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Justicia
Juana Rivas se querella contra el Juez Piñar y lo acusa de “maltrato institucional y prevaricación judicial”
“El caso Juana Rivas ha terminado en España, ahora comienza el caso del Juez Piñar”, con esa contundencia se expresa Carlos Aránguez, abogado de Juana Rivas. Su equipo jurídico ha interpuesto una querella contra el Juez de la Sala de lo Penal 1 de Granada que llevó su caso desde 2018. Lo hacen una vez que el Tribunal Supremo haya desestimado el recurso del ex marido de Juana Rivas para que se anulara el indulto parcial concedido por el Gobierno y avalado por ese mismo tribunal superior de justicia.
Los abogados presentaron una denuncia denuncia previa, también por prevaricación judicial, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos hace unos meses y este lo ha aceptado a trámite, “La motivación es la misma aunque más amplia ya que incluye la falta de coordinación del caso entre España e Italia, los jueces de ambos países no están hablando entre sí y se supone que tenemos la misma bandera y un espacio jurídico en común”, afirma Aránguez.
La querella interpuesta por el equipo jurídico de Juana Rivas ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla a la que ha tenido acceso este diario, contempla la comisión de dos delitos: uno de prevaricación judicial y otro por atentado contra la integridad moral. En la primera acusación, de prevaricación judicial continuada, sostienen que el juez se inventó, creó y envió a Fiscalía y acusación, ocultándose a la defensa, un expediente paralelo de indulto completamente ilegal ya que la competencia para tratar el indulto es exclusiva del Tribunal Supremo; “Piñar se atribuye ilegítimamente las competencias del más alto tribunal”, afirma Carlos Aránguez a El Salto Diario.
Acusan al Juez Piñar de inventar, crear y enviar a Fiscalía y acusación, ocultándose a la defensa, un expediente paralelo de indulto completamente ilegal en el que dice que Juana es una depredadora sexual; tergiversando absolutamente y cruelmente la realidad.
Además, continúan, en el expediente emite “afirmaciones muy duras y totalmente subjetivas y arbitrarias”. Según los juristas, Piñar olvida los datos objetivos como el pago completo de los 12.000€ de responsabilidad civil por parte de Juana a su ex-marido, el certificado de buena ciudadanía emitido por la Guardia Civil de Maracena, y los testimonios donde Juana Rivas reconoció “haber cometido un error y no volver a repetirlo”; y a cambio, introduce elementos falsos como “la colaboración en el abuso sexual de su hijo” en un informe muy duro en el que Piñar “dice en pocas palabras que Juana es un peligro para sus hijos porque es una depredadora sexual, mala madre que ha reiterado su conducta, y nunca se ha arrepentido”, acusaciones con una motivación parcial arbitraria que se vierten a la opinión pública a través de los medios de comunicación en un momento clave del caso y “hacen mucho daño a Juana Rivas”, afirman desde el equipo jurídico.
La segunda pata de la querella por prevaricación judicial contra el juez Piñar está basada en la orden de busca y captura e ingreso inmediato en prisión que el Juez emite contra Juana Rivas el mismo día en el que recibe la sentencia del Tribunal Supremo que rebaja la suya original a la mitad. Carlos Aránguez nos explica que es “algo que no suele pasar a no ser que se trate de terroristas o de delincuentes ultra violentos, y estos habitualmente se encuentran en prisión preventiva; por lo que no es nada habitual y el juez Piñar la aplica a Juana Rivas”. Lo normal, sigue el letrado, es que se emita una orden requiriendo a la persona su ingreso voluntario en prisión y que la persona alegue lo que en su derecho convenga, “como la presentación del indulto que íbamos a solicitar y no que se la ponga en busca en captura como a un criminal extremo cuando de hecho, Juana se presentó voluntariamente al conocer la resolución judicial”.
Nueva línea jurisprudencial: violencia institucional
El segundo delito por el que el equipo jurídico de Juana Rivas pide el apartamiento de Manuel Piñar como Juez es por atentado contra la integridad moral de su defendida. Se trata de un delito en el que todavía no hay precedentes y con el que los letrados pretenden abrir una nueva línea jurisprudencial: acusan al Juez Piñar de ejercer violencia institucional contra Juana Rivas, en la media en que “las circunstancias que ha alegado contra ella han sido gravísimas, no es lo mismo que te achaquen falsamente un delito de impago de la pensión alimenticia que te imputen sin base alguna un delito de abuso sexual contra tu hijo porque eso se va a quedar siempre en internet; es especialmente doloroso y supone una vejación, una humillación añadida”, esgrime Aránguez.
