Seguridad Social
La Cotización lo es todo.

Ismael Rojas reflexiona sobre el sistema de cotizaciones, que tienen y tendrán, los trabajadores autónomos a partir del 1 de enero de 2023.
Manos alzadas en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el 2 de junio de 2022.
Manos alzadas en la Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el 2 de junio de 2022.

Miembro de Autonomía Sur y asesor fiscal especializado en cooperativas

26 ago 2022 09:09

En casi todas las reuniones que mantengo con entidades sociales, cuando toca hablar de la Seguridad Social y de las opciones laborales, siempre digo: “la base de cotización lo es todo”.  Exagero mucho mi exposición, pero realmente lo que quiero es recalcar los beneficios sociales que tienen los trabajadores tanto por cuenta propia como por cuenta ajena con respecto a las bases de cotización de las que ahora hablaremos.

Cuanto más cotice una trabajadora, mejor desempleo tendrá, mejor jubilación, mejor prestación en caso de accidente o enfermedad, mejor pensión de orfandad, al fin y al cabo, mejores prestaciones en caso de que ocurra cualquier imprevisto.

La lucha laboral, entre otras muchas acciones, se centra en mejorar estas cotizaciones de los trabajadores por cuenta ajena. Por ejemplo, mejorando los convenios colectivos de los diferentes sectores laborales o incrementando el salario mínimo interprofesional. Indiscutiblemente, si se sube la base de cotización, por ende, se sube la retribución líquida que percibe el empleado y por contra, se incrementan los costes laborales que asumen el empleador y el empleado.

Por ejemplo, para que haya una prestación por incapacidad, desempleo, Fogasa… tiene que haber un coste que se tiene que pagar a la Seguridad Social con el fin de que nuestro sistema de prestaciones sea sostenible. Por tanto, cuanto más cotiza un trabajador, más paga la empresa que contrata (aproximadamente un 31 % de esa base de cotización) y más paga el trabajador contratado (un 7 % aproximadamente). Así, por ejemplo, si un trabajador tiene una base de cotización de 1.000€, la empresa paga a la Seguridad Social por esa base unos 310€ y el trabajador tiene que pagar unos 70€, cobrando el trabajador 930€, sin incluir IRPF.

El trabajador por cuenta propia o autónomo, también cotiza y por tanto también en mayor o menor medida, al cotizar tiene acceso a esas prestaciones por incapacidad, desempleo.En la actualidad y hasta el 31 de diciembre de 2022, un trabajador en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) puede optar por cotizar por una base mínima de cotización y por una serie de tramos hasta llegar a una base máxima. La base mínima ronda los 961€/mes y la máxima los 4.150€/mes.

El salario de ese autónomo, a diferencia del trabajador por cuenta ajena, no va en función de la base de cotización que elija. Así, por ejemplo, se puede dar el caso de que una autónoma dueña de un concesionario de automóviles gane al mes 10.000€, pero este cotizando por la base mínima de 961€/mes.

Como vemos, no es lo mismo cotizar por la mínima que por la máxima, no es igual la pensión de jubilación que se le queda a un autónomo que ha cotizado toda su vida por la mínima que el que ha cotizado por la máxima. Pero al igual que hablábamos antes de costes para los que están por cuenta ajena, los autónomos también tienen que pagar una cuota a la Seguridad Social, y esta también va en función de la base de cotización que escojan, y este es aproximadamente un 30 % de la base de cotización. Una autónoma que cotiza por 960€/mes, paga una cuota de 288€/mes, y el que quiera cotizar por 4.150€/mes, tendrá que pagar al mes 1.240€/mes.

Actualmente, según el Real Decreto-Ley 13/2022, de 26 de julio, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), se establecerá un nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos a partir del 1 de enero de 2023.

Con este nuevo sistema, los autónomos cotizarán por lo que ganen, asemejándolo a los trabajadores por cuenta ajena.  Declararán en función de sus rendimientos netos (diferencia entre ingresos y gastos), es decir, sus ingresos reales. A partir de 2023 la autónoma dueña del concesionario de automóviles que gana 10.000€ al mes, tendrá que cotizar por un tramo mayor en función de la proporción de su ganancia.

No se aplicará el coste del 30 % que comentábamos anteriormente sobre la base de cotización del autónomo. El sistema estará dividido en 15 tramos con diferentes cuotas que irán variando a lo largo de los nueve años de aplicación. De momento, el esquema articulado se desarrolla desde 2023 a 2025 y para su primer año, establece cuotas de 230€ a 500€ para los autónomos en función de sus rendimientos netos. Por tanto, la persona que gana 10.000€, no pagará 3.000€, sino que en ese tramo llegará a pagar 590 € y cotizará por 2.000 €.

De esta forma, los trabajadores por cuenta propia que ganen hasta 1.300€ mensuales, notarán una bajada el próximo año con respecto al pago actual, y los que ingresen entre 1.300€ y 1.700€ se mantendrán en la misma situación, pagando 294€ hasta el año 2025.

Por otro lado, los incrementos de las cuotas serán mayores para quienes más ganen. Así, una persona que ingrese entre 4.050€ y 6.000€ pagará 420€ en 2023, una cantidad que subirá a 445€ en 2024 y a 530€ en 2025. En total, un aumento de 110€.

Al igual que con el IRPF, a mayor ganancia mayor IRPF y mejores beneficios colectivos (colegios, hospitales, carreteras…). La misma situación ocurre con respecto a la Seguridad Social, a mayores ingresos, mejores cotizaciones y rendimientos individuales y colectivos para contribuir positivamente al mantenimiento del estado del bienestar.

Tras la exposición de estos datos, se puede intuir que, si la cotización no lo es todo, no cabe duda de que es un factor clave para fomentar y mantener los beneficios sociales.

Sobre o blog
Realidades jurídicas, sociales y económicas desde una perspectiva transformadora. Coordinado por Autonomía Sur Cooperativa Andaluza.
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