el año 2025, Instituciones Penitenciarias documenta 380 aplicaciones del artículo 91.2 y 34 casos relativos al artículo 91.3.
“Cada centro penitenciario funciona diferente con el aislamiento. En la primera fase, solo podía salir una hora al día al patio. En la segunda fase, podía salir hasta cuatro horas”, detalla Hicham Nassib, recluso que ha pasado cinco años seguidos en aislamiento
Dentro del régimen cerrado y como indica la Instrucción 17/2011 de Instituciones Penitenciarias, puede haber entre dos y tres fases. Pero, el régimen cerrado no es igual en todas las prisiones. “Cada centro penitenciario funciona diferente con el aislamiento. En la primera fase, solo podía salir una hora al día al patio. En la segunda fase, podía salir hasta cuatro horas”, detalla Hicham Nassib, recluso que ha pasado cinco años seguidos en aislamiento y estuvo en el módulo conflictivo de Alcalá Meco. Para Jesús Cursal, que ha permanecido más de 13 años en aislamiento, “la primera fase es la peor. Salíamos de dos en dos y dos horas al día.”
Víctor Peco explica la evolución que se ha producido con el paso de los años: “Hasta el año 1990, salíamos al patio solo una hora estando en primera fase. Y salíamos solos. Después de mucho litigar, conseguimos que pudiéramos salir tres al mismo tiempo. En segunda fase, te permitían dos horas de patio, incluso hasta cuatro. A partir del año 95-96, empezaron a incluir alguna actividad”.
Tiempo muy prolongado y procesos con pocas garantías
La Regla Mandela 43 sobre el tratamiento de reclusos indica que el aislamiento continuado y prolongado es una forma de tortura. Además, la Regla 45 defiende que el aislamiento “solo se aplicará en casos excepcionales, como último recurso, durante el menor tiempo posible”.
Pero, el sistema penitenciario español permite que el régimen cerrado tenga una larga duración. “Tengo casos de gente que lleva 15 años presa y ha estado 10 o 12 de ellos en primer grado. Hay gente que ha salido directamente a la calle desde un primer grado”, destaca Ana Gordaliza. Esta misma experiencia la ha vivido Víctor Peco: “De esos 30 años, estuve en aislamiento entre 17 y 18 años. El periodo más largo e ininterrumpido que he estado en aislamiento son más de 6 años”. Karim Telaoui, que ha permanecido en seis cárceles de España, afirma que conoce a “presos que han estado hasta 30 años seguidos en primer grado en varias cárceles”.
Aunque el Reglamento Penitenciario tipifica las causas por las que se puede sancionar a un interno con aislamiento, varios reclusos denuncian que las razones por las que eran sancionados eran muy leves. “Una vez, me enviaron a aislamiento por robar tabaco”, cuenta Karim Telaoui. Hicham Nassib relata que uno de sus envíos a aislamiento fue directamente provocado por los funcionarios: “Un día, los funcionarios de la prisión de Segovia me provocaron y tocaron mi libro sagrado. Yo les pedí con todo el respeto del mundo que no lo hicieran. Los guardias empezaron a golpearme contra las puertas del módulo y me mandaron a aislamiento hasta que me trasladaron a Palencia.”
Durante los años 80 y 90, algunos reclusos eran directamente enviados al régimen de primer grado debido a que su condena era de larga duración. Esto mismo le ocurrió a Víctor Peco: “A mí me han aplicado aislamiento por exceso de condena. Aunque no hubiera cometido ninguna sanción ni nada, por la condena tan larga que tenía, ya era enviado a primer grado”. Por ese entonces, los reclusos tenían bastantes dificultades para reivindicar sus derechos. “Hubo un auto del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria que indicaba que no teníamos que ponernos de pie en los recuentos. Si reivindicaba ese derecho, me mandaban a aislamiento”, recuerda Víctor Peco.
