Cárceles
Cárcel y explotación laboral

El Estado español ha ido introduciendo en su discurso justificativo algunos de los valores inherentes a una nación democrática que reconoce el derecho al trabajo en las cárceles, pero no garantiza la igualdad de todas las personas en el acceso y en la remuneración de una labor profesional.

Cárcel
Asesora jurídica y futura abogada
16 ene 2018 08:30

Al cierre del año, el Gobierno anunció que iba a incrementar el Salario Mínimo Interprofesional progresivamente hasta dejarlo en la insinuante cantidad de 850 euros para el cierre de 2020. En este presente 2018 se preveé una subida del 4%, lo que nos sitúa en los 735,90 euros al mes, una cifra que sigue siendo un espejismo para miles de personas trabajadoras en el Estado español. ¿El por qué? Sencillo: tras la falacia de la mejora de la economía gracias al repunte de las contrataciones se esconde una política general permisiva con el abuso empresarial en los contratos precarios. Y es que aunque el SMI se reconoce como una norma de mínimos, no se han establecido las medidas de protección necesarias para que hablemos de aplicación efectiva.

En las cárceles, como en otras instituciones estatales, el Estado español ha ido introduciendo en su discurso justificativo algunos de los valores inherentes a una nación democrática que reconoce el derecho al trabajo. Estos cambios, no obstante, no garantizan la igualdad de todas las personas en el acceso y en la remuneración de una labor profesional.

EVOLUCIÓN DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD

No es casual que los centros de privación de libertad que conocemos comúnmente como cárceles se llamen ‘Centros Penitenciarios’. Si una penitencia es cumplir una pena, la palabra castigo es sinónimo, sobre todo teniendo en cuenta que el referente anterior e inmediato a la pena de prisión institucionalizada son las torturas físicas y sicológicas. En este sentido, la fe religiosa ha tenido una incidencia fundamental en cómo se enjuicia el comportamiento humano. El período histórico que mejor lo evidencia es la Edad Media; entonces, el encierro de carácter provisional [1]  sólo servía como paso intermedio entre la captura y el juicio con ejecución de sentencia. Para muestra, un botón: en la caza de brujas de la Inquisición española, persecución por la que conocemos relatos de todo tipo de crueldades cometidas en actos públicos para facilitar el control social, se aprecia la indisoluble relación entre moral cristiana y sociedad.

La reclusión en tanto que pena en sí misma no tiene más de trescientos años y hay que decir que es el resultado de consideraciones modernas: la pena de privación de libertad se institucionaliza con el cambio del Absolutismo al Liberalismo durante la Ilustración, instaurándose con una finalidad correctiva o transformadora. Sumado a ello, en los tempranos comienzos del capitalismo, surge la idea de obtener un provecho económico de la reclusión de las personas presas y con este giro de tuerca se abandona la tortura como moneda de cambio por el delito cometido, orientando progresivamente el discurso político-jurídico hacia el presente y la reinserción, una política que presupone caracterizar regímenes de gobierno humanitarios y que para el caso del Estado español se expone en el artículo 25 de la Constitución [2].

GÉNERO Y CÁRCEL

La política actual del trabajo en los centros penitenciarios no dista tanto de la explotación esclavista del Régimen de Franco. Durante la Dictadura, la explotación laboral sustentó el entramado de medios económicos y ejecutivos para asegurar la supervivencia del Régimen. Así, los hombres ‘válidos’ serían destinados a campos de trabajo y tareas forzosas en construcción, minería y labores agrícolas. En el caso de las mujeres, el precedente inmediato de la cárcel femenina en el Estado español son las ‘Casas Galera’ [3], creadas para suplir la necesidad de reprimir a ‘mujeres vagantes, y ladronas, alcahuetas, hechiceras, y otras semejantes’ [4]. Si bien en algunas de estas cárceles la puesta en marcha de talleres profesionales sería tardía, en otros las presas comenzarían a prestar su mano de obra tempranamente con el correspondiente aprovechamiento económico de la Institución; Muchas de estas mujeres trabajaron en talleres de costura y otras labores asignadas cultural y tradicionalmente a la figura de la mujer: apostamos por creer que en la posición de poder de la Institución y con la desvalorización de la figura de la persona interna, es plausible que al menos una parte de esas labores profesionales no fueran remuneradas y se prestaran en auténticas condiciones de esclavitud.

