Tribuna
La subcontratación abusiva es igual a muerte

La subcontratación supone un ahorro de costes en prevención de accidentes de trabajo, provocando un aumento de la siniestralidad laboral que exige el control de las administraciones.
Manifestación en Bilbao contra la subcontratación abusiva el 28 de abril
Manifestación en Bilbao contra la subcontratación abusiva el 28 de abril (CCOO Euskadi)

La subcontratación de obras y servicios por parte de empresas principales a otras empresas es una práctica constante en el modelo productivo vasco. Pese a que en determinadas ocasiones puede ser necesario que unas empresas recurran a otras para ejecutar operaciones muy concretas, necesarias y específicas, que pueden dotar de más calidad a un proceso productivo, es habitual que se subcontraten obras o servicios que podrían ser ejecutados por personal contratado de forma directa por esa empresa principal. Por ejemplo la subcontratación de las operaciones de mantenimiento en una empresa industrial o de las tareas de albañilería en una empresa constructora. En este último caso, podríamos además hablar de una figura de subcontratación más extrema si cabe y que se da en ocasiones en el sector de la construcción como sería la subcontratación de la propia actividad. Imaginemos que una empresa que se dedica a la rehabilitación de fachadas se limita a poner el nombre de la empresa en el andamio, pero la obra de rehabilitación de fachada en sí la lleva a cabo una segunda empresa a la que la primera ha subcontratado.

“La subcontratación suele implicar recortes que acaban degradando las condiciones de trabajo y que pueden acarrear la ausencia de medidas preventivas frente a los accidentes de trabajo”

El modelo de la subcontratación entraña algo de perverso, se basa en que varias empresas tienen que competir entre ellas para realizar una obra o servicio para una empresa principal. En esa pugna han de hacer sus ofertas más atractivas, lo que a veces implica que haya recortes en partidas presupuestarias, recortes que acaban degradando las condiciones de trabajo y que pueden tener incidencia en la falta de implantación de medidas preventivas frente a los accidentes de trabajo, ocasionándose también fallos en la coordinación entre empresas en materia preventiva. Estas son las causas que están detrás de no pocos accidentes de trabajo.

En la última conmemoración del Día Internacional de la Seguridad y la Salud en el Trabajo del 28 de abril se eligió el lema “Subcontratación abusiva igual a muerte”. Desde CCOO de Euskadi hemos llevado a cabo una serie de asambleas de delegadas y delegados donde hemos reflexionado sobre esta realidad y sobre los instrumentos que hay para hacerle frente desde la acción sindical. Igualmente nos hemos movilizado frente a las sedes de diversas patronales para exigir que cese este tipo de prácticas. Es necesario denunciar que este tipo de subcontratación abusiva no se hace para mejorar un proceso productivo, sino para que una empresa principal pueda externalizar riesgos y transferirlos a las empresas subcontratadas. O lo que es lo mismo, desentenderse en cierta manera de la seguridad, la salud y las condiciones de trabajo de las personas que acaban haciendo tareas absolutamente necesarias en el día a día y en la actividad de la propia empresa. La subcontratación como generadora de precariedad laboral.

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Surgen realidades que pueden resultar dispares en relación a este fenómeno. Por un lado, existe personal subcontratado en grandes empresas que lleva incluso treinta años en un mismo puesto de trabajo. Queda claro que realizan actividades necesarias y cotidianas, del mismo modo que las harían como personal propio de la empresa en la que está ese puesto de trabajo. En el otro extremo, la empresa principal puede solicitar a la empresa subcontratada nuevo personal de forma continua, produciéndose una rotación que sustituiría los procesos de despido y contratación, ahorrándose la empresa principal el coste de los despidos, pero con similares efectos: la imposición de rendimientos de trabajo intensos mediante la sustitución rápida de la mano de obra, todo con el objetivo de aumentar la productividad. Pero en este caso la subcontratación no se relacionaría sólo con la posibilidad de adaptar la empresa a los vaivenes del mercado y la demanda eludiendo costes de despido. Habría otro efecto negativo, y es que va a ser aún más difícil acceder a conocimientos productivos o sobre aplicación de medidas preventivas frente a los accidentes de trabajo, conocimientos que pudiesen tener un reconocimiento y un valor en la empresa principal. La subcontratación como mecanismo que reduce la calidad del empleo, mediante personas trabajadoras de “quita y pon” para paliar el desgaste de la mano de obra.