Toda sanción de aislamiento conlleva la apertura de un expediente disciplinario y existe la posibilidad de formular alegaciones ante la junta de tratamiento. Posteriormente, se puede presentar un recurso ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria
Toda sanción de aislamiento conlleva la apertura de un expediente disciplinario y existe la posibilidad de formular alegaciones ante la junta de tratamiento. Posteriormente, se puede presentar un recurso ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. El artículo 44.3 de la Ley Orgánica General Penitenciaria indica que “la interposición de recurso contra resoluciones sancionadoras suspenderá la efectividad de la sanción, salvo cuando por tratarse de un acto de indisciplina grave la corrección no pueda demorarse”. Pero, esto no se cumple en muchas ocasiones.
Varios reclusos recalcan que el proceso ante la junta de tratamiento no les era de gran utilidad. Jesús Cursal afirma que él “ni recurría los partes y, si los recurría, era al juez”. De hecho, Altamira Guelbenzu, abogada de la cooperativa jurídica IACTA, explica que “las normas sobre las juntas son administrativas y no están supeditadas al control existente en la aprobación de una ley. La administración penitenciaria genera este tipo de normas infralegales para regular aspectos que muchas veces colisionan con los derechos fundamentales de las personas presas”.
“En las juntas de tratamiento, no se escuchan ambas versiones de una situación”, destaca Hicham Nassib. Esto mismo es denunciado por Altamira Guelbenzu: “Existe una presunción de veracidad con los funcionarios de prisiones, igual que en la calle existe con los funcionarios de policía”. Además, la abogada sostiene que uno de los principales problemas es que, “en la cárcel, hay una falta de información tremenda sobre autodefensa jurídica, qué plazos hay para recurrir, qué recursos puedo poner… Gente que lleva años no sabe que tiene derecho a justicia gratuita para recurrir”. Una vez interpuesto un recurso ante el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, “hay reclusos que están ocho meses esperando a que un juzgado resuelva sobre una sanción que se les ha impuesto. Mucha gente cree que, por eso, no merece la pena recurrir y que no se les va a creer”, detalla Guelbenzu.
Estado de las celdas y condiciones del régimen
Los internos que han pasado por aislamiento denuncian que las celdas no se encuentran en buen estado. Según Víctor Peco, “en la cárcel de El Acebuche (Almería), había ratas en la ducha y cucarachas. En la cárcel de Ocaña (Toledo), teníamos que poner en los baños una botella en el agujero porque las ratas salían por ahí. En la cárcel de Topas (Salamanca), hay sarna y están volviendo enfermedades que se creían ya controladas. Hay suciedad, chinches, pulgas, paredes llenas de sangre o heces”.
Esta misma suciedad es descrita por Karim Telaoui: “Muchas veces, te toca un colchón horrible. La taza del váter, el espejo y el lavabo están muy sucios. Hay veces que te cambian de celda, pero otras no. En ocasiones, tienes que limpiar tú todo eso”. “Durante mucho tiempo, dormía en el suelo. Prefería dormir en el suelo que en un colchón de la celda”, sostiene Víctor Peco.
Telaoui explica que “tienes prohibido todo. No te puedes comunicar con nadie de otro módulo, no puedes hacer actividades. Cuando vas a la enfermería, vas escoltado por los funcionarios”
Además, la posibilidad de hacer actividades no es posible en todas las prisiones. Telaoui explica que “tienes prohibido todo. No te puedes comunicar con nadie de otro módulo, no puedes hacer actividades. Cuando vas a la enfermería, vas escoltado por los funcionarios”. Según Hicham Nassib, “hay mucho abuso por parte de los guardias. Te molestan encendiendo y apagando las luces”.