Volviendo al presente, a fecha de julio de 2017, hay 55.814 hombres en prisión y 4.546 mujeres -el 7,53% de la población reclusa-. Aunque estas cifras no son un reflejo de la criminalidad sino de la política criminal del Estado, esta lectura diferencial de la persona delincuente en términos de género binario nos hace reflexionar sobre la educación de género y la cultura patriarcal que presume antagonistas al hombre y a la mujer. Sumado a ello, y debido a lo anterior, el Estado no asume que el sexo femenino constituya un riesgo o una amenaza que se deba contemplar en las más diversas formas en las que se extiende la potestad sancionadora: hay menos mujeres en los cuerpos de seguridad así como que es poco frecuente observar presencia policial en manifestaciones, acciones y concentraciones no mixtas; en cuanto a la distribución de los propios espacios, en España sólo hay tres cárceles para mujeres. El resto son módulos femeninos que se crean dentro de cárceles masculinas. Pasa así también en otros espacios de privación de libertad como centros de menores de edad y los CIE -Centros de Internamiento de Extranjeros-.

TRABAJO Y CÁRCEL EN LA ACTUALIDAD

Recogiendo lo expuesto por la Constitución en materia de derechos fundamentales, la página de Instituciones Penitenciarias reconoce que ‘el trabajo es un instrumento básico para la reinserción de la persona en prisión pues la prepara para una mejor integración en el mundo laboral una vez cumplida la pena’. La normativa vigente encargada de estructurar la prestación de trabajo de las personas internas es el Reglamento de Centros Penitenciarios del Estado español, que dedica un escueto e incompleto capítulo al desarrollo de la relación laboral especial penitenciaria [5]. Veamos cuán especial es esta relación.

Por un lado, el Reglamento diferencia entre los trabajos de carácter productivo y los no productivos. El trabajo productivo se desarolla en los denominados ‘talleres profesionales’ cuya gestión puede ser directa, a través de la Entidad Estatal de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo o puede ser indirecta, gestionada por empresas externas. En la modalidad gestión directa, los talleres son propios de la Institución, normalmente para autoabastecimiento; así, por ejemplo, las personas presas se emplean confeccionando los uniformes del personal funcionario, o bien son empleados de la propia prisión, encargándose de labores como lavandería, cocina o mantenimiento.

El trabajo productivo en gestión indirecta es aquel en el mediante un convenio de colaboración con una entidad privada se elabora un producto, un bien material, que posteriormente será expuesto en el mercado laboral para su venta. Una de sus ‘especialidades’ es el privilegio que ostentan las 130 entidades privadas que colaboran con la Institución: el espacio de trabajo está en la propia cárcel, por lo que los suministros y estructura están sufragados por el Estado. La misma Institución Penitenciaria es quien facilita la mano de obra, poniendo a disposición de las empresas a las personas internas que quieran emplearse. La remuneración de este trabajo que corre a cargo del Real Decreto 782/2001, de 6 de julio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los penados que realicen actividades laborales en talleres penitenciarios, deja mucho por decir al regular que ‘para la determinación de la retribución [...] se tomará como referencia el Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento, de tal manera que el salario resultante se fijará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas y al rendimiento conseguido por el trabajador’.

Una de las cuestiones que particularmente pervierte esta relación laboral es que aún con las facilidades de ahorro en costes de producción, no sólo no hay obligatoriedad de aplicar un referente salarial sino que además estas empresas, con el beneplácito de la administración penitenciaria, NO aplican el criterio del salario mínimo interprofesional. De las más de 60.000 personas privadas de libertad en Centros Penitenciarios, se estima que hay 12.000 empleadas, de las que unas unas 3.500 prestan mano de obra para alguna de las empresas colaboradoras. Actualmente, la población reclusa que trabaja es un escaso y aproximado 24% del total. De ese porcentaje, la mitad cobra MENOS DE 200 EUROS.

Si el SMI se ha consignado como un derecho fundamental, un contenido de base que regula la prestación de trabajo en el Estado español. ¿Acaso la realidad que acontece de muros adentro de las prisiones trasciende la Jurisdicción española? ¿Cómo es posible que esto ocurra bajo la supervisión de un Estado que se vanagloria de ser garantista de derechos fundamentales?

Los muros de la prisión no abren las puertas a Narnia. Esto tiene un nombre y se llama esclavitud laboral.

_____________________

[1]  Medida similar a la actual prisión preventiva mediante la que se pretende garantizar que la persona presa asista al acto de juicio, no cometa otro delito y/o se hagan las averiguaciones pertinentes para el enjuiciamiento.

