Extremadura
Extremadura permitirá realizar conciertos en los bares
El único requisito que se impone a los titulares de los establecimientos es la comunicación previa al ayuntamiento correspondiente.

En diciembre de 2018, la Junta de Extremadura registró en la Asamblea el Proyecto de Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El objetivo principal de este texto era el establecimiento de una regulación genérica que recogiera los aspectos básicos de aplicación a todos los espectáculos públicos o actividades recreativas que se desarrollen en el territorio de la Comunidad Autónoma del Extremadura, pues hasta la fecha tan solo existía una normativa parcial autonómica y, por lo tanto, la mayoría de los casos se resolvían en la normativa básica estatal.
Así, frente a la fuerte crisis del sector del ocio extremeño, el Proyecto de Ley, ahora aprobado, quiere contribuir a revertir esta tendencia facilitando la celebración de espectáculos en los locales y bares extremeños. Se trata, como se afirma en el propio texto, de "conciliar la importancia social del ocio, su trascendencia económica en tanto que generador de empleo e inversiones, con el respeto a otros bienes jurídicos igual de importantes, como son el derecho al descanso, la seguridad y salubridad pública, el respeto al medio ambiente, la preservación del patrimonio histórico-artístico y cultural, el respeto a los animales y la protección de la salud y de la infancia y adolescencia, así como el desarrollo de una política activa frente a actitudes sexistas, racistas y xenófobas".
Lo que se pretende es poner fin a una situación de inseguridad e incertidumbre que impide planificar actuaciones por miedo a ser sancionados
CONCIERTOS EN BARES Y SIMILARES
El Proyecto de Ley de Espectáculos se llevó a Pleno con 195 enmiendas parciales formuladas por los diferentes grupos parlamentarios, la mayoría de ellas aprobadas e incorporadas al texto legal. Entre estas enmiendas, destacan las de "accesibilidad universal en espectáculos públicos y actividades recreativas", que procedían de los colectivos de personas con discapacidad, así como la presentada por Podemos de posibilitar actuaciones en directo en los establecimientos públicos.Ya el 29 septiembre 2016 se había aprobado por unanimidad una Propuesta de Impulso, también de Podemos, con el fin de “incluir en dicha Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, la posibilidad de ofrecer actuaciones artísticas en pequeño formato en la generalidad de bares, restaurantes, cafeterías y similares, a través de medidas tales como limitar el aforo y/o los decibelios según la hora de su realización y teniendo en cuenta si hay o no pisos o casas contiguas, siempre cumpliendo la normativa referente al ruido y horarios y, por tanto, respetando el derecho del vecindario, tras el previo debate, participación y consenso de todos los sectores implicados (hostelería, música, colectivos culturales y personal técnico de las diferentes Administraciones Públicas)”.
El único requisito que se impone a los titulares de los establecimientos es la comunicación previa al ayuntamiento correspondiente
En la justificación de dicha Propuesta se afirmaba también que “en la Comunidad Autónoma de Extremadura, los bares, restaurantes, cafeterías, y en particular los que tienen una mayor actividad cultural, no pueden realizar actuaciones en directo de pequeño formato ya que la normativa actual o bien es ambigua o confusa, o exige unos requisitos desproporcionados imposibles de cumplir para los pequeños locales o modestos negocios, cuando no directamente lo prohíbe. Sin embargo, existe una demanda de los y las titulares de locales de nuestras ciudades y también de las y los propios artistas locales, y lo que se pretende es poner fin a una situación de inseguridad e incertidumbre que impide planificar actuaciones por miedo a ser sancionados”.
En las enmiendas se añade, además, que “en Extremadura los circuitos convencionales y comerciales por los que discurre la oferta cultural extremeña y la capacidad de organizar actuaciones de música en directo u otro tipo de representaciones son cada vez más reducidos”, y que si los bares y similares “pudieran organizar actuaciones de música en directo o representaciones teatrales supondría un aliciente para quienes consumen cultura en su tiempo de ocio, y también un atractivo de cara a la gente que nos visita. En definitiva, se contribuiría a activar la economía y el turismo, así como permitiría a las y los artistas mostrar su trabajo y ampliar su circuito de actuación”. El único requisito que se impone a los titulares de los establecimientos es la “comunicación previa al ayuntamiento correspondiente”.
Con esta medida, Extremadura se une a ciudades como Londres, Sao Paulo, Amsterdam, Bogotá, París o Barcelona, así como a Comunidades Autónomas como la andaluza o la valenciana, que permiten la celebración de conciertos en bares o similares sin descuidar las medidas para garantizar el derecho al descanso del vecindario.
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