Esos malos tratos en prisiones fueron denunciados recientemente por el Comité para la Prevención de la Tortura del Consejo de Europa. Entre enero de 2024 y marzo de 2025, se produjeron 362 denuncias de malos tratos en cárceles del Estado español. Las cárceles de Huelva, Algeciras y Puerto III concentran más del 14% de las denuncias. Particularmente, la cárcel de Huelva es escenario de lesiones a personas en silla de ruedas o agresiones homófobas, y la cárcel de Puerto III cuenta con altas cifras de mortalidad.
“Para facilitar la reinserción, hay que ofrecer a las personas reclusas trabajo, cursos, formaciones o actividades de estudios. A mí me llama mucho la atención que a una persona que cumple el castigo del aislamiento, se le penalice con tres meses sin trabajar”, defiende Flórez
Víctor Peco detalla como el aislamiento contaba con una pena añadida durante el siglo pasado, la incomunicación con los seres queridos: “Antes, no se permitían las visitas familiares cuando estabas en aislamiento. Solo teníamos cinco minutos al mes para hablar por teléfono con nuestra familia”.
Belén Flórez ha sido psiquiatra en prisiones de Barcelona como el módulo de mujeres de Brians I o la cárcel de Wad-Ras. “Para facilitar la reinserción, hay que ofrecer a las personas reclusas trabajo, cursos, formaciones o actividades de estudios. A mí me llama mucho la atención que a una persona que cumple el castigo del aislamiento, se le penalice con tres meses sin trabajar”, defiende Flórez. De hecho, los reclusos sancionados con aislamiento que tenían un empleo en prisión acaban perdiendo la posibilidad de seguir trabajando cuando termina este castigo.
Salud mental y adicciones
A lo largo de la historia del sistema penitenciario, ha cambiado en gran medida el tipo de recluso que acaba en régimen de aislamiento. Así lo explica Víctor Peco: “En los 80, en los primeros grados, había personas que participaban en fugas, motines, secuestros, gente reivindicativa y combativa. Pero, hoy en día, no tiene ningún sentido este régimen porque se envía a gente que tiene muchas patologías a lugares que son prácticamente mataderos”. Este cambio de perfil también es observado por Ana Gordaliza. “Ahora, el peso de este régimen recae sobre gente muy frágil con patologías duales, con discapacidades o con una salud mental muy delicada. También se aplica en gran medida el aislamiento a reclusos con problemas de drogadicción”, resalta la educadora social del grupo SampaEN. El aislamiento afecta a estos colectivos vulnerables, a pesar de que la Regla Mandela 45.2 lo prohíbe expresamente.
Una de las personas afectadas por esta realidad es Karim Telaoui: “Muchas veces, hay personas como yo que se autolesionan y las llevan a aislamiento. ¿Para qué y por qué hacen eso? Deberían preocuparse por nosotros y apoyarnos. En aislamiento, se multiplica la enfermedad mental. Hay gente que se suicida, se ahorca o se mete más pastillas. Te autolesionas en aislamiento por rabia, porque ves cosas que no son justas”. Hicham Nassib también recuerda que varios de sus ingresos en aislamiento fueron por “hacerme daño a mí mismo. Me chinaba y después me daban una paliza, me ataban y mandaban a primer grado”.
La psiquiatra Belén Flórez recuerda que el aislamiento provoca más problemas de salud mental en la población penitenciaria. “El estar en espacios tan reducidos durante tanto tiempo lleva a revivir vivencias y antecedentes de trauma. Estando en un módulo ordinario esto no se intensifica tanto. También provoca ansiedad, depresión y un deterioro a nivel cognitivo de los estímulos”, detalla Flórez. Además, la propia psiquiatra apunta que el aislamiento es una medida que se aplica sobre reclusos con problemas de salud mental porque “no hay psiquiatras ni médicos en prisiones de forma habitual que puedan acompañar a esas personas”. Según el informe general de Instituciones Penitenciarias del 2024, un 4,9% de los reclusos cuenta con un trastorno de la salud mental. Ese porcentaje asciende hasta el 6,7% en las mujeres reclusas. “Mis compañeros han observado una mayor tendencia en mujeres a las autolesiones o ideación autolítica cuando estaban en contexto de aislamiento”, afirma Belén Flórez.