[2]  Del Título I. De los derechos y deberes fundamentale. Capítulo segundo. Derechos y libertade. Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas. Artículo 25: [...] Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social y no podrán consistir en trabajos forzados. El condenado a pena de prisión que estuviere cumpliendo la misma gozará de los derechos fundamentales de este Capítulo, a excepción de los que se vean expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena y la ley penitenciaria. En todo caso, tendrá derecho a un trabajo remunerado y a los beneficios correspondientes de la Seguridad Social, así como al acceso a la cultura y al desarrollo integral de su personalidad. [..]

[3]  La Pena por Galeras es una pena de servir remando en las galeras reales que se imponía a ciertos delincuentes. Existieron otras penas basadas en trabajos forzosos que llevarían a los presos a la muerte. No obstante, como apuntamos antes, esto sería modificado por los intereses económicos.

[4]  Consulta más infor interesante aquí: http://archivodeinalbis.blogspot.com.es/2015/12/las-casas-galera-el-precedente-espanol.html

[5] Consulta el régimen dispuesto para ello a partir del artículo 132 y siguientes aquí: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1996-3307 

Arquivado en: Justicia Cárceles
Sobre o blog
Este es un blog coordinado por la cooperativa jurídica madrileña Red Jurídica, con colaboraciones ocasionales de profesionales del mundo jurídico de distintas partes del Estado, en el que intentamos explicar, desde una perspectiva crítica, la actualidad jurídica
Ver todas as entradas
Informar de un error
Es necesario tener cuenta y acceder a ella para poder hacer envíos. Regístrate. Entra na túa conta.

Relacionadas

Opinión
Opinión No habrá paz sin las presas
Mantener hoy silencio respecto a la necesaria inclusión de la liberación de los presos y las presas palestinas en las conversaciones del alto al fuego es una postura solamente excusable en un supremacismo blanco más interesado.
El Salto Radio
El Salto Radio Te llamo desde mi muro: recordando a Marcos Ana
Cuando volvamos la vista atrás, que sea siempre para iluminar el presente… Hoy encendemos esa luz a través de la vida de Marcos Ana, y os podemos asegurar que hay motivos.
Euskal Herria
Kortatu El “Sarri, Sarri” suena en la cárcel de Martutene y el Gobierno Vasco no volverá a permitirlo
Tras las críticas de Covite, PNV y PSE-EE apuestan por una postura unitaria que pasa porque el departamento de Justicia y Derechos Humanos endurezca los requisitos para los actos culturales dentro de las penitenciarías.
#6794
16/1/2018 18:38

Los presos se desviven por formar parte de ese 24% de esclavos laborales. El trabajo en prision supone la unica via para poder ayudar a las familias en el exterior y poder permitirse algun vicio mas alla de la comida general. Los sueldos bajos se contemplan asi bajo el criterio de que no tienen gastos a mayores. Si lo miras desde el punto de vista de los presos el problema es la ausencia de trabajo que bajo mucho debido a la crisis. La situacion es tal que los privilegiados son los que trabajan aunque sea por un sueldo bajo

0
0
Spencer
16/1/2018 21:03

Creo que lo relevante no es saber si los presos que trabajan viven mejor que los que no lo hacen. Creo que eso desenfoca el debate. Lo realmente relevante y denunciable es que empresas se benefician de trabajo infraremunerado realizados en instalaciones y medios que pagamos entre todos. La noticia me recuerda a aquella que sacó BBC en la que empresas (españolas entre ellas) explotaban a refugiados con sueldos miserables.

0
0
#6771
16/1/2018 12:55

Os preocupáis más de la jentuza que de la gente de a pie luego os preguntáis porque gana la derecha...

0
12
Spencer
16/1/2018 15:26

Esos que llamas jentuza son gente de a pie como cualquier otro. En la cárcel hay de todo (bueno gente poderosa no) desde criminales a personas que por unas determinadas circunstancias se han visto abocadas a acabar en prisión. No nos vamos a olvidar de los presos ni de nadie.

