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Catalunya
Los tribunales no se van de vacaciones, regresa la covid-19 y Puigdemont se pone en marcha
La noticia que ha sacudido el panorama político catalán ha sido el anuncio de Carles Puigdemont de presentar una candidatura propia al margen del PDeCAT. La mesa de diálogo entre los Gobiernos español y de la Generalitat, cuya primera y, hasta la fecha, única sesión se celebró el 26 de febrero, sigue congelada.
Cataluña comienza a retomar el pulso de la vida política, una vez pasado lo peor de la primera ola de covid-19, con el temor ya a una segunda y con un verano por delante marcado por la baja afluencia de turistas, una de las principales fuentes de ingresos del país. Los numerosos brotes que surgieron durante los primeros días de julio en la comarca del Segrià y el incremento de contagios a mediados de mes en Barcelona suponen un serio aviso y han vuelto a ser origen de tensiones entre la Generalitat y el Ayuntamiento de Barcelona, por una parte, y entre la Generalitat y los órganos centrales del Estado, en este caso la Fiscalía y la judicatura, con motivo de las medidas sanitarias para erradicarlos, por la otra. Veamos con detalle este último.
El 12 de julio las Consejerías Salud e Interior de la Generalitat aprobaron la Resolución de medidas especiales en el ámbito de la salud pública para la contención del brote de la epidemia en varios municipios de la comarca (Resolución SLT/1671/2020), que restringía la entrada y salida de los municipios afectados a la prestación de servicios esenciales (art. 1) e imponía el confinamiento domiciliario (art. 3), con excepciones similares a las establecidas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
La Fiscalía Provincial de Lleida se opuso a que el Juzgado Contencioso-Administrativo competente ratificara las medidas previstas en la Resolución, ratificación que, efectivamente, fue denegada por la magistrada de guardia del Juzgado de Instrucción número 1, Elena García-Muñoz. En la motivación del auto denegatorio, aun cuando alegaba que se trataba de medidas desproporcionadas, la magistrada concluía que éstas constituían un “estado de alarma parcial”, que “es una competencia estatal” (FD 10). Por si no estaba claro cuál es el argumento realmente importante, la magistrada marcaba en negrita y subrayado esto último, priorizando —al igual que el Tribunal Constitucional (TC) en la inmensa mayoría de leyes sociales aprobadas por el Parlament e impugnadas por el Gobierno español—, la protección de las competencias (supuestamente invadidas) de la Administración central y, en general, los dogmas de la ideología nacionalista española por encima de los derechos de la ciudadanía, en este caso a la salud. Al cabo, ése es el fundamento doctrinal del artículo segundo de la Constitución actual.
Más allá del conflicto competencial y nacional que ya parece inevitable en cualquier política pública en Cataluña, existe otro factor estructural: la infradotación del sector sanitario público
Al día siguiente, el Gobierno catalán aprobaba, por decreto-ley, una modificación ad hoc de la Ley catalana de salud pública para dar cobertura legal a las medidas no ratificadas por la magistrada de guardia del Juzgado número 1 de Lleida (Decreto Ley 27/2020), que ahora recibió el apoyo del ministro de Sanidad, Salvador Illa. La nueva resolución fue autorizada por el Juzgado de Instrucción número 2 de Lleida, salvo en uno de los municipios afectados, Massalcoreig, alegando el magistrado que allí las medidas dictadas resultaban desproporcionadas por cuanto, en fecha de 1 de julio, sólo se había detectado un infectado de coronavirus. El Gobierno catalán aprobó una resolución semejante para cuatro barrios de l’Hospitalet de Llobregat, donde la Fiscalía se opuso a la prohibición de reuniones de más de diez personas, alegando que el Decreto Ley del día 13 habilita a las autoridades sanitarias a limitar la movilidad, pero no a prohibirla, posición que suscribió en su auto, parcialmente ratificatorio, el magistrado del Juzgado de Instrucción número 16 de Barcelona.
