Conciliación
Una sentencia pionera obliga a retribuir el permiso parental

la resolución obliga al Ayuntamiento de Barcelona a retribuir un permiso parental de 8 semanas. El caso pone en evidencia carencias normativas y podría ser clave para una reforma legislativa que cumpla con las directrices europeas.
CRRaryuela
11 dic 2024 16:44

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Barcelona ha dictado una resolución que puede ser de enorme trascendencia en la que obliga al Ayuntamiento de la ciudad a abonar a un empleado público el salario correspondiente al permiso parental de 8 semanas. Este fallo no solo marca un precedente de gran importancia, sino que también saca a la luz las carencias normativas y los problemas prácticos en la implementación de este derecho, establecido por el Real Decreto-ley 5/2023.

El permiso parental en España y su marco legal

El permiso parental está regulado en el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores (ET) y reconoce a las personas trabajadoras el derecho a disfrutar de un permiso de un máximo de ocho semanas para el cuidado de hijos o menores acogidos por tiempo superior a un año, hasta que el menor cumpla ocho años. Este permiso puede disfrutarse de manera continua o discontinua, a jornada completa o parcial, pero siempre en semanas completas.

La aprobación de este nuevo permiso en junio de 2023 deriva de la obligación del Estado de trasponer a la legislación española la Directiva Europea (UE) 2019/1158 que otorgaba a los países miembros de la UE un plazo que acababa en agosto de 2022 para adoptar las diferentes medidas en materia de conciliación contenidas en la Directiva, incluido el permiso parental. Sin embargo, esta transposición por parte de España no tan solo ha sido tardía sino que, además, a día de hoy, la regulación del permiso sigue sin cumplir con las exigencias de la UE, motivo por el cual se han abierto ya dos expedientes sancionadores contra España. La principal causa para estas sanciones es que la Directiva especifica de forma clara que el permiso parental debe ser remunerado, al menos parcialmente, pero actualmente, la regulación española no contempla el derecho a percibir el salario durante el disfrute del permiso. Ello a pesar que desde el Gobierno ha anunciado en más de una ocasión, sin llegar a hacerlo, que se disponía a desarrollar reglamentariamente la regulación del permiso parental para especificar cómo y a cargo de quién se abonarían estos salarios que ahora no perciben las personas que optan por ejercer el permiso parental.

El caso de Barcelona y el impacto judicial

El caso que ha derivado en esta sentencia comenzó cuando un empleado del Ayuntamiento de Barcelona solicitó el permiso parental y, tras obtener la autorización, dejó de recibir su salario durante esas semanas. La medida se debió a un cambio de criterio del propio Ayuntamiento en octubre de 2023, que dejó de abonar los permisos parentales basándose en la ausencia de una normativa que obligue explícitamente a su retribución.

La jueza encargada del caso consideró que este cambio de criterio perjudicaba a los empleados del Consistorio, frustrando sus expectativas legítimas sobre la conciliación laboral y familiar. Según el fallo, la retribución del permiso parental es esencial para que este derecho sea efectivo y para que España cumpla con la normativa europea. Por ello, el Ayuntamiento deberá abonar al trabajador los salarios dejados de percibir, con un importe total de 4.000 euros más los intereses legales.

Un contexto normativo en conflicto

La sentencia no solo beneficia al empleado afectado, sino que también pone en evidencia la falta de adecuación de la legislación española a los estándares europeos al no garantizar la remuneración de este permiso.

Además, este fallo plantea interrogantes sobre la viabilidad del sistema actual. Si bien el permiso parental no retribuido puede parecer una medida de apoyo a la conciliación, la falta de compensación económica disuade a muchas familias de utilizarlo. Un problema especialmente relevante en un país como España, donde la brecha salarial y las diferencias de género en el uso de las figuras de conciliación son significativas y actúan en detrimento del derecho efectivo a la igualdad de las mujeres trabajadoras.

Problemas prácticos de implementación

Las deficiencias y carencias de una norma que permanece incompleta e indefinida transcurrido casi un año y medio desde su aprobación están provocando que apenas sea utilizada, lesionando el derecho a la conciliación, y generando todo tipo de dudas sobre su aplicabilidad. Así, por ejemplo, nos encontramos con:

  • Falta de homogeneidad en la aplicación: En el ámbito privado, las empresas tienen criterios dispares sobre cómo gestionar las solicitudes de permiso parental, y en el ámbito público se observan diferencias significativas e injustificables según el organismo o la administración.


  • Ausencia de regulación complementaria: La normativa no aclara si las cotizaciones a la Seguridad Social se mantienen durante el permiso, ni cómo afecta la ausencia a la antigüedad o a otros derechos laborales.


  • Impacto económico para los trabajadores: Sin una retribución garantizada, el permiso parental se convierte en un lujo inaccesible para muchas familias, especialmente aquellas con ingresos más bajos.


Hacia un futuro más conciliador

La sentencia del Juzgado de Barcelona puede ser el catalizador necesario para que, de una vez por todas, España asuma la obligación de adoptar de forma plena y precisa las directrices de la UE en materia de conciliación, incluyendo una regulación completa del permiso parental que respete la premisa de que sea remunerado, al menos parcialmente. De lo contrario, mantener la situación actual genera una inaceptable inseguridad jurídica y convierte una medida de conciliación en apenas un cascarón vacío, una mera apariencia, que sigue lastrando la promoción de modelos de distribución más equitativa de las responsabilidades familiares entre hombres y mujeres.




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