7
0
#15317
1/5/2018 7:53

Gentusa los presos tu si ke erees gentuza hijo puta ojala te veas alli algun dia

0
0
Sobre o blog
Este es un blog coordinado por la cooperativa jurídica madrileña Red Jurídica, con colaboraciones ocasionales de profesionales del mundo jurídico de distintas partes del Estado, en el que intentamos explicar, desde una perspectiva crítica, la actualidad jurídica
Ver todas as entradas
Galicia
Galicia A Xunta aprobou a celulosa de Altri argumentando que a súa cheminea de 75 metros sería “icónica”
O Informe de Patrimonio Cultural, favorable á multinacional, emitiuse con base en dúas encargas externas, contratadas e pagadas pola empresa ao ex presidente e ao actual tesoureiro de Icomos-España.
Palestina
Palestina Imputan a dos capitanes de buque implicados en el comercio de armas con Israel
El Juzgado de Instrucción nº 6 de Barcelona investiga la implicación de la naviera Maersk en el suministro de armas al ejército israelí y le requiere que identifique a dos capitanes.
Sanidad pública
Sanidad Pública España necesita 100.000 enfermeras para alcanzar la media europea
Casi un 40% de enfermeras manifiesta que dejará la profesión en los próximos 10 años. Son datos del Ministerio de Sanidad y las enfermeras exponen las razones: falta de conciliación y contratos precarios.

Últimas

O Teleclube
O Teleclube 'Os Pecadores' loitan contra montruos reais e mitolóxicos no novo episodio de 'O Teleclube'
O dúo do director Ryan Coogler e o actor Michael B. Jordan estrean unha película sobre a experiencia afroamericana cunha ameaza sobrenatural engadida.
Estados Unidos
Guerra comercial Estados Unidos y China acuerdan una rebaja en los aranceles durante 90 días
Tras una reunión en Suiza, los dos países anuncian que reducirán los impuestos a las importaciones a partir del 14 de mayo.
Justicia
Justicia Cómo retorcer el derecho antidiscriminatorio: apuntes del juicio por delito de odio a una activista trans
La presidenta del Partido Feminista pide cinco años de prisión y 50.000 euros en daños a una mujer trans por considerar que un tuit que no la mencionaba constituye una amenaza y una incitación al odio. Pero, ¿qué son los delitos de odio?
Más noticias
Opinión
Alimentación El lobby cárnico quiere decidir lo que comen nuestros hijos en la escuela
No se trata de proteger al mundo rural, sino de blindar un modelo productivo intensivo, concentrado en manos de unas pocas empresas.
Reducción de jornada
Laboral El ‘obstáculo’ catalán a la jornada de 37,5 horas semanales
Frente al ‘no’ de Junts, los sindicatos desmontan los argumentos de la oposición y la patronal a lo que consideran “un avance” en los derechos de los y las trabajadoras.
Yemen
Yemen Los hutíes de Yemen, única milicia en Oriente Medio que sigue bombardeando Israel “en solidaridad” con Gaza
El grupo armado ha lanzado decenas de misiles contra territorio israelí desde que el Gobierno de Netanyahu retomó el bloqueo total de ayuda humanitaria en el enclave a inicios de marzo.
Industria armamentística
Feria de armas Un grupo de activistas señala en IFEMA la complicidad de la industria de armas con el genocidio palestino
“Nuestras balas, nuestros muertos”: así gritaba un grupo de activistas en la mañana de este domingo en el recinto ferial IFEMA, en Madrid, donde entre el 12 y el 14 de mayo tendrá lugar una nueva edición de la Feria Internacional de Defensa.
Industria armamentística
Armamento Feindef, una feria manchada de sangre
Una vez más, los grandes fabricantes de armas y contratistas de todo el mundo se dan cita en Madrid durante tres días.

Recomendadas

Laboral
Laboral Coidar sen dereitos: a loita das traballadoras nas residencias privadas de Galiza
Sen tempo nin medios para ofrecer uns coidados axeitados, alertan dunha situación insostible nos centros e denuncian a privatización dun servizo a costa do benestar das persoas maiores e dependentes.
Estados Unidos
Roberto Montoya “Nos dicen que hay que armarse contra Putin cuando el mayor peligro para el mundo es Trump”
Más Donald Trump que nunca, el multimillonario ha regresado para terminar lo que no pudo hacer en su primer mandato. El periodista Roberto Montoya bucea en el personaje y su contexto en el libro ‘Trump 2.0’ (Akal, 2025).
Cine
Cine Colectivo y sin autor: breve historia de otro cine
La película ‘Una isla y una noche’, autoproducida y autodistribuida por el colectivo francés Piratas de Lentillères, es la puerta de entrada para recordar otros modos de hacer cine, alejados de la firma de autor y los grandes estrenos.