En cualquier caso, y más allá del conflicto competencial y nacional que ya parece inevitable en cualquier política pública en Cataluña —sobre todo por el empecinamiento de los operadores jurídicos al servicio de la Administración general del Estado en impugnar normas de la Generalitat, cualquiera que sea la materia regulada y su contenido—, existe otro factor estructural que traba la contención del avance de la pandemia: la infradotación del sector sanitario público.
Cabe recordar que aún no se han recuperado, en términos reales, los niveles de inversión pública en salud anteriores a la oleada de recortes aplicados a partir de 2011, una de las reivindicaciones, por cierto, de la CUP en el Parlament. En efecto, el decremento desde 2010 en el capítulo de salud, e incluyendo en el cálculo el presupuesto aprobado el pasado 24 de abril, es aún del 14,1%.
Sólo a modo de ejemplo de lo que eso ha supuesto en esta pandemia, cabe mencionar que la jefa de Medicina Preventiva y Epidemiología del Hospital Vall d’Hebron de Barcelona, Magda Campins, apuntaba, en una entrevista concedida el 12 de julio a la emisora RAC1, que el sistema de seguimiento de casos positivos de COVID-19 de la Generalitat es “totalmente insuficiente” y que serían necesaria una plantilla de más de dos mil personas dedicadas a esa tarea, cuando actualmente solamente se cuenta con 150.
Puigdemont se pone en marcha
Con todo, la noticia que más ha sacudido el panorama político catalán ha sido el anuncio, el pasado 2 de julio, de Carles Puigdemont de presentar una candidatura propia al margen del Partit Demòcrata Europeu Català (PDeCAT), tras un largo período de negociación en el que se han evidenciado numerosas desavenencias respecto a la estrategia en la relación de Cataluña con el Estado español.
Con la publicación del mensaje, se daban por enterradas las negociaciones con el PDeCAT para renovar la coalición de JxCat
“Nos comprometemos a hacer de Junts per Catalunya (JxCat) una herramienta transversal, plural y eficaz al servicio de la república catalana y de las personas: te esperamos el día 25 para comenzar a caminar juntos”, escribió a comienzos de julio Puigdemont en su cuenta de Twitter (aunque el congreso, como se supo días después, será telemático y sus conclusiones no se conocerán hasta el 3 de octubre). El expresidente de la Generalitat adjuntó al mensaje un manifiesto firmado por los exconsejeros presos Jordi Turull, Josep Rull y Quim Forn, el expresidente de la Assemblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sánchez, los exconsejeros exiliados Lluís Puig (Cultura) y Toni Comín (Salud), y los consejeros de Presidencia y Territorio, Meritxell Budó y Damià Calvet, respectivamente. Con la publicación del mensaje, se daban por enterradas las negociaciones con el PDeCAT para renovar la coalición de JxCat y formalizar, de este modo, una nueva candidatura de tintes presidencialistas.
Eso también sugiere el acercamiento de las elecciones anunciadas sin fecha concreta por el presidente de la Generalitat, Quim Torra, el pasado 29 de enero, cuya convocatoria alejó en un artículo publicado el 17 de mayo. En Madrid y Barcelona se especula que las elecciones podrían llegar en otoño o invierno, pero una variable muy relevante será lo que decida el Tribunal Supremo (TS) respecto al recurso de casación presentado por la defensa de Torra contra la condena impuesta por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) por un supuesto delito de desobediencia a la Junta Electoral Central (JEC), por la no retirada de determinados símbolos y pancartas en edificios de la Generalitat relativos a los presos del ‘procés’.
Precisamente en relación a este recurso, el 11 de junio se filtraba que la Sala Segunda del TS fijaría la vista para el 17 de septiembre, cuando el tribunal ni siquiera había notificado a la defensa su admisión a trámite. Como el recurso lleva el número 203/2020, el abogado de Torra Gonzalo Boye preguntó irónicamente en un tuit, “¿se han resuelto ya los anteriores 202 de este año y los pendientes de los anteriores?”
