Laboral
El decreto de prevención de riesgos para las trabajadoras del hogar les exige confidencialidad

El texto permite al empleador autoevaluar los riesgos y prosigue con la idea de la “falta de entidad empresarial” de la persona contratante, lo cual dificulta la negociación colectiva del sector.

El Consejo de Ministros aprobó ayer el decreto para la prevención de riesgos laborales de las trabajadoras del hogar. Tanto en el borrador del texto como en la última redacción publicada esta mañana en el BOE, consta una petición a las trabajadoras que dista de preservar su salud laboral: el último párrafo del artículo 7.3 les exige “sigilo profesional sobre la información relativa al hogar familiar a la que tuvieran acceso”.

“Están coartando la libertad de las mujeres, no solo en los posibles casos de acoso sexual, también en lo que respecta a cualquier otra problemática laboral. Si vos sos ilegal, si no tenés derecho a quejarte ni a descansar, ¿cómo podemos sacar a la luz la verdadera situación que ocurre en la intimidad de esos domicilios?”, se pregunta Mariana Urcuyo, del sindicato LAB. El sigilo profesional “limita aportar pruebas sobre cuál es el trato que reciben las trabajadoras”, añade. 

El decreto no incluye la necesidad de un registro de entradas y salidas online, a pesar de que es el sector con la jornada laboral más extensa, advierte Mariana Urcuyo

LAB acudió a la reunión organizada por Oxfam con el Ministerio de Trabajo en julio para evaluar el decreto publicado de 2022 y proseguir con la equiparación de derechos del sector tras la ratificación del Convenio 189 de la OIT. A la cita acudieron también colectivos de trabajadoras de Madrid, Zaragoza, Barcelona  y Galicia. Entre ellas, Sintrahocu y Territorio Doméstico. 

Urcuyo destaca la “enorme falla” que supone la autoevalución de los riesgos laborales que propone el decreto aprobado ayer. Será el propio empleador quien indicará online si la empleada recibe las EPI, si el hogar está equipado para evitar lesiones —por ejemplo, con grúa para el manejo de personas dependientes sin movilidad— o si las internas dispone de cuarto propio o duermen con la persona anciana y se despiertan cada dos horas. El decreto no incluye la necesidad de un registro de entradas y salidas online, apunta la sindicalista, a pesar de ser el sector con la jornada laboral más extensa —40 horas semanales ordinarias más 20 presenciales, en el caso de las internas— y con constantes incumplimientos sobre su descanso ininterrumpido de 36 horas.

Un convenio colectivo podría defender con más énfasis sus derechos. Pero el decreto aprobado ayer tampoco abre una puerta hacia ese camino lleno de zarzas por el que discurre LAB, recuerda Urcuyo: el sindicato quiere conseguir que una patronal se siente a negociar. Sin embargo, la norma asume “la falta de entidad empresarial de la persona empleadora” y sigue describiendo esta relación laboral como “de carácter especial”, blindando legalmente una vez más la desprotección.

LAB abrió su sede de Bilbao hace años a las trabajadoras del hogar. Allí empezaron a juntarse y debatir sus necesidades, sin estar afiliadas. Poco a poco, fueron tejiendo demandas y discursos. En 2021 solicitaron a la patronal vasca, Confebask, que interlocutara con ellas para poder negociar el primer convenio colectivo para trabajadoras del hogar. La patronal se negó, esgrimiendo lo “especial” que es este sector, del que nadie se quiere hacer cargo, pero al que se contrata para limpiar, cuidar y sostener, como recordó ayer la ministra. 

LAB lleva año y medio aguardando la sentencia del Tribunal Supremo: demandó a la patronal vasca por no querer negociar un convenio colectivo para las trabajadoras del hogar

El sindicato demandó entonces a Cebek ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, quien les negó el derecho a negociar convenio propio. Es el único sector que carece de esta posibilidad, por lo que LAB elevó la demanda al Tribunal Supremo. El sindicato espera sentencia desde hace año y medio y el decreto no va a facilitarla. Yolanda Díaz valoró en la rueda de prensa que la ley está pensada para “dotar de derechos a las trabajadoras y de seguridad a las familias, ambas son claves”. 