El modelo supone, en cualquiera de esas situaciones, que la empresa principal cuenta con un instrumento para hacer soportar a otras empresas una serie de costes, entre ellos los derivados de las modificaciones de la demanda de bienes y servicios. Por ello, en un centro de trabajo concreto el resultado de la subcontratación es un núcleo de personas trabajadoras con unas condiciones de trabajo mejores que las de una periferia de personas trabajadoras cuyas condiciones de trabajo se van degradando. Y esto tiene su repercusión, entre otras cosas, en el derecho a la seguridad y la salud en el trabajo. Los datos que ofreció en 2017 Alberto Alonso, exdirector de Osalan (Instituto Vasco de Seguridad y Salud en el Trabajo) entre 2016 y 2020, son realmente significativos: el 40% de los accidentes de trabajo que se dan en la CAPV en el sector industrial los sufren personas trabajadoras de empresas subcontratadas. Este dato es tan sumamente relevante que merece la pena que sigamos exprimiéndolo un poco más. Si en las empresas industriales se pusiese más atención a las medidas preventivas de las subcontratas, y si se mejorase la coordinación en esta materia con las empresas principales, podría haber capacidad para prevenir ese 40% de accidentes. Si no todos, quizá sí la mayoría. El propio director de Osalan argumentaba que hay empresas que se relajan en esta materia al haber subcontratado una actividad del proceso productivo, subcontratando igualmente la exposición a los riesgos laborales.

“Osalan argumenta que hay empresas que se relajan en materia de prevención, subcontratando la exposición a los riesgos laborales”

En otro sector como la construcción, en el que también es una característica extendida el modelo de subcontratación, el escenario no es mucho mejor. Y precisamente lo ocurrido durante los dos primeros meses de este 2022 es un buen indicador de ello. Desde el 1 de enero hasta el 28 de febrero han fallecido en la CAPV en accidentes de trabajo ocho personas. La mitad de ellas en el sector de la construcción. De estas cuatro personas fallecidas tres pertenecían a empresas subcontratadas. Tendría que ser muy fácil para nuestras administraciones públicas y para las diversas patronales ver en qué sectores se producen los mayores problemas y debido a qué modelos de gestión empresarial. Es evidente que hay una falta de información a las personas de las subcontratas que les pone en grave riesgo, sin olvidar la falta de control por parte de las empresas principales. Accidentes mortales, que se han repetido en varias ocasiones, que ocurren al romperse placas o claraboyas porque un trabajador ha pisado sobre ellas se podrían haber prevenido mediante una información correcta de las empresas principales que subcontratan una obra o un servicio. Es imprescindible informar a quien se sube a un tejado sobre dónde se puede permanecer o por dónde se puede pasar.

En 2014 un trabajador sufrió un accidente mortal en el campus de Leioa. Ni siquiera había sido dado de alta en la Seguridad Social, no contaba con un contrato de trabajo y trabajaba por orden de una empresa que había sido subcontratada por otra empresa a la que la Universidad del País Vasco había contratado para la impermeabilización de las claraboyas del tejado de la biblioteca del campus de Leioa. Falleció debido a una caída de 25 metros de altura desde el tejado hasta el patio central. Había pisado una claraboya que terminó por romperse bajo su peso. Falta de información; ausencia de medidas preventivas; falta de coordinación e irregularidades gravísimas no detectadas por la empresa contratista ni por la propia Universidad, todo constatado por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia tras las denuncias llevadas a cabo por CCOO. Y todo favorecido por la subcontratación en cadena, que agrava la situación. Otros accidentes de iguales características han costado la vida a trabajadores que estaban realizando obras para empresas que no eran la suya propia. Por ejemplo en 2020 en las instalaciones de la empresa Productos Tubulares, en Trapagaran. Allí falleció un trabajador que pisó una placa del tejado que se rompió cuando realizaba trabajos de reparación y mantenimiento del propio tejado al igual que en otro accidente que ocurrió en Eibar a finales de marzo del presente año.

En las administraciones públicas, que también son centros de trabajo y que también subcontratan obras y servicios, las cosas no van mucho mejor. Tampoco en los organismos relacionados con ellas. Pongamos otro caso real, este de 2019. CCOO trasladó a la opinión pública el caso de un trabajador que sufrió un accidente laboral al caer a un foso de cuatro metros de altura en una obra de la EDAR de Galindo, instalación perteneciente al Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia. La fractura de tibia, peroné y calcáneo que sufrió conllevó un año de baja médica, diversas operaciones quirúrgicas y que la Seguridad Social le reconociese finalmente una incapacidad permanente total para la profesión de albañil. La promotora de esta obra era el propio Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia. Contrató la obra con una empresa que a su vez subcontrató a la empresa del trabajador accidentado. Ningún responsable del propio Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia ni de ninguna de las empresas implicadas en esta obra avisó a los servicios de emergencia tras el accidente. El trabajador fue sacado del foso por personas que trabajaban en la obra y posteriormente trasladado a la mutua correspondiente en un coche particular. En este proceso no se garantizó ni durante el rescate ni durante el traslado que las lesiones no se agravaran al no estar presentes personas con conocimientos sanitarios. La Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia, quien reflejó en su informe que las empresas intentaron enmascarar el accidente, y la Seguridad Social condenaron a las empresas al pago de un recargo de prestaciones del 40% al trabajador que sufrió el accidente, tras las correspondientes denuncias llevadas a cabo por CCOO.