En cualquier caso, y más allá de la fecha para la que se fijen las elecciones, la maniobra de Puigdemont dista de ser una novedad y busca repetir lo ocurrido en las elecciones al Parlament de diciembre de 2017 y en las europeas de mayo de 2019, cuando evitó la victoria de ERC. Hoy, empero, las perspectivas para ello son más inciertas. Por empezar por algún sitio, debido a la fragmentación y reconfiguración del espacio posconvergente, de la que da buena cuenta el número de partidos surgidos de la antigua Convergència Democràtica de Catalunya (CDC): Democràcia i Llibertat, Demòcrates, Units per Avançar, PDeCAT, JxCat, Crida Nacional per la República, Convergents, Lliures, Acció per la República y, el más reciente de ellos, el Partit Nacionalista Català (PNC).
Los más conocidos de esta lista se integraron en JxCat; Units per Avançar, la formación heredera de la extinta Unió Democràtica de Catalunya (UDC), optó por presentarse en 2017 con el PSC; otros, como Demòcrates, lo hicieron con ERC, y el resto son pequeñas formaciones extraparlamentarias. El PNC podría convertirse, quizá, en excepción si logra entrar en la cámara, pero lo haría bajo circunstancias muy precisas que por ahora, en cualquier caso, no parecen darse. Cabe recordar que Pascal, como coordinadora general del PDeCAT fue una de las caras más visibles del sector más neoliberal del espacio posconvergente durante la XI legislatura del Parlament (2015-2017), y destacó por su beligerancia ante la propuesta de la CUP de aumentar la progresividad del IRPF y los impuestos de Patrimonio y Sucesiones.
Para contrarrestar la caída de votos, los fieles a Puigdemont han proyectado la imagen de partido-movimiento transversal mediante mensajes simples en torno a la unidad del independentismo
Sobre el carácter dudoso y parvenu del independentismo del PDeCAT y, no digamos, del PNC es ilustrativo el que la propia Pascal declarara en una entrevista concedida al Canal 3/24 el 29 de junio que el PNC no es “solo” un partido independentista, alegando que este raquítico partido también agrupa a personas que no son independentistas, pero que son partidarias de un “referéndum acordado” con las instituciones centrales del Estado español. Poco más da de sí la definición ideológica del partido, más allá de insistir en vías de diálogo sobre cuestiones sobre las que el supuesto interlocutor ha reiterado una y otra vez que no va a dialogar, y de la vindicación nostálgica de la antigua CDC y su obra de Gobierno, cuyos efectos en el sector sanitario público podemos comprobar estos meses.
Sea como fuere, el espacio posconvergente se ha dejado un jirón de piel de tamaño variable en cada una de estas escisiones. Para contrarrestar la caída de votos, los fieles a Puigdemont han proyectado la imagen de partido-movimiento transversal, hasta la fecha con eficacia, mediante mensajes simples en torno a la unidad del independentismo, tanto a través de redes sociales como medios de comunicación y, muy particularmente, la televisión pública catalana (TV3), bajo la dirección de un incondicional suyo como Vicent Sanchis.
La presencia de algunos candidatos independientes ayuda, no menos que los titubeos de ERC en las anteriores campañas, que llevaban invariablemente a los republicanos a acabar cediendo el liderazgo en las urnas. Pero de la eficacia en esta ocasión conviene dudar, pues, a diferencia de 2017 y 2019, el discurso en torno al retorno de la figura del presidente exiliado, con todas las connotaciones históricas que conlleva, empieza a parecer desgastado, y todo lo que contribuyó a convertir a Puigdemont en una figura carismática, más lejos en el tiempo.