Violencia machista
Violencia machista Juana Rivas pide la anulación del auto que niega la suspensión de su pena
Piñar realizó esta acusación contra Juana Rivas en un expediente en el que desaconsejaba concederle el indulto de la sentencia de dos años y medio por sustracción de menores por una supuesta existencia de abusos sexuales al hijo menor en 2017, cuando convivían con la madre en Granada. Piñar afirmó que el menor fue llevado al médico por la escuela a la que asistían los niños, por sospechas de abuso sexual. Sin embargo, fue la propia Juana la que llevó a su hijo por un problema estomacal al pediatra que, siguiendo el protocolo por este tipo de dolencias del tracto digestivo, pidió que se investigara si pudiese haber algún tipo de abuso. La Guardia Civil emitió un dictamen en el que establecía que “no se han encontrado indicios que indiquen la existencia de los presuntos abusos sexuales investigados”.
El Informe de la Guardia Civil fue ratificado por la organización Márgenes y Vínculos, institución que trabaja en peritaje judicial para el Sistema de Salud Andaluz (SAS) que concluía que “no se han encontrado indicadores psicológicos relacionados con una presunta violencia sexual”. Tras la investigación y los informes, la causa fue archivada y en ningún momento se ha contemplado su reapertura. Es por este motivo que Aránguez explica que “si el juez Piñar no distingue entre un auto de sobreseimiento provisional y un hecho probado, no puede ser juez. Me parece gravísimo, tan grave que se le debe de expulsar de la carrera judicial por las consecuencias que esto implica”.
En esta acusación por maltrato institucional, el equipo de Aránguez apunta además a la animadversión hacia las políticas de igualdad por parte del juez Piñar, “lo que él denomina bazofia feminazi y que sostiene en publicaciones en sus redes sociales que demuestra una completa falta de sintonía con las políticas constitucionales institucionales”, afirma el letrado. Su equipo ha elaborado un informe en el que incluye las declaraciones públicas del juez que llega a pronunciarse contra el propio sistema para decir que “tenemos una basura judicial y la principal el Tribunal Supremo”.
Según el abogado de Juana Rivas, el juez Piñar conocía a la acusada desde mucho antes del caso ambas familias habían tenido relación y “Juana y Piñar ya habían tenido roces entonces por motivos relacionados con la igualdad de género”.
Según el abogado de Juana Rivas, el juez Piñar conocía a la acusada desde mucho antes del caso porque era “muy amiga de una de sus hermanas”; ambas familias habían tenido relación y “Juana y Piñar ya habían tenido roces entonces por motivos relacionados con la igualdad de género”. El letrado considera que esta animadversión hacia las políticas de igualdad y en concreto hacia Juana Rivas son indicios concurrentes que tienen que ser tenidos en cuenta para la incompatibilidad del Juez Piñar en el caso.
Juana falló a la justicia, pero la justicia definitivamente ha fallado a Juana y a sus hijos
Carlos Aránguez reconoce en declaraciones a El Salto Diario que el proceso ha sido muy desgastante para su defendida y sus hijos, “un proceso de tanto tiempo, tantos contratiempos, tantas injusticias” y considera que Juana no cumplió con la Justicia al no entregar a sus hijos pero la Justicia no cumplió con Juana porque “no tramitó su denuncia por violencia de género inicial ni ha gestionado su ejecutoria con imparcialidad; Juana se equivocó pero la justicia ha sido muy injusta con Juana”.
El letrado se refiere a la denuncia que Juana interpuso en julio de 2016 ante el juzgado de Violencia nº 2 de Granada y que fue archivada por falta de jurisdicción, “saltándose el artículo 17 del Estatuto de la Víctima”; Aránguez entiende que si los hechos han sucedido en un país de la Unión Europea, tanto la Jueza como la fiscalía deberían haber trasladado la denuncia a Italia, “Es algo que se estudia en segundo de carrera; a partir de ahí, la Justicia le tacha de mentirosa. Esto provoca que el juzgado en Italia tome una decisión, claro, no hay una denuncia previa; si hubieran sabido que ella se llevaba los niños de Italia por protección, quizá esa denuncia hubiera sido diferente”.
La polémica en la actuación del juez Piñar comienza con la sentencia de 2018 por la que condena a Juana Rivas a cinco años de prisión, seis de inhabilitación para ejercer la patria potestad de sus hijos y 30.000€ de indemnización a su ex pareja por un delito de sustracción de menores. La sentencia fue dictada en el mismo día del juicio, fue tildada de durísima por la prensa local y Piñar llegó a llamar cínica a la acusada, negando las acusaciones de la defensa sobre la violencia machista del ex marido de Juana que había sido condenado por malos tratos a tres meses de prisión en 2009.