Salud laboral
Salud y precariedad Una de cada cuatro trabajadoras de hogar ha sufrido algún tipo de violencia en el trabajo
El 83% de las empleadas de hogar ha padecido consecuencias en su salud a raíz de su trabajo. Las violencias a las que están expuestas estas mujeres se producen en la oscuridad de la inviolabilidad de los hogares.

Más de 360.000 mujeres cotizan como empleadas del hogar en la Seguridad Social. Otras trabajan sin cotizar. “Esta norma podría haber dado la oportunidad de regularizarlas. Es una oportunidad perdida desde la perspectiva antirracista y parte de la deuda histórica que tanto comenta la ministra”, agrega Urcuyo. Señala que, a pesar de los anuncios de Yolanda Díaz, no hubo diálogo a la hora de definir el decreto. “Se promete mucho, pero se cumple poco”, concluye la trabajadora del hogar y sindicalista. 

El acoso no podrá considerarse dimisión ni ser causa de despido procedente, señala el borrador

En cuanto a los aspectos positivos del decreto, destacan la disposición adicional segunda, que se refiere a la protección de la trabajadora en caso de acoso sexual, un aspecto que anunció el Ministerio de Trabajo hace dos años. El acoso no podrá considerarse dimisión ni ser causa de despido procedente, señala el borrador. En el plazo de diez meses, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo elaborará un protocolo frente a situaciones de violencia y acoso en el trabajo doméstico.

“El examen médico es positivo, pero deberá ir acompañado de prestaciones suficientes para las trabajadoras”, destaca ATH-ELE

La Asociación de Trabajadoras del Hogar Bizkaia Etxebarrukoak (ATH-ELE) también destaca como aspecto positivo el examen médico trienal, el cual Díaz ha recalcado que se hará en la sanidad pública. ATH-ELE señala que el “examen médico es positivo, pero deberá ir acompañado de prestaciones suficientes para las trabajadoras que por su estado de salud no puedan realizar ciertos trabajos”. 

Para esta asociación, al menos el 26% de las trabajadoras internas en el País Vasco no tiene permiso de trabajo, por lo cual esta norma no se les va a aplicar, algo que considera que “supone un reconocimiento de derechos, pero que ignora la realidad del sector”. Incide también en lo contradictorio que resulta que una prevención de riesgos laborales “no puede garantizarse sin regular de manera adecuada el tiempo de trabajo”, un tiempo que establece “una jornada máxima de 60 horas semanales, sin que se establezca descanso diario, ni se precise el contenido del pacto de pernocta, su horario y el tratamiento de las posibles interrupciones”. 

Por su parte, Comisiones Obreras ha coincidido con la ministra de Trabajo al valorar el decreto como “una regulación pionera y de justicia social que supone un importante avance para un colectivo discriminado históricamente, claramente feminizado e invisibilizado”. En una nota de prensa, el sindicado señala que “este avance llega tras una larga trayectoria de empuje y trabajo sindical para lograr la equiparación de derechos, también en seguridad y salud, con el resto de las personas trabajadoras”. 

España ratificó el Convenio 189 de la Organización Internacional de los Trabajadores el 9 de junio de 2022, con once años de retraso y con un consenso histórico en el Congreso de los Diputados. Hubo 325 votos a favor y una sola abstención. Aquel día, desde Sintrahocu subrayaron que la ratificación es “un derecho conquistado”, que suponía “un impulso” para su lucha: “Hay que seguir luchando todas juntas sin parar para que el cumplimiento de la norma sea adecuado”. El primer traspié no tardó en llegar: el 10 de septiembre comprobaron que el primer decreto que desarrollaba la transposición les dejaba sin derecho a la prestación de desempleo durante todo un año entero, ya que, según la Seguridad Social, tenían el contador a cero. Tras dos años cotizando para acceder a prestaciones como cualquier trabajadora asalariada, ahora se han topado con problemas para acceder a la jubilación en igualdad de condiciones que el resto de asalariados.

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