Algunas iniciativas se han estancado y han sido relegadas a un discreto segundo plano, notablemente el Consell per la República, cuya eficacia ha llegado a cuestionar incluso la exconsejera y eurodiputada de Lliures per Europa Clara Ponsatí. Tampoco ha pasado desapercibido el que, pese a todo, el PDeCAT siga asociándose a CDC, y que, en cuanto se dicte la sentencia por el caso conocido como “3%” —en referencia a las comisiones a CDC pagadas por algunas empresas a cambio de la adjudicación de contratos públicos, y en el que está investigado como persona jurídica el PDeCAT, como organización sucesora de CDC, y doce ex altos cargos de ésta, entre ellos cinco ex consejeros—, al núcleo duro del president le conviene distanciarse de ella todo lo posible. Aunque oficialmente carece de nombre, Catalunya Ràdio hizo público el 10 de julio que el alcalde de Balenyà, Carles Valls, un afín a Puigdemont, había registrado como partido las siglas JxCat.
En respuesta, desde el PDeCAT se declaró que “se tomarían las acciones que fuesen necesarias” para impedir que las siglas de JxCat pasen al nuevo partido de Puigdemont, pero éste presentó el 18 de julio su nueva identidad gráfica, en la que desaparece ‘Catalunya’ y la referencia a la senyera y sólo queda el término ‘junts’. En la presentación, Elsa Artadi volvió a hacer hincapié en el discurso de la unidad por encima de los partidos, al afirmar que “esta evolución de nuestro espacio político también va acompañada de una nueva imagen, donde la protagonista pasa a ser la palabra ‘juntos’, esta palabra es nuestra seña de identidad, la esencia, lo que nos diferencia del resto: ir juntos”.
Incluso superando todos esos obstáculos —y no son pocos—, se mantiene la incógnita de si Puigdemont encabezará la lista. Nació Digital adelantó a comienzos de julio que el nombre que más suena para liderar la candidatura es el del consejero de Políticas Digitales y Administración Pública, Jordi Puigneró, al ser “el que menos mal cae en todas las facciones”, lo que, de ser cierto, revelaría la poca cohesión de este espacio político. Sin embargo, este digital recordaba que se barajan otros nombres, en concreto los del ya mencionado Damià Calvet, el del presidente de la Cámara de Comercio de Barcelona, Joan Canadell, y el de la portavoz de JxCat en el Congreso de los Diputados, Laura Borràs.
El affaire Borràs
No obstante, las opciones de esta última se han complicado a raíz de la causa abierta contra ella en la Sala Segunda del TS, por la concesión entre 2013 y 2017 de diversos contratos a una misma empresa por valores algo inferiores a los 18.000 euros cada uno y por un total de 259.863 euros, cuando Borràs ejercía de directora de la Institució de les Lletres Catalanes. De nuevo, el caso es complicado y merece una mayor atención a los detalles. La Fiscalía considera que se trata de contratos fraccionados para permitir adjudicarlos sin la convocatoria del preceptivo concurso público para los que superen el importe de 18.000 (en la época en que se adjudicaron, y a 15.000, conforme a la actual Ley de contratos del sector público).
El origen de la causa es problemático, por cuanto la investigación se inició a instancias del Juzgado de Instrucción número 9 de Barcelona, en noviembre de 2018, época en que Borràs era diputada en el Parlament de Catalunya, por lo que la competencia para instruir esas diligencias correspondía al TSJC, lo que podría ser motivo de nulidad de todo lo instruido. Con todo, más allá de las consecuencias jurídicas que pueda tener esa irregularidad, de las dudas jurídicas sobre lo que deba considerarse un “fraccionamiento de contrato” del que habla el artículo 86.2 del Texto refundido de la Ley de contratos del sector público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, y 99.2 en la actual Ley 9/2017, de 8 de noviembre) y de si pueden considerarse como tales los contratos adjudicados en años diferentes, y por muy motivada políticamente que haya estado la investigación del caso, lo cierto es que los supuestos delitos de “prevaricación”, “fraude a la Administración”, “malversación de caudales públicos” y “falsedad documental” que imputa la Fiscalía a Borràs no son, en este caso concreto, delitos políticos.
