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Paraísos fiscales
Patrias, deportes, selecciones constitucionales
Como suele pasar en los últimos lustros, las distintas selecciones deportivas españolas tienen cierta diversidad en los apellidos e incluso en las etnias de algunos deportistas. Esto parece que para ciertos compañeros en el abuso del deporte les hace menos españoles, porque si no eres de 7 apellidos castellanos y de tez clara, no puedes ser compatriota. Así, por ejemplo el ex-atleta Isaac Viciosa tras ver batida su marca en los 3.000 metros, vigente desde 1989, por parte del atleta Mo Katir. Afirmó: “Quizá no es políticamente correcto pero lo que me gustaría decir es que me hubiera gustado que lo hubiese batido un atleta con apellidos castellanos”.
Luego, por supuesto, este señor se disculpó cuando vio que hubo réplica a sus comentarios, pero claro, lo hizo usando el topicazo de que ha llegado a rezar junto a atletas musulmanes pese a profesar distinta religión. Para este tipo de personas, por muy viajados que estén, el apellido, la raza, la religión y la nacionalidad van juntas y por supuesto no se va a cerrar a ir en las listas de un partido ultra al que le gustan los deportistas muy muy españoles, con unas disculpas que cambien su discurso racista.
Pues bien, parece ser que esta forma de distinguir entre españoles de 7 apellidos castellanos y de segunda categoría, no se da en el caso de que el domicilio fiscal del deportista se sitúe en un municipio que no pertenezca al Reino de España. Vamos, que se consideran tan españoles o más que otros a aquellos que pese a disfrutar de los beneficios de representar a España en competiciones deportivas, utilizar todas sus infraestructuras, incluidas las destinadas exclusivamente a deportistas de élite pagadas con dinero público, ser recibidos con honores por las autoridades, ponerse como ejemplo para la juventud, ser pagados por la televisión pública cuando se retiran para hacer comentarios y decir cuatro anécdotas de su vida deportiva... pero pagan impuestos en Andorra (la pirenaica, no el pueblo de Teruel).
Según diariodeltriatlon se dispara el número de ciclistas profesionales con domicilio fiscal en Andorra, los rubius del pedal. Estos corredores pagan el 10% del salario al fisco andorrano y deben permanecer, según la ley del país pirenaico, un mínimo de 90 días en Andorra. La mayoría duplica la estancia para evitar tener que abonar luego una cifra complementaria. Claro, que cualquiera ciclista profesional no puede, hay que tener pasta, tienen que comprar o alquilar y depositar una fianza de 50000 euros al Ministeri de Finances andorrano. Los ciclistas siempre te podrán poner la excusa de las montañas pirenaicas para entrenar, aunque hay más pirineos españoles y franceses que andorranos, pero, y los motociclistas, automovilistas y demás que se envuelven en una bandera rojigualda cada vez que hacen podio, ¿qué encuentran en Andorra?, ¿buen clima?...
El caso es que siempre he pensado que una Ley debería exigir el domicilio fiscal en España para poder representar al país en competiciones deportivas. Pero claro, si algún grupo parlamentario se atreviera y por casualidades de la vida y número de apoyos suficientes en el Congreso saliera adelante esta ley, tendríamos al Tribunal Constitucional respondiendo por unanimidad que se incumple el artículo 14 de la Constitución de que los españoles somos iguales ante la ley independientemente de cualquier condición o circunstancia personal (es decir vivir en un paraíso fiscal y pagar nada a la hacienda española). Lo peor de todo es que tendrían razón estos magistrados, como creo que la han tenido al decir que con un estado de alarma no se puede limitar el derecho a la circulación por el territorio nacional, artículo 19 de la Constitución, por lo que el gobierno para imponer un confinamiento tenía que haber recurrido a un estado de excepción que tenía que autorizar un parlamento en el que no tienen mayoría absoluta los partidos que apoyan al ejecutivo. Vamos, que haciendo esto que sería lo legal, fetén y constitucional ( que para eso 7 hombres sesudos y grises escribieron 169 artículos, incluido el 116 que regula los estados de alarma, excepción y sitio, hace 43 años), la cosa se hubiera eternizado y quizá las muertes duplicado.
En definitiva, la separación de poderes en ejecutivo, legislativo y judicial, nos la han vendido como un sistema que contrarresta los abusos que pudiera cometer cada uno de ellos. Algo que está claro que no es así, la separación de poderes está destinada al mantenimiento del status quo. Los que tienen pasta mantienen la nacionalidad y privilegios de primera aunque vivan y paguen fuera, y tarjeta roja si algún gobierno le da por hacer algo que cambie el orden social.
La verdadera separación de poderes es la redistribución de los mismos, lo suyo es que si somos 7000 millones de personas en la tierra cada persona tenga una 7000 millonésima parte de los poderes. Así, ni las constituciones caducas, ni las nacionalidades, ni las razas, ni la pasta seguirá imponiendo el caduco orden mundial. Mientras tanto, no pasa nada si no miras el domicilio fiscal del compatriota vencedor en una competición deportiva, todos tenemos derecho a alegrarnos, pero tampoco viene mal un poquito de mala follá propia de la Alta Andalucía mezclada con internacionalismo ácrata, aunque sólo sea para escribir articulillos.
¿Por qué vuestra ley necesita estar escrita?
¿Por qué obligáis a no discutirla?
¿Por qué, por qué justicia, orden y ley?
¿Por qué, por qué justicia, orden y ley?
¿Por qué vuestra justicia necesita de la ley?
¿Por qué no sois capaces de convencer?
¿Por qué, por qué justicia, orden y ley?
¿Por qué, por qué justicia, orden y ley?
¿Por qué vuestro orden necesita de la fuerza?
¿Por qué golpeáis y destrozáis cuerpos y mentes?
La Justicia. Tema de La Polla Records