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Crianza
Otras dos sentencias reconocen el derecho de los bebés a ser cuidados igual en familias monomarentales
Una mujer de Ourense y otra de Vigo, ambas cabeza de una familia monomarental, están disfrutando en este momento de las 12 semanas que correspondían al segundo progenitor en 2020, según han establecido dos sentencias dictadas por los Juzgados de lo Social número 3 de Ourense y número 1 de Vigo.
Como explica la Asociación Madres Solteras por Elección (MSPE), a la que pertenecen ambas mujeres, las sentencias son “muy positivas” pese a haber sido recurridas y no ser firmes, y amparan una de las principales demandas de esta organización, que es la equiparación de los permisos de nacimiento, acogida y adopción con los de las familias biparentales, que desde enero de 2021 disponen de 16 semanas para cada uno de los progenitores.
Ourense: derechos de los niños y no discriminación de las mujeres
La sentencia dictada en Ourense la motiva la demanda de una mujer que, tras tener una hija en septiembre de 2020, solicitó el periodo de nacimiento y cuidado del menor del otro progenitor, que le fue denegado. La sentencia que da la razón a esta mujer utiliza como principal argumento los derechos de los niños y, en concreto, el Convenio sobre los Derechos del Niño que la normativa actual en España incumpliría de no equiprar el tiempo de cuidados que los y las bebés tienen derecho a recibir por parte de sus principales figuras de apego, indica.
El juez de Ourense toma como referencia la sentencia del TSJVP que establece que si se deniega la prestación a la madre, “la atención, cuidado y desarrollo del menor afectado va a sufrir una clara merma”
El juez toma como referencia la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), que en octubre de 2020 establecía que, “desde el paraguas general de no discriminación, si se deniega la prestación a la beneficiaria, en los términos que lo pide, existe una conculcación del derecho de igualdad que consagra la Convención sobre los Derechos del Niño” ya que “la atención, cuidado y desarrollo del menor afectado va a sufrir una clara merma respecto a aquellos otros que en situación semejante, encuadrados dentro de un modelo familiar biparental, van a recibir”.
Pero, además, esta sentencia entiende que “la norma introduce un elemento importante de discriminación respecto a la mujer y a los fundamentos de la conciliación de la vida familiar”. Dado que “el mayor bloque de integrantes en el rango de progenitores de las familias monoparentales es el de la mujer”, al establecer el disfrute de la suspensión del contrato de trabajo que supone le permiso incorporando al varón u otro progenitor “de forma indirecta se está perjudicando a la mujer”.
Vigo: el precedente del CGPJ
La segunda demandante, que fue madre en noviembre de 2020, también vio desestimada por parte del INSS su solicitud de disfrutar del permiso de paternidad. En la sentencia que reconoce su derecho a disfrutar del permiso del segundo progenitor se hace referencia a la dictada por el TSJV.
En la sentencia, que es ejecutiva pese a haber sido recurrida, el juez determina que se ha de disfrutar del tiempo de maternidad adicional y del pago correspondiente, ya que “en caso de existir un fallo a favor, éste se vería desvirtuado”.
En este caso, el juez hace notar también al pronunciamiento de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, de febrero de 2021, que considera que los jueces y juezas que sean progenitor legal único en familias monoparentales pueden disfrutar de forma acumulada de los permisos por nacimiento de hijo o hija que la normativa vigente reconoce de manera separada a cada uno de los progenitores en familias biparentales. “Si bien la ley sólo permite la transmisión del derecho de disfrute de estos permisos de un progenitor a otro cuando fallece la madre biológica, el CGPJ entiende que, de acuerdo con la Constitución y los tratados internacionales, dicha opción es aplicable a casos como el analizado para proteger el interés superior del menor”, indica este organismo.
Una noticia positiva, pero individual
Los pronunciamientos del CGPJ y del TSJPV no son los únicos en este sentido. También en la Comunitat Valenciana, el Juzgado de lo Social número 16 de Valencia reconoció en mayo el derecho de una madre en una sentencia ganada por el sindicato CSIF a disfrutar de ambos permisos de manera acumulada tras dar a luz.
En Aragón hay, al menos, dos demandas presentadas por dos mujeres contra Educación con el apoyo de CGT. Pese a estar aun pendientes de sentencia, el Justicia de Aragón —un organismo autonómico similar a la figura del Defensor del Pueblo— emitió el pasado 14 de enero una recomendación por las que insta a la Consejería de Educación a contemplar modificaciones con “el fin de asegurar al menor un periodo de cuidado igual que si formara parte de una familia biparental”. No solo eso sino que el Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres, pactado para el periodo 2021-2024 y aprobado en la Mesa Sectorial de la Administración General con el acuerdo de los sindicatos UGT, CC OO y CSIF contempla que las trabajadores y los trabajadores de la Administración General del Gobierno de Aragón que formen una familia monoparental podrán acumular el permiso por nacimiento que rige en el caso en el que hay un segundo progenitor.
Miriam Rodríguez, delegada en Galicia de AMSPE, recuerda que aunque su principal demanda en el tiempo de cuidado para los niños y niñas, estas familias se enfrentan también a mayores gastos en cuidados o a la discriminación fiscal
Todas estas decisiones respaldan lo que Miriam Rodríguez, delegada en Galicia de AMSPE, describe como “una de las demandas más importantes de la asociación como es equiparar los permisos de las familias biparentales a los de las monomarentales para el cuidado de los niños cuando nacen”.
Rodríguez subraya, como ha venido haciendo esta asociación, que aunque la principal preocupación de las socias de AMSPE es el menor tiempo de cuidado para sus hijos y hojas, no se trata solo de eso: “El hecho de que estos niños tengan derecho a menor tiempo influye en que tengamos que asumir gastos extra al reincorporarnos en el puesto de trabajo e influye en el IRPF que se nos aplica en la renta de ese año”.
Por eso recuerda que “hasta que no haya legislación específica son luchas de asociaciones, o de las familias, pero individuales hasta cierto punto, y sujetas a la interpretación de un juez, y es incurrir en un gasto, meterte en un proceso que requiere energías”.