Es evidente que la miríada de vulneraciones de garantías procesales durante el juicio y de derechos fundamentales en la sentencia de la causa especial 20907/2017 arroja serias dudas sobre el respeto al derecho a un juicio justo, si de éste conoce la Sala Segunda del TS y el procesado es un dirigente independentista. No obstante, los hechos investigados y los delitos imputados no se pueden equiparar sin más a las diversas causas del ‘procés’, tal y como se ha intentado desde sectores de JxCat.
Con todo, tanto ERC como la CUP se han movido con verdadera incomodidad, cuando no torpeza, en este asunto. Temerosos de ser acusados de fomentar la impunidad de un supuesto delito de corrupción, y ante la sólida sospecha de la vulneración del derecho a un juicio justo, si la causa se juzga en el TS, la CUP recomendó públicamente a Borràs que dejara su escaño en el Congreso, para que el caso pasara al juzgado de primera instancia correspondiente, a lo que Borràs se negó alegando que eso significaría tanto un reconocimiento de culpabilidad como la claudicación ante la persecución política de la que se declara objeto.
La voluntad de sacar adelante los presupuestos para 2021 con el apoyo de Ciudadanos complica aún más el reinicio de las sesiones de la mesa de diálogo
A pesar de que comentaristas próximos a ERC y a la izquierda independentista se habían pronunciado, por motivos estrictamente jurídicos, a favor de votar en contra del levantamiento de la inmunidad de Borràs para que pueda ser juzgada en el TS, ambas formaciones, igual que EH Bildu y el Bloque Nacionalista Galego (BNG), rehusaron participar en la votación realizada el pasado 25 de junio en el Congreso, en la que el suplicatorio salió adelante. Más allá de que la posición de las formaciones independentistas no era decisiva, por cuanto los partidos favorables al levantamiento de la inmunidad de Borràs (PSOE, PP, Vox, Unidas Podemos y Ciudadanos) sumaban 293 votos, lo cierto es que este asunto ha abierto otra brecha entre el independentismo catalán, y ha dado pie a acusaciones contra ERC y la CUP de abstenerse en la defensa de los derechos fundamentales. Por otra parte, la denegación del levantamiento de la inmunidad no significa la prescripción del caso, sino sólo que el juicio no puede celebrarse mientras la persona investigada ostente el cargo representativo. Una vez que ésta cese en el cargo podría ser juzgada en el tribunal ordinario, siempre que no haya prescrito, donde, en principio, no se daría la falta de garantías de un juicio imparcial existente en el TS.
La mesa sin nombre ni acta
Cataluña puede haber pasado a un segundo plano en las prioridades del Gobierno de España, pero sigue ahí. No obstante, la mesa de diálogo entre los Gobiernos español y de la Generalitat, cuya primera y, hasta la fecha, única sesión se celebró el 26 de febrero, sigue congelada. Cabe recordar que ya el 30 de enero, con el pretexto del anuncio del fin de la legislatura por parte de Torra, el presidente español, Pedro Sánchez, anunció el aplazamiento de la sesión constitutiva de la mesa, posición que contó con el apoyo del presidente del Grupo de Unidas Podemos en el Congreso, Jaume Asens, y que sólo fue rectificada tras la advertencia del presidente del Grupo Parlamentario de ERC en el Congreso, Gabriel Rufián, de que eso constituiría un incumplimiento del acuerdo que permitió la abstención de ERC para facilitar la investidura de Sánchez. La voluntad de sacar adelante los presupuestos para 2021 con el apoyo de Ciudadanos complica aún más el reinicio de las sesiones de la mesa, dada la abierta hostilidad de éstos a cualquier tipo de diálogo político con el independentismo catalán.
