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ELA gana al Gobierno vasco en los juzgados: debe consolidar 77 plazas en fraude de ley en Haurreskolak

Desde el dictamen europeo del 22 de febrero, que consideró la Ley Iceta insuficiente, ha habido un goteo de sentencias individuales favorables, pero esta dirime que el proceso de consolidación ha sido insuficiente y debe ser ampliado.
manifestación sector público tercera jornada de huelga
La última manifestación en defensa del sector público a su llegada frente a la sede del Gobierno vasco en Bilbao. Gessamí Forner

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha resuelto en una sentencia hecha pública hoy que Gobierno vasco ha incumplido la Ley Iceta en el proceso de consolidación de empleos en Haurreskolak, por lo que deberá convocar, como mínimo, otras 77 plazas más, un 30% más de las que había sacado a concurso (264), informa ELA, responsable de la demanda.

Desde el dictamen europeo del 22 de febrero, que consideró la Ley Iceta insuficiente, ha habido un goteo de sentencias favorables, aunque también desestimadas, para los trabajadores temporales en fraude de ley, entre ellas una limpiadora de la Diputación de Bizkaia. Pero esta sentencia es la primera que dirime que un proceso de consolidación ha sido insuficiente y debe ser ampliado. Gobierno vasco ya ha anunciado que ha recurrido ante el Tribunal Supremo la sentencia de hoy.

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Laboral Un juzgado de Bilbao decreta la fijeza de una limpiadora interina de la Diputación de Bizkaia en fraude de ley
La sentencia aplica el dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que, el 22 de febrero, declaró insuficiente a la Ley Iceta. Es el tercer reconocimiento judicial de fijeza en el Estado español.

El sindicato valora que en la citada sentencia se indica que, una vez más, el Gobierno vasco y muchas de sus administraciones, entre ellas el Consorcio Haurreskolak, no han llevado a cabo correctamente los procesos de consolidación. “Han tenido poca voluntad para dar solución al problema de la temporalidad. En general, su objetivo ha sido ofrecer el menor número posible de puestos de trabajo y consolidar el menor número de trabajadoras y trabajadores”, remarca. 

Ante estas prácticas, que ELA advierte que son “inadecuadas”, el gabinete jurídico del sindicato ha entablado una batalla en los tribunales para poner de relieve que el abuso de la temporalidad que están sufriendo miles de trabajadoras en la CAV es una decisión política que se enmarca fuera de cualquier ley. 

Por último, el sindicato valora que esta sentencia puede ser fundamental de cara a demandar también el resto de procesos de consolidación en sectores tan grandes como Educación y Sanidad, donde los interinos por fraude de ley se cuentan por miles. De momento, ELA ha informado que tiene recurridos procesos de consolidación en Osakidetza, Educación Especial, personal docente funcionario, Justicia y Administración General. Señala también la “falta de información y de transparencia” del Gobierno vasco para definir el número de puestos a sacar ha sido “importante” y, “aunque esto dificulta la labor probatoria de cara a los tribunales, ELA tiene claro que seguirá luchando hasta que la temporalidad real baje al 8%, tanto en los juzgados como en las calles y en las mesas de negociación”.

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Laboral Un juzgado reconoce como fijo a un empleado que lleva más de 5 años trabajando en Telemadrid en fraude de ley
El trabajador llevaba desde julio de 2018 con un contrato temporal. Es la primera sentencia que se consigue en el Estado después de que la semana pasada el TJUE indicara a los jueces españoles que deben seguir ese rumbo.

Sentencias anteriores

Desde que el 22 de febrero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminara que ni la Ley Iceta ni el resto de normativas suponen una solución “suficiente y garantista” para las trabajadoras que sufren un uso abusivo de la contratación temporal, en el Estado español ha habido un constante goteo de sentencias para dirimir esta cuestión. Algunas de ellas, desestimadas. Otras, resueltas favorablemente para las trabajadoras. 

La primera tuvo lugar el 28 de febrero, cuando CGT impulsó una demanda para reclamar los derechos de un trabajador de Telemadrid que llevaba enlazando contratos temporales cinco años. La segunda en Sevilla, en este caso para un ordenanza que acumuló siete contratos sucesivos durante 14 años en la Junta de Andalucía. El tercero, del Juzgado de lo Social nº 9 de Bilbao, tras resolver que la demanda de ELA era justa: una limpiadora del  Instituto Foral de Acción Social (IFAS), dependiente de la Diputación de Bizkaia, debe ser calificada como fija en plantilla tras una sucesión continuada de ocho años y ocho meses de contratos temporales de interinidad suscritos en fraude de ley. Y los no sucesivos se extendían desde 2005, hasta alcanzar un total de 155 contratos temporales. 

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