Servicios públicos
Cláusulas sociales, un reto para las instituciones públicas

¿Qué pueden hacer las instituciones públicas para llevar a la práctica el reparto de la riqueza? ¿Existen mecanismos legislativos para que sean realidad? ¿Se justifica el beneficio social antes que el económico? La Ley de Contratos del Sector Público, publicada en noviembre de 2017, es una oportunidad para que las administraciones públicas apliquen una política de distribución basándose en principios de desarrollo sostenible, medioambientales y éticos.

Las situaciones son similares en aquellos espacios que tendrían que ser gestionados de forma directa por las administraciones públicas, pero que acaban siendo gestionados por una empresa privada. Habrá quien diga que esto no es propiamente subcontratar, así como quien diga que ya existen pliegos de condiciones que regulan diversas condiciones de trabajo, entre ellas las de seguridad y salud. No obstante, además de que esto último no siempre es así, estamos ante una nueva externalización de tareas y riesgos, en esta ocasión adaptada a las peculiaridades de la administración pública. Si se quiere poner un ejemplo vinculado a la gestión de residuos, hay que echar la vista a lo ocurrido en el vertedero de Zaldibar el 6 de febrero del 2020. Para ser realmente sostenible y cumplir con las finalidades de respeto al medio ambiente que debería de tener, la gestión de residuos puede hacerse de muchas formas, pero nunca bajo el prisma de lo que se entiende por un negocio. Que la empresa Verter Recycling 2002 SL gestionase el vertedero como un negocio y buscando un beneficio tiene implicaciones en el hecho de que el vertedero se derrumbase llevándose por delante la vida de Alberto Sololuze y Joaquín Beltrán.

Tenemos un escenario que es necesario y urgente mejorar. Una de las herramientas es la negociación colectiva, donde se pueden generar cláusulas en los convenios que mejoren la coordinación en materia preventiva entre subcontrata y empresa principal o que den más participación al personal de las subcontratas. Merece la pena el estudio del artículo 32 del actualmente vigente Convenio Colectivo de la Industria Siderometalúrgica de Bizkaia que fue firmado por los sindicatos CCOO, LAB y UGT. Se establecen de forma clara las competencias de las delegadas y delegados de prevención de las subcontratas en los centros de trabajo de empresas principales. También se delega en la comisión mixta del convenio la creación de una figura que pueda intervenir en casos de accidentes graves o muy graves, incluso en empresas en las que no existiese representación sindical.

“Es necesario que las personas representantes y miembros de comités de empresa de las empresas principales se impliquen en la defensa de las condiciones de trabajo del personal de las empresas subcontratadas”

La otra herramienta es la movilización, en la que es necesario que las personas representantes y miembros de comités de empresa de las empresas principales se impliquen igualmente en la defensa de las condiciones de trabajo del personal de las empresas subcontratadas. La reciente huelga en las empresas subcontratadas de Petronor que ha acabado con la firma de un acuerdo de mejora de las condiciones de trabajo es un gran ejemplo. No sólo por el grado de coordinación alcanzado entre las propias personas representantes, sino también por el apoyo de la plantilla de Petronor, empresa principal, quien hizo coincidir varias jornadas de huelga en las subcontratas y en la empresa principal.

Sea como fuere, en el modelo productivo imperante en este momento, la subcontratación significa básicamente desigualdad en derechos entre personas trabajadoras. Esta desigualdad no es admisible y exige medidas preventivas y mitigadoras. No es aceptable que se diga que es parte necesaria del desarrollo económico porque no es así. Todo lo que conlleve siniestralidad, daño a la salud y recorte de derechos ni es progreso ni es desarrollo. Es búsqueda de beneficios a toda costa, incluso de la vida de las personas trabajadoras.

Euskal Herria
Horas extra La marca de Petronor: 127.000 horas extra y 15.000 euros de multa
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