En este contexto y con estos precedentes, no sorprende que el 29 de junio, el ministro de Consumo, Alberto Garzón (UP), se mostrara partidario de retrasar la segunda sesión de la mesa hasta después de las elecciones catalanas. Al día siguiente, la portavoz del Gobierno español, María Jesús Montero, afirmaba que “el presidente ya anunció que no tendría ningún inconveniente de reunirse a lo largo de julio”. Como ha apuntado algún comentarista, la propia construcción sintáctica empleada —que no expresa voluntad, sino mera no oposición— es también ilustrativa de la predisposición gubernativa al respecto. Por la parte catalana, las divergencias en torno a la mesa entre JxCat y ERC persisten.
Si el 21 de junio el vicepresidente de la Generalitat, el republicano Pere Aragonès, instaba a que la segunda reunión de la mesa se celebrara lo antes posible y, en todo caso, durante el mes de julio, el 8 de julio el ‘president’ Torra, en respuesta a una pregunta sobre esta cuestión planteada por el portavoz de ERC en el Parlament, Sergi Sabrià, problematizó el propio nombre de la mesa, alegando que él prefiere hablar antes que de ‘negociación’ que de ‘diálogo’ y que el objeto de esa negociación es la amnistía de los presos políticos catalanes y la fecha y condiciones para el referéndum de autodeterminación para Cataluña.
El día 14, la consejera de Presidencia y portavoz del Gobierno, Meritxell Budó, se negaba a confirmar si se estaba negociando alguna fecha para la reunión, alegando la prioridad de las tareas de contención de los brotes de covid-19. Ese mismo día, la ministra de Presidencia, Carmen Calvo, declaraba, en una entrevista concedida a RNE, que “cuando parezca que hay acuerdo” entre los dos socios del Gobierno catalán, “nosotros nos sentamos”. Acaso como símbolo de lo que pueda surgir de esa mesa, si es que vuelve a reunir, cabe mencionar un dato aportado por el Gobierno catalán al periodista Arturo Puente: para la reunión constitutiva de la mesa no se estableció orden del día ni se levantó acta.
Pero además, ese mismo día, El País y The Guardian informaban de que los teléfonos móviles de diversos políticos, entre ellos el presidente del Parlament, Roger Torrent (ERC), la ex portavoz parlamentaria de la CUP Anna Gabriel, el diputado del Parlament Ernest Maragall (ERC) o el director técnico del Consell de la República, Sergi Miquel, han sido hackeados con el programa Pegasus, un software de origen israelí al que sólo tienen acceso autoridades gubernativas y con fines de persecución de la delincuencia. Asimismo, también habría sido objeto de ataque el teléfono del consejero de Políticas Digitales Jordi Puigneró, si bien en este caso su sistema de seguridad pudo repelerlo. Torrent y Maragall ya han anunciado que presentarán acciones judiciales contra el exdirector del CNI, Félix Sanz Roldán.
Este escándalo, como recordaba Pere Martí en Vilaweb, añade “dudas sobre la convocatoria de la mesa de diálogo que debía producirse este mes de julio”, ya que plantea “si tiene sentido o no tratar de negociar con un gobierno que no solamente no hace propuestas, sino que mantiene la represión contra el independentismo”.
El yo-yo de los presos
De los frutos que ha dado el diálogo en torno a la cuestión de los presos dan fe dos hechos ocurridos durante los últimas semanas. El 16 de junio, el TC se negaba a suspender la ejecución de la condena impuesta por el TS en el juicio del ‘procés’ mientras resuelve el recurso de amparo interpuesto, que el tribunal ha admitido a trámite. En lo tocante a los casos del presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, y del ex presidente de la Assemblea Nacional Catalana, Jordi Sànchez, el TC desoía el dictamen del Grupo de Detenciones Arbitrarias de la ONU y la petición de Amnistía Internacional. Si bien es cierto que, en su composición actual, el TC sigue estando formado por la mayoría conservadora heredada de la época de gobierno del PP —quien crea en la independencia de este tribunal debe saber que diez de sus magistrados son nombrados por las Cortes y el Gobierno central y dos, por el Consejo General del Poder Judicial, que también es nombrado por las Cortes—, no es menos cierto que ninguno de sus miembros emitió voto particular alguno. Igualmente, la Fiscalía —que, como recordaba en campaña electoral el presidente español, depende del Gobierno central— se ha opuesto sistemáticamente a la concesión de permisos a todos los presos del ‘procés’.
Si bien hasta ahora los Juzgados de Vigilancia Penitenciaria y las Audiencias Provinciales han desestimado todos los recursos de la Fiscalía, en mayo el titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria número 3 de Lleida afirmó la competencia del TS para conocer del recurso contra su auto desestimatorio, en contra de la interpretación habitual de la disposición adicional quinta de la Ley Orgánica del poder judicial, según la cual corresponde a las Audiencias Provinciales el conocimiento de los recursos contra los jueces de vigilancia penitenciaria sobre la concesión de permisos. La Fiscalía del TS no desaprovechó la oportunidad y el 7 de julio solicitó a este tribunal que se declarara competente para resolver dichos recursos.
Del grado de imparcialidad de este tribunal —que ya se atrajo la causa sin ser el órgano predeterminado por la ley—, da fe el que su propio servicio de prensa amenazara, el pasado 31 de marzo, con “la exigencia de responsabilidades penales por la posible comisión de un delito de prevaricación” a las Juntas de Prisiones y las direcciones de las cárceles donde se encuentran estos presos, en caso de que les aplicaran las medidas alternativas a la privación de libertad que la OMS, el Consejo de Europa o la alta comisionada por los Derechos Humanos de la ONU han recomendado para los reclusos de perfil “de bajo riesgo” mientras dure la pandemia. Cabe recordar que el TS tiene competencia para revocar determinadas decisiones de tribunales inferiores —y no es claro que entre ellas se encuentre la concesión de permisos en aplicación del artículo 100.2 del Reglamento penitenciario (Real Decreto 190/1996)— o, directamente, de las autoridades administrativas, pero siempre en vía de recurso. De lo que carece en absoluto es de potestad alguna para dar advertencias previas a las Juntas de Prisiones sobre la orientación de las decisiones que deben tomar en torno a la concesión de permisos a presos, por lo que el presidente de ERC, Oriol Junqueras, ha interpuesto una querella contra los responsables del mensaje, por posibles delitos de amenazas, coacciones, prevaricación, usurpación de funciones administrativas y delitos contra el ejercicio de derechos fundamentales, querella que debe examinar el Juzgado número 7 de Manresa.
Si bien las amenazas del TS lograron impedir que las autoridades penitenciarias ordenaran que los presos del ‘procés’ pasaran el confinamiento en sus casas, durante el mes de julio todas las Juntas de dichas prisiones les han clasificado en tercer grado. Por ello, el objeto del recurso presentado por la Fiscalía del TS contra los permisos concedidos al amparo del artículo 100.2 del Reglamento penitenciario habría decaído. En declaraciones a El Salto, el abogado Jaume Alonso-Cuevillas hablaba de un “yo-yo” para referirse a la situación a que podría dar lugar el TS, si se declarara competente para resolver los recursos contra la aplicación de dichos permisos y estimara tanto el recurso planteado por la Fiscalía de Lleida como los que, previsiblemente, interpondrán las diversas Fiscalías contra la clasificación de los presos en tercer grado: volverían al régimen de segundo grado, pero ello no obstaría para que las Juntas de Tratamiento propusieran nuevos permisos en aplicación del 100.2 e incluso su reclasificación en tercer grado, lo que podría dar pie a nuevos recursos de las Fiscalías. Y así sucesivamente.
En ésas estamos. El mes de agosto se aprovechará para afilar cuchillos. El covid-19 no da tregua. Cataluña tampoco.
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