La sentencia de La Manada pide a las víctimas una resistencia heroica para demostrar violencia


Tres expertas analizan la sentencia que condena por abuso sexual a los cinco sevillanos, pero los exculpa del delito de violación, delito contra la intimidad y robo

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Ekinklik Concentración de mujeres frente al Palacio de Justicia minutos antes de conocerse el fallo.

Nueve años de prisión por un delito continuado de abuso sexual es la condena que ha fallado la Audiencia Provincial de Navarra para cada uno de los acusados de La Manada, los cinco sevillanos acusados de la violación grupal a una joven de 18 años en la madrugada del 7 de julio de 2016, que demás absuelve a José Ángel Prenda, Ángel Poza, Jesús Escudero, Antonio Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo de los delitos contra la intimidad y robo

La sentencia da por probado el delito de “abuso sexual”, pero los absuelve de “agresión sexual”, como sostenían las acusaciones. La determinación de si hubo no violencia e intimidación, como requiere el delito de violación, y el consiguiente debate sobre qué es consentir han sido las claves en decisión que hoy se ha hecho pública en el Palacio de Justicia de Pamplona.

Para Mercedes Hernández, experta en violencia sexual y presidenta de Mujeres de Guatemala, los hechos probados sí son constitutivos de agresión sexual. Existe, dice Hernández, jurisprudencia suficiente para superar la idea de que las víctimas han de “resistirse heroicamente”, como ha argumentado el Tribunal Supremo al afirmar que “no cabe exigir a la víctima comportamientos heroicos” para defenderse del ataque. 

Mercedes Hernández: “Si los jueces son incapaces de valorar la superioridad numérica como elemento de intimidación, mayor dificultad les plantea que las relaciones de género constituyen una jerarquía”

“Si los jueces son incapaces de valorar esta superioridad numérica como elemento exponencial de intimidación, mayor dificultad les plantea que las relaciones de género constituyen una jerarquía, basada en la violencia, que subordina a las mujeres y que puede conducir al sometimiento ante un ataque sexual”, dice la experta.

Hernández destaca cómo en los delitos contra la libertad sexual las víctimas son cuestionadas por su “participación” en el delito. Sin embargo, asegura, aquí también la jurisprudencia del Supremo zanja el asunto advirtiendo que lo que verdaderamente define de la infracción es la actitud “indiscutiblemente criminal del violador”. “Y en este caso, la prueba que el Tribunal practicó permite deducir claramente que los cinco integrantes sabían que perpetraban y participaban de una violación: un reproche que debería ser aún mayor en el caso del militar y del guardia civil”.

Justicia que revictimiza

Para Estefanny Molina, abogada de la organización Women’s Link, la condena por abuso y no por agresión es un reflejo de cómo el sistema de administración de justicia ignora el contexto en que se producen estas sentencias. “Es muy preocupante, porque puede sentar un precedente negativo, que con las pruebas aportadas, que incluían un vídeo, no se haya considerado que existió violencia e intimidación”.

Como se puede establecer por las argumentaciones del texto de la sentencia, tratar de poner en duda que se produjo esta violencia fue una de las estrategias clave de la defensa de los acusados, que insistieron en preguntar a la víctima cómo se habría producido la entrada al portal de la calle Paulino Caballero en el que ocurrieron los hechos.

Estefanny Molina: “El fallo no responde a las obligaciones que tiene el estado de cumplir con proteger a las mujeres para garantizar su derecho de vivir libres de violencias”

Para Molina, la sentencia “perpetúa los estereotipos que revictimizan y se lanza un mensaje a otras víctimas o sobrevivientes de violencia sexual de que está naturalizada y por más que se acuda a la justicia siempre va a haber un bloqueo o una falta de acceso a la justicia en condiciones de igualdad”. “La lectura del fallo es negativa y no responde a las obligaciones que tiene el estado de cumplir con proteger a las mujeres para garantizar su derecho de vivir libres de violencias”, dice Molina. 

Alba Pérez, abogada y una de las portavoces de la Plataforma 7N contra las Violencias Machistas, llama la atención sobre el voto particular que recoge el fallo, en el que uno de los magistrados solicita la absolución de los acusados. Ricardo Javier González considera que los acusados deben ser absueltos y solo apoya una condena por hurto por el robo del móvil a la víctima tras su huida. El magistrado que llegó a decir a la víctima durante el juicio que “usted dolor no sintió” sostiene que la expresión de la mujer es “cómoda y distendida” y que no percibe “oposición, rechazo, disgusto, asco, repugnancia, negativa, incomodidad, sufrimiento, dolor, miedo, descontento o cualquier otro sentimiento similar”. 

“Estamos alarmadas, nos parecía mala señal que tardaran tanto en sacar la sentencia y resulta que no consideran que fue abuso sino que un magistrado ha pedido que la absolución”, dice Pérez, que también cree que había elementos para dar por probada la intimidación por la actuación conjunta de más de dos personas, por la grabación que se aportó como prueba, por la superioridad física y numérica.

Alba Pérez: “Pedimos un plan precisamente sobre violencia sexual y vamos más allá del no es no: si no es sí, es no”

Según la abogada, la sentencia refleja que persisten los prejuicios sexistas en las instancias judiciales, cuando “se juzga a la víctima, lo que hizo antes, durante y después, o si se resistió o si fué simpática”.

La Plataforma 7N reconoce el papel del Ministerio Fiscal, que sí entendió que lo que se estaba dando era una agresión sexual y recuerda que sigue reclamando un Plan de Acción contra la Violencia Sexual que haga comprender a la sociedad española solo un sí es sí, que la ausencia de no, no es suficiente y que permita a las mujeres ir sin miedo por las calles.

Más allá del no es no

Las tres expertas consultadas consideran que hay motivos más que suficientes para volver a denunciar en la calle el funcionamiento de la justicia. De hecho, colectivos de todo el Estado han convocado concentraciones esta tarde.

Porque esta sentencia prueba que "la cultura de la violación es sustentada de facto por la sociedad patriarcal y de iure por los tribunales", dice Mercedes Hernández. Alba Pérez cree que hay que ir más allá del no es no: “Tenemos una falta de concienciación en violencias sexual, nosotras pedimos un plan precisamente sobre violencia sexual y vamos más allá del no es no: si no es sí, es no”.

Por su parte, desde Women's Link recuerdan que recuerda que Comité de la Cedaw ya ha advertido a España de que los jueces y juezas de los tribunales de justicia deben tener una formación continuada sobre cómo aplicar perspectiva de género en casos de violencias machistas.

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