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Violencia machista Juana Rivas recibe la suspensión de su pena y será libre
Esta sentencia fue rebajada por el Tribunal Supremo a 2 años y 6 meses de prisión estableciendo una nueva vía jurídica, la llamada “doctrina Juana Rivas” que considera que cuando en un mismo acto son varios los menores trasladados o retenidos, no se produce un concurso de delitos, sino que se comete un solo delito del artículo 225 bis del Código Penal, al lesionarse el derecho de custodia del progenitor con quien el menor convive (con independencia del número de menores sustraídos) y la paz en las relaciones familiares. La condena fue objeto de aplicación del Real Decreto de indulto parcial por parte del Gobierno Español en consejo de Ministros, este rebajó la pena de prisión a 1 año y 3 meses y conmutó la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por una pena de 180 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
El ex marido de Juana interpuso un contencioso administrativo en el que pedía la nulidad del Real Decreto, recurso que fue desestimado por el Tribunal Supremo que desmontó en una sentencia una a una las irregularidades formales a las que se refería Arcuri y constata “que la condenada había procedido al cumplimiento del régimen de visita y cumplimiento de la responsabilidad civil conforme a lo impuesto en la sentencia” en un informe emitido por la Unidad Contra la Violencia sobre la Mujer de la Guardia Civil, a instancias del Tribunal sentenciador que, a su vez, se había recabado a la Subdelegación del Gobierno.
Prevaricación judicial para Piñar, un juez polémico
La prevaricación es la acción de dictar una resolución arbitraria a sabiendas de su injusticia. El autor del delito es castigado por realizar actos contrarios a los deberes inherentes de su cargo, quedando afectada su profesionalidad, confianza y responsabilidad; como consecuencia, siempre está penado con la inhabilitación del empleo o cargo público. En el caso de la prevaricación judicial encontramos dos casos destacados: el del Juez Baltasar Garzón, inhabilitado por el Tribunal Supremo en 2012 como consecuencia de su decisión de autorizar la intervención de las comunicaciones habidas entre los internos en establecimiento penitenciario con sus representantes legales en la trama Gürtel; y el del Juez Salvador Alba que no sólo fue inhabilitado como juez, por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, sino además fue condenado en 2019 a 6 años y medio de cárcel por delitos de prevaricación, cohecho y falsedad en documento oficial.
Carlos Aránguez reconoce que la prevaricación judicial es uno de los delitos con menor índice de progreso, ya que se trata de procesos complejisimos donde el índice de viabilidad es muy ajustado pero se muestra optimista ante su querella contra el juez Piñar porque para el letrado, “El único corporativismo en el que creo es en el de los jueces que expulsan a los malos jueces y confío en que este va a ser uno de los pocos casos en los que se aprecia un delito de prevaricación; ojalá también el de atentado contra la integridad moral”.
Lo cierto es que el Juez Piñar lleva años copando titulares en medios de comunicación; no sólo por el caso de Juana Rivas, también por otros, pero ¿son suficientes estos antecedentes y sus declaraciones públicas para apartar a un juez de su cargo en nuestro país?.
En 1999 alabó en una sentencia el atractivo de una cicatriz en el caso por accidente de tráfico de una chica: “No cabe calificar la cicatriz de malformación. Viendo la belleza y el atractivo de la persona, la ligera curvatura y redondez que debido a la cicatriz adquiere el muslo derecho en su parte superior, pudiera, para algunas personas, llegar a constituir un elemento de atracción”. En 2008 absolvió a un conductor de conducir bajo los efectos del alcohol porque, según él, los controles son ilegales, y mientras los conductores bebidos se ven “acosados y sometidos a una inquina persecutoria por la policía”, mediante “obsesivos controles de alcoholemia”. El fallo fue revocado por la Audiencia Nacional.
En 2009 condenó a costas a una mujer por denunciar a su ex marido por “venganza” y criticó en la resolución que el ministerio público no persiguiera el “uso abusivo de la normativa de violencia de género”. En 2014 condenó a tres años y un día de prisión a Carmen Bajo y Carlos Cano por participar en un piquete en la huelga general del 29 de marzo de 2012. La Audiencia Provincial lo suspendió. Hay más ejemplos de hemeroteca a los que se suman las pruebas que hoy presenta el equipo jurídico de Juana Rivas. Su caso ha terminado en España pero todavía está abierto en Italia y Juana espera recuperar a sus hijos.
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Eso es lo que hay que hacer con estos jueces-delincuentes.
Ojalá Podemos tambien denuncie a Garcia Castellon y a Escalonilla por prevaricadores.
Esta gentuza con puñetas debe ser apartada urgentemente de los juzgados donde tantísimo daño hacen a los ciudadanos con sus sentencias e instrucciones plagadas de abusos.
En un CORTIJO-CUARTEL BANANERO había "más periodismo", "más democracia", "más estado social y democrático de derecho", "más separación de poderes", "más libertad de prensa", "más puestos de trabajo de calidad, etc.", "más representación política del elector-votante", "más blindaje de los derechos civiles, de las libertades políticas, etc.", "más constitución democrática, que no de la megacriminal oligarquía bananera", "más educación pública de calidad", "más transparencia de los asuntos públicos y no megacriminal-bastardo-fascista-terrorista corporativismo u opacidad" ... y ... ¡¡¡oh!!! ... resultó que todo era -(y siguió siéndolo)- ... ¡¡¡"MÁS NAZI-FRANQUISMO-TERRORISMO DE ESTADO-MAFIA"!!!.