El régimen de aislamiento también afecta a las personas con adicción a las drogas. Según Víctor Peco, “hay un gran ensañamiento con las personas toxicómanas. Hay otra manera de abordar esto y no solo la meramente punitiva. Detrás de una adicción, hay algo: un trauma, una vivencia, algo que se puede superar. Pero, si te meten en una celda de aislamiento, no se puede superar eso”.
La preocupante situación en Catalunya
Desde el 1 de enero de 1984, Catalunya posee las competencias de ejecución en materia penitenciaria. Existen grandes diferencias en materia de aislamiento entre Cataluña y las prisiones vascas y del Estado español. En el primer semestre de 2025, los datos de Civio muestran que el Ministerio del Interior impuso 570 sanciones de aislamiento en celda en sus cárceles. En ese mismo periodo, hubo 4.608 sanciones de este tipo en los nueve centros penitenciarios de Cataluña. Además, durante el año 2024, las sanciones de aislamiento en Cataluña por cada mil presos fueron seis veces superiores a las sanciones de las cárceles de la Administración General del Estado y siete veces superiores a los aislamientos en las prisiones vascas.
Altamira Guelbenzu analiza las razones de esta situación: “Esto obedece a un giro autoritario o de mayor castigo en las políticas penitenciarias, pese a que el modelo catalán se ve desde fuera como algo más progresista. La situación es preocupante”. Ante esta aplicación desmedida del aislamiento en Cataluña, el tercer sector se ha movilizado. “Desde la Xarxa Dret i Presó, hemos solicitado la creación de un grupo de trabajo en el Parlamento de Cataluña y se ha aprobado en el mes de marzo. Las cuestiones por tratar son el aislamiento penitenciario, las contenciones, el suicidio, la salud mental en prisión y el acceso al régimen de tercer grado”, desvela Altamira Guelbenzu.
Propuestas de mejora y defensa de la abolición
Algunos reclusos defienden que el régimen de aislamiento tiene utilidad para casos en los que un interno se encuentra en situación de peligrosidad. “El aislamiento sí que debería seguir existiendo, pero con condiciones mucho menos duras”, defiende Karim Telaoui. En cambio, Hicham Nassib declara lo siguiente: “No he aprendido nada en aislamiento. Cada vez sales más agresivo, rabioso, loco y conflictivo. Para muchas personas con problemas de salud mental, el aislamiento no es adecuado”. Jesús Cursal coincide con esta visión y concluye que “el aislamiento no hace bien a nadie”.
La experiencia de Víctor Peco en aislamiento ha sido bastante diferente. “A mí me gusta el silencio. Aprovecho muy bien mi tiempo, sé vivir la soledad, tengo muy buena relación conmigo mismo. Este tiempo que he estado allí me ha permitido estar conmigo y abordar aspectos de la existencia que, de otra manera, jamás los hubiera podido abordar”, afirma Peco. Pero, a su vez, reconoce que “el aislamiento está diseñado para destruir personas. No tiene razón de ser. Solo busca añadir sufrimiento a la estancia en prisión y es un caldo de cultivo para que alguien acabe suicidándose”.
Ana Gordaliza cree que “se debería abolir el aislamiento penitenciario” y ha participado en campañas favorables a la eliminación de este régimen. Asimismo, la educadora social defiende que “no se puede excluir de los programas laborales o actividades a personas con problemas de salud mental o adicciones, que son más propensas a acabar en aislamiento”.
Altamira Guelbenzu añade que el aislamiento debería sustituirse por “un acompañamiento terapéutico especializado. Así, se podrían contener graves problemas y se haría un trabajo desde otro punto de vista totalmente diferente. Aplicar un castigo extremo para tratar de resolver estas situaciones no lleva a